Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO(A) QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA NO. 117
El Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento; numerales 195, 196, 197, 200, 201, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, emite la siguiente: Convocatoria pública y abierta dirigida a todo interesado que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera en el siguiente puesto vacante de la Administración Pública Federal:
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000580-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O23 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $24,983.15 (Veinticuatro mil novecientos ochenta y tres pesos 15/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirector de Inspección del Seguro de Pensiones y Salud C | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Participar en las visitas de inspección que se practiquen a las Instituciones autorizadas para operar los Seguros de Pensiones derivados de las Leyes de seguridad social y las Instituciones de Seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de verificar que éstas se apeguen a las disposiciones legales y administrativas aplicables, en las actividades de:
* Elaborar la memoranda con los aspectos generales y específicos a revisar en las visitas de inspección, así como participar con las otras áreas en cada una de estas visitas. * Instruir y orientar a los inspectores sobre los aspectos generales y específicos, así como los procedimientos a considerar en la práctica de la visita que se trate. * Elaborar los informes sobre los resultados obtenidos en las visitas de inspección practicadas. 2.- Analizar el contenido de los dictámenes sobre la situación y suficiencia de las reservas técnicas, elaborados por los actuarios independientes para las Instituciones autorizadas para operar los Seguros de Pensiones derivados de las Leyes de seguridad social y las Instituciones de Seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 3.- Informar, en el ámbito de su competencia, sobre la revisión al sistema de gobierno corporativo de las Instituciones autorizadas para operar los Seguros de Pensiones derivados de las Leyes de seguridad social y las Instituciones de Seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables respecto de: * La función de administración integral de riesgos, a efecto de verificar que esta comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración sobre los riesgos y su interdependencia. * La función de control interno, a efecto de verificar que se considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable. * La función de auditoría interna, con el fin de verificar que se considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades. * La función actuarial, para verificar que ésta sea efectiva y permanente, y que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de Seguros; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; la política de suscripción; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos. * Las políticas y procedimientos, a efecto de que éstos garanticen que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normativa. 4.- Participar en la práctica de visitas de inspección a las Instituciones autorizadas para operar los Seguros de Pensiones derivados de las Leyes de seguridad social y las Instituciones de Seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de: * Elaborar los oficios de observaciones, correcciones y emplazamientos, * Hacer del conocimiento de sus superiores jerárquicos, las irregularidades observadas en ejercicio de sus funciones. * Elaborar oficio solicitando los planes de regularización y, en su caso, el oficio de aprobación de los programas de autocorrección, así como verificar el cumplimiento de los mismos. * Preparar oficios con propuestas de sanciones previstas en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y otras Leyes, por violaciones a éstas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen. * Informar sobre las intervenciones con carácter de gerencia que se desarrollen. * Informar sobre el cumplimiento de los liquidadores de los procedimientos. * Elaborar la investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan la normativa. * Verificar que las Instituciones cumplan con la adopción de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. * Revisar que las Instituciones cumplan con las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se formulen. 5.- Integrar los expedientes de cada una de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar los Seguros de Pensiones derivados de las Leyes de seguridad social y las Instituciones de Seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de contar con la información respectiva a cada visita de inspección. 6.- Contribuir en las labores de inspección de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar los Seguros de Pensiones derivados de las Leyes de seguridad social y las Instituciones de Seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de: * Realizar de las visitas de inspección, en coordinación con otras entidades del sector financiero. * Verificar el cálculo del requerimiento de capital de solvencia derivado de sus riesgos financieros y lo relativo a las solicitudes que efectúen relacionadas con la falta de recursos necesarios para dar cumplimiento a sus obligaciones para que reciban el otorgamiento de los apoyos de los fondos especiales en coordinación con la dirección general de supervisión financiera. * Colaborar en la atención de las solicitudes para la cesión de la cartera y la fusión, así como a la escisión de las Instituciones; y la resolución sobre las solicitudes de registro de los actuarios que firmen la prueba de solvencia dinámica o su cancelación, a efecto de coadyuvar con la dirección general jurídica consultiva y de intermediarios. * Colaborar en la atención de las solicitudes para operar en el ramo de salud presenten para realizar las operaciones de reaseguro financiero; en coordinación con la dirección general de supervisión de reaseguro. * Colaborar en la atención de las solicitudes para la cesión de la cartera y la fusión, así como a la escisión de las Instituciones; y la resolución sobre las solicitudes de registro de los actuarios que firmen la prueba de solvencia dinámica o su cancelación, a efecto de coadyuvar con la dirección general jurídica consultiva y de intermediarios. 7.- Ejercer las demás facultades que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende su superior jerárquico. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Auditoría | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000545-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Inspección
Financiera A |
Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Realizar las acciones necesarias para proporcionar a las autoridades financieras del exterior, en términos de la fracción xxxvii del artículo 366 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF); así como los estudios necesarios para atender las opiniones para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) respecto de los asuntos de su competencia, previa solicitud de ésta, para coadyuvar en la preservación de la solvencia y estabilidad financiera de las ISMS y garantizar los intereses del público usuario.
2.- Realizar las Visitas de Inspección (VI) a las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas (ISMS), conforme al programa anual de VI, así como las demás VI previstas en la LISF y otras disposiciones jurídicas aplicables; realizar, en el ámbito de su competencia, las vi a las ISMS, así como a las demás personas y entidades sujetas a la Inspección (I) y Vigilancia (V) (IV) de la CNSF y, cuando corresponda, en coordinación con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el Banco de México o cualquier autoridad que tenga facultades en la materia; desarrollar las vi, evaluar sus resultados y formular los informes correspondientes; revisar, en el ámbito de su competencia, que las intervenciones con carácter de gerencia se lleven de conformidad con la LISF y disposiciones de carácter general (DCG) que para tal efecto emita la CNSF; llevar a cabo la investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan la LISF, los reglamentos y DCG, pudiendo realizar Vi a las personas que puedan estar incurriendo en ellas, e instrumentar su intervención y, en su caso, clausura; revisar que los dictámenes a los estados financieros anuales de las ISMS realizados por los auditores externos independientes se apeguen a la LISF y a las DCG que al efecto emita la CNSF; realizar los estudios necesarios y elaborar la propuesta para el régimen a que se sujetara la inversión del patrimonio de los fideicomisos a que se refieren los artículos 273 y 274 de la LISF, y ejercer las funciones de iv respecto de dichos fideicomisos, así como el previsto en el artículo 275 de la LISF, con la finalidad de que se apeguen a lo establecido en dicha Ley y las DCG aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 3.- Revisar en VI, en el ámbito de su competencia respecto de , a) la función de administración integral de riesgos que desarrollen las ISMS comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración de forma continua sobre los riesgos a los que, a nivel individual y agregado, puedan estar expuestas las mismas y su interdependencia; b) la función de control interno que desarrollen, considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable; c) la función de auditoría interna que desarrollen, considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades; d) que cuenten con una función actuarial efectiva y permanente que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de Seguros o de las notas técnicas de Fianzas; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; e) la política de suscripción y, en su caso, de obtención de garantías; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos; f) que establezcan políticas y procedimientos para garantizar que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normatividad aplicable; todo lo anterior, de conformidad con la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables 4.- Revisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento por parte de los liquidadores de los procedimientos a los que se refieren los artículos 401 y 444, fracción III de la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables; que las ISMS en la estimación de sus activos, obligaciones y responsabilidades, y en general en el registro contable de sus operaciones, se apeguen a lo dispuesto en la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF; que las ISMS, tengan suficientemente garantizada la recuperación por las operaciones de Fianzas que realicen y comprobar en cualquier momento las garantías con que cuenten; y realizar el estudio del comportamiento financiero de las operaciones en las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 5.- Realizar las acciones necesarias para tramitar, proponer y, en su caso, imponer de conformidad con el acuerdo delegatorio correspondiente, las sanciones previstas en la LISF y otras Leyes, por violaciones a éstas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen, relacionadas con las atribuciones de su competencia; las acciones necesarias, conforme al acuerdo delegatorio correspondiente y previo apercibimiento, de las medidas de apremio previstas en la LISF; el estudio necesario y requerimiento, en el ámbito de su competencia, información y documentación a las ISMS, así como a las demás personas sujetas a la supervisión de la CNSF, señalando los plazos para su entrega, conforme a la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 6.- Hacer del conocimiento del Subdirector de Inspección Financiera las irregularidades observadas en ejercicio de sus atribuciones. elaborar y proponer las observaciones derivadas de la IV, así como la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades que haya detectado con motivo del ejercicio de dichas atribuciones. revisar que las ISMS y demás personas y entidades sujetas a la iv de la CNSF, cumplan las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se les formulen. Elaborar proyecto, en el ámbito de su competencia, para ordenar la adopción de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la LISF, a las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 7.- Realizar diversas funciones en materia contable, financiera y administrativa, tales como la preparación de copias certificadas a expedirse, de los documentos que obren en sus archivos, cuando así proceda conforme a derecho; y las demás atribuciones que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende el subdirector de inspección financiera, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Sociales y Administrativas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Contabilidad o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Auditoría o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Análisis y Análisis funcional | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000544-E-C-A | ||||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | |||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | |||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Inspección Financiera B | Sede | Ciudad de México | |||
funciones principales | 1.- Realizar las acciones necesarias para proporcionar a las autoridades financieras del exterior, en términos de la fracción xxxvii del artículo 366 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF); así como los estudios necesarios para atender las opiniones para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) respecto de los asuntos de su competencia, previa solicitud de ésta, para coadyuvar en la preservación de la solvencia y estabilidad financiera de las ISMS y garantizar los intereses del público usuario.
2.- Realizar las Visitas de Inspección (VI) a las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas (ISMS), conforme al programa anual de VI, así como las demás vi previstas en la LISF y otras disposiciones jurídicas aplicables; realizar, en el ámbito de su competencia, las VI a las ISMS, así como a las demás personas y entidades sujetas a la inspección (I) y vigilancia (v) (IV) de la CNSF y, cuando corresponda, en coordinación con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el Banco de México o cualquier autoridad que tenga facultades en la materia; desarrollar las vi, evaluar sus resultados y formular los informes correspondientes; revisar, en el ámbito de su competencia, que las intervenciones con carácter de gerencia se lleven de conformidad con la LISF y disposiciones de carácter general (DCG) que para tal efecto emita la CNSF; llevar a cabo la investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan la LISF, los reglamentos y DCG, pudiendo realizar vi a las personas que puedan estar incurriendo en ellas, e instrumentar su intervención y, en su caso, clausura; revisar que los dictámenes a los estados financieros anuales de las ISMS realizados por los auditores externos independientes se apeguen a la LISF y a las DCG que al efecto emita la CNSF; realizar los estudios necesarios y elaborar la propuesta para el régimen a que se sujetara la inversión del patrimonio de los fideicomisos a que se refieren los artículos 273 y 274 de la LISF, y ejercer las funciones de iv respecto de dichos fideicomisos, así como el previsto en el artículo 275 de la LISF, con la finalidad de que se apeguen a lo establecido en dicha Ley y las DCG aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 3- Revisar en vi, en el ámbito de su competencia respecto de , a) la función de administración integral de riesgos que desarrollen las ISMS comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración de forma continua sobre los riesgos a los que, a nivel individual y agregado, puedan estar expuestas las mismas y su interdependencia; b) la función de control interno que desarrollen, considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable; c) la función de auditoría interna que desarrollen, considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades; d) que cuenten con una función actuarial efectiva y permanente que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de Seguros o de las notas técnicas de Fianzas; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; e) la política de suscripción y, en su caso, de obtención de garantías; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos; f) que establezcan políticas y procedimientos para garantizar que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normatividad aplicable; todo lo anterior, de conformidad con la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 4.- Revisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento por parte de los liquidadores de los procedimientos a los que se refieren los artículos 401 y 444, fracción iii de la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables; que las ISMS en la estimación de sus activos, obligaciones y responsabilidades, y en general en el registro contable de sus operaciones, se apeguen a lo dispuesto en la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF; que las ISMS, tengan suficientemente garantizada la recuperación por las operaciones de Fianzas que realicen y comprobar en cualquier momento las garantías con que cuenten; y realizar el estudio del comportamiento financiero de las operaciones en las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 5.- Realizar las acciones necesarias para tramitar, proponer y, en su caso, imponer de conformidad con el acuerdo delegatorio correspondiente, las sanciones previstas en la LISF y otras Leyes, por violaciones a éstas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen, relacionadas con las atribuciones de su competencia; las acciones necesarias, conforme al acuerdo delegatorio correspondiente y previo apercibimiento, de las medidas de apremio previstas en la LISF; el estudio necesario y requerimiento, en el ámbito de su competencia, información y documentación a las ISMS, así como a las demás personas sujetas a la supervisión de la CNSF, señalando los plazos para su entrega, conforme a la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 6.- Hacer del conocimiento del subdirector de inspección financiera las irregularidades observadas en ejercicio de sus atribuciones. elaborar y proponer las observaciones derivadas de la iv, así como la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades que haya detectado con motivo del ejercicio de dichas atribuciones. revisar que las ISMS y demás personas y entidades sujetas a la IV de la CNSF, cumplan las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se les formulen. elaborar proyecto, en el ámbito de su competencia, para ordenar la adopción de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la LISF, a las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 7.- Realizar diversas funciones en materia contable, financiera y administrativa, tales como la preparación de copias certificadas a expedirse, de los documentos que obren en sus archivos, cuando así proceda conforme a derecho; y las demás atribuciones que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende el subdirector de inspección financiera, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. | |||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | ||||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Sociales y administrativas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Contabilidad o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Auditoría o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Análisis y Análisis funcional | |||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | |||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000546-E-C-A | ||||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | |||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | |||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Inspección Financiera B | Sede | Ciudad de México | |||
funciones principales | 1.- Realizar las acciones necesarias para proporcionar a las autoridades financieras del exterior, en términos de la fracción xxxvii del artículo 366 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF); así como los estudios necesarios para atender las opiniones para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) respecto de los asuntos de su competencia, previa solicitud de ésta, para coadyuvar en la preservación de la solvencia y estabilidad financiera de las ISMS y garantizar los intereses del público usuario.
2.- Realizar las visitas de inspección (vi) a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas (ISMS), conforme al programa anual de VI, así como las demás vi previstas en la LISF y otras disposiciones jurídicas aplicables; realizar, en el ámbito de su competencia, las VI a las ISMS, así como a las demás personas y entidades sujetas a la inspección (I) y vigilancia (V) (IV) de la CNSF y, cuando corresponda, en coordinación con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el Banco de México o cualquier autoridad que tenga facultades en la materia; desarrollar las VI, evaluar sus resultados y formular los informes correspondientes; revisar, en el ámbito de su competencia, que las intervenciones con carácter de gerencia se lleven de conformidad con la LISF y disposiciones de carácter general (DCG) que para tal efecto emita la CNSF; llevar a cabo la investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan la LISF, los reglamentos y DCG, pudiendo realizar vi a las personas que puedan estar incurriendo en ellas, e instrumentar su intervención y, en su caso, clausura; revisar que los dictámenes a los estados financieros anuales de las ISMS realizados por los auditores externos independientes se apeguen a la LISF y a las DCG que al efecto emita la CNSF; realizar los estudios necesarios y elaborar la propuesta para el régimen a que se sujetara la inversión del patrimonio de los fideicomisos a que se refieren los artículos 273 y 274 de la LISF, y ejercer las funciones de iv respecto de dichos fideicomisos, así como el previsto en el artículo 275 de la LISF, con la finalidad de que se apeguen a lo establecido en dicha Ley y las DCG aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 3- Revisar en VI, en el ámbito de su competencia respecto de , a) la función de administración integral de riesgos que desarrollen las ISMS comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración de forma continua sobre los riesgos a los que, a nivel individual y agregado, puedan estar expuestas las mismas y su interdependencia; b) la función de control interno que desarrollen, considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable; c) la función de auditoría interna que desarrollen, considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades; d) que cuenten con una función actuarial efectiva y permanente que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de Seguros o de las notas técnicas de Fianzas; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; e) la política de suscripción y, en su caso, de obtención de garantías; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos; f) que establezcan políticas y procedimientos para garantizar que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normatividad aplicable; todo lo anterior, de conformidad con la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 4.- Revisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento por parte de los liquidadores de los procedimientos a los que se refieren los artículos 401 y 444, fracción III de la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables; que las ISMS en la estimación de sus activos, obligaciones y responsabilidades, y en general en el registro contable de sus operaciones, se apeguen a lo dispuesto en la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF; que las ISMS, tengan suficientemente garantizada la recuperación por las operaciones de Fianzas que realicen y comprobar en cualquier momento las garantías con que cuenten; y realizar el estudio del comportamiento financiero de las operaciones en las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 5.- Realizar las acciones necesarias para tramitar, proponer y, en su caso, imponer de conformidad con el acuerdo delegatorio correspondiente, las sanciones previstas en la LISF y otras Leyes, por violaciones a éstas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen, relacionadas con las atribuciones de su competencia; las acciones necesarias, conforme al acuerdo delegatorio correspondiente y previo apercibimiento, de las medidas de apremio previstas en la LISF; el estudio necesario y requerimiento, en el ámbito de su competencia, información y documentación a las ISMS, así como a las demás personas sujetas a la supervisión de la CNSF, señalando los plazos para su entrega, conforme a la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 6.- Hacer del conocimiento del subdirector de inspección financiera las irregularidades observadas en ejercicio de sus atribuciones. elaborar y proponer las observaciones derivadas de la IV, así como la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades que haya detectado con motivo del ejercicio de dichas atribuciones. revisar que las ISMS y demás personas y entidades sujetas a la iv de la CNSF, cumplan las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se les formulen. elaborar proyecto, en el ámbito de su competencia, para ordenar la adopción de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la LISF, a las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 7.- Realizar diversas funciones en materia contable, financiera y administrativa, tales como la preparación de copias certificadas a expedirse, de los documentos que obren en sus archivos, cuando así proceda conforme a derecho; y las demás atribuciones que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende el subdirector de inspección financiera, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. | |||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | ||||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Sociales y administrativas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Contabilidad o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Auditoría o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Análisis y Análisis funcional | |||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | |||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000547-E-C-A | ||||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | |||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | |||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Inspección Financiera B | Sede | Ciudad de México | |||
funciones principales | 1.- Realizar las acciones necesarias para proporcionar a las autoridades financieras del exterior, en términos de la fracción XXXVII del artículo 366 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF); así como los estudios necesarios para atender las opiniones para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) respecto de los asuntos de su competencia, previa solicitud de ésta, para coadyuvar en la preservación de la solvencia y estabilidad financiera de las ISMS y garantizar los intereses del público usuario.
2.- Realizar las visitas de inspección (vi) a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas (ISMS), conforme al programa anual de vi, así como las demás vi previstas en la LISF y otras disposiciones jurídicas aplicables; realizar, en el ámbito de su competencia, las vi a las ISMS, así como a las demás personas y entidades sujetas a la inspección (I) y vigilancia (V) (IV) de la CNSF y, cuando corresponda, en coordinación con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el Banco de México o cualquier autoridad que tenga facultades en la materia; desarrollar las vi, evaluar sus resultados y formular los informes correspondientes; revisar, en el ámbito de su competencia, que las intervenciones con carácter de gerencia se lleven de conformidad con la LISF y disposiciones de carácter general (DCG) que para tal efecto emita la CNSF; llevar a cabo la investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan la LISF, los reglamentos y DCG, pudiendo realizar vi a las personas que puedan estar incurriendo en ellas, e instrumentar su intervención y, en su caso, clausura; revisar que los dictámenes a los estados financieros anuales de las ISMS realizados por los auditores externos independientes se apeguen a la LISF y a las DCG que al efecto emita la CNSF; realizar los estudios necesarios y elaborar la propuesta para el régimen a que se sujetara la inversión del patrimonio de los fideicomisos a que se refieren los artículos 273 y 274 de la LISF, y ejercer las funciones de iv respecto de dichos fideicomisos, así como el previsto en el artículo 275 de la LISF, con la finalidad de que se apeguen a lo establecido en dicha Ley y las DCG aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 3- Revisar en vi, en el ámbito de su competencia respecto de , a) la función de administración integral de riesgos que desarrollen las ISMS comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración de forma continua sobre los riesgos a los que, a nivel individual y agregado, puedan estar expuestas las mismas y su interdependencia; b) la función de control interno que desarrollen, considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable; c) la función de auditoría interna que desarrollen, considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades; d) que cuenten con una función actuarial efectiva y permanente que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de Seguros o de las notas técnicas de Fianzas; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; e) la política de suscripción y, en su caso, de obtención de garantías; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos; f) que establezcan políticas y procedimientos para garantizar que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normatividad aplicable; todo lo anterior, de conformidad con la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 4.- Revisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento por parte de los liquidadores de los procedimientos a los que se refieren los artículos 401 y 444, fracción iii de la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables; que las ISMS en la estimación de sus activos, obligaciones y responsabilidades, y en general en el registro contable de sus operaciones, se apeguen a lo dispuesto en la LISF y las DCG que al efecto emita la CNSF; que las ISMS, tengan suficientemente garantizada la recuperación por las operaciones de Fianzas que realicen y comprobar en cualquier momento las garantías con que cuenten; y realizar el estudio del comportamiento financiero de las operaciones en las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 5.- Realizar las acciones necesarias para tramitar, proponer y, en su caso, imponer de conformidad con el acuerdo delegatorio correspondiente, las sanciones previstas en la LISF y otras Leyes, por violaciones a éstas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen, relacionadas con las atribuciones de su competencia; las acciones necesarias, conforme al acuerdo delegatorio correspondiente y previo apercibimiento, de las medidas de apremio previstas en la LISF; el estudio necesario y requerimiento, en el ámbito de su competencia, información y documentación a las ISMS, así como a las demás personas sujetas a la supervisión de la CNSF, señalando los plazos para su entrega, conforme a la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 6.- Hacer del conocimiento del subdirector de inspección financiera las irregularidades observadas en ejercicio de sus atribuciones. elaborar y proponer las observaciones derivadas de la iv, así como la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades que haya detectado con motivo del ejercicio de dichas atribuciones. revisar que las ISMS y demás personas y entidades sujetas a la iv de la CNSF, cumplan las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se les formulen. elaborar proyecto, en el ámbito de su competencia, para ordenar la adopción de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la LISF, a las ISMS, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 7.- Realizar diversas funciones en materia contable, financiera y administrativa, tales como la preparación de copias certificadas a expedirse, de los documentos que obren en sus archivos, cuando así proceda conforme a derecho; y las demás atribuciones que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende el subdirector de inspección financiera, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. | |||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | ||||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Sociales y administrativas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Contabilidad o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Auditoría o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Análisis y Análisis funcional | |||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | |||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000569-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección Inspección de Seguro de Personas | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Proponer el programa anual de visitas previstas en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y por otras Leyes; y realizar la memoranda que contenga los aspectos generales y específicos a revisar, así como participar con las otras áreas de la Comisión, en cada una de las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de verificar que lo realizado por las Instituciones, en materia de fijación de primas, constitución de reservas y cálculo de capital de solvencia, se haga en forma actuarialmente correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos.
2.- Instruir y orientar a los inspectores sobre los aspectos generales y específicos, así como los procedimientos a considerar en la práctica de la visita que se trate; verificar sistemáticamente con base en los objetivos establecidos el avance de la visita de inspección, comprobando que en caso de irregularidades detectadas, sean debidamente sustentadas tanto en papeles de trabajo como con la documentación comprobatoria respectiva y realizar la integración de los expedientes de cada una de las visitas de inspección efectuadas a Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas a su cargo. lo anterior con la finalidad de verificar que los inspectores desarrollen todos los objetivos establecidos para la efectuar la visita de inspección y que las posibles irregularidades detectadas se encuentren sustentadas. 3.- Realizar los informes sobre los resultados obtenidos en las visitas practicadas; y realizar los informes para sus superiores sobre las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de documentar y hacer del conocimiento de las autoridades superiores aquellas operaciones irregulares que están realizando las Instituciones de Seguros o de Fianzas. 4.- Realizar los oficios de observaciones, correcciones y emplazamiento a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas; y realizar los oficios de propuestas de sanción a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas que presenten irregularidades, en caso de infracción de las disposiciones legales y administrativas vigentes. lo anterior con la finalidad de que en aquellos casos en que las Instituciones de Seguros o de Fianzas, realicen sus operaciones irregulares las subsanen y que reciban las penalizaciones correspondientes previstas en la regulación y con ello contribuir a inhibir conductas irregulares que pongan en riesgo el interés de los asegurados. 5.- Realizar oficio solicitando los planes de regularización y, en su caso, el oficio de aprobación de los programas de autocorrección, así como verificar el cumplimiento de los mismos; y revisar que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas cumplan con las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se formulen. lo anterior con la finalidad de verificar que las Instituciones subsanen las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección así como aquellas que la misma institución detectó en ejercicio de sus funciones para los cuales presenta un programa de autocorrección. 6.- Analizar el contenido de los dictámenes elaborados por los actuarios independientes de las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas. Lo anterior con la finalidad de conocer y dar seguimiento a la situación de las compañías y tomar las medidas preventivas que ayuden a evitar que la compañía caiga en alguna situación que ponga en riesgo el interés de asegurados o contratantes de Fianzas. 7.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas establezcan e implementen su sistema de gobierno corporativo en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y las disposiciones de carácter general aplicables que al efecto emita la Comisión; y las demás que se le encomienden. lo anterior con la finalidad de verificar que los procesos de control y administración de la compañía, en lo relativo a aspectos técnicos, se haga en forma correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas - Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Actividad Económica o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Probabilidad o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Estadística | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000595-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Inspección de Seguros de Daños y Fianzas | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Proponer el programa anual de visitas previstas en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y por otras Leyes; y realizar la memoranda que contenga los aspectos generales y específicos a revisar, así como participar con las otras áreas de la Comisión, en cada una de las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de verificar que lo realizado por las Instituciones, en materia de fijación de primas, constitución de reservas y cálculo de capital de solvencia, se haga en forma actuarialmente correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos.
2.- Instruir y orientar a los inspectores sobre los aspectos generales y específicos, así como los procedimientos a considerar en la práctica de la visita que se trate; verificar sistemáticamente con base en los objetivos establecidos el avance de la visita de inspección, comprobando que en caso de irregularidades detectadas, sean debidamente sustentadas tanto en papeles de trabajo como con la documentación comprobatoria respectiva y realizar la integración de los expedientes de cada una de las visitas de inspección efectuadas a Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas a su cargo. lo anterior con la finalidad de verificar que los inspectores desarrollen todos los objetivos establecidos para la efectuar la visita de inspección y que las posibles irregularidades detectadas se encuentren sustentadas. 3.- Realizar los informes sobre los resultados obtenidos en las visitas practicadas; y realizar los informes para sus superiores sobre las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de documentar y hacer del conocimiento de las autoridades superiores aquellas operaciones irregulares que están realizando las Instituciones de Seguros o de Fianzas. 4.- Realizar los oficios de observaciones, correcciones y emplazamiento a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas; y realizar los oficios de propuestas de sanción a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas que presenten irregularidades, en caso de infracción de las disposiciones legales y administrativas vigentes. lo anterior con la finalidad de que en aquellos casos en que las Instituciones de Seguros o de Fianzas, realicen sus operaciones irregulares las subsanen y que reciban las penalizaciones correspondientes previstas en la regulación y con ello contribuir a inhibir conductas irregulares que pongan en riesgo el interés de los asegurados. 5.- Realizar oficio solicitando los planes de regularización y, en su caso, el oficio de aprobación de los programas de autocorrección, así como verificar el cumplimiento de los mismos; y revisar que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas cumplan con las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se formulen. lo anterior con la finalidad de verificar que las Instituciones subsanen las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección así como aquellas que la misma institución detectó en ejercicio de sus funciones para los cuales presenta un programa de autocorrección. 6.- Analizar el contenido de los dictámenes elaborados por los actuarios independientes de las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas. Lo anterior con la finalidad de conocer y dar seguimiento a la situación de las compañías y tomar las medidas preventivas que ayuden a evitar que la compañía caiga en alguna situación que ponga en riesgo el interés de asegurados o contratantes de Fianzas. 7.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas establezcan e implementen su sistema de gobierno corporativo en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y las disposiciones de carácter general aplicables que al efecto emita la Comisión; y las demás que se le encomienden. lo anterior con la finalidad de verificar que los procesos de control y administración de la compañía, en lo relativo a aspectos técnicos, se haga en forma correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas - Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Actividad Económica o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Probabilidad o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Estadística | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Abogado Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000601-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección Contencioso | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Representar los intereses de la Comisión, atendiendo e instrumentando puntualmente los juicios asignados por el director contencioso en los que la CNSF sea parte o pueda resultar afectada produciendo los oficios que correspondan acorde a la naturaleza del juicio que motive su atención, para la defensa de los intereses de la CNSF.
2.- Representar los intereses de la Comisión, atendiendo e instrumentando puntualmente los trámites judiciales y administrativos asignados por el director contencioso produciendo los oficios que correspondan acorde a la naturaleza del requerimiento, a fin de prestar el auxilio a la autoridad en la investigación de la verdad. 3.- Representar los intereses de la Comisión en los juicios de amparo, proyectando informes previos, justificados, recursos que procedan, cumplimientos de ejecutorias en esos juicios de amparo en los que la CNSF sea señalada como autoridad responsable, para aprobación del director contencioso, a fin de evitar la pérdida de un derecho en la defensa de los intereses de la Comisión. 4.- Representar los intereses de la Comisión, proyectando la contestación de demanda, contestación a ampliación de la misma, así como todos los oficios procedentes en la consecución del procedimiento contencioso administrativo relacionados con la atención íntegra y puntual de los juicios de nulidad ante el tribunal federal de justicia administrativa, para su aprobación del director contencioso, con la finalidad de evitar la pérdida de un derecho procesal en la defensa de los intereses de la CNSF. 5.- Gestionar a favor de las autoridades competentes la atención de requerimientos que formulen respecto de información y documentación relativa a operaciones y servicios financieros que las Instituciones y sociedades mutualistas celebren con personas determinadas, con excepción de la concerniente a los actos, operaciones y servicios a que se refieren las fracción i y ii del artículo 492 de la LISF, elaborando los oficios de requerimiento a las Instituciones a través del SNOR, para remitir a las autoridades competentes la información con la que cuenten las Instituciones. 6.- Atender los trámites de procedimientos de liquidación de Instituciones e Instituciones de Fianzas que le sean asignadas por el director contencioso para su atención, elaborando los oficios y memorandos correspondientes para aprobación del director contencioso a fin de informar a la presidenta de la CNSF lo correspondiente para la designación del liquidador, en términos de la LISF. 7.- Atender los asuntos turnados por el OIC, o la DGPYA en los que se solicita el apoyo jurídico respecto de irregularidades observadas y que requieran la intervención de la dirección contenciosa como representante legal de la CNSF, elaborando las denuncias penales para aprobación del director contencioso y posterior presentación de la misma ante la PGR y su atención. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Sociales y Administrativas Area de experiencia requerida: Derecho o Area de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho Area de experiencia requerida: Defensa Jurídica y Procedimientos o Area de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho Area de experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales o Area de experiencia: Ciencia Política Area de experiencia requerida: Administración Pública | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000579-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O23 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $24,983.15 (Veinticuatro mil novecientos ochenta y tres pesos 15/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección del Seguro de Personas | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Proponer el programa anual de visitas previstas en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y por otras Leyes; y realizar la memoranda que contenga los aspectos generales y específicos a revisar, así
como participar con las otras áreas de la Comisión, en cada una de las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de verificar que lo realizado por las Instituciones, en materia de fijación de primas, constitución de reservas y cálculo de capital de solvencia, se haga en forma actuarialmente correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos.
2.- Instruir y orientar a los inspectores sobre los aspectos generales y específicos, así como los procedimientos a considerar en la práctica de la visita que se trate; verificar sistemáticamente con base en los objetivos establecidos el avance de la visita de inspección, comprobando que en caso de irregularidades detectadas, sean debidamente sustentadas tanto en papeles de trabajo como con la documentación comprobatoria respectiva y realizar la integración de los expedientes de cada una de las visitas de inspección efectuadas a Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas a su cargo. lo anterior con la finalidad de verificar que los inspectores desarrollen todos los objetivos establecidos para la efectuar la visita de inspección y que las posibles irregularidades detectadas se encuentren sustentadas. 3.- Realizar los informes sobre los resultados obtenidos en las visitas practicadas; y realizar los informes para sus superiores sobre las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de documentar y hacer del conocimiento de las autoridades superiores aquellas operaciones irregulares que están realizando las Instituciones de Seguros o de Fianzas. 4.- Realizar los oficios de observaciones, correcciones y emplazamiento a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas; y realizar los oficios de propuestas de sanción a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas que presenten irregularidades, en caso de infracción de las disposiciones legales y administrativas vigentes. lo anterior con la finalidad de que en aquellos casos en que las Instituciones de Seguros o de Fianzas, realicen sus operaciones irregulares las subsanen y que reciban las penalizaciones correspondientes previstas en la regulación y con ello contribuir a inhibir conductas irregulares que pongan en riesgo el interés de los asegurados. 5.- Realizar oficio solicitando los planes de regularización y, en su caso, el oficio de aprobación de los programas de autocorrección, así como verificar el cumplimiento de los mismos; y revisar que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas cumplan con las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se formulen. lo anterior con la finalidad de verificar que las Instituciones subsanen las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección así como aquellas que la misma institución detectó en ejercicio de sus funciones para los cuales presenta un programa de autocorrección. 6.- Analizar el contenido de los dictámenes elaborados por los actuarios independientes de las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas. Lo anterior con la finalidad de conocer y dar seguimiento a la situación de las compañías y tomar las medidas preventivas que ayuden a evitar que la compañía caiga en alguna situación que ponga en riesgo el interés de asegurados o contratantes de Fianzas. 7.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas establezcan e implementen su sistema de gobierno corporativo en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y las disposiciones de carácter general aplicables que al efecto emita la Comisión; y las demás que se le encomienden. lo anterior con la finalidad de verificar que los procesos de control y administración de la compañía, en lo relativo a aspectos técnicos, se haga en forma correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas - Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Actividad Económica o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Probabilidad o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Estadística | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario | ||||
Nombre del Puesto | Inspector Supervisor | Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000573-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O23 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $24,983.15 (Veinticuatro mil novecientos ochenta y tres pesos 15/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Inspección del Seguro de Daños y Fianzas | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Proponer el programa anual de visitas previstas en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y por otras Leyes; y realizar la memoranda que contenga los aspectos generales y específicos a revisar, así como participar con las otras áreas de la Comisión, en cada una de las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de verificar que lo realizado por las Instituciones, en materia de fijación de primas, constitución de reservas y cálculo de capital de solvencia, se haga en forma actuarialmente correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos.
2.- Instruir y orientar a los inspectores sobre los aspectos generales y específicos, así como los procedimientos a considerar en la práctica de la visita que se trate; verificar sistemáticamente con base en los objetivos establecidos el avance de la visita de inspección, comprobando que en caso de irregularidades detectadas, sean debidamente sustentadas tanto en papeles de trabajo como con la documentación comprobatoria respectiva y realizar la integración de los expedientes de cada una de las visitas de inspección efectuadas a Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas a su cargo. lo anterior con la finalidad de verificar que los inspectores desarrollen todos los objetivos establecidos para la efectuar la visita de inspección y que las posibles irregularidades detectadas se encuentren sustentadas. 3.- Realizar los informes sobre los resultados obtenidos en las visitas practicadas; y realizar los informes para sus superiores sobre las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección. lo anterior con la finalidad de documentar y hacer del conocimiento de las autoridades superiores aquellas operaciones irregulares que están realizando las Instituciones de Seguros o de Fianzas. 4.- Realizar los oficios de observaciones, correcciones y emplazamiento a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas; y realizar los oficios de propuestas de sanción a las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas que presenten irregularidades, en caso de infracción de las disposiciones legales y administrativas vigentes. lo anterior con la finalidad de que en aquellos casos en que las Instituciones de Seguros o de Fianzas, realicen sus operaciones irregulares las subsanen y que reciban las penalizaciones correspondientes previstas en la regulación y con ello contribuir a inhibir conductas irregulares que pongan en riesgo el interés de los asegurados. 5.- Realizar oficio solicitando los planes de regularización y, en su caso, el oficio de aprobación de los programas de autocorrección, así como verificar el cumplimiento de los mismos; y revisar que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas cumplan con las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se formulen. lo anterior con la finalidad de verificar que las Instituciones subsanen las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección así como aquellas que la misma institución detectó en ejercicio de sus funciones para los cuales presenta un programa de autocorrección. 6.- Analizar el contenido de los dictámenes elaborados por los actuarios independientes de las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas. Lo anterior con la finalidad de conocer y dar seguimiento a la situación de las compañías y tomar las medidas preventivas que ayuden a evitar que la compañía caiga en alguna situación que ponga en riesgo el interés de asegurados o contratantes de Fianzas. 7.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que las Instituciones y sociedades mutualistas de Seguros e Instituciones de Fianzas establezcan e implementen su sistema de gobierno corporativo en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y las disposiciones de carácter general aplicables que al efecto emita la Comisión; y las demás que se le encomienden. lo anterior con la finalidad de verificar que los procesos de control y administración de la compañía, en lo relativo a aspectos técnicos, se haga en forma correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de Fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas - Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Actividad Económica o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Probabilidad o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Estadística | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Líder de Proyecto | Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000631-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O23 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $24,983.15 (Veinticuatro mil novecientos ochenta y tres pesos 15/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Estudios sobre Seguros de Daños | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Elaborar estudios y presentaciones en materia técnico actuarial de los sectores asegurador o afianzador, para su
beneficio y desarrollo.
2.- Generar información estadísticas del sector asegurador y afianzador en materia de los diferentes sistemas estadísticos de seguros de daños, principalmente en reportes globales, y fianzas, para facilitar que estos sectores cuenten con información útil para estudios y para el desarrollo de los mismos. 3.- Validar que el contenido de la información estadística y demás documentación de su competencia reportada a esta Comisión, se apegue a la normativa vigente y en su caso, generar las presentaciones para los talleres que ayuden a mejorar la calidad de la información recibida. 4.- Revisar, para los sistemas de su competencia, las sanciones y medidas de apremio aplicables por violaciones previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones jurídicas que de ellas emanen, con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento de la normatividad aplicable. 5.- Apoyar en la aprobación y verificar el cumplimiento de los planes de regularización y programas de autocorrección, en el ámbito de su competencia, que presenten las instituciones y sociedades mutualistas, a fin de mejorar la calidad de la información estadística recibida. 6.- Valorar, respecto de los asuntos relacionados con las otras áreas administrativas y sustantivas de la institución así como de dependencias gubernamentales, los asuntos y materias de su competencia con la finalidad de contribuir en los objetivos y metas de la subdirección a la que está adscrito. 7.- Realizar las actividades asignadas relacionadas con la implementación de estrategias y actividades que promuevan la participación de instituciones y sociedades mutualistas y público en general, con el objeto de fomentar el desarrollo de los sectores. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y Exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas - Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Econometría o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Probabilidad o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Estadística | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Líder de Proyecto | Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000591-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O33 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $31,118.05 (Treinta y un mil ciento dieciocho pesos 05/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Asuntos Internacionales y Difusión | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Elaborar estudios y presentaciones en materia técnico actuarial de los sectores asegurador o
afianzador, para su beneficio y desarrollo.
2.- Generar información estadísticas del sector asegurador y afianzador en materia de los diferentes sistemas estadísticos de Seguros de personas, principalmente en vida y Pensiones, para facilitar que estos sectores cuenten con información útil para estudios y para el desarrollo de los mismos. 3. Validar que el contenido de la información estadística y demás documentación de su competencia reportada a esta Comisión, se apegue a la normativa vigente y en su caso, generar las presentaciones para los talleres que ayuden a mejorar la calidad de la información recibida. 4.- Revisar, para los sistemas de su competencia, las sanciones y medidas de apremio aplicables por violaciones previstas en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y las disposiciones jurídicas que de ellas emanen, con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento de la normatividad aplicable. 5.- Apoyar en la aprobación y verificar el cumplimiento de los planes de regularización y programas de autocorrección, en el ámbito de su competencia, que presenten las Instituciones y sociedades mutualistas, a fin de mejorar la calidad de la información estadística recibida. 6.- Valorar, respecto de los asuntos relacionados con las otras áreas administrativas y sustantivas de la institución así como de dependencias gubernamentales, los asuntos y materias de su competencia con la finalidad de contribuir en los objetivos y metas de la subdirección a la que está adscrito. 7.- Realizar las actividades asignadas relacionadas con la implementación de estrategias y actividades que promuevan la participación de Instituciones y sociedades mutualistas y público en general, con el objeto de fomentar el desarrollo de los sectores. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas - Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Econometría o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Probabilidad o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Estadística | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Nombre del Puesto | Supervisor de Vigilancia Financiera | Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000583-E-C-A | |||
Nivel Administrativo | O23 | Número de vacantes | Una | ||
Percepción Mensual Bruta | $24,983.15 (Veinticuatro mil novecientos ochenta y tres pesos 15/100 M.N.) mensual | ||||
Adscripción del Puesto | Subdirección de Vigilancia Financiera B | Sede | Ciudad de México | ||
Funciones Principales | 1.- Realizar las acciones necesarias para proporcionar a las autoridades financieras del exterior, en términos de la fracción xxxvii del artículo 366 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF); así como los estudios necesarios para atender las opiniones para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) respecto de los asuntos de su competencia, previa solicitud de ésta, para coadyuvar en la preservación de la solvencia y estabilidad financiera de las Instituciones y Sociedades Mutualistas y garantizar los intereses del público usuario.
2.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que la presentación y difusión de los estados financieros de las Instituciones y sociedades mutualistas se apegue a lo dispuesto en la LISF y las disposiciones administrativas que al efecto emita la Comisión; el régimen a que se sujetara la inversión del patrimonio de los fideicomisos a que se refieren los artículos 273 y 274 de la LISF, y ejercer las funciones de vigilancia respecto de dichos fideicomisos, así como el previsto en el artículo 275 de la LISF, con la finalidad de que estos se apeguen a lo establecido en la LISF y las DCG aplicables. verificar que la inversión de las Instituciones en consorcios de Seguros y de Fianzas y en otras sociedades, se lleve a cabo de conformidad con la LISF, en coordinación con la Dirección General Jurídica Consultiva y de intermediarios (DGJCI), con el propósito de verificar su apego a la disposiciones legales y administrativas aplicables. 3.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que la función de administración integral de riesgos que desarrollen las Instituciones y sociedades mutualistas comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración de forma continua sobre los riesgos a los que, a nivel individual y agregado, puedan estar expuestas las mismas y su interdependencia; que la función de control interno considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable; que la función de auditoría interna considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades: que cuenten con una función actuarial efectiva y permanente que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de Seguros o de las notas técnicas de Fianzas; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; la política de suscripción y, en su caso, de obtención de garantías; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos; que establezcan políticas y procedimientos para garantizar que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normatividad aplicable; la información recibida, relacionada con los nombramientos de consejeros, miembros del comité de auditoría, comisarios, director general o su equivalente y funcionarios con las dos jerarquías inmediatas inferiores a las de este último, así como el cumplimiento de lo previsto en los artículos 61 y 72 de la LISF y DCG que al efecto emita la Comisión; en coordinación con la DGJCI, que las contrataciones con terceros relacionados con la prestación de servicios necesarios para su operación, se apeguen a lo establecido por la normatividad de la materia; todo lo anterior, de conformidad con la LISF y las DCG que al efecto emita la Comisión, con el propósito de verificar su apego a la disposiciones legales y administrativas aplicables. 4.- Revisar la revelación de información de las inspección y vigilancia; presentación y difusión de estados financieros; apego en estimación de activos, obligaciones, responsabilidades; registro contable de operaciones; recuperación por operaciones de Fianzas que realicen suficientemente garantizada y comprobar en cualquier momento las garantías con que cuenten; en coordinación con la dirección general de supervisión actuarial (DGSA) y dirección general de supervisión del seguro de Pensiones y salud (DGSSPS), que cuenten con recursos suficientes para cubrir su base de inversión; en coordinación con DGSA, DGSSPS, dirección general de supervisión de reaseguro (DGSR) y dirección general de análisis de riesgos (DGAR), que calculen su requerimiento de capital de solvencia (RCS) derivado de sus riesgos financieros, así como que mantengan, con fondos propios admisibles, recursos suficientes para respaldar su requerimiento de capital de solvencia; comprobación de inversión de activos; operaciones de administración de dividendos o indemnizaciones de sus asegurados o beneficiarios, reservas de Seguros que tengan como base planes de Pensiones y cuando actúen como fiduciarias de negocios vinculados con sus actividades; que cuenten con capital mínimo pagado; integración y funcionamiento del comité de inversiones; apego a normatividad aplicable cuando realicen operaciones por las que transfieran porciones del riesgo de su cartera relativa a riesgos técnicos al mercado de valores; comportamiento financiero de sus operaciones; con DGSR, los límites máximos de retención que fijen y apliquen, así como las operaciones de reaseguro, reafianzamiento, reaseguro financiero y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades, así como el cálculo del RCS derivado de las operaciones de reaseguro, reaseguro financiero, reafianzamiento, y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades y la resolución de solicitudes de autorización para realizar las operaciones de reaseguro financiero; con DGSA, que constituyan, valúen y registren las reservas técnicas (RT) y el cálculo del RCS derivado de los riesgos de suscripción; con la DGSSPS, que las Instituciones de Seguros autorizadas para operar los Seguros de Pensiones derivados de las Leyes de seguridad social (ISAPOSPDLSS), así como de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar en el ramo de salud constituyan, valúen y registren sus RT, así como que las ISAPOSPDLSS realicen el cálculo del RCS derivado de los riesgos de suscripción; con la DGSAR, realizar las actividades de vigilancia e inspección necesarias para verificar el uso de los modelos internos en el cálculo del requerimiento de capital de solvencia; con la DGJCI, realizar las acciones necesarias para resolver las solicitudes de autorización para realizar las inversiones en otras sociedades a que se refiere la normatividad de la materia, para tramitar, para aprobación de la junta de gobierno de la Comisión, solicitudes para la cesión de la cartera y fusión, así como para la escisión de las Instituciones y para resolver solicitudes de registro de auditores externos y actuarios independientes, así como proceder a su cancelación; todo lo anterior, en el ámbito de su competencia y de conformidad con la LISF y DCG que emita la CNSF, con el propósito de verificar su apego a la disposiciones legales y administrativas aplicables. 5.- Realizar las acciones necesarias para tramitar, proponer y, en su caso, imponer de conformidad con el acuerdo delegatorio correspondiente, las sanciones previstas en la LISF y otras Leyes, por violaciones a éstas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen, relacionadas con las atribuciones de su competencia; las acciones necesarias, conforme al acuerdo delegatorio correspondiente y previo apercibimiento, de las medidas de apremio previstas en la LISF; el estudio necesario y requerimiento, en el ámbito de su competencia, información y documentación a las Instituciones y sociedades mutualistas, así como a las demás personas sujetas a la supervisión de la CNSF, señalando los plazos para su entrega, conforme a la LISF y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el propósito de verificar su apego a la disposiciones legales y administrativas aplicables. 6.- Hacer del conocimiento del director de vigilancia financiera, las irregularidades observadas en ejercicio de sus atribuciones y supervisar la formulación de observaciones derivadas de la inspección y vigilancia, proponiendo y en su caso, ordenando la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades que haya detectado con motivo del ejercicio de dichas atribuciones; verificar, en el ámbito de su competencia, que las Instituciones y sociedades mutualistas y demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la CNSF, cumplan las observaciones que con motivo de las observaciones que se les formulen; y, verificar, en el ámbito de su competencia, que las Instituciones y sociedades mutualistas, lleven a cabo la adopción de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la LISF, con el propósito de verificar su apego a la disposiciones legales y administrativas aplicables. 7.- Realizar diversas funciones en materia contable, financiera y administrativa, tales como la preparación de copias certificadas a expedirse, de los documentos que obren en sus archivos, cuando así proceda conforme a derecho; y las demás atribuciones que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende el subdirector de vigilancia financiera, con el propósito de verificar su apego a la disposiciones legales y administrativas aplicables. | ||||
Perfil | Escolaridad | Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional | |||
Experiencia laboral | Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Naturales y exactas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Naturales y exactas Area de experiencia requerida: Matemáticas - Actuaría o Area de experiencia: Ciencias Sociales y Administrativas Area de experiencia requerida: Administración o Area de experiencia: Ciencias Sociales y Administrativas Area de experiencia requerida: Ciencias Políticas y Administración Pública o Area de experiencia: Ciencias Sociales y Administrativas Area de experiencia requerida: Contaduría o Area de experiencia: Ciencias Sociales y Administrativas Area de experiencia requerida: Economía o Area de experiencia: Ciencias Sociales y Administrativas Area de experiencia requerida: Finanzas o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Econometría o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Contabilidad o Area de experiencia: Ciencias Económicas Area de experiencia requerida: Organización y Dirección de Empresas o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Análisis Numérico o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Probabilidad o Area de experiencia: Matemáticas Area de experiencia requerida: Estadística | ||||
Capacidades Gerenciales/Habilidades | · Trabajo en equipo
· Orientación a resultados | ||||
Capacidades Técnicas | Conforme a Temario |
Bases de participación | |
Principios del concurso | El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), a su Reglamento, así como el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. |
Requisitos de participación | Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto.
De acuerdo al numeral 175 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, cuando la convocatoria señale como requisito de escolaridad contar con título profesional, el mismo se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en términos de las disposiciones aplicables. El grado académico de Licenciatura no podrá ser sustituible por ninguna Especialidad, Maestría, Doctorado u otro grado académico. En observancia al artículo 21 de la LSPCAPF se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; II. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y V. No estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal. En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
Documentación requerida | Los(as) aspirantes deberán presentar para cotejo, en original legible o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos que se mencionan a continuación:
1. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para participar en el concurso. 2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda. 3. Currículum Vítae de Trabajaen y uno adicional que presente el (la) aspirante, actualizado, detallando funciones específicas, puesto ocupado y periodo en el cual laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en Trabajaen. 4. Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que concursa. Sólo se aceptará título profesional y cédula profesional. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante la Dirección General de Profesionales de la Secretaría de Educación Pública. 5. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial para votar con fotografía, pasaporte o cédula profesional). 6. Cartilla Militar liberada (en el caso de hombres hasta los 45 años). 7. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. 8. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normativa aplicable. 9. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado en Trabajaen, se deberá presentar hojas de servicio, nombramientos, constancias de empleos anteriores en hoja membretada, contratos, hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS, talones de pago, según sea el caso que indiquen la fecha de inicio y termino en el puesto, el o los puestos desempeñados y sueldo(s) percibidos. No se aceptan como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida las cartas de recomendación, constancias de sueldos, cartas de recomendación, salarios, conceptos asimilados y créditos al salario. 10. Para realizar la valoración del mérito, los candidatos deberán presentar evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes. 11. Conforme al artículo 47 del RLSPCAPF y al numeral 174 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, para efectos de acreditar las evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la LSPC. El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la LSPC, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas se reserva el derecho de solicitar en cualquier etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos y, de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o, en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. |
Registro de aspirantes | La inscripción o el registro de los(as) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de publicación en la página www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará un número de folio para el concurso al aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (as) aspirantes. |
Desarrollo del concurso | El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas establecidas a continuación: |
Etapa | Lugar | Fecha o Plazo |
Publicación de Convocatoria en el DOF | www.trabajaen.gob.mx | 24 de abril de 2019. |
Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx) | Del 24 de abril de 2019 al 13 de mayo de 2019. | |
Revisión curricular (en forma automatizada por la herramienta www.trabajaen.gob.mx) | Del 24 de abril de 2019 al 13 de mayo de 2019. | |
Recepción de solicitudes para reactivación de folios | Fernando Villalpando No. 18, Col. Guadalupe Inn;. Alvaro Obregón; C.P. 01020; Ciudad de México. | Del 14, 15 y 16 de mayo de 2019. |
*Examen de conocimientos | Av. Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe Inn;. Alvaro Obregón; C.P. 01020; Ciudad de México. | 22 de mayo de 2019. |
*Evaluación de habilidades | Hasta el 07 de junio de 2019. | |
*Presentación de Documentos
Evaluación de la Experiencia y valoración del Mérito |
Fernando Villalpando No. 18, Col. Guadalupe Inn;. Alvaro Obregón; C.P. 01020; Ciudad de México. | Hasta el 20 de junio de 2019. |
*Entrevista por el Comité de Selección | Fernando Villalpando No. 18, Col. Guadalupe Inn;. Alvaro Obregón; C.P. 01020; Ciudad de México. | Hasta el 05 de julio de 2019. |
*Determinación del candidato ganador | www.trabajaen.gob.mx | Hasta el 15 de julio de 2019. |
*Nota: Las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio, previo aviso a través del portal www.trabajaen.gob.mx en función del avance que se presente en el procedimiento de las evaluaciones, el número de aspirantes que participen en ésta o en caso de situaciones contingentes.
Temarios | El temario sobre el que versará
el examen de conocimientos se encontrará
a disposición de los candidatos en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Las guías para las Evaluaciones de Habilidades, se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx | ||||||
Presentación de evaluaciones | La Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx
De conformidad con el numeral 208 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, la invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de veinte minutos. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas: El examen de conocimientos técnicos de cada plaza se realizará de manera presencial, por escrito, será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales. Sólo en el caso de las calificaciones aprobatorias los decimales 0.6 suben al siguiente entero ejemplo: 60.6 subirá a 61. Para el examen de conocimientos técnicos de las plazas de: Inspector Supervisor con código de puesto 06-C00-3-M2C014P-0000580-E-C-A adscrita a la Subdirección de Inspección del Seguro de Pensiones y Salud "C" y para la plaza de Líder de Proyecto con código de puesto 06-C00-3-M2C014P-0000631-E-C-A, adscrita a la Subdirector de Estudios Sobre Seguros de Daños, Líder de Proyecto con código de puesto 06-C00-3-M2C015P-0000591-E-C-A, adscrita a la Subdirección de Asuntos Internacionales y de Difusión y Supervisor de Vigilancia Financiera con código 06-C00-3-M2C014P-0000583-E-C-A, adscrita a la Dirección de Supervisión Financiera, se podrá utilizar calculadora científica o financiera. Para el examen de conocimientos técnicos de las plazas de: Inspector Supervisor con código de puesto 06-C00-3-M2C015P-0000569-E-C-A adscrito a la Subdirección de Inspección del Seguro de Personas, Inspector Supervisor con código de puesto 06-C00-3-M2C015P-0000595-E-C-A adscrito a la Subdirector de Inspección de Seguros de Daños y Fianzas "A", Inspector Supervisor con código de puesto 06-C00-3-M2C014P-0000579-E-C-A adscrito a la Subdirección de Inspección del Seguro de Personas e Inspector Supervisor con código de puesto 06-C00-3-M2C014P-0000573-E-C-A adscrito a la Subdirector de Inspección de Seguros de Daños y Fianzas A, se podrá utilizar calculadora científica, financiera o computadora portátil. La subetapa de evaluación de habilidades será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. · Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los candidatos. · De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril de 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes: - Orden en los puestos desempeñados. - Duración en los puestos desempeñados. - Experiencia en el Sector público. - Experiencia en el Sector privado. - Experiencia en el Sector social. - Nivel de responsabilidad. - Nivel de remuneración. - Relevancia de funciones o actividades. - En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: - Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Resultados de las acciones de capacitación. - Resultados de procesos de certificación. - Logros. - Distinciones. - Reconocimientos o premios. - Actividad destacada en lo individual. - Otros estudios. En los casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. A fin de que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas esté en posibilidad de atender las solicitudes de los candidatos que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Comisión, en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser entregado en Fernando Villalpando No. 18, Col. Guadalupe Inn, Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en la Dirección de Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs. El escrito deberá ser dirigido al Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente. Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de un año. Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección. Es importante señalar, que la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación. | ||||||
Etapa de entrevistas | Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos, a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado. En el supuesto de que el número de candidatos(as) que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II, y III del artículo 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública, fuera menor al mínimo establecido se deberá entrevistar a todos; pudiendo llegar a presentarse hasta un solo(a) candidato (a). En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes: - Contexto, situación o tarea (favorable o adverso) - Estrategia o acción (simple o compleja) - Resultado (sin impacto o con impacto) - Participación (protagónica o como miembro de equipo) | ||||||
Etapa de Determinación | Se considerarán finalistas a los (las) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en al menos una calificación de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando: a) Ganador(a) del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior: I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o c) Desierto el concurso. | ||||||
Reglas de valoración general y sistema de puntuación general | 1. Las Reglas de Valoración General y el Sistema de Puntuación General, los podrán consultar en la página electrónica de la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas (www.cnsf.gob.mx).
2. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación, de acuerdo con las siguientes ponderaciones: SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL | ||||||
Puesto | Evaluación Técnica | Habilidades | Evaluación de la Experiencia | Evaluación del Mérito | Entrevistas | Total | |
Jefe de Departamento | 30 | 30 | 10 | 10 | 20 | 100 | |
Publicación de resultados | Los resultados de cada una de las etapas de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de folio para el concurso. | ||||||
Reserva de candidatos | Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan un puntaje mínimo de calificación de 60, se integrarán a la Reserva de Candidatos de la rama de cargo o puesto de que se trate de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su vigencia de permanencia en la reserva de candidatos y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes. | ||||||
Declaración de concurso desierto | El Comité
Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas:
I. Porque ningún(a) candidato(a) se presente al concurso; II. Porque ninguno(a) de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. | ||||||
Cancelación de concurso | El Comité
Técnico de Selección podrá
cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión. | ||||||
Resolución de dudas | A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico dchavez@cnsf.gob.mx así como un módulo de atención en el teléfono 57247593, en horario de 09:00 a 14:00 hrs. | ||||||
Inconformidades | Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020, Ciudad de México de 9:00 a 14:00 hrs., y de 15:00 a 18:00 hrs., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, y su Reglamento. | ||||||
Revocaciones | Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los interesados estarán en aptitud jurídica de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, en sus instalaciones, entre las 09:00 y las 15:00 horas en días hábiles, sitas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Primer Piso, Ala Sur, Col. Guadalupe Inn, Alvaro Obregón, C. P. 01020, Ciudad de México, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. | ||||||
Reactivación de folios | Con respecto a la reactivación de folios, una vez que se haya cerrado la etapa de registro de aspirantes al concurso (revisión curricular), el aspirante tendrá tres días hábiles a partir de la fecha de ese cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Fernando Villalpando N°
18, Col. Guadalupe Inn, Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en la Dirección de Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs, anexando la siguiente documentación:
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Ciudad de México, a 24 de abril de 2019.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por acuerdo del Comité Técnico de Selección, el Secretario Técnico
El Subdirector de Control y Prestaciones al Personal
Lic. Héctor Villegas Montoya
Rúbrica.