EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Evangélica Pentecostés Getsemaní en la República Mexicana, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. DAVID MORALES HERNANDEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTES GETSEMANI EN LA REPUBLICA MEXICANA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTES GETSEMANI EN LA REPUBLICA MEXICANA, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle El Arbolito S/N, Ranchería Miramar, Villa Tamulte de la Sábana, Centro, Tabasco, C.P. 86254.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle El Arbolito S/N, Ranchería Miramar, Villa Tamulte de la Sábana, Centro, Tabasco, C.P. 86254, manifestado unilateralmente bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Realizar sistemáticamente cultos devocionales, de predicación y de instrucción Bíblica".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: David Morales Hernández.
VI.- Relación de asociados: David Morales Hernández, Josefina García Magaña y Patricia Salvador Arias.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Mesa Directiva", integrada por las personas y cargos siguientes: David Morales Hernández, Presidente; Josefina García Magaña, Secretaria; y Patricia Salvador Arias, Tesorera.
IX.- Ministros de culto: David Morales Hernández y Josefina García Magaña.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los siete días del mes de junio de dos mil diecinueve.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Héctor Humberto Miranda Anzá.- Rúbrica.