Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito
Zacatecas, Zacatecas
 
Por ignorarse el domicilio de Juana Beatriz Ávalos Olivares y Faustino Contreras Méndez, padres de la víctima Cristian Faustino Contreras Ávalos, terceros interesados, por acuerdo de veintinueve de octubre de dos mil diecinueve, conforme al artículo 27, fracción III, incisos b) y c), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se ordenó emplazamiento por medio de edictos, haciéndoles saber la radicación en el Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, del juicio de amparo 1102/2018, promovido por el licenciado Felipe Martínez Peña, en su carácter de defensor particular del quejoso Luis Torres Anguiano, contra actos de la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Zacatecas, consistente en la sentencia de veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete, dictada dentro del Toca de Apelación Penal 140/2017-B, relativo a la causa penal 05/2014; se le hace saber que deben presentarse ante este Tribunal dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación de edictos, apercibidos de que transcurrido dicho plazo sin comparecer, se les harán las posteriores notificaciones por lista.
Publíquese el presente edicto por tres veces, de siete en siete días.
 
Zacatecas, Zac., a treinta de octubre de dos mil diecinueve.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito.
Lic. Gloria Isela Bailón Cisneros.
Rúbrica.
(R.- 489624)