Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del Juicio de Amparo número 1119/218, promovido por ISAÍAS FRANCISCO LEJARZA GALLEGOS, contra actos de la QUINTA SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTRAS AUTORIDADES, consistente en EL AUTO DE VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, DICTADO EN LA CAUSA 298/2018, MEDIANTE EL CUAL SE NEGÓ EL BENEFICIO DE LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN AL QUEJOSO, donde se señaló a "INEQ" Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente, como tercera interesada, y en virtud de que se desconoce el domicilio actual de la citada contendiente, se ha ordenado emplazarla por edictos que deberán publicarse por tres veces con intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a la ley reglamentaria del juicio de amparo, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente de la última publicación, a manifestar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia simple de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si pasado este término, no compareciere por sí o por su apoderado que pueda representarlo, se seguirá el juicio, haciéndole las subsecuentes notificaciones por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado federal.
Atentamente:
Ciudad de México, 29 de marzo de 2019
Juez Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México
M. en D. Luz María Ortega Tlapa
Rúbrica.
(R.- 480476)