Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Evonik Degussa GMBH
Vs.
Unipharm de México, S.A. de C.V.
M.- 1026716 Medox ABC
Exped.: P.C. 2161/2018 (C-661) 23606
Folio: 17998
2019, "Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
Unipharm de México, S.A. de C.V.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
 
Por escrito presentado en la ventanilla de este Instituto el día 8 de agosto de 2018, con folio 23606, signado por Diego Enrico González Rossi, apoderado de EVONIK DEGUSSA GMBH, solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a UNIPHARM DE MÉXICO, S.A. DE C.V., parte demandada, el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
26 de abril de 2019.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad.
Roberto Díaz Ramírez.
Rúbrica.
(R.- 484553)