CONVOCATORIA para obtener la Autorización como Tercero para emitir los Dictámenes previstos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la prevención y el control integral de las emisiones de metano del Sector Hidrocarburos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente.

CONVOCATORIA PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN COMO TERCERO PARA EMITIR LOS DICTÁMENES PREVISTOS EN LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL INTEGRAL DE LAS EMISIONES DE METANO DEL SECTOR HIDROCARBUROS.
La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, con fundamento en el artículo Transitorio Décimo Noveno, segundo párrafo del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013, y en los artículos 1o., 2o., 5o. fracciones IX, X, XXI y XXX, 27 y 31, fracciones II, y VIII de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 1o., 95 y 129 de la Ley de Hidrocarburos; 1o., 2o., 17 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., y 4o., de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o. fracción VIII, 3o. párrafos primero y segundo, fracciones I y XLVII,12, fracciones V y X del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y 1o., 2o., 3o., 4o., segundo párrafo y tercer párrafo, 5o., 7o., y 17 de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la Autorización, Aprobación y Evaluación del Desempeño de Terceros en Materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; emite la siguiente:
CONVOCATORIA
Dirigida a los interesados en obtener la Autorización como Tercero para emitir los Dictámenes previstos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la prevención y el control integral de las emisiones de metano del Sector Hidrocarburos (Disposiciones administrativas), conforme a lo establecido en las mismas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 06 de noviembre de 2018.
CAPÍTULO I
De la Autorización
I.     Las autorizaciones serán expedidas de acuerdo con las actividades del Sector Hidrocarburos que los interesados soliciten, siendo éstas:
A.   La exploración y extracción de hidrocarburos;
B.   El tratamiento, refinación y almacenamiento del petróleo, y/o
C.   El procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión y regasificación, así como el transporte por ducto, almacenamiento y distribución de gas natural.
CAPÍTULO II
Requisitos para la obtención de la Autorización
I.     Generales
El interesado deberá presentar los requisitos establecidos en el trámite ASEA-00-045 "Autorización como Tercero en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos" inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios, y lo indicado en la presente Convocatoria, conforme a la "Estructura y orden de las solicitudes" que se encuentra publicada en la página oficial de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Agencia).
A.   Sistema de Gestión de la Calidad.
El interesado deberá presentar:
a)   Copia simple del Sistema de Gestión de la Calidad, el cual deberá incluir, dentro de su alcance, la emisión de dictámenes, de acuerdo con el estándar ISO 9001, ISO 17020 o equivalente.
b)   Formato ASEA/TER/F-03, donde explique cómo se conforma el Sistema de Gestión de la Calidad y declare, bajo protesta de decir verdad, que la emisión de dictámenes se desarrolla
cumpliendo los requisitos del Sistema de Gestión de la Calidad. En específico, deberá describir los métodos y procedimientos de verificación con alcance en las actividades objeto de la presente Convocatoria y el procedimiento de contratación y subcontratación que aplica para asegurar la competencia del personal en la realización de las actividades y cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Convocatoria.
B.   Póliza del seguro.
El interesado deberá presentar:
a)   Duplicado del original, de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional vigente con las condiciones generales y particulares que ampare los trabajos desarrollados como Tercero Autorizado, conforme al objeto de la presente Convocatoria, que deberá cumplir con lo siguiente:
i.    El seguro deberá ser contratado con una institución de seguros autorizada por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para operar en los Estados Unidos Mexicanos, y
ii.    La Póliza de Seguro deberá cumplir con lo establecido en la Ley Sobre el Contrato de Seguro y demás normatividad vigente y aplicable en la materia.
b)   Original y copia simple para cotejo del comprobante de pago de la prima total de la póliza de seguro, sellado y firmado por la institución receptora del pago. En caso de realizar el pago electrónico, deberá presentar copia simple del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), y
c)   Carta bajo protesta de decir verdad, en donde el representante legal manifieste que la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional estará vigente por todo el periodo en el que realice las funciones de Tercero Autorizado.
II.    Específicos
A.   Del o los aspirantes a Responsables Técnicos
a)   Por cada aspirante a Responsable Técnico, conforme a los formatos ASEA/TER/F-08 y ASEA/TER/F-09, el interesado deberá presentar carta bajo protesta de decir verdad donde manifieste que asume la responsabilidad por el desarrollo de los trabajos realizados con apego a las Disposiciones administrativas, así como por los daños y afectaciones derivados de la ejecución de sus trabajos y por los resultados establecidos en los Dictámenes emitidos como Tercero Autorizado. Dicha manifestación deberá ser firmada por cada aspirante a Responsable Técnico y por el representante legal del solicitante.
III.    Técnicos
A.   De los interesados (solicitantes)
a)   Contar con al menos un (1) Responsable Técnico y al menos un (1) Experto Técnico para cada actividad del Sector Hidrocarburos para la cual se solicite la autorización.
b)   En la conformación del equipo, una misma persona puede fungir como Responsable Técnico y Experto Técnico, siempre y cuando cumpla con lo establecido en los apartados B y C del presente numeral.
c)   Presentar mediante el formato ASEA/TER/F-10, carta bajo protesta de decir verdad, donde manifieste que para la realización de los servicios que preste como Tercero Autorizado contará con la capacidad operacional, y que con el personal profesional técnico especializado cubrirá, según se requiera, al menos las siguientes especialidades:
i.    Procesos y equipos asociados a las actividades del Sector Hidrocarburos:
a)   La exploración y extracción de hidrocarburos;
b)   El tratamiento, refinación y almacenamiento del petróleo, y/o
c)   El procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión y regasificación, así como el transporte por ducto, almacenamiento y distribución de gas natural.
ii.    Identificación, clasificación y cuantificación de emisiones de metano;
iii.   Administración del cambio;
iv.   Detección y reparación de fugas;
 
v.    Seguridad Industrial;
vi.   Seguridad Operativa, y
vii.  Protección al Medio Ambiente.
B.   Del o los Responsables Técnicos
a)   Grado de estudios.
i.    Presentar copia simple de la cédula profesional de estudios de nivel licenciatura en alguna de las siguientes carreras:
1.   Tratándose de Ingeniería en las siguientes áreas: Petrolera, Industrial, Civil, Energía, Química, Química Petrolera, Química Industrial, Ambiental;
2.   Biología, Ecología o Gestión Ambiental;
3.   Licenciaturas equivalentes a las anteriormente referidas o aquellas incluidas en las áreas de estudio de ingeniería y tecnología.
ii.    El personal con estudios en el extranjero deberá presentar título profesional o su equivalente, apostillado por parte del país emisor.
b)   Experiencia.
i.    Contar con experiencia mínima comprobable en el Sector Hidrocarburos de diez (10) años en alguna o algunas de las especialidades establecidas en el numeral III, apartado A, inciso c) fracciones ii) a vii), para las cuales solicite la autorización.
ii.    Cada aspirante a Responsable Técnico deberá presentar ficha curricular utilizando el formato ASEA/TER/F-11, especificando la experiencia e indicando el nombre de las empresas, puestos, funciones, años laborados y proyectos anexando la documentación que soporte la información incluida en la sección de "Experiencia profesional" del formato (cartas o constancias de experiencia laboral o profesional, contratos de trabajo, etc.) así como original y copia simple para cotejo de su identificación oficial vigente, y
iii.   Cada ficha curricular deberá acompañarse por una carta bajo protesta de decir verdad utilizando el formato ASEA/TER/F-12 en la que el representante legal del solicitante indique que la información correspondiente a la experiencia en la ficha curricular es veraz y que la evidencia de soporte estará disponible en caso de ser solicitada por la Agencia. Dicha carta deberá ser firmada por el representante legal del solicitante.
c)   Conocimientos.
i.    El o los aspirantes a Responsable Técnico deberán dominar los contenidos de las Disposiciones administrativas que se encuentran dentro del alcance de la presente Convocatoria, así como los aspectos técnicos y normativos relacionados con la misma, para lo cual cada aspirante deberá presentar carta bajo protesta de decir verdad donde manifieste que domina dichos contenidos, utilizando el formato ASEA/TER/F-13. Dicha carta deberá ser firmada por cada aspirante a Responsable Técnico, así como por el representante legal del solicitante.
C.   Del Experto Técnico.
a)   Grado de estudios.
i.    Presentar copia simple de la cédula profesional de estudios de nivel licenciatura en alguna de las siguientes carreras:
1.   Tratándose de Ingeniería en las siguientes áreas: Petrolera, Industrial, Civil, Energía, Química, Química Petrolera, Química Industrial, Ambiental;
2.   Biología, Ecología o Gestión Ambiental;
3.   Licenciaturas equivalentes a las anteriormente referidas o aquellas incluidas en las áreas de estudio de ingeniería y tecnología.
ii.    El personal con estudios en el extranjero deberá presentar título profesional o su equivalente, apostillado por parte del país emisor.
b)   Experiencia.
 
i.    Contar con experiencia mínima comprobable de diez (10) años en los procesos que forman parte de la actividad del Sector Hidrocarburos establecidas en el numeral III, apartado A, inciso c) fracción i), los años de experiencia podrán ser demostrados mediante la acumulación de periodos de trabajo en las distintas actividades que sean objeto de la solicitud.
ii.    Contar con experiencia mínima comprobable de cinco (5) años en el caso de equipos y/u operaciones en pozos referidas en las Disposiciones administrativas y en el Capítulo I, fracción I, inciso A de la presente Convocatoria.
iii.   Cada aspirante a Experto Técnico deberá presentar ficha curricular utilizando el formato ASEA/TER/F-11, especificando la experiencia e indicando el nombre de las empresas, puestos, funciones, años laborados y proyectos anexando la documentación que soporte la información incluida en la sección de "Experiencia profesional" del formato (cartas o constancias de experiencia laboral o profesional, contratos de trabajo, etc.) así como original y copia simple para cotejo de su identificación oficial vigente, y
iv.   Cada ficha curricular deberá acompañarse por una carta bajo protesta de decir verdad utilizando el formato ASEA/TER/F-12 en la que el representante legal del solicitante indique que la información correspondiente a la experiencia en la ficha curricular es veraz y que la evidencia de soporte estará disponible en caso de ser solicitada por la Agencia. Dicha carta deberá ser firmada por el representante legal del solicitante.
c)   Conocimientos.
i.    El o los aspirantes a Experto Técnico deberán dominar los contenidos de las Disposiciones administrativas que se encuentran dentro del alcance de la presente Convocatoria, así como los aspectos técnicos y normativos relacionados con la misma, para lo cual cada aspirante deberá presentar carta bajo protesta de decir verdad donde manifieste que domina dichos contenidos, utilizando el formato ASEA/TER/F-13. Dicha carta deberá ser firmada por cada aspirante a Experto Técnico, así como por el representante legal del solicitante.
IV.   Consulta de formatos y procesos de participación.
La estructura y orden de las solicitudes, y los formatos señalados en la presente Convocatoria estarán disponibles para consulta y descarga en la página oficial de la Agencia, en la dirección electrónica: https://www.gob.mx/asea/documentos/convocatorias-para-obtener-la-autorizacion-o-aprobacion-de-terceros?state=draft.
Los documentos antes mencionados se podrán presentar:
a)   En línea: De conformidad con lo dispuesto por las Reglas generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 2017-02-28. Fecha de entrada en vigor: 2017-03-01, o
b)   Presencial: En el Área de Atención al Regulado de la Agencia, sita en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 4209. Col. Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México, en horario de lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas.
La Agencia realizará la evaluación de los requisitos generales, específicos y técnicos indicados a través de la presente Convocatoria y podrá solicitar información adicional, realizar evaluaciones y visitas técnicas, al solicitante, en caso de así considerarlo, a fin de determinar la procedencia de la Autorización.
Los solicitantes que resulten autorizados como Terceros, deberán someterse a los términos y condiciones de operación que indique la Agencia.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- La presente Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.- El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, Ángel Carrizales López.- Rúbrica.
(R.- 490273)