Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
 
En cumplimiento a lo ordenado por auto de nueve de abril de dos mil diecinueve, por el Magistrado Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con sede en Hermosillo, Sonora, en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2°, se emplaza a juicio, por medio de los presentes edictos a los terceros interesados GUILLERMO GIL y FRANCISCO ENRÍQUEZ, en el amparo directo laboral 14/2019 promovido por VERÓNICA FLORES RAMÍREZ, contra el laudo de veintiuno de septiembre de dos mil dieciocho, dictado por la Junta Especial Número Veintitrés de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, en los autos del expediente 1252/2009, quien deberá presentarse ante este tribunal colegiado, ubicado en Boulevard Luis Encinas Johnson, Número 253, esquina con Monteverde, colonia San Benito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se hace del conocimiento de las partes terceras interesadas, que en caso de no comparecer por conducto de su apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio de amparo y las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se verificarán por rotulón, que se fijará en la puerta del tribunal, con una síntesis de la determinación judicial que ha de notificarse. Queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este tribunal colegiado, copia simple de la demanda de amparo.
Para ser publicado tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico "Excelsior" o "El Universal".

Hermosillo, Sonora, a 15 de abril de 2019.
Magistrado Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito.
David Solís Pérez
Rúbrica.
(R.- 481858)