MODIFICACIÓN realizada en cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictada en el expediente SUP-JDC-6/2019.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
MODIFICACION REALIZADA EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN DICTADA EN EL EXPEDIENTE SUP-JDC-6/2019.
Estatuto de MORENA
[...]
CAPÍTULO SEXTO: De la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia
[...]
Artículo 54°. El procedimiento para conocer de quejas y denuncias garantizará el derecho de audiencia y defensa e iniciará con el escrito del promovente en el que se hará constar su nombre, domicilio, sus pretensiones, los hechos y las pruebas para acreditarlas. La comisión determinará sobre la admisión, y si ésta procede, notificará al órgano del partido correspondiente o al o la imputado o imputada para que rinda su contestación en un plazo máximo de cinco días. Previo a la audiencia, se buscará la conciliación entre las partes. De no ser ésta posible, se desahogarán las pruebas y los alegatos. La audiencia de pruebas y alegatos tendrá verificativo quince días después de recibida la contestación. Si alguna de las partes solicita asesoría jurídica, la Secretaría de Derechos Humanos respectiva se lo brindará. La Comisión Nacional podrá dictar medidas para mejor proveer, incluyendo la ampliación de los plazos, y deberá resolver en un plazo máximo de treinta días hábiles después de la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos. Las resoluciones de la Comisión deberán estar fundadas y motivadas.
[...]
La comisión estará facultada para dictar medidas cautelares. Asimismo, podrá dictar la suspensión de derechos por violaciones a lo establecido en este estatuto, conforme al debido proceso. El desarrollo de dichas facultades se establecerá en el Reglamento de Honestidad y Justicia que a efecto se emita en aplicación de esta norma.1
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El texto íntegro de los Estatutos de Morena puede ser consultado en la siguiente liga:
www.dof.gob.mx/2019/INE/estatuto_morena.pdf
https://www.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos-nacionales/documentos-basicos/
Ciudad de México, a 23 de abril de 2019.- El Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Patricio Ballados Villagómez.- Rúbrica.
(R.- 481379)
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1 Este párrafo se modificó en los términos precisados en el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, identificado con el número de expediente SUP-JDC-6/2019, conforme a la sentencia dictada por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de veinte de febrero de dos mil diecinueve.