Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V.
CONVOCATORIA PÚBLICA API/TAMPICO/01/19
 
Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V. (API), con base en el Programa Maestro de Desarrollo Portuario del Puerto de Tampico 2016-2021, y con fundamento en los artículos 1, 10 fracción I, 20, 24, 27, 30, 51, 53, 56 y 59 de la Ley de Puertos; 1 y 33 de su Reglamento; en el Título de Concesión que le otorgó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para la administración portuaria integral del recinto portuario del puerto de Tampico, Tamaulipas (PUERTO); en las resoluciones aprobadas por su Consejo de Administración y demás disposiciones aplicables:
CONVOCA
A todas las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjera que cuenten con un capital contable o patrimonio mínimos, según se trate de $100´000,000.00 (Cien millones de pesos 00/100 M.N.), interesadas en participar en el Concurso Público API/TAMPICO/TUM/01/19 (CONCURSO), cuyo objeto corresponde a la adjudicación de un contrato de cesión parcial de derechos y obligaciones, derivados del Título de Concesión, con una vigencia de 23 (veintitrés) años y la posibilidad de que se prorrogue hasta por 20 (veinte) años, siempre y cuando proceda en términos de los artículos 51, fracción IV, de la Ley de Puertosy 32, fracción II, de su Reglamento, para:
i)     El uso, aprovechamiento y explotación de una superficie terrestre de 99,944.56 m2, una superficie de agua de 55,318.98 m2, y los muelles 10 y 11 con un frente de agua de 576 metros lineales (ÁREA), para la modernización, equipamiento y operación de una Terminal de Usos Múltiples (TUM) de uso público, para el manejo de todo tipo de carga comercial;
ii)     La prestación dentro de la TUM, de los servicios portuarios que se mencionan en el artículo 44, fracción III, de la Ley de Puertos.
ii)     Proporcionar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, en términos de la normatividad aplicable.
La adjudicación de un contrato de arrendamiento de una superficie terrestre de 21,334.31 m2, conformada por terrenos fuera del recinto portuario colindantes con el ÁREA, bajo el régimen de propiedad privada de la API, los terrenos se deberán usar para el mismo objeto del ÁREA.
1. Contraprestación. El cesionario pagará a la API una contraprestación, en moneda nacional, más los impuestos correspondientes, conforme se detalla en las Bases, la cual se integrará por: i) una cuota inicial, que deberá cubrirse en una exhibición a la firma del CONTRATO; ii) una cuota fija, mensual por cada metro cuadrado del área cedida que ocupa la TUM; iii) una cuota variable, por cada tonelada de carga general y por cada TEU de carga contenerizada, que ingresen a la TUM y iv) un porcentaje por el servicio de almacenamiento de mercancías, por mensualidad vencida de operación. La cuota fija y la cuota variable se actualizarán conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, o el índice que lo sustituya, y su monto se detallará en el Prospecto Descriptivo, así como el porcentaje por el servicio de almacenamiento de mercancías.
2. Horarios establecidos en esta convocatoria y en los documentos del CONCURSO: Corresponden al "tiempo del Centro" de conformidad con el Centro Nacional de Metrología.
3. Lugar, fechas y requisitos para la adquisición de las Bases del CONCURSO: Las Bases estarán disponibles para su venta de lunes a viernes, en días hábiles y en un horario de 9:30 a las 14:00 horas, en el domicilio ubicado en Edificio API Tampico s/n, Zona Centro, Tampico, Tamaulipas, código postal 89000, a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria, y hasta el 29 de noviembre de 2019. Para la venta de Bases será necesario, que los interesados presenten escrito firmado dirigido al Director General de la API, en el que manifiesten: i) nombre de la persona o personas autorizadas, ii) si actúan en nombre propio o por representante legal, iii) datos generales y iv) las razones por las cuales se interesan en participar en el CONCURSO; deberán manifestar que no sirven a intereses de terceros.
4. Costo y forma de pago de las Bases del CONCURSO: Las Bases tendrán un costo de $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado, y deberán pagarse a nombre de la Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V., mediante cheque certificado o de caja expedido por una institución bancaria debidamente autorizada; o depósito a la cuenta 0447794738; o transferencia electrónica interbancaria CLABE 012813004477947388, en Banco BBVA, S.A., sucursal número 0831, en Tampico, Tamaulipas. El pago que se efectúe, en ningún caso será reembolsable. Cubiertos los requisitos de la entrega del escrito de interés indicado en el numeral anterior, y de la constancia de pago de las Bases, cada interesado recibirá de API la clave de acceso al Sitio de Información que contiene, de manera electrónica, las Bases y sus anexos.
5. Presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas. Estos actos se llevarán al cabo en el domicilio de API, a las 11:00 horas, el 24 de abril de 2020.
6. Acto de lectura pública del resultado de la evaluación de las propuestas técnicas y apertura de las propuestas económicas. Estos actos se llevarán al cabo en el domicilio de API, a las 11:00 horas, el 29 de abril de 2020. Únicamente se abrirán las propuestas económicas de los participantes, cuyas propuestas técnicas hayan resultado aceptadas por la API, conforme a los criterios de evaluación indicados en las Bases del CONCURSO.
7. Criterios para la emisión del fallo. Conforme se establezca en las Bases, la API elaborará un
dictamen previo y una vez cubiertos los requisitos técnicos, declarará ganador del CONCURSO, a aquel participante cuya propuesta económica ofrezca a la API el monto más elevado de la cuota inicial de la contraprestación, siempre que resulte superior al valor de referencia. En el caso de empate en el monto de la cuota inicial de la contraprestación, el ganador del CONCURSO será aquel participante cuya propuesta económica ofrezca la inversión más alta en obras de modernización y equipamiento a ejercer durante los primeros 2 (dos) años de operación de la TUM.
8. Fallo. La API, en su domicilio, emitirá el fallo que dará a conocer a las 11:00 horas, el 5 de mayo de 2020.
9. Consideraciones generales.
a)    A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y durante el desarrollo del CONCURSO, los interesados y participantes, deberán dirigirse con el Director General de la API, al teléfono: 01 (833) 241-1400 extensiones 72324 y 72423, correos electrónicos: gcomercial@puertodetampico.com.mx y jdpromocion@puertodetampico.com.mx
b)    La API podrá aclarar o modificar los términos y condiciones establecidos en la presente Convocatoria, Bases y demás documentos del CONCURSO hasta con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha del acto de presentación de proposiciones, mediante escrito dirigido a cada uno de los participantes, el cual será notificado por correo electrónico y acusando de éstos de recibo.
c)    Los participantes en el CONCURSO están sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Competencia Económica, en particular, las fracciones IV y V del artículo 53 de dicha Ley que prohíben todo contrato, convenio, arreglo o combinación entre dos o más competidores cuyo objeto o efecto sea establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas, así como el intercambio de información para el objeto o efecto de cualquiera de las conductas que establece el artículo citado.
De conformidad con la Ley Federal de Competencia Económica y sus Disposiciones Regulatorias, los participantes deberán solicitar y obtener la opinión favorable de su participación en el CONCURSO de la Comisión Federal de Competencia Económica como se indique en las Bases.
d)    Si el ganador del CONCURSO es persona física o moral extranjera, persona física mexicana o grupo de personas que participó como un solo licitante, deberá constituir una sociedad mercantil mexicana para cederle los derechos y obligaciones que le deriven como ganador del CONCURSO, o cederlos a una sociedad mercantil mexicana ya constituida para los mismos efectos. En cualquier caso, la sociedad que firme el CONTRATO deberá contar con una estructura de capital, de administración y de operaciones, conforme a la información y documentación entregada con el Pliego de Requisitos del CONCURSO y la estructura de capital y los porcentajes de participación accionarios que le fueron aprobados por la Comisión Federal de Competencia Económica.
e)    El PUERTO tiene un calado potencial en su canal de navegación de hasta 9.75 metros de la bocana al kilómetro 13+400, con una longitud total de 22 kilómetros del canal de navegación. La TUM está ubicada en el kilómetro 8.8 de la bocana, entre el cadenamiento 8+100 y 9+400 del PUERTO.
f)     Los maniobristas que tienen un contrato de prestación de servicios con la API dejarán de proporcionar sus servicios en la superficie que conforma la TUM, en el caso que se adjudique el CONTRATO concursado.
g)    El cesionario del CONTRATO deberá considerar que existe una línea subterránea para productos líquidos alimenticios que cruza por la superficie terrestre de la TUM, una persona moral cuenta con un contrato de cesión parcial de derechos, que sustituyó a una concesión otorgada anterior a la creación de la Ley de Puertos, mediante el cual se establece el uso y aprovechamiento de la línea subterránea que permite recibir el producto por bombeo de una embarcación. Es una operación eventual que se presenta, sin embargo, el cesionario del CONTRATO deberá tomarlo en cuenta para la operación de la TUM, en coordinación con el cesionario actual.
h)    El cesionario del CONTRATO deberá considerar en sus proyectos de inversión de la TUM, construir dos embarcaderos para reubicar el paso de lanchas conocido como "106", esto permitirá la operaciónde la TUM con mayor seguridad, la información relativa a los embarcaderos a construir se detallará en el Prospecto Descriptivo.
i)     El cesionario del CONTRATO deberá considerar en sus proyectos de inversión de la TUM, construir una planta de tratamiento de aguas residuales, la información relativa se detallará en el Prospecto Descriptivo.
j)     Al término de la vigencia del CONTRATO, el cesionario devolverá a la API el área e instalacionesque conformen a la TUM de forma permanente, en buen estado, libres de todo gravamen y sin costo alguno para la misma.
k)    TEU´s: La unidad de medida de un contenedor por volumen y que significa "twenty feet equivalent units".
l)     De conformidad con el artículo 24, fracción IX, de la Ley de Puertos, el CONCURSO podrá ser
declarado desierto, cancelarse o suspenderse, en términos que se establezca en las Bases del mismo. La API se reserva el derecho de declarar desierto el CONCURSO, en caso de que las propuestas no le resulten aceptables, conforme se indica en las propias Bases.
 
Atentamente
Recinto Portuario del Puerto de Tampico, Tamaulipas, a 21 de noviembre de 2019.
Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V.
Director General
Ing. Horacio Nájera Franco
Rúbrica.
(R.- 489410)