ACUERDO dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, de dos de abril de dos mil diecinueve, por el que se declara la suspensión de labores del dieciséis al diecinueve de abril de dos mil diecinueve.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.- Secretaría General de Acuerdos.

ACUERDO DICTADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, DE DOS DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE, POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL DIECISÉIS AL DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.
RESULTANDO
PRIMERO.- Que por acuerdo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, aprobado en sesión del once de diciembre de dos mil dieciocho, con fundamento en los artículos 29 y 124-A, fracción V de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y 8, fracción V del Reglamento Interior de este Órgano Colegiado, se establecieron los días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para el año dos mil diecinueve, durante los cuales, no correrán términos, entre el que destaca el día cuatro de abril del mismo año, en conmemoración del trabajador del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Este acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el catorce de diciembre de dos mil dieciocho.
SEGUNDO.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 8, fracción V, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, al Pleno del mismo, corresponde fijar el calendario de labores del propio Tribunal, procurando hacerlo coincidir con el del Poder Judicial de la Federación.
TERCERO.- Que las Condiciones Generales de Trabajo de este Tribunal en sus artículos 37 y 38 fracción III, determina que serán días de descanso obligatorio los que se señalen en el Calendario Oficial y los que acuerde el Pleno del Tribunal.
CUARTO.- Que por acuerdo de veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por unanimidad de votos, declaró como no laborables para las áreas administrativas del propio Consejo; para los Órganos Auxiliares; para los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito; Juzgados de Distrito, incluidos los Centros Auxiliares y los de Justicia Penal Federal, los días miércoles 17, jueves 18 y, viernes 19 de abril de dos mil diecinueve, con motivo de la "Semana Santa", mismo que fue dado a conocer a través de la Circular 25/2019.
En consecuencia, y con fundamento en los citados preceptos legales y 124 "A" de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, este Tribunal en Pleno expide el siguiente:
ACUERDO:
PRIMERO.- Se modifica y se deja sin efecto la parte conducente del acuerdo de este Tribunal del once de diciembre de dos mil dieciocho, por el que se establece como día de suspensión de labores el cuatro de abril de dos mil diecinueve y, en su lugar, se establece el dieciséis del mismo mes y año, como día de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en conmemoración del día del trabajador del Tribunal, en el cual no correrán términos.
SEGUNDO.- Se declaran como días no laborables para el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el miércoles diecisiete, jueves dieciocho y, viernes diecinueve de abril de dos mil diecinueve, con motivo de la "Semana Santa".
TRANSITORIOS:
PRIMERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y, en el Boletín Laboral Burocrático.
SEGUNDO.- Este acuerdo surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordaron por U N A N I M I D A D de votos de los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión de esta misma fecha.
EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE: CERTIFICA: Que este acuerdo mediante el cual se fija el dieciséis, diecisiete, dieciocho y diecinueve de abril de dos mil diecinueve como días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en conmemoración del Día del Trabajador del propio Tribunal, así como de la "Semana Santa", fue emitido por el Tribunal en Pleno, en sesión ordinaria del dos de abril de dos mil diecinueve, por unanimidad de votos de los Señores Magistrados: Plácido Humberto Morales Vázquez, José Luis Soto Miranda, Eduardo Laris González, Irma Ramírez Sánchez, Salvador Oyanguren Guedea, José Luis Amador Morales Gutiérrez, José Roberto Córdova Becerril, Miguel Ángel Gutiérrez Cantú, Patricia Isabella Pedrero Iduarte, Janitzio Ramón Guzmán Gutiérrez, Mario Emilio Garzón Chapa, Nicéforo Guerrero Reynoso, Humberto Cervantes Vega, Carlos Francisco Quintana Roldán, María de Rosario Jiménez Moles, Rocío Rojas Pérez, Alfredo Freyssinier Álvarez, Errol Obed Ordóñez Camacho, Pedro José Escarcega Delgado, Fernando Ignacio Tovar y de Teresa, Elizabeth Cataño Navarro, Eduardo Arturo Hernández Castillón, Israel Requena Palafox, Carlos Maldonado Barón y Ángel Humberto Félix Estrada.- En la Ciudad de México, a los dos días del mes de abril de dos mil diecinueve.- Doy fe.
El Secretario General de Acuerdos, Raziel Levi Segura de Iturbide.- Rúbrica.