Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO.
 
Emplazamiento al tercero interesado Mauricio Cuaya, por su propio derecho.
Presente.
En los autos del juicio de amparo número 612/2018, promovido por Aureliano Acuahuitl Cuamani y otros, por propio derecho, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Cholula, Puebla y otras autoridades, a quienes reclaman la falta de emplazamiento al juicio de otorgamiento de escritura pública 899/2012 de su índice y en específico respecto de la desposesión del predio denominado Tecuevaztla ubicado en San Gregorio Zacapechpan, perteneciente al Municipio de San Pedro Cholula, Puebla; y al ser señalado como tercero interesado y desconocerse su domicilio, el ocho de octubre de dos mil dieciocho, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el "Diario Oficial de la Federación" y en cualquiera de los siguientes diarios, "Excelsior", "El Universal" o "Reforma", con apoyo en los artículos 27, fracción III inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; haciendo de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le harán por lista. Queda a su disposición en este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo.
 
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, 30 de abril de 2019
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.
Lic. Luis Gabriel Villavicencio Ramírez.
Rúbrica.
(R.- 481666)