SEGUNDO Acuerdo Modificatorio al diverso por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Sembrando Vida, publicado el 24 de enero de 2019.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.
MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y
CONSIDERANDO
Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Bienestar, entre ellos el Programa Sembrando Vida, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza; a través de la instrumentación, coordinación, supervisión y seguimiento en términos de ley de las políticas públicas de combate efectivo a la pobreza;
Que es imperiosa la necesidad de pasar de los programas sociales concebidos como paliativos para la pobreza a una política de bienestar, con horizonte de mediano y largo plazo, para la que el Estado requiere de las instituciones, instrumentos y recursos, para abrir oportunidades de bienestar a la población, tanto en el medio rural como en el urbano; conforme lo establece el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
Que el 24 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Sembrando Vida, y
Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio número CONAMER/19/5113 de fecha 3 de septiembre de 2019, ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
SEGUNDO ACUERDO MODIFICATORIO AL DIVERSO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS
DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN EL 24 DE ENERO DE 2019
ÚNICO.- SE MODIFICA el numeral 5. Gastos de Operación del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Sembrando Vida, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2019, para quedar como sigue:
5. Gastos de Operación
Con el presupuesto aprobado en el Programa U010 Sembrando Vida se establece un porcentaje de 7.5% para gastos de operación.
...
a) ...
b) ...
c) ...
d) ...
e) ...
f) ...
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.- La Secretaria de Bienestar, María Luisa Albores González.- Rúbrica.