Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
 
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Terceros interesados: Ma. Maura Zamudio Soriano, Sonia López Toivar, Aurora Vázquez López, Giovani Eduardo Rosas Vázquez, María Magdalena Vázquez López, Sergio Mauricio Aguirre Polanco, Alberto Cervantes Lagunas, José Ydar Vázquez Mérida y Salvador Flores Rodríguez.
En los autos del Juicio de Amparo Indirecto 1150/2017-III promovido por Rafael Avilés García, contra actos del juez y actuario del Juzgado Primero Civil del Tribunal Superior de Justicia y Registro Público de la Propiedad y de Comercio, todos de la Ciudad de México; consistente en la falta de llamamiento al juicio ordinario civil 1118/2008, promovido por Salvador Flores Rodríguez y otros, en el cual se han emitido determinaciones que podrían significar la privación del inmueble ubicado en Casa de Productos 8, de la calle de Navarra, colonia Álamos, delegación Benito Juárez, en esta ciudad, tales como la cancelación de asientos registrales que afecten la titularidad del inmueble controvertido; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), segundo párrafo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio a los terceros interesados Ma. Maura Zamudio Soriano, Sonia López Toivar, Aurora Vázquez López, Giovani Eduardo Rosas Vázquez, María Magdalena Vázquez López, Sergio Mauricio Aguirre Polanco, Alberto Cervantes Lagunas, José Ydar Vázquez Mérida y Salvador Flores Rodríguez, a fin de que comparezcan a deducir sus derechos, quedando a su disposición, en la secretaría de este juzgado copia simple del escrito inicial de demanda, así como del auto admisorio de veintitrés de febrero de dos mil dieciocho, mismos que serán publicados por tres veces de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, haciéndole saber a la tercera interesada en mención que deberá ocurrir al presente juicio de garantías dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, y señalar domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este juzgado de distrito, apercibida de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se les harán por medio de lista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo.
 
Ciudad de México, a 18 de diciembre de 2018.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Lic. Salvador Damián González.
Rúbrica.
(R.- 476872)