ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la designación de las personas que fungirán como moderadores del segundo debate a la Presidencia de la República del Proceso Electoral Federal 2017-2018, así como la modificación a la escaleta contenida en el Anexo III del Acuerdo INE/CG388/2018, a fin de incluir a los moderadores designados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG393/2018.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA DESIGNACIÓN DE LAS PERSONAS QUE FUNGIRÁN COMO MODERADORES DEL SEGUNDO DEBATE A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017-2018, ASÍ COMO LA MODIFICACIÓN A LA ESCALETA CONTENIDA EN EL ANEXO III DEL ACUERDO INE/CG388/2018, A FIN DE INCLUIR A LOS MODERADORES DESIGNADOS
ANTECEDENTES
I.        Expedición del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. El 7 de septiembre de 2016, mediante Acuerdo INE/CG661/2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
II.       Modificación al Reglamento de Elecciones. El 5 de septiembre de 2017, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG391/2017, mediante el cual modificó diversas disposiciones del Capítulo XIX de Debates del Libro Tercero del Reglamento de Elecciones.
III.       Creación de la Comisión Temporal. El 8 de septiembre de 2017, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG408/2017, por el que se establece la integración de las Comisiones Permanentes, Temporales y otros Órganos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, así como la creación de las Comisiones Temporales de Debates y para el Fortalecimiento de la Igualdad de Género y No Discriminación en la participación política en el marco del Proceso Electoral 2017-2018.
IV.      Instalación de la Comisión Temporal y aprobación del Plan del Trabajo. El 27 de septiembre de 2017 se instaló la Comisión Temporal encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial y se aprobó su Plan de Trabajo.
V.       Aprobación de modificación al Reglamento de Elecciones. El 17 de noviembre de 2017, la Comisión Temporal encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial aprobó el Anteproyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante el cual se modifica el numeral 4 del artículo 307 del Reglamento de Elecciones y se adiciona el numeral 5 a dicho artículo. El 22 de noviembre de 2017, mediante Acuerdo INE/CG565/2017, el Consejo General aprobó dichas modificaciones.
VI.      Aprobación de las reglas básicas por el Consejo General. El 22 de noviembre de 2017, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG562/2017, por el que se emiten las reglas básicas para la realización de los debates entre las y los candidatos a la Presidencia de la República durante el Proceso Electoral Federal 2017-2018, así como los criterios objetivos para la selección de las y los moderadores.
VII.      Aprobación de criterios específicos por el Consejo General. El pasado 28 de febrero de 2018, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG123/2018, que contiene los criterios específicos para la definición de formatos y realización de los tres debates entre las y los candidatos a la Presidencia de la República durante el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
VIII.     Registro de Candidaturas. El pasado 29 de marzo de 2018, en sesión especial, el Consejo General aprobó el registro de las candidaturas a la Presidencia de la República de Margarita Ester Zavala Gómez del Campo como candidata independiente; Ricardo Anaya Cortés de la Coalición "Por México al Frente"; José Antonio Meade Kuribreña de la Coalición "Todos por México", y de Andrés Manuel López Obrador de la Coalición "Juntos Haremos Historia".
IX.      Designación de representantes de la y los candidatos para asistir a Mesa de Representantes. Mediante oficio INE/P-CTD/013/2018 de fecha 30 de marzo de 2018, el Consejero Presidente de la Comisión Temporal de Debates solicitó a la y los candidatos la designación de sus representantes ante la Mesa de Representantes. Mediante diversos oficios, se notificó la designación de la Lic. Fernanda Caso Prado, representante de la candidata independiente, Margarita Zavala Gómez del Campo; el Lic. Jesús Ramírez Cuevas y la Lic. Nohemí Verónica Beraud Osorio, representantes propietario y suplente del candidato de la Coalición "Juntos Haremos Historia", Andrés Manuel López Obrador; el Dr. Francisco Javier Guerrero Aguirre y la Dip. Mariana Benítez Tiburcio, representantes propietario y suplente del
candidato de la Coalición "Todos por México", José Antonio Meade Kuribreña; y el Mtro. Fernando Rodríguez Doval, representante del candidato de la Coalición "Por México al Frente", Ricardo Anaya Cortés.
X.       Instalación de la Mesa de Representantes. El pasado 4 de abril de 2018 se celebró la sesión de instalación de la Mesa de Representantes. A dicha sesión asistieron la totalidad de las personas designadas por la y los candidatos presidenciales, así como la y los Consejeros Electorales integrantes de la Comisión Temporal de Debates.
XI.      Aprobación del formato específico del Primer Debate y otros elementos en común de los tres debates presidenciales por el Consejo General. El pasado 5 de abril de 2018, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo identificado con la clave INE/CG383/2018, referente al formato específico y la designación de las personas que fungirán como moderadores del Primer Debate entre la candidata y los candidatos a la Presidencia de la República, así como los mecanismos de participación ciudadana, reglas de moderación y producción e inclusión de lengua de señas mexicanas para los tres debates presidenciales del Proceso Electoral Federal 2017-2018. En su Punto de Acuerdo NOVENO, se ordenó a la Comisión Temporal de Debates a aprobar, en un plazo de siete días, los formatos específicos del Segundo y Tercer Debate presidencial a fin de someterlos a consideración del Consejo General.
XII.      Sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El 9 de abril de 2018, en sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se aprobó la sentencia recaída a los expedientes de los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificados con las claves SUP-JDC-186/2018 y su acumulado SUP-JDC-201/2018.
XIII.     Registro de la candidatura de Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón. En acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre los expedientes identificados con las claves SUP-JDC-186/2018 y el acumulado SUP-JDC-201/2018, el pasado 10 de abril, el Consejo General aprobó el registro de Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón como candidato independiente a la Presidencia de la República, mediante Acuerdo INE/CG384/2018.
XIV.    Incorporación de representante a la Mesa de Representantes. El pasado 10 de abril, el Consejero Presidente de la Comisión Temporal encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial, mediante oficio INE/P-CTD/019/2018 de fecha 10 de abril, solicitó al candidato independiente Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón nombrar a su representante ante la Mesa de Representantes. Mediante escrito sin número de fecha 11 de abril, el candidato independiente designó al C. Javier Náñez Pro como su representante ante el Consejo General, la Mesa de Representantes y demás Comisiones.
XV.     Primera sesión de la Mesa de Representantes. La primera sesión de la Mesa de Representantes se efectuó el 11 de abril de 2018. A dicha sesión asistieron los representantes de las cinco candidaturas.
XVI.    Ajuste al formato del Primer Debate y modificación del horario del Segundo Debate, así como la aprobación de los formatos específicos del Segundo y Tercer Debate presidencial por el Consejo General. El pasado 16 de abril de 2018, el Consejo General aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifican los diversos INE/CG383/2018 e INE/CG562/2017 con el propósito de ajustar el formato específico del Primer Debate y el cambio de horario del Segundo Debate, además se aprueban los formatos específicos del Segundo y del Tercer Debate entre la candidata y los candidatos a la Presidencia de la República, correspondientes al Proceso Electoral Federal 2017-2018, identificado con la clave INE/CG388/2018.
XVII.    Aprobación de la designación de personas que fungirán como moderadoras del Segundo Debate presidencial y ajuste a la escaleta correspondiente para incluirlos por la Comisión Temporal de Debates. El 20 de abril de 2018, la Comisión Temporal encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial aprobó el Proyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se aprueba la designación de las personas que fungirán como moderadores del segundo debate a la Presidencia de la República del Proceso Electoral Federal 2017-2018, así como la modificación a la escaleta contenida en el anexo III del Acuerdo INE/CG388/2018, a fin de incluir a los moderadores designados.
CONSIDERANDOS
 
Competencia del Instituto Nacional Electoral
1.       De conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado A, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, numeral 1; 30, numeral 2; 31, numeral 1 y 35 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Nacional Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio. En el ejercicio de esa función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad son principios rectores.
          Como autoridad en la materia electoral, el Instituto es independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño. El Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales.
          Asimismo, el Apartado B del referido artículo constitucional determina las atribuciones que le corresponde desempeñar al Instituto Nacional Electoral tanto en las elecciones federales como en las locales.
2.       El Instituto tiene, entre otros fines, contribuir al desarrollo de la vida democrática, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, así como ejercer las funciones que la Constitución le otorga en los Procesos Electorales Locales, llevar a cabo la promoción del voto, así como coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática; lo anterior con base en el artículo 30, numeral 1, incisos a) y g) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
3.       El artículo 34, numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que el Instituto cuenta con órganos centrales, los cuales son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y la Secretaria Ejecutiva.
4.       Los artículos 42, numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 10, numerales 1 y 2 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral establecen que el Consejo General integrará las comisiones temporales que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, las que siempre serán presididas por un Consejero Electoral. Asimismo, se señala que en el Acuerdo de creación de la Comisión Temporal se precisará el objeto de la misma, sus atribuciones, así como los plazos o condiciones a los que esté sujeta su existencia.
5.       El artículo 306 del Reglamento de Elecciones establece que los debates que organice el Instituto para cualquier tipo de elección se ajustarán, en lo conducente, a las reglas previstas en el Capítulo XIX del propio Reglamento.
Competencia del Consejo General
6.       Como lo señala el artículo 44, numeral 1, incisos gg) y jj) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, son atribuciones del Consejo General, aprobar y expedir los Reglamentos, Lineamientos y Acuerdos, así como dictar los Acuerdos necesarios para hacer efectivas las atribuciones señaladas en la ley.
7.       De conformidad con el artículo 218, numerales 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General tiene como atribución organizar debates obligatorios entre todos los candidatos a la Presidencia de la República. Para ello, el Consejo General ha definido las reglas, fechas y sedes de los debates entre la y los candidatos presidenciales correspondientes al Proceso Electoral Federal 2017-2018, siempre con respeto al principio de equidad entre ellos.
8.       Las reglas básicas aprobadas mediante Acuerdo identificado con la clave INE/CG562/2017, tienen como objetivo modernizar los formatos de los debates presidenciales, incluyendo directrices que habrán de flexibilizar estos ejercicios democráticos y marcar una diferencia respecto a la manera en que previamente se han realizado.
9.       De conformidad con el artículo 307, numeral 4, del Reglamento de Elecciones le corresponde al Consejo General la designación de las personas que fungirán como moderadores de cada debate a más tardar treinta días antes de la fecha de la celebración del mismo.
10.      El pasado 16 de abril de 2018, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG388/2018, por el que se modifican los diversos INE/CG383/2018 e INE/CG562/2017 con el propósito de ajustar el formato específico del Primer Debate y el cambio de horario del Segundo Debate, además se aprueban los formatos específicos del Segundo y del Tercer Debate entre la candidata y los candidatos a la Presidencia de la República, correspondientes al Proceso Electoral Federal 2017-
2018. En su Resolutivo SEGUNDO, el citado acuerdo estableció una modificación al horario del Segundo Debate Presidencial, para que este se lleve a cabo el 20 de mayo de 2018 a las 21:30 horas (hora del centro).
Competencia de la Comisión Temporal
11.      El artículo 307, numerales 1 y 3 del Reglamento de Elecciones prevé que el Consejo General creará una comisión temporal encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial, integrada con un mínimo de tres y un máximo de cinco Consejeros Electorales del Consejo General, donde los representantes de los partidos políticos podrán participar con voz, pero sin voto, y cuyas atribuciones son:
a)   En la primera sesión de la Comisión Temporal aprobará un plan de trabajo donde se especifique, por lo menos, el método para la selección de los moderadores con criterios objetivos y la ruta para el desarrollo de los debates.
b)   Elaborar la propuesta de reglas básicas para la celebración de los debates y someterla a consideración del Consejo General.
La propuesta de reglas básicas incluirá, por lo menos, los elementos siguientes:
I.      La instancia que operará el debate;
II.     Número de debates;
III.    El lugar y la fecha en que se celebrarán;
IV.    Reglas específicas sobre, entre otros elementos, la moderación de los debates, las características de las preguntas, la interacción entre los participantes, y en su caso, la participación de la ciudadanía.
La propuesta de reglas básicas deberá ser aprobada por el Consejo General antes del inicio de las precampañas.
Para ello, de manera previa se analizarán en la Comisión Temporal las opiniones y observaciones que presenten los partidos políticos.
c)   Someter a consideración del Consejo General la propuesta de persona o personas que fungirán como moderadores.
d)   Resolver las cuestiones no previstas respecto a la organización de debates.
12.      Adicionalmente, en el Acuerdo de reglas básicas identificado como INE/CG562/2017, se instruyó a la Secretaría Técnica de la Comisión Temporal de Debates para que iniciara los trabajos para la selección de las y los moderadores de cada debate entre la y los candidatos a la Presidencia de la República.
13.      El presente Acuerdo tiene como propósito que el Consejo General designe a las personas que fungirán como moderadores del Segundo Debate entre la candidata y los candidatos a la Presidencia de la República, correspondiente al Proceso Electoral Federal 2017-2018 y, en consecuencia, modifique la escaleta contenida en el Anexo III del Acuerdo INE/CG388/2018, a fin de incluir a los moderadores designados en la misma.
Designación de las personas que fungirán como moderadores en el Segundo Debate Presidencial
14.      De conformidad con el Acuerdo INE/CG562/2017, se estableció que para la conducción de los debates se podrá contemplar la coparticipación de dos o más moderadores.
15.      En el Acuerdo DÉCIMO del diverso identificado como INE/CG123/2018, se determina que cada uno de los formatos deberán contemplar la participación de mínimo dos y máximo cuatro moderadores. Conforme a esta consideración y a los requerimientos en materia de producción, se establece el número de moderadores que participarán en el Segundo Debate Presidencial, tal y como se señala a continuación:
Debate
Número de personas que fungirán
como moderadores
Segundo debate
2
          Con esta determinación se busca que exista un equilibrio en la participación de las personas que
fungirán como moderadores del debate y que la y los candidatos tengan oportunidad de interactuar con todas las figuras de moderación durante el desarrollo del mismo. Asimismo, se busca que con este número de moderadores se privilegie en mayor medida la participación del público en el auditorio. Además, se buscará la paridad en la designación de las y los moderadores.
16.      El trabajo de los moderadores se llevará a cabo conforme a las reglas generales de moderación establecidas en el Acuerdo INE/CG383/2018, así como los Criterios Específicos de Moderación aprobados por la Comisión Temporal Encargada de Coordinar la Realización de Debates en la Elección Presidencial el pasado martes 17 de abril.
17.      Conforme a las reglas básicas aprobadas por el Consejo General en el Acuerdo INE/CG562/2017, en la selección de las personas que fungirán como moderadores se tomaron en cuenta los criterios objetivos siguientes:
·   Probada trayectoria en el ejercicio periodístico o el análisis político.
·   Experiencia en la conducción de programas noticiosos, de debate o análisis político en medios electrónicos.
·   Conocimiento de los temas de la coyuntura nacional.
18.      En atención a los criterios señalados en el considerando anterior, este Consejo General designa como moderadores del Segundo Debate Presidencial a las personas siguientes:
·   Yuriria Sierra Solorio. Periodista y conductora de Imagen TV en el programa de televisión "Imagen Noticias con Yuriria Sierra" y de Imagen Radio en el espacio radiofónico "Al Cierre". En el periódico Excélsior publica diariamente su columna "Nudo Gordiano". Estudió Ciencia Política en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Fue conductora de "Titulares de la Tarde" en Excélsior TV, "Segunda Emisión de Noticias" de Cadena Tres, "Planeta 3 ¡A chaleco!" y editora de "Contextos", suplemento de política en Milenio Diario. Ha colaborado en Nexos, Milenio Semanal, Etcétera y Chilango.
·   León Krauze Turrent. Periodista, conductor y escritor. Licenciado en Ciencias de la Comunicación por el Tecnológico de Monterrey y Maestro en Humanidad y Pensamiento Social por la Universidad de Nueva York. Actualmente conduce los noticieros de Univisión en Los Ángeles, California. Columnista del diario El Universal. Fue columnista en Milenio Diario, Animal Político y El País América. Escribe con frecuencia en la revista Letras Libres y lo ha hecho también en Newsweek, Washington Post, El País, The New Republic, Los Angeles Times y otras publicaciones. Analista de la política internacional, especializado en la política estadounidense. Desde 1996 ha cubierto las elecciones presidenciales estadounidenses para diversos medios de habla hispana. Inició su carrera radiofónica en W Radio, primero como conductor de la Tercera Emisión de "Hoy por Hoy" y posteriormente en la Segunda Emisión. En 2010 fue conductor de "Hora 21", el noticiario estelar que abrió transmisiones con el canal FORO TV. Desde 2013 hasta la actualidad dirige el noticiario local de mayor rating en Estados Unidos, en la estación KMEX de Univisión en Los Ángeles. En julio del 2013, entrevistó al presidente de Estados Unidos, Barack Obama. Ha escrito 6 libros entre los que se encuentran La Casa Dividida, un estudio sobre la política estadounidense bajo George W. Bush, El Vuelo de Eluán, una novela de ficción, y el más reciente Historias Perdidas. En 2013 ganó dos premios Emmy: uno por su reportaje de "Madres Deportadas" y otro por el noticiario "Solo a las once" de Univisión, Los Ángeles. Por el mismo noticiario, León Krauze también ganó el premio Edward R. Murrow.
Ajuste a la escaleta del Segundo Debate presidencial
19.   El pasado 16 de abril de 2018, el Consejo General aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifican los diversos INE/CG383/2018 e INE/CG562/2017 con el propósito de ajustar el formato específico del Primer Debate y el cambio de horario del Segundo Debate, además se aprueban los formatos específicos del Segundo y del Tercer Debate entre la candidata y los candidatos a la Presidencia de la República, correspondientes al Proceso Electoral Federal 2017-2018, identificado con la clave INE/CG388/2018. El Anexo III de dicho Acuerdo contiene la escaleta del Segundo Debate presidencial. Sin embargo, en ella no se especifica el número de moderadores que intervendrán en el mismo.
20.   En consecuencia, el presente Acuerdo modifica el Anexo III del Acuerdo INE/CG388/2018, a fin de integrar en la escaleta a las dos personas designadas como moderadores del Segundo Debate presidencial (M1 y M2). La escaleta modificada está contenida en el Anexo I que forma parte integral del presente Acuerdo.
 
21.   De conformidad con el Acuerdo referido, para determinar el orden de participación de las personas que fungirán como moderadores se realizará un sorteo en sesión privada de la Comisión Temporal de Debates, a más tardar el 20 de mayo. A dicha sesión se invitará como testigo al titular del Órgano Interno de Control del Instituto, así como a un representante de la Oficialía Electoral para dar fe de los hechos. En el sorteo se respetará la confidencialidad que amerita el tema.
En razón de los Antecedentes y Considerandos expresados, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, Base V, Apartados A, párrafo primero y B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, numeral 1; 30, numerales 1, incisos a) y g) y 2; 31, numeral 1; 34, numeral 1; 35; 42, numeral 1, y 44, numeral 1, incisos gg) y jj), 218, numerales 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 10, numerales 1 y 2 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; 306 y 307 del Reglamento de Elecciones, este Consejo General emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se determina que el número de moderadores para el Segundo Debate Presidencial será de dos, por tanto, se designan a las personas siguientes:
·   Yuriria Sierra Solorio.
·   León Krauze Turrent.
Las personas designadas cumplen con los requisitos establecidos en el Acuerdo INE/CG562/2017, por el que se emitieron las reglas básicas para la realización de los debates entre las y los candidatos a la Presidencia de la República durante el Proceso Electoral Federal 2017-2018, así como los criterios objetivos para la selección de las y los moderadores
SEGUNDO. Se aprueba la modificación a la escaleta del Segundo Debate presidencial contenida en el Anexo II del Acuerdo INE/CG388/2018, para incluir a las dos personas designadas como moderadores. La escaleta modificada está contenida en el Anexo I que forma parte integral del presente Acuerdo.
TERCERO. Se instruye a la Comisión Temporal encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial a revisar la posibilidad de aumentar la bolsa de tiempo por candidatura en los segmentos de discusión libre entre la y los candidatos en hasta 30 segundos para que la o el candidato pueda cerrar la idea que está exponiendo o terminar de contestar alguna pregunta, así como la posibilidad de dejar los micrófonos abiertos en los mismos segmentos durante un tiempo razonable, siendo la o el moderador quien señale que el tiempo está por agotarse o se ha agotado.
CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
QUINTO. Se instruye al Secretario Ejecutivo del Instituto a realizar las gestiones necesarias para la publicación del contenido del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet del Instituto Nacional Electoral.
El presente Acuerdo fue aprobado en lo general en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 25 de abril de 2018, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello.
Se aprobó en lo particular el Punto de Acuerdo Primero, en los términos del Proyecto de Acuerdo originalmente circulado, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello.
El Consejero Presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
Los anexos podrán ser consultados mediante la liga: https://www.ine.mx/sesion-ordinaria-del-consejo-general-25-abril-2018/
 
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