Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
DELFINA CONDE GONZÁLEZ
TERCERA INTERESADA
En el juicio de amparo directo 713/2019, promovido por Manuel de Jesús Blanco Bartolón, contra el acto de la Sala Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 02 Tapachula del Superior de Justicia del Estado, con residencia en Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas, consistente en la sentencia de veintitrés de agosto de dos mil dieciocho, derivado del toca penal 324-C-1P02/2013, del índice de la Sala Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 02 Tapachula, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede en Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas; en la que confirmó la resolución de dieciséis de febrero de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Primero del Ramo Penal del Distrito Judicial de Tapachula, con sede en esa ciudad, en el expediente 245/2013, que condenó al acusado Manuel de Jesús Blanco Bartolón, por la ejecución del delito de homicidio calificado, en agravio de quien en vida respondería al nombre de Rafael Conde González, señaló como preceptos constitucionales violados los artículos 1, 14, 16, 18, 20, 22 y 103 fracción I de nuestra carta magna; por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarla mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos, así como que en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo tiene derecho a formular alegatos y a promover amparo adhesivo.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 11 de septiembre de 2019
El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito.
Lic. Humberto Zavala Calderón.
Rúbrica.
(R.- 487588)