CONVENIO de Coordinación que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto denominado Programa estatal de apoyo que genere empoderamiento económico y patrimonial en mujeres víctimas de violencia de género, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR LA C. MARÍA CANDELARIA OCHOA ÁVALOS, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, C. RUTILIO CRUZ ESCANDÓN CADENAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C. ISMAEL BRITO MAZARIEGOS, INSTANCIA RECEPTORA Y RESPONSABLE DEL PROYECTO, EL SECRETARIO DE HACIENDA, C. JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de México reconoce y se obliga a cumplir con responsabilidad el mandato contenido en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México sea parte.
Que el Estado mexicano, ha suscrito y ratificado diversos instrumentos que buscan garantizar el respeto a la dignidad e integridad de las mujeres, su igualdad jurídica ante el varón, así como a la eliminación de la violencia y de todas las formas de discriminación contra la mujer; entre los cuales se encuentran, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II, Capítulo V, el mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Chiapas.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2018, señala en el Anexo 13, "Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio SGG/OS/0224/2019 de fecha 20 de mayo de 2019, suscrito por el C. Ismael Brito Mazariegos, Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto denominado: "Programa estatal de apoyo que genere empoderamiento económico y patrimonial en mujeres víctimas de violencia de género".
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019 (Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto denominado: "Programa estatal de apoyo que genere empoderamiento económico y patrimonial en mujeres víctimas de violencia de género". Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio número CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-2/2019 de fecha 16 de Julio de 2019.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2019, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB,
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5. La Comisionada Nacional cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en el artículo 115, fracción V del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314349.
I.7. Señala como su domicilio el ubicado en la calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1 y 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es un Estado Libre y Soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, el C. Rutilio Cruz Escandón Cadenas, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, y 6, 7 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.3. Asiste a la suscripción del presente Convenio el Titular de la Secretaría General de Gobierno, el C. Ismael Brito Mazariegos, quien se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, así como los artículos 7, 11, 21, 28 fracción I y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y el artículo 14 fracciones I y XLV del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, así como 7, 11, 21, 28 fracción II y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y el artículo 13 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, el C. Javier Jiménez Jiménez, en su carácter de Secretario de Hacienda, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio.
II.5. La Secretaría General de Gobierno del Estado, como instancia receptora y responsable del proyecto, forma parte integrante de la Administración Pública Estatal dependiente del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, a través de su Titular, C. Ismael Brito Mazariegos, asiste en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 28 fracción I y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.6. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos de forma complementaria al proyecto materia del presente Convenio, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7. Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal ubicado en Avenida Palacio de Gobierno S/N, Colonia Centro, C.P. 29000, Tuxtla Gutierrez, Chiapas.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Chiapas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Desarrollo Constitucional para la Igualdad de Género y Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las medidas descritas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Chiapas, que se mencionan a continuación:
Medidas de Prevención:
Fortalecer la Secretaría para el Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres, y todas instancias encargadas de Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con recursos presupuestales y humanos.
(...)
Particularmente, se requiere que en la región de los Altos de Chiapas se lleven a cabo las siguientes acciones:
a. Diseñar una estrategia transversal de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas al interior de sus comunidades, que tenga como objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Para la construcción de dicha estrategia se debe contar con la participación activa de las mujeres a quienes se dirigirá.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los Lineamientos.
III.6 Se comprometen a apegarse a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto denominado: "Programa estatal de apoyo que genere empoderamiento económico y patrimonial en mujeres víctimas de violencia de género", que permita dar cumplimiento a las medidas de prevención de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Chiapas.
Dicho proyecto se realizará de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de actividades lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.), para el proyecto denominado: "Programa estatal de apoyo que genere empoderamiento económico y patrimonial en mujeres víctimas de violencia de género".
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de su Secretaría de Hacienda en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Número de plaza: 08001.-Tuxtla Gutierrez
CLABE: 072 100 01070513018 0
Cuenta Bancaria: 1070513018
Banco: Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BANORTE.
A nombre de: GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS
Nombre de la cuenta: SRIA DE HACIENDA CONAVIM 2019 PROGRAMA ESTATAL DE APOYO A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO.
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARÍA" la factura CFDI prevista en el lineamiento Décimo sexto de los Lineamientos.
Una vez que "LA SECRETARÍA" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Hacienda, la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "LA SECRETARÍA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARÍA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, por lo que "LA SECRETARÍA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "LA SECRETARÍA". El Comité, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARÍA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que estas se comprometen a sacar a "LA SECRETARÍA" de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de los previstos en los Lineamientos, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del proyecto denominado: "Programa estatal de apoyo que genere empoderamiento económico y patrimonial en mujeres víctimas de violencia de género".
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal.
c. Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA". Además de los previstos en los Lineamientos, "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, dentro de los treinta días naturales siguientes después de haber suscrito el Convenio de Coordinación correspondiente, y habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d. Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los Lineamientos, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar por conducto de la Secretaría de Hacienda los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico del presente Convenio.
b. Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d. Realizar por conducto de la Secretaría u organismo encargado de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f. Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
j. Entregar bimestralmente por conducto del Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado de
Chiapas, instancia receptora y responsable del proyecto, a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
l. En términos de los Lineamientos, presentar a "LA SECRETARÍA", a más tardar el 15 de enero de 2020, un Acta de cierre, firmada por el Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas, instancia receptora y responsable del proyecto, en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2019 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso n) del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio SGG/OS/0223/2019 signado por el Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas, y por "LA SECRETARÍA" la persona que fue designada mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-2/2019 signado por la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas, instancia receptora y responsable del proyecto, informará a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento y el inciso e), del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el ejercicio fiscal 2019, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes a la conclusión del cierre del ejercicio fiscal en términos de los Lineamientos.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas.
En el caso de "LA SECRETARÍA", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los lineamientos sexto, décimo quinto y décimo sexto de los Lineamientos.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2019 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, esta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "LA SECRETARÍA" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el lineamiento Trigésimo Tercero de los Lineamientos, procederá a dar por terminado el presente Convenio y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Contraloría General (o similar) de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2019. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo. En caso de que se presente alguna discrepancia, deberá sujetarse a lo que dispone el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES". Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio se publicará en el Diario Oficial Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 26 fracción II, inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "LA SECRETARÍA".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de agosto de 2019.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Rutilio Cruz Escandón Cadenas.- Rúbrica.- Titular de la Instancia Receptora y Responsable del Proyecto: el Secretario General de Gobierno, Ismael Brito Mazariegos.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Javier Jiménez Jiménez.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA EL PROYECTO DENOMINADO: "PROGRAMA ESTATAL DE APOYO QUE GENERE EMPODERAMIENTO ECONÓMICO Y PATRIMONIAL EN MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO".
1. Nombre, objeto y descripción de "El Proyecto":
Nombre o denominación: Programa Estatal de Apoyo que Genere Empoderamiento Económico y Patrimonial en Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
Objeto:
Favorecer el empoderamiento económico de 500 mujeres de los municipios de la AVGM (Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez, Villaflores, Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, San Cristóbal de Las Casas) y en 3 municipios de los Altos de Chiapas (Amatenango del Valle, Chamula y Teopisca). Asimismo, contar con información que permita la construcción de políticas públicas en materia de empoderamiento económico de las mujeres y de prevención de violencia patrimonial.
Descripción:
El proyecto consiste en generar un diagnóstico sobre violencia patrimonial en los 7 municipios de la AVGM (Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez, Villaflores, Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, San Cristóbal de Las Casas) y en 3 municipios de los Altos de Chiapas (Amatenango del Valle, Chamula y Teopisca) y llevar a cabo capacitaciones en temas de empoderamiento económico a 500 mujeres.
Se vinculará a las 500 mujeres capacitadas con fondos estatales que tengan como objetivo destinar recursos de apoyos económicos a mujeres. También se realizará, a través de un informe, el análisis de los programas de fomento estatal para reducir la violencia patrimonial el cual contendrá conclusiones y recomendaciones para mejorar la atención a mujeres víctimas de violencia.
Asimismo, la información generada por este proyecto será compartida con el BAESVIM (Banco Estatal de datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres).
2. Fecha de solicitud del Subsidio:
Fecha de solicitud: 20 de mayo de 2019.
Oficio: SGG/OS/0224/2019.
Autoridad solicitante: Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas.
3. Instancia Estatal Receptora y Responsable de "El Proyecto":
Nombre: Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas.
Descripción de las responsabilidades:
Se establecen en la cláusula Quinta del presente Convenio de Coordinación, así como, las señaladas en el Lineamiento Trigésimo primero de los Lineamientos para la Obtención y Aplicación de Recursos Destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2019.
4. Monto solicitado:
Cantidad solicitada a la CONAVIM: $2'000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.)
5. Fecha estimada del inicio del Proyecto:
Fecha: El proyecto dará inicio una vez que el recurso federal sea asignado a la cuenta del Gobierno del Estado de Chiapas.
6. Fecha estimada para la conclusión del Proyecto:
Fecha: 31 de diciembre de 2019.
7. Descripción del proyecto:
Resumen:
Este proyecto brindará la oportunidad de lograr el empoderamiento económico de 500 mujeres de los municipios de los municipios de la AVGM (Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez, Villaflores, Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, San Cristóbal de Las Casas) y en 3 municipios de los Altos de Chiapas (Amatenango del Valle, Chamula y Teopisca); para lo cual se les impartirá capacitaciones en temas de empoderamiento económico y se les vinculará a los fondos estatales de apoyo crediticio, para mejorar su situación económica y patrimonial.
También se realizará un diagnóstico y análisis de los programas de fomento estatal para reducir la violencia patrimonial generando conclusiones y recomendaciones para mejorar la atención a mujeres víctimas de violencia y con la información que se obtenga de la atención a las mujeres y la investigación del diagnóstico se alimentará en BAESVIM (Banco Estatal de datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres a cargo de la Secretaría de Igualdad de Género de Chiapas).
Medida de seguridad, de prevención o de justicia, a la cual debe contribuir el proyecto, o bien la propuesta contenida en las conclusiones del informe al que hace referencia el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida de Libre de Violencia:
Medidas de Prevención
Fortalecer la Secretaría para el Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres, y todas instancias encargadas de Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con recursos presupuestales y humanos.
(...)
Particularmente, se requiere que en la región de los Altos de Chiapas se lleven a cabo las siguientes acciones:
a. Diseñar una estrategia transversal de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas al interior de sus comunidades, que tenga como objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Para la construcción de dicha estrategia se debe contar con la participación activa de las mujeres a quienes se dirigirá.
Objetivo general:
Favorecer el empoderamiento económico de 500 mujeres de los municipios de la AVGM y 3 municipios de los Altos de Chiapas. Asimismo, contar con información que permita la construcción de políticas públicas en materia de empoderamiento económico de las mujeres y de prevención de violencia patrimonial.
Objetivos específicos, cada uno con su meta e indicadores de gestión proceso y, en su caso, indicadores de resultado para verificar su implementación y cumplimiento:
| OBJETIVOS ESPECIFICOS | METAS | INDICADORES |
| Desarrollo de un diagnóstico sobre la violencia patrimonial en las mujeres y generación de indicadores, mapas y estadísticas. | Contar con información actualizada sobre las causas y efectos de la violencia patrimonial que sufren las mujeres en el estado de Chiapas que permitan la construcción de políticas públicas de prevención de violencia patrimonial. | (1) Diagnóstico Estatal (1) Datos estadísticos para el Baesvim (36) Indicadores sobre violencia patrimonial para el Baesvim. (1) Resultados de grupos focales de municipio. |
| Capacitar a mujeres de los municipios de: Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez, Villaflores, Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, San Cristóbal de las Casas, Amatenango del Valle, Chamula, Teopisca en temas de empoderamiento económico. | Empoderamiento de 500 mujeres a través del conocimiento de sus derechos, así como prevención de la violencia patrimonial. Capacitación sobre diferentes oficios de acuerdo a sus habilidades que les permita la generación de ingresos y administración de los mismos. | (8) - Horas de capacitación, (500) - Mujeres capacitadas en total. |
| Vincular financieramente a mujeres a los fondos estatales. | Contar con un mecanismo de vinculación de mujeres a fondos estatales que permitan empoderarlas económicamente. | (500) Mujeres vinculadas |
| Revisar y documentar las políticas, programas y recursos existentes relevantes, incluyendo un análisis de los Programas existentes para prevenir los delitos de violencia patrimonial contra las mujeres. | Obtener un Informe de políticas y programas en materia de violencia de patrimonial con recomendaciones de fortalecimiento de los programas existentes de empoderamiento de las mujeres | (1) Informe de políticas y programas en materia de violencia de patrimonial. |
| Alimentar al BAESVIM (Banco Estatal de datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres) en materia de violencia patrimonial | Contar con información en materia de violencia patrimonial en el BAESVIM | (1) Reporte de buenas prácticas. |
Metodología: La metodología del proyecto consta de tres etapas:
La primera de ellas es realizar una capacitación grupal que contribuya al empoderamiento de las mujeres y desarrollar habilidades para el trabajo. La segunda es una vinculación financiera para poder vincular las actividades que coadyuven en la generación ingresos y la última es realizar un diagnóstico sobre violencia patrimonial en el estado tomando en cuenta la información obtenida en campo y en fuentes secundarias para fomentar políticas públicas de género para reducir a violencia patrimonial.
a. Capacitación
La capacitación que se realizará de manera grupal, es decir en instalaciones adecuadas para la realización de la misma. La capacitación será impartida instructores especializados en temas de empoderamiento económico y violencia patrimonial El programa de capacitación que se impartirá cuenta con los elementos metodológicos de la norma CONOCER que a continuación se mencionan y se adjuntan a la presente metodología:
A. Guía instruccional
B. Evaluación diagnóstica inicial
C. Evaluación diagnóstica final
D. Manual del Instructor
E. Manual del participante
F. Prácticas y ejercicios
G. Encuesta de satisfacción
Los cursos se llevarán a cabo en sesiones plenarias en un formato tipo "U" para que exista interacción con todos los microempresarios. Se realizará en ambientes adecuados de temperatura, en los municipios del proyecto y con el equipo suficiente: cañón proyector, laptops, rotafolios, acceso remoto a internet, coffee break permanente, material de trabajo y alimentos para las participantes.
A cada mujer se le entregará un manual de capacitación en donde encontrará todo el material que servirá de base para generar el proceso de enseñanza aprendizaje. Esto se dará en formato impreso y digital.
La capacitación forma parte del proceso integral del proceso de intervención por lo que se trabajarán 8 horas (1 día) por municipio establecido. Se harán exámenes de entrada y de salida para evaluar el aprendizaje de los participantes. Los talleres serán de 50mujeres aproximadamente por municipio establecido en el apartado de beneficiarias.
Contenido de los cursos que podrán darse en lengua indígena cuando se requiera:
| NOMBRE DEL CURSO | CONTENIDO |
| Derecho de las mujeres y oportunidades de emprendimiento y empleo | · Introducción al derecho de la mujer · Casos de violencia patrimonial. · Cómo prevenir y combatir la violencia patrimonial. · Oportunidades de empleo. · Oportunidades de productividad en las mujeres. |
| Administración de Microcréditos | · ¿Qué es el microcrédito? · Uso del microcrédito. · Endeudamiento. · Consejos para el manejo de microcrédito. |
| Técnicas básicas para fortalecer mi actividad productiva | · Mi situación actual /diagnóstico. · Hacia donde me dirijo. · Técnicas administrativas. · Mi plan de trabajo y de negocios. · Conceptos básicos de administración |
| Administración financiera y microcréditos | · Importancia del control financiero/diagnóstico · Cómo saber cuánto gano o pierdo a través de la información financiera. |
Las herramientas que se utilizarán durante el proceso de capacitación son:
1. Manual del instructor. La norma CONOCER en diseño e impartición de cursos obliga a que exista un manual del capacitador. Este manual servirá de base y guía para dar un seguimiento puntal y es una herramienta fundamental del consultor-capacitador.
2. Manual del capacitado. La norma CONOCER en diseño e impartición de cursos obliga a que exista un manual del capacitado con todos los temas desarrollados. Este manual servirá de base y guía para dar un seguimiento puntal y es una herramienta fundamental del participante.
b. Vinculación financiera. Se vinculará financieramente a 500 mujeres con los siguientes pasos metodológicos:
· Se realizará un diagnóstico financiero de la capacidad de pago.
· Se realizará un diagnóstico de capacidades y orientación de actividad productiva.
· Se realizará un estudio socioeconómico base para la vinculación financiera.
· Se apoyará en la recolección de documentos y requisitos para la obtención de micro créditos.
· Se entregarán a los fideicomisos estatales los expedientes de crédito para su obtención y entrega.
c. Diagnóstico. El diagnóstico se desarrollará en función de una metodología siguiente de obtención de datos:
· Se analizará la información del INEGI, CONEVAL y fuentes secundarias.
· Se realizará un estudio y se aplicará una encuesta para la generación de información de campo.
· Se realizará un análisis de grupos focales para la identificación del fenómeno causal.
· Se realizará un análisis de la información cualitativa y cuantitativa y se genera un índice de violencia patrimonial
· Se realizarán recomendación de políticas públicas.
Población beneficiaria: En un primer momento500 mujeres de los municipios de la AVGM (Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez, Villaflores, Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, San Cristóbal de Las Casas) y en 3 municipios de los Altos de Chiapas.
La Secretaría de Igualdad de Género, Comisiones de Igualdad de los Municipios de la AVGM.
Cobertura geográfica: los municipios de la AVGM (Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez, Villaflores, Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, San Cristóbal de Las Casas) y en 3 municipios de los Altos de Chiapas.
8. Perfil de la o las personas que estarán a cargo de la implementación de "El Proyecto":
Las y los consultores de la organización deberán realizar los trabajos de capacitación y consultoría deberán tener experiencia en temas de empoderamiento económico y patrimonial de mujeres perspectiva de género, igualdad, diseño de proyectos con perspectiva de género, derechos humanos, política pública, construcción de planes de trabajo municipales, quienes deberán acreditar su experiencia en materia de derechos humanos y perspectiva de género, de conformidad con los lineamientos.
9. Descripción de las actividades que realizarán las autoridades involucradas en el Proyecto en la entidad federativa para su ejecución:
1) Dar cumplimiento a lo establecido en los lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2019.
2) Cumplir con lo establecido en el Lineamiento Trigésimo primero Capitulo IX de los Lineamientos citados en el párrafo anterior.
3) Realizar las gestiones Administrativas ante las Instituciones correspondientes con el objeto de que sean transferidos los recursos federales a la Secretaría General de Gobierno del Estado.
4) Realizar los procesos de licitación y adjudicación necesarios para la contratación de las consultoras, prestadoras de servicios o personas físicas, necesarias para la correcta ejecución de los recursos en estricto apego a la normatividad aplicable
5) Realizar la contratación de las consultoras, prestadoras de servicios o personas físicas, necesarias para la correcta ejecución de los recursos en estricto apego a la normatividad
aplicable
6) Controlar, revisar y administrar el avance del proyecto.
7) Gestionar los pagos generados de la ejecución del proyecto.
8) Entregar de manera bimestralmente un informe de resultados sobre los avances físicos y financieros a la CONAVIM.
9) Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales.
10) Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación de "El Proyecto" financiado con los recursos otorgados.
11) Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de la Cuenta Pública.
12) Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
10. Proyección del costo del proyecto, que incluya un cronograma de gasto y actividades:
| | PROGRAMA ESTATAL DE APOYO QUE GENERE EMPODERAMIENTO ECONÓMICO Y PATRIMONIAL EN MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO |
| ACTIVIDAD | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | MONTO |
| SEMANAS | SEMANAS | SEMANAS | SEMANAS |
| Trabajo Interinstitucional para formar los grupos de mujeres en los municipios | X | X | | | | | | | | | | | | | | | $ 0.00 |
| Capacitación y desarrollo de consultoría | | | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | | | | | $1,021,585.00 |
| Diagnóstico y análisis de políticas públicas y generación de datos estadísticos | | | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | | | | | $527,137.93 |
| Diagnóstico y vinculación financiera | | | | | | | | | X | X | X | X | X | X | | | $125,415.00 |
| Redacción de informe de resultados | | | | | | | | | | | | | X | | | | $25,000.00 |
| Impresión y entrega de informes al Estado y Federación | | | | | | | | | | | | | X | X | | | $25,000.00 |
| Revisión del Informe | | | | | | | | | | | | | X | X | | | $0.00 |
| Cierre de proyecto ante CONAVIM | | | | | | | | | | | | | | | X | X | $0.00 |
| | SUBTOTAL | | $1,724,137.93 |
| | IVA | | $275,862.07 |
| | TOTAL | | $2,000,000.00 |
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de agosto de 2019.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Rutilio Cruz Escandón Cadenas.- Rúbrica.- Titular de la Instancia Receptora y Responsable del Proyecto: el Secretario General de Gobierno, Ismael Brito Mazariegos.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Javier Jiménez Jiménez.- Rúbrica.