Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimientos: DGR/C/01/2019/R/13/008 Oficio DGR-B-3322/19; DGR/B/04/2019/R/14/071
Oficios DGR-B-3323/19 y DGR-B-3324/19; y DGR/B/02/2019/R/14/041
Oficios DGR-B-3320/19 Y DGR-B-3321/19
 
Por acuerdos de fechas 17, 23 y 29 de abril de 2019, se ordenó la notificación por edictos de los oficios que se indican, por los que se les cita en relación con las conductas presuntamente irregulares que se les atribuyen:
En el procedimiento DGR/C/01/2019/R/13/008, a INNOVACIONES TÉCNICAS EN CIMENTACIÓN, S.A. DE C.V., en su carácter de Contratista consistente en que: "Omitió ejecutar parte de los trabajos de la obra denominada Centro de Recreación "Venustiano Carranza y Construcción del Centro de Recreación y Acondicionamiento Deportivo "Venustiano Carranza"; con los recursos que le fueron entregados por concepto de anticipo, al amparo del contrato de Obra Pública Mixto a base de precios unitarios y precio alzado por tiempo determinado número J03 SL 03 08 0101/2012 que celebró con el Gobierno del Estado de Oaxaca, en fecha veintitrés de julio de dos mil doce, y su convenio modificatorio número J03 SL 03 08 0101/-M2/2013 de fecha doce de septiembre de dos mil trece, aunado a que no amortizó en su totalidad el referido anticipo, amortizando únicamente la cantidad de $122,898.99, lo que ocasionó un daño por $17´294,372.18, además de perjuicios por $6´067,276.60, toda vez que no se le aplicaron las penas convencionales determinadas en razón de los trabajos no ejecutados; así como los intereses generados por la cantidad de $1´906,704.31 al no acreditarse el reintegro a la Tesorería de la Federación. Por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño y perjuicio a la Hacienda Pública Federal, por un monto total de $25´268,353.09.
En el procedimiento DGR/B/04/2019/R/14/071, a DANIEL OBED VALDERRÁBANO AMADOR, en su carácter de Director de Tecnologías de la Información del SENASICA, consistente en que: "Omitió vigilar, supervisar y coordinar correctamente el adecuado desarrollo del Servicio de Asistencia Técnica de Soporte Informático y Desarrollo e Integración de aplicaciones para el SENASICA en el ejercicio fiscal 2014, toda vez que firmó las documentales denominadas: actas de recepción y acta de cierre finiquito, por medio de las cuales se avaló el servicio presuntamente realizado por la UNACAR, aceptando con ello a entera satisfacción el referido servicio, procediéndose al pago indebido por un monto de $74´594,496.00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), sin embargo, no se acredita que exista documentación que justifique y compruebe la ejecución y/o elaboración del servicio, costos y gastos realizados conforme al objetivo establecido en el referido instrumento jurídico. Por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal, por un monto de $74´594,496.00.
En el procedimiento DGR/B/04/2019/R/14/071, A PEDRO MORALES RODRÍGUEZ, en su carácter de Subdirector de Sistemas de Información de la Dirección General de Administración e Informática del SENASICA consistente en que: "Omitió vigilar, supervisar y coordinar correctamente el desarrollo del Servicio de Asistencia Técnica de Soporte Informático y Desarrollo e Integración de aplicaciones para el SENASICA en el ejercicio fiscal 2014, toda vez que firmó las documentales denominadas: actas de recepción y acta de cierre finiquito, por medio de las cuales se avaló el servicio presuntamente realizado por la UNACAR, aceptando con ello a entera satisfacción el referido servicio, procediéndose al pago indebido por un monto de
$74´594,496.00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), sin embargo, no se acredita con la documentación que justifique y compruebe la ejecución y/o elaboración del servicio, costos y gastos realizados conforme al objetivo establecido en el referido instrumento jurídico. Por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal, por un monto de $74´594,496.00.
En el procedimiento DGR/B/02/2019/R/14/041 a JUAN MANUEL DEL CASTILLO GONZÁLEZ, en su carácter de Subsecretario de Finanzas y Administración de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, consistente en que: "Omitió administrar los recursos públicos federales otorgados por el Ejecutivo Federal por conducto del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGySR), a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave al amparo del Convenio Específico en Materia de Ministración de Subsidios para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas número AFASPE-VER/2014, celebrado el 20 de febrero de 2014, ministrados en la cuenta número 65-50427809-0, para la operación del programa "Prevención y Control del Cáncer de la Mujer", toda vez que no se acreditó que la cantidad de $11'562,231.93 (ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 93/100 M.N.), se hubiere transferido a la Unidad Ejecutora Servicios de Salud de Veracruz, o en su caso, reintegrado a la Tesorería de la Federación, junto con los rendimientos financieros generados, por no haberse devengado al 31 de diciembre de 2014". Por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal, por un monto de $11'562,231.93 (ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 93/100 M.N.).
En el procedimiento DGR/B/02/2019/R/14/041 a ARNULFO OCTAVIO GARCÍA FRAGOSO, en su carácter de Tesorero de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave: "Omitió administrar y salvaguardar los recursos públicos federales otorgados por el Ejecutivo Federal por conducto del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGySR) a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave al amparo del Convenio Específico en Materia de Ministración de Subsidios para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas número 65-50427809-0, para la operación del programa "Prevención y Control del Cáncer de la Mujer", toda vez que no se acreditó que la cantidad de $11,562,231.93 (ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 93/100 M.N.), se haya transferido a la Unidad Ejecutora Servicios de Salud de Veracruz, o en su caso, reintegrado a la Tesorería de la Federación, junto con los rendimientos financieros generados, por no haberse devengado al 31 de diciembre de 2014". Por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal, por un monto de $11'562,231.93 (ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 93/100 M.N.).
En relación con los párrafos que anteceden y conforme a los artículos 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009; en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016; 3 en la parte relativa a la Dirección General de Responsabilidades 6, 21, último párrafo y 40, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2017, con reformas al 13 de julio de 2018, se les cita para que comparezcan personalmente o a través de apoderado o representante legal a la audiencia a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Carretera Picacho Ajusco No. 167, Sexto Piso, Col. Ampliación Fuentes del Pedregal, Demarcación Territorial Tlalpan, C.P. 14110, Ciudad de México, para el 29 de mayo de 2019 por lo que hace a INNOVACIONES TÉCNICAS EN CIMENTACIÓN, S.A. DE C.V. a las 9:30 horas en el procedimiento DGR/C/01/2019/R/13/008; para el 29 de mayo de 2019 a las 11:30 horas en el procedimiento DGR/B/04/2019/R/14/071 respecto a DANIEL OBED VALDERRÁBANO AMADOR; para el 28 de mayo de 2019 por lo que hace a PEDRO MORALES RODRÍGUEZ a las 11:00 horas en el procedimiento DGR/B/04/2019/R/14/071; para el 28 de mayo de 2019 por lo que hace a JUAN MANUEL DEL CASTILLO GONZÁLEZ a las 10:00 horas y ARNULFO OCTAVIO GARCÍA FRAGOSO a las 16:30, en el procedimiento DGR/B/02/2019/R/14/041, a efecto de que manifiesten
lo que a sus intereses convenga, ofrezcan pruebas y formulen alegatos; apercibidos que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan, y por precluido su derecho para manifestar lo que consideren pertinente, ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en los expedientes respectivos; asimismo se les previene a fin de que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Ciudad de México, de lo contrario las posteriores notificaciones, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en el pizarrón que se encuentra en el domicilio ya citado. Se ponen a la vista para consulta los expedientes mencionados en días hábiles de 9:00 a 15:00 horas y de 16:30 a 18:30 horas. Ciudad de México, a 6 de mayo de 2019. La Directora General de Responsabilidades. Lic. Rosa María Gutiérrez Rodríguez. Rúbrica.
(R.- 481388)