Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez
EDICTO
Juan López Pérez, Marciano López Gómez y Francisco Santiz López.
Parte tercero interesada.
En el juicio de amparo 1276/2018 IV-A promovido por Gerardo Marciano Ortega López y otros, contra actos del Juzgado de Control y Tribunales de Enjuiciamiento Región Uno con sede en Cintalapa de Figueroa, Chiapas y otras autoridades, en el que reclaman, entre otros, el auto de vinculación a proceso de veintiocho de septiembre de dos mil dieciocho, emitido dentro del exhorto 132/2018 del índice del referido Juzgado; se ordenó emplazar a juicio con el carácter de terceros interesados a Juan López Pérez, Marciano López Gómez y Francisco Santiz López.
Hágase del conocimiento de los nombrados terceros interesados, que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, deberán comparecer ante este Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en la ciudad de Tuxtla, situado en boulevard Ángel Albino Corzo número 2641, edificio "A", planta alta, del Palacio de Justicia Federal, colonia Las Palmas, de esta ciudad; en horario de nueve a quince horas, a recoger la copia de traslado, comparezcan a juicio si a sus intereses conviene, autorizar persona que la represente y señalar domicilio en esta ciudad, para recibir citas y notificaciones; apercibidos que de no hacerlo, se les harán las subsecuentes notificaciones a través de los estrados de este Juzgado.
Asimismo, hágasele saber que se señalaron las diez horas con diez minutos del nueve de mayo de dos mil diecinueve, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas.
Lic. Mercedes de Jesús Franco Aguirre.
Rúbrica.
(R.- 481501)