ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la donación a favor del Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, el inmueble con superficie de 10,000 metros cuadrados, denominado Predio Miraflores, ubicado en Avenida Gutiérrez Zamora, entre Prolongación Agustín de Iturbide y 5 de Febrero sin número, Colonia La Firmeza, Congregación Emilio Carranza, Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, para la ampliación del Cementerio en la Congregación de Emilio Carranza, con Registro Federal Inmobiliario número 30-1383-2.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda.- INDAABIN.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.- AD-006/2019.

ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la donación a favor del Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, el inmueble con superficie de 10,000 metros cuadrados, denominado "Predio Miraflores", ubicado en Avenida Gutiérrez Zamora, entre Prolongación Agustín de Iturbide y 5 de Febrero sin número, Colonia La Firmeza, Congregación Emilio Carranza, Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, para la ampliación del Cementerio en la Congregación de Emilio Carranza, con Registro Federal Inmobiliario número 30-1383-2.
LUIS MARIANO CORTÉS SALAZAR, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones XXIX y XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción XX, 11 fracción I, 29 fracciones I, II y VI, 84 fracción X, 95 y 101 fracción VI, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. apartado D fracción VI, 98-C, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 1, 2 fracción X, 3 fracción X, 4 fracción I inciso a) y 6 fracción XXXIII, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, adicionado mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2017; y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble con superficie de 10,000 metros cuadrados, denominado "Predio Miraflores", ubicado en Avenida Gutiérrez Zamora, entre Prolongación Agustín de Iturbide y 5 de Febrero sin número, Colonia La Firmeza, Congregación Emilio Carranza, Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, con Registro Federal Inmobiliario número 30-1383-2.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el Considerando precedente, se acredita mediante Escritura número 1,036 de 14 de noviembre de 1981, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el Folio Real número 7819 de 22 de junio de 1982.
TERCERO.- Que las medidas y colindancias del inmueble detallado en el considerando primero se consignan en el plano topográfico elaborado por el H. Ayuntamiento Constitucional de Vega de Alatorre, Veracruz, aprobado y registrado con el número DRPCI/6166/30-1383-2/2017/T el 15 de diciembre de 2017 y certificado el 15 de diciembre de 2017, por la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, Unidad Administrativa del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
CUARTO.- Que mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 1985, se incorpora a los bienes de dominio público de la Federación y se destina a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, el inmueble con superficie de 1-00-00 hectáreas, perteneciente al predio denominado "Miraflores", ubicado en la Congregación de Emilio Carranza y Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, donde se encontraba funcionando el Centro de Desarrollo Agropecuario y Forestal del Distrito de Temporal número 4.
QUINTO.- Que mediante oficio número 512.-1360 de 15 de diciembre de 2016 la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, puso a disposición a este Instituto, el inmueble mencionado en el Considerando Primero, por no tener proyectado el uso del mismo y además tiene un 0% de
aprovechamiento.
SEXTO.- Que mediante acta administrativa de fecha 31 de julio de 2017, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, hizo constar la entrega física a este Instituto del inmueble materia del presente Acuerdo.
SÉPTIMO.- Que el Gobierno Municipal de Vega de Alatorre, Veracruz, mediante oficios números DOPM/017/2017 de 28 de abril de 2017 y Expediente: 02/127/359 de 18 de octubre de 2017, solicitó formalmente a este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales la donación del inmueble a que se refiere el Considerando Primero de este Acuerdo, para la ampliación del Cementerio en la Congregación de Emilio Carranza.
OCTAVO.- Que el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario de este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su (2ª/18) Segunda Sesión Ordinaria del año 2018, celebrada el 27 de febrero de 2018, mediante acuerdo número (15/18 CAI) acordó por unanimidad de votos la opinión positiva para la emisión del Dictamen para Actos de Administración y Disposición, así como la desincorporación y donación a favor del Gobierno del Municipal de Vega de Alatorre, Veracruz, del inmueble materia del presente Acuerdo.
NOVENO.- Que la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, dependiente de este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el 1o. de octubre del 2018, emitió Dictamen para Actos de Administración y/o Disposición número DAAD/2018/041, respecto del inmueble materia de este Acuerdo.
DÉCIMO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal de este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 11, fracción V, del Reglamento de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico, la operación que se autoriza, asimismo, la documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, y de este Acuerdo obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente integrada y cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Que de conformidad a las consideraciones referidas y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación el inmueble descrito en el Considerando Primero de este Acuerdo y se autoriza su donación a favor del Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, para la ampliación del Cementerio en la Congregación de Emilio Carranza.
SEGUNDO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ejercerá a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la operación que se autoriza.
TERCERO.- Si el Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, no utilizare el inmueble cuya donación se autoriza o le diere un uso distinto al establecido en este Acuerdo sin la previa autorización del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, o bien lo dejare de necesitar, dicho inmueble con todas sus mejoras y accesiones revertirá al patrimonio de la Federación. Esta prevención deberá insertarse en el título de propiedad que al efecto se expida.
CUARTO.- Los impuestos, derechos, honorarios y gastos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por el Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, conforme a lo establecido en las disposiciones legales respectivas.
QUINTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en el ámbito de sus atribuciones por conducto de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
SEXTO.- Si dentro del término de un año contado a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo no se hubiere celebrado el contrato correspondiente a la operación que se autoriza por causas imputables al Municipio de Vega de Alatorre, Estado de Veracruz, determinadas por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo este Instituto publicar en el Diario Oficial de la Federación, un aviso en el que se a conocer esta circunstancia, así como notificarlo a dicho Municipio.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
Ciudad de México, a 06 de febrero de dos mil diecinueve.- El Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Luis Mariano Cortés Salazar.- Rúbrica.