Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
 
Juan Martínez Villanueva y Hortencia Martínez Villanueva, en su carácter de terceros interesados.
En virtud de la demanda de amparo directo presentada por César Antonio Covarrubias Cárdenas, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con sede en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el veintiocho de septiembre de dos mil dieciocho, dentro del Toca Penal 637/2018 por la comisión del delito de Homicidio Calificado con ventaja y ventaja condicionada, por auto de catorce de marzo de dos mil diecinueve, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 114/2019 y de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo vigente, este Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que la parte ofendida dentro de la Causa Penal Juan Martínez Villanueva y Hortencia Martínez Villanueva, les asiste el carácter de terceros interesados en el presente juicio de garantías; por lo cual este Tribunal ordenó notificarle, por medio de edictos, en términos del artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo vigente.
El edicto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, Juan Martínez Villanueva y Hortencia Martínez Villanueva, en su carácter de terceros interesados, se apersonen al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se les tendrá por notificados y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos del artículo 29, de la actual Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
 
Mexicali, Baja California, a tres de junio de dos mil diecinueve
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito.
Lic. Héctor Andrés Arreola Villanueva.
Rúbrica.
(R.- 482636)