Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
Procedimiento: DGR/D/09/2019/R/14/172 Oficios: DGR-D-6832/19, DGR-D-6833/19, DGR-D-6828/19,
DGR-D-6834/19, DGR-D-6835/19, DGR-D-6836/19, DGR-D-6837/19,
DGR-D-6829/19, DGR-D-6830/19 y DGR-D-6831/19
JESÚS FABIÁN GARCÍA OSORIO, PEDRO SÁNCHEZ MEDRANO, HYDROPOLYS EL MUNDO DEL AGUA, S.A. DE C.V., JUAN VÁLDEZ BARRÓN, GILDARDO LEYVA ORTEGA, JOSÉ ÁNGEL SANDOVAL BOJÓRQUEZ, CONCEPCIÓN LÓPEZ SÁNCHEZ, UNIDAD DE RIEGO PARA EL DESARROLLO RURAL LAS OLLITAS, A.C., SOCIEDAD COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA LA NUEVA FLORIDA, S.C.L., UNIDAD DE RIEGO PARA EL DESARROLLO RURAL ESTACIÓN DIMAS, A.C., en sus calidades de beneficiarios y Proveedor del Programa de Fomento a la Agricultura, Componente Tecnificación del Riego; respectivamente, por acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2019, se ordenó su notificación por edictos de los oficios por los que se les cita en relación con la conductas presuntamente irregulares que se les atribuyen, consistentes en: "Omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente, que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 18 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000270; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2283, de fecha 27 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS EL MUNDO DEL AGUA, S.A. DE C.V., por un monto de $326,494.40 (TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 40/100 M.N.), que incluye la aportación federal y su contrapartida; sin embargo dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-63, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma"; omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente, que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 17 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000271; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2281, de fecha 27 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS EL MUNDO DEL AGUA, S.A. DE C.V., por un monto de $400,191.87 (CUATROCIENTOS MIL CIENTO NOVENTA Y UN PESOS 87/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida; sin embargo dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-64, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma." "omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente, que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 17 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000271; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2281, de fecha 27 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS EL MUNDO DEL AGUA, S.A. DE C.V., por un monto de $400,191.87 (CUATROCIENTOS MIL CIENTO NOVENTA Y UN PESOS 87/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida; sin embargo dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-64, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma" "emitió notas de crédito respecto a las facturas números: H-2606, H-2608, H2607, H2728,
H2729, H2730, H2731, H2732, H2702, H2703, H2508, H2506, H2505, H2504, H2503, H2502, H2256, H2257, H2274, H2275, H2276, H2281, H2283, H2285 y H2255, las cuales fueron emitidas a favor de veinticinco beneficiarios del "Programa fomento a la Agricultura- Componente Tecnificación del Riego" mismas que fueron presentadas para acreditar la correcta aplicación de los recursos federales y las aportaciones voluntarias otorgadas al amparo de los convenios de concertación, los cuales fueron celebrados entre la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación y los beneficiarios lo que hace presumir que los beneficiarios no realizaron la aportación señalada en los convenios de concertación respectivos"; "omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 9 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las Cláusulas Primera y Tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000332; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2274, de fecha 27 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS el Mundo del Agua, S.A de C.V. por un monto de $316,564.27 (TRESCIENTOS DIECISES MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 27/100 M.N.), que incluye la aportación federal y su contrapartida; sin embargo, dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-67, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma"; "omitió devolver los recursos del referido programa y componente que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 17 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARA) a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud, de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debía destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000392; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2276, de fecha 27 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS el Mundo del Agua, S.A de C.V. por un monto de $644,480.33 (SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA PESOS 33/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida; sin embargo, dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-65, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma,"; "Omitió devolver los recursos del referido programa y componente que le fueron ministrados al Amparo del Convenio de Concertación de fecha 17 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000396; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2275, de fecha 27 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS el Mundo del Agua, S.A de C.V. por un monto de $186,530.38 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA PESOS 38/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida; sin embargo dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-86, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma."; "omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente, que le fueron ministrados al Amparo del Convenio de Concertación de fecha 2 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000464; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2285, de fecha 27 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS EL MUNDO DEL AGUA, S.A DE C.V. por un monto de $1,142,414.38 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCE PESOS 38/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida; sin embargo dicho
proveedor emitió una nota de crédito número I-62, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma." "omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente, que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 09 de julio de dos mil 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000527: ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2256, de fecha 25 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS el Mundo del Agua, S.A de C.V. por un monto de $16,835,783.84 (DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 84/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida; sin embargo, dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-69, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma."; "omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente, que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 09 de julio de 2014 que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000534; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2255, de fecha 25 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS el Mundo del Agua, S.A de C.V. por un monto de $4,262,912.83 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DOCE PESOS 83/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida: sin embargo dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-61, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma."; "omitió devolver los recursos del referido Programa y Componente, que le fueron ministrados al amparo del Convenio de Concertación de fecha 9 de julio de 2014, que suscribió con el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su Delegación en el Estado de Sinaloa, toda vez que no dio cumplimiento a las obligaciones pactadas en las cláusulas primera y tercera, del citado instrumento jurídico, en virtud de que no realizó la aportación de los recursos que junto con los del incentivo federal, debían destinarse a la realización del proyecto con número de folio SL1400000547; ya que para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones, presentó ante la citada delegación la factura número H-2257, de fecha 25 de septiembre de 2014, emitida por el proveedor HYDROPOLYS el Mundo del Agua, S.A de C.V. por un monto de $13,266,050.78 (TRECE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA PESOS 78/100 M.N.), que incluye la aportación federal y la contrapartida: sin embargo dicho proveedor emitió una nota de crédito número I-68, ante el Servicio de Administración Tributaria por el monto al que asciende la aportación del beneficiario, aunado a que en el estado de cuenta proporcionado por el proveedor no se identificó la misma." respectivamente, por lo que infringieron los artículos 69-B del Código Fiscal de la Federación; 38, fracción I, inciso d; 56, fracción II, incisos a y b y 69 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2013; 1, fracción IV de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y las cláusulas Tercera y Octava, fracciones I, III y IV de los respectivos Convenios de Concertación celebrados con la SAGARPA, conductas con las que causaron un daño a la Hacienda Pública Federal por los montos de $163,247.00, $159,200.00, $32,391,286.00, $158,282.00, $245,700.00, $67,200.00, $523,500.00, $8,020,000.00, $1,380,000.00 y $6,080,000.00, que se actualizarán para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código Fiscal de la Federación, en tratándose de contribuciones. En consecuencia, con fundamento en los artículos 57, fracción I, de la citada Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el DOF el 18 de julio del 2016; 3° relativo a la Dirección General de Responsabilidades y 40, fracción III, del
Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero del 2017, con reformas al 13 de julio de 2018; se les cita a las personas físicas para que comparezcan personalmente y a las morales a través de sus representantes legales o por quienes tengan facultades suficientes de representación, a las audiencias a celebrarse en la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, sita en Carretera Picacho Ajusco, No. 167, 6º piso, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, a las 9:30, 11:00, 11:30, 12:30, DEL 14 DE OCTUBRE, 9:30, 11:00, 12:30 del 15 DE OCTUBRE, y las 09:30, 11:00, 12:30 del 16 DE OCTUBRE, TODAS DE 2019, respectivamente, para que manifiesten lo que a su intereses convengan, ofrezcan pruebas y formulen alegatos; apercibidos que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan y por precluidos su derechos para ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en el expediente. Se les pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30 horas. Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019. Firma el Lic. Héctor Barrenechea Nava, Director General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica.
(R.- 486682)