MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2017, Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos con un gasto máximo de 250 L/min-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación (Cancela a la NOM-005-SCFI-2011), publicada el 10 de octubre de 2018.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.
MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCFI-2017, INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN-SISTEMA PARA MEDICIÓN Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS CON UN GASTO MÁXIMO DE 250 L/MIN-ESPECIFICACIONES, MÉTODOS DE PRUEBA Y DE VERIFICACIÓN (CANCELA A LA NOM-005-SCFI-2011), PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE OCTUBRE DE 2018
MÓNICA PAOLA MOSTALAC CECILIA, Directora de Normalización para Mercado Doméstico, Mejora y Servicios de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 39 fracción V, y 51 segundo y tercer párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 1, 2 apartado B, fracción X, 22 fracciones I, IX, XXV y último párrafo, y 58 último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; y
CONSIDERANDO
Que el día 10 de octubre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana "NOM-005-SCFI-2017 Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos con un gasto máximo de 250 L/min-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación (Cancela a la NOM-005-SCFI-2011)".
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias competentes de la Administración Pública Federal, la aplicación y vigilancia de dicho ordenamiento.
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 38 fracción II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 34 párrafo primero de su Reglamento, corresponde a las dependencias expedir Normas Oficiales Mexicanas en las materias relacionadas con sus atribuciones y determinar su fecha de entrada en vigor.
Que los párrafos segundo y tercero del artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización le
permite a la Secretaría de Economía la modificación de las Normas Oficiales Mexicanas de su competencia sin seguir el procedimiento para su elaboración, siempre que no se creen nuevos requisitos o procedimientos ni se incorporen especificaciones más estrictas.
Que a efecto de ampliar las capacidades de verificación y desarrollo de sistemas para medición y despacho de gasolina por parte del Centro Nacional de Metrología (CENAM), se requiere fortalecer la infraestructura para realizar en un periodo adecuado y en concordancia con la NOM-185-SCFI-2017, la determinación del grado de cumplimiento de los requisitos establecidos en la NOM-005-SCFI-2017, con el objeto de que los fabricantes de dispensarios puedan cumplir cabalmente con ésta.
Que la Modificación se sometió al proceso de mejora regulatoria previsto por la Ley General de Mejora Regulatoria, indicando que dicha modificación no pretende crear nuevos requisitos o procedimientos, obteniéndose la exención del Análisis de Impacto Regulatorio por parte de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria el día 10 de abril de 2019.
Por lo anterior, se expide la siguiente:
MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCFI-2017, INSTRUMENTOS DE
MEDICIÓN-SISTEMA PARA MEDICIÓN Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES
LÍQUIDOS CON UN GASTO MÁXIMO DE 250 L/MIN-ESPECIFICACIONES, MÉTODOS DE PRUEBA Y DE
VERIFICACIÓN (CANCELA A LA NOM-005-SCFI-2011), PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN EL 10 DE OCTUBRE DE 2018
PRIMERO.- Se adiciona un Séptimo Transitorio a la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCFI-2017, INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN-SISTEMA PARA MEDICIÓN Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS CON UN GASTO MÁXIMO DE 250 L/MIN-ESPECIFICACIONES, MÉTODOS DE PRUEBA Y DE VERIFICACIÓN (CANCELA A LA NOM-005-SCFI-2011), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 2018, para quedar como sigue:
"TRANSITORIO SÉPTIMO. La Evaluación de la Conformidad de la quinta y sexta viñeta del numeral 7.3.1.2.4.1 y la verificación del software CAMF y ACTU correspondientes a los numerales 7.3.2.6.4 y 10.2.2.4.14 de la presente Norma Oficial Mexicana, se efectuará a partir del 8 de octubre del 2020."
TRANSITORIO
ÚNICO. La presente modificación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 10 de abril de 2019.- Con fundamento en los artículos 22 fracciones I, IX y XXV y
último párrafo, así como el 58 párrafo cuarto del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, en suplencia por ausencia del Director General de Normas y del Director General Adjunto de Operación, se firma el presente para los efectos legales y administrativos a que haya lugar, la Directora de Normalización para Mercado Doméstico, Mejora y Servicios, Mónica Mostalac Cecilia.- Rúbrica.