Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V.
Órgano Interno de Control
Constructora Vervill S.A. de C.V., Constructora Lagos S.A. de C.V. e Inconyma S.A. de C.V.
Expediente SANC/0004/2017
2019 Año del Caudillo del Sur Emiliano Zapata
 
Asunto: Notificación por Edictos.
CONSTRUCTORA LAGOS S.A. DE C.V.
O QUIEN LEGALMENTE LE REPRESENTE.
Toda vez que no ha sido localizado en los domicilios registrados en el expediente citado al rubro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 108, 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37 fracción XII y XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62, fracción I y 63 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 35 fracción III, 37, 38 último párrafo y artículo 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria, por disposición expresa del arábigo 79 último párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 99 fracción I, numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, se notifica a usted que deberá comparecer ante esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas S.A. de C.V., dentro de un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional, con motivo de que en la Licitación Pública Nacional Electrónica LO-009J2P002-E10-2017, relativa a la "URBANIZACIÓN DEL POLÍGONO RP02 DEL PARQUE INDUSTRIAL. ETAPA 3", presuntamente en conjunto con las Personas Jurídico Colectivas: Constructora Vervill S.A. de C.V., Inconyma S.A. de C.V. y Constructora Lagos S.A. de C.V. presentaron contratos números HU-CO-523M-087-2017, HU-CO-5-23-FFI EM-015-2016 y HU-CO-5334-045-2017, los cuales presuntamente presentaban alteraciones dentro de su contenido, específicamente en el apartado de montos de contratación y nombre de la empresa adjudicada, documentales que fueron adjuntados a la propuesta técnica de las mencionadas Personas Jurídicas Colectivas que participaron conjuntamente, transgrediendo presuntamente lo estipulado en el artículo 78, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, al haber proporcionado presuntamente información falsa en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica LO-009J2P002-E10-2017, infracción que de acreditarse, podría ubicar en el supuesto sancionable y con ello, hacerse acreedor a una multa e inhabilitación, sanciones previstas en el precepto invocado, en relación con el diverso artículo 77 del mismo ordenamiento legal; al respecto se le hace de su conocimiento para que, en ejercicio de su garantía de audiencia y por conducto de la persona que legalmente la represente, argumente lo que a su derecho convenga y en su caso, ofrezca las pruebas que considere convenientes; apercibida que, de no comparecer a desahogar su garantía de audiencia en el plazo otorgado, se tendrá por precluído su derecho para manifestar lo que a su interés convenga y, en su caso, de ofrecer las pruebas en su defensa, de conformidad con lo establecido en el artículo 288, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos de lo previsto en el artículo 79, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, consecuentemente, esta autoridad dictará la resolución correspondiente considerando las constancias que obren en el expediente en que se actúa; deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones ubicado en el Municipio de Paraíso, Tabasco donde esta autoridad tiene su sede, apercibida que de no señalarlo así, las subsecuentes notificaciones aún las personales (incluida la resolución administrativa que recaiga al presente procedimiento), se le practicará por rotulón, de conformidad con lo establecido en los artículos 305, 306, 308, 316 y 318 del Código Federal de Procedimientos Civiles; en observancia a lo previsto en la fracción XIV del artículo 3, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se hace de su conocimiento que el expediente del presente procedimiento administrativo, se encuentra disponible para su consulta, en días y horas hábiles lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:30 horas, previa identificación y razón que obre en autos, en las oficinas de este Órgano Interno de Control, con domicilio en Carretera Federal Puerto Ceiba-Paraíso, número 414, Colonia Quintín Arauz, Código Postal 86600, del Municipio de Paraíso, Tabasco, tercer piso del edificio administrativo de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas S.A. de C.V.
 
Atentamente:
 
Paraíso, Tabasco, a 12 de agosto de 2019
Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la
Administración Portuaria Integral de Dos Bocas S.A. de C.V.
Lic. José Guadalupe Félix de la Cruz
Rúbrica.
(R.- 485873)