ACUERDO General 17/2019 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de denominación y ampliación de competencia de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic; a la conclusión de funciones de la oficina de correspondencia común que les presta servicio a dichos órganos; al cambio de denominación de la oficina de correspondencia común que presta servicio a los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en Tepic; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito indicados en primer término y sus similares de Amparo en Materia Penal en la misma entidad federativa; que reforma el similar 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana, y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 17/2019, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN Y AMPLIACIÓN DE COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC; A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN QUE LES PRESTA SERVICIO A DICHOS ÓRGANOS; AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN QUE PRESTA SERVICIO A LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN TEPIC; ASÍ COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO INDICADOS EN PRIMER TÉRMINO Y SUS SIMILARES DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN LA MISMA ENTIDAD FEDERATIVA; QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA, Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus atribuciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones VI y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los Juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana; así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. En sesión celebrada el tres de julio de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, tomó conocimiento del "Estudio integral relativo a la situación estadística de los Tribunales Unitarios de Circuito y Juzgados de Distrito, de Procesos Penales Federales y, en su caso, de diversos órganos jurisdiccionales";
QUINTO. El incremento en el número de ingresos y la complejidad en el trámite de los mismos, ha ocasionado el aumento en las cargas de trabajo que registran los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, mientras que los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales de la misma entidad federativa han visto disminuidos sus ingresos en virtud de la implementación de la reforma en materia penal, lo que hace necesario establecer medidas que contribuyan a optimizar el desempeño de la función jurisdiccional en esa sede.
SEXTO. En sesión celebrada el dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó el "Estudio relativo al cambio de denominación y ampliación de competencia de los dos Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en El Rincón, Municipio de Tepic".
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. A partir del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic, cambian de denominación conforme a lo siguiente:
| ANTERIOR DENOMINACIÓN | NUEVA DENOMINACIÓN |
| Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic. | Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic. |
| Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic. | Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic |
Los órganos jurisdiccionales que cambian de denominación conservarán su actual jurisdicción territorial y competencia en materia de procesos penales federales y, a partir de la fecha señalada en el presente artículo, ampliarán su competencia al conocimiento de los juicios de amparo en materia penal, el cual será compartido con sus similares de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en Tepic.
Los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en Tepic, conservarán su actual denominación, jurisdicción y competencia.
Artículo 2. A partir de la fecha señalada en el artículo 1 concluye funciones la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit.
Artículo 3. A partir del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, cambia la denominación de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en la ciudad de Tepic, a Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit con competencia en Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal, con residencia en Tepic, la cual brindará servicio a los ahora denominados Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, así como a los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal, en la propia entidad federativa.
Los nuevos asuntos que se presenten en la referida oficina de correspondencia común, a partir de la fecha señalada, se distribuirán a través del sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, entre los órganos jurisdiccionales a los que prestará servicio.
La Dirección General de Gestión Judicial, en coordinación con la Dirección General de Tecnologías de la Información, instrumentarán los cambios necesarios en el sistema de cómputo de la citada oficina y trasladarán la información relativa a los antecedentes de asuntos de procesos penales federales registrados en su oportunidad por la Oficina de Correspondencia Común de la especialidad que concluye funciones, a la ahora denominada Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit con competencia en Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal, con residencia en Tepic. Lo anterior, para efecto de la aplicación automatizada de la forma relacionada de turno de asuntos, entre los órganos jurisdiccionales con competencia en esa materia.
Artículo 4. Los titulares de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, ahora denominados Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic, con asistencia de un secretario, deberán certificar en los libros de control su cambio de denominación y ampliación de competencia y continuarán actuando en los mismos. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales autorizarán el uso de los nuevos libros de control que correspondan conforme la materia de ampliación de su competencia, donde se asentará la certificación correspondiente, para efecto del inicio de registro de los nuevos asuntos de amparo en materia penal que les sean turnados.
Los titulares de los ahora denominados Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic, asistidos de un secretario, deberán levantar por duplicado un acta administrativa de su cambio de denominación y la ampliación de su competencia, en el formato proporcionado por la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, remitiendo un ejemplar a ésta para su archivo.
Artículo 5. Para el turno de juicios de amparo penal en días y horas inhábiles, los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic y los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, tendrán los calendarios siguientes:
| ORDEN DEL ROL DE GUARDIAS DE TURNO PARA RECIBIR JUICIOS DE AMPARO EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC; ASÍ COMO DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL, CON RESIDENCIA EN TEPIC, TODOS EN EL ESTADO DE NAYARIT |
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| TURNO Y PERIODO DE GUARDIA | ÓRGANO JURISDICCIONAL AL QUE CORRESPONDE LA GUARDIA |
| DEL 16 al 21 DE OCTUBRE DE 2019 | JUZGADO TERCERO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT. |
| DEL 21 AL 28 DE OCTUBRE DE 2019 | JUZGADO CUARTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT. |
| DEL 28 DE OCTUBRE AL 4 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 4 AL 11 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 11 AL 18 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT. |
| DEL 18 AL 25 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN TEPIC. |
| DEL 25 DE NOVIEMBRE AL 2 DE DICIEMBRE DE 2019 | JUZGADO TERCERO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN TEPIC. |
| DEL 2 AL 9 DE DICIEMBRE DE 2019 | JUZGADO CUARTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN TEPIC. |
| DEL 9 AL 16 DE DICIEMBRE DE 2019 | JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
Y así, sucesivamente conforme al orden establecido.
Los turnos de guardia semanal inician a las ocho horas con treinta minutos del día lunes y concluirán a las ocho horas con veintinueve minutos del lunes siguiente.
Artículo 6. Para el turno de asuntos en materia de procesos penales federales en días y horas inhábiles, los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic, observarán el siguiente calendario:
| ORDEN DEL ROL DE GUARDIAS DE TURNO PARA RECIBIR ASUNTOS EN MATERIA DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC |
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| TURNO Y PERIODO DE GUARDIA | ÓRGANO JURISDICCIONAL AL QUE CORRESPONDE LA GUARDIA |
| DEL 16 AL 21 DE OCTUBRE DE 2019 | JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 21 AL 28 DE OCTUBRE DE 2019 | JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 28 DE OCTUBRE AL 4 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 4 AL 11 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 11 AL 18 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 18 AL 25 DE NOVIEMBRE DE 2019 | JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 25 DE NOVIEMBRE AL 2 DE DICIEMBRE DE 2019 | JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 2 AL 9 DE DICIEMBRE DE 2019 | JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
| DEL 9 AL 16 DE DICIEMBRE DE 2019 | JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCÓN", MUNICIPIO DE TEPIC. |
Y así, sucesivamente conforme al orden establecido.
Los turnos de guardia semanal inician a las ocho horas con treinta minutos del día lunes y concluirán a las ocho horas con veintinueve minutos del lunes siguiente.
Artículo 7. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; de Administración y de Adscripción del Consejo de la Judicatura Federal, están facultadas para interpretar y resolver todas las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente acuerdo en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 8. Se reforma el numeral SEGUNDO, fracción XXIV, número 3, del Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, para quedar como sigue:
"SEGUNDO. ...
I. a XXIII. ...
XXIV. ...
1. a 2. ...
3. Ocho juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit: dos especializados en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales con residencia en Tepic; dos en procesos penales federales y de amparo en materia penal con residencia en "El Rincón", municipio de Tepic, y cuatro de amparo en materia penal con residencia en Tepic.
XXV. a XXXII. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en internet.
TERCERO. A partir del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve las referencias hechas a los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit en el Acuerdo General 7/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la ampliación temporal de la competencia de los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit y de los Juzgados de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en la misma entidad federativa, para conocer de comunicaciones oficiales en materia de procesos penales federales, se entenderán hechas en lo que resulte aplicable a los ahora denominados Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic.
De igual forma las referencias hechas a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", Municipio de Tepic, se entenderán hechas en lo que resulte aplicable a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit con competencia en Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal, con residencia en Tepic.
A partir del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve las comunicaciones oficiales urgentes de procesos penales federales que se presenten en días y horas inhábiles serán del conocimiento de los órganos jurisdiccionales referidos en el artículo 5 del presente acuerdo general, para lo cual se observará el calendario de guardias ahí dispuesto. Las comunicaciones oficiales en la citada materia que se reciban en días y horas hábiles serán distribuidas por la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit con competencia en Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal, con residencia en Tepic, entre todos los Juzgados de Distrito de la localidad.
La Dirección General de Gestión Judicial, en coordinación con la Dirección General de Tecnologías de la Información, realizará los ajustes requeridos en el sistema de cómputo de la citada oficina para la distribución de las comunicaciones oficiales en materia de procesos penales federales conforme lo aquí dispuesto.
CUARTO. La Coordinación de Administración Regional y la Dirección General de Gestión Judicial diseñarán e implementarán, de forma coordinada entre sí, la logística necesaria para el envío de los asuntos a los órganos jurisdiccionales ubicados en el Centro Federal de Readaptación Social No. 4 Noroeste, "El Rincón", por parte de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit con competencia en Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal, con residencia en Tepic.
La Dirección General de Gestión Judicial atenderá lo relativo a la conclusión de funciones de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, así como el destino de su personal.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 17/2019, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de denominación y ampliación de competencia de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en "El Rincón", municipio de Tepic; a la conclusión de funciones de la oficina de correspondencia común que les presta servicio a dichos órganos; al cambio de denominación de la oficina de correspondencia común que presta servicio a los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con residencia en Tepic; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los juzgados de Distrito indicados en primer término y sus similares de amparo en materia penal en la misma entidad federativa; que reforma el similar 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la república mexicana, y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los tribunales de Circuito y de los juzgados de Distrito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 18 de septiembre de 2019, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Antonio Cruz Ramos, Alejandro Sergio González Bernabé, Rosa Elena González Tirado, en contra de algunas consideraciones, y Martha María del Carmen Hernández Álvarez.- Ciudad de México, a 3 de octubre de 2019.- Conste.- Rúbrica.