MANUAL General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal. (Continúa en la Tercera Sección).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

MANUAL GENERAL DE PUESTOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Contenido
Hoja de Autorización
Presentación
Índice de Descripción de Puestos
Descripción de 84 Puestos:
-     Mandos Superiores y Homólogos
-     Mandos Medios y Homólogos
-     Operativos
Apéndice
Anexo 1. Glosario
Anexo 2. Identificación de los conceptos de la Descripción de Puesto
Anexo 3. Registro de Actualizaciones
 

 
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SECRETARÍA EJECUTIVA DE FINANZAS Y SERVICIOS PERSONALES
Hoja de Autorización
Nombre del Documento:
MANUAL GENERAL DE PUESTOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Clave:
MGP-CJF-A-OCT-2017
Aprobado por:
PLENO DEL CONSEJO
DE LA JUDICATURA
FEDERAL
Oficio de aprobación:
Fecha de aprobación:
Coordinado por:
Secretaría Ejecutiva de Finanzas y Servicios Personales
Integrado por:
Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional
Dirigido a:
Los servidores públicos de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal, como herramienta técnico-administrativa que establece las funciones, responsabilidades y perfil, requeridos para ocupar un puesto de acuerdo a sus competencias.
 
 
 
Rúbrica.
______________________________________
LICENCIADO DAVID CABRERA LECHUGA
SECRETARIO EJECUTIVO DE FINANZAS Y
SERVICIOS PERSONALES
 
Rúbrica.
___________________________________________
LICENCIADO JOSÉ ANTONIO DELGADO VIVEROS
DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN, PLANEACIÓN Y
DESARROLLO INSTITUCIONAL
 
PRESENTACIÓN
El Consejo de la Judicatura Federal, mantiene un constante proceso de mejora y revisión de su normativa administrativa con la finalidad de contar con instrumentos técnicos actualizados, que le permitan conocer la evolución y aprovechamiento de los recursos con lo que dispone, todo ello, para asegurar que sus esfuerzos estén dirigidos al cumplimiento de su misión y la consolidación de su visión.
El conocimiento de la orientación fundamental que regula la ejecución de los puestos de trabajo autorizados en el Tabulador General de Sueldos y Prestaciones del Consejo de la Judicatura Federal, es el principal propósito de este documento denominado Manual General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal, aprobado por el Pleno del Consejo, en el que, se autorizan los principales elementos de la descripción de los puestos para coadyuvar a la gestión y dirección del recurso humano, estableciendo su observancia obligatoria para la contratación, promoción y el desarrollo de los servidores públicos en todo el país.
Para ello, la Secretaría Ejecutiva de Finanzas y Servicios Personales, a través de la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional, llevó a cabo la actualización de la descripción de los puestos existentes, considerando los cambios por retabulación y la incorporación de los puestos de nueva creación, conforme a la normativa vigente, en particular a lo establecido en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2013.
La descripción de los puestos referida, fue revisada y actualizada con las aportaciones de la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Una vez integrado y validado este Manual General, fue sometido a consideración de la Comisión de Administración, para la presentación y autorización del Pleno del Consejo.
El presente Manual General contiene 84 Descripciones de Puestos y se constituye como el instrumento básico que define el objetivo, funciones, marco normativo, responsabilidades, manejo de recursos y entorno laboral, formación académica, experiencia laboral y otros requisitos por cada uno de los puestos que integran el Catálogo General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal.
Además, se integra un Apéndice con 3 anexos: Glosario, Identificación de los conceptos de la Descripción del Puesto y el Registro de Actualizaciones.
Es importante hacer mención que, el presente Manual es de observancia general y obligatoria para los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal.
Asimismo, se destaca, que el contenido del Manual General de Puestos es la base para alinear la información que debe contener la elaboración y/o actualización de los Manuales Específicos de Organización y de Puestos de cada una de las áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal y de los centros de justicia penal federal, por lo que la observancia de su aplicación también es obligatoria; debiendo revisarse y, en su caso, actualizarse cada vez que el Manual General de Puestos, sufra modificaciones y/o actualizaciones; vigilando que el requisito de grado académico que determinen los Manuales Específicos de Organización y de Puestos, no esté por debajo del que establece el Manual General de Puestos vigente, sin que ello implique que no pueda ser superior para el puesto específico.
Derivado de lo anterior, los titulares de las áreas administrativas tendrán que actualizar su Manual Específico de Organización y de Puestos, vigilando su observancia obligatoria para la contratación y promoción del personal a su cargo, y considerar invariablemente que los requisitos mínimos exigibles son los establecidos en el Manual General de Puestos vigente.
Cabe destacar que, los servidores públicos que ocupen los puestos con anterioridad a la fecha de autorización del presente Manual General, no aplicará la retroactividad, con la finalidad de no perjudicar sus derechos laborales. Así también, se precisa que la formación académica de los puestos es considerada como la mínima indispensable, pero si el ocupante presenta un grado mayor al estipulado, no es impedimento para su contratación; así como la experiencia laboral no está condicionada a contabilizarse a partir de la formación académica, excepto que así lo señalen otras disposiciones aplicables. Podrá considerarse como experiencia
laboral, para los niveles operativos del 29 al 33, la realización de su servicio social o prácticas profesionales en el Consejo de la Judicatura Federal, que se acredite mediante carta de liberación.
Sólo el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, autorizará de manera excepcional los nombramientos para ocupar un puesto en áreas administrativas, sin que se cumpla el requisito de formación académica exigible en el Manual General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal. La Comisión de Administración podrá proponer en su caso, al Ministro Presidente que otorgue tal autorización.
Para resolver cualquier situación acerca de la aplicación de las descripciones de puestos, con excepción de la formación académica incluida en el perfil del puesto, es la Comisión de Administración la única instancia competente, quien someterá al Pleno del Consejo las dudas que así lo requieran.
ÍNDICE DE DESCRIPCIÓN DE PUESTOS
Número
Puesto
 
1.
Consejero
 
2.
Titular de Órgano Auxiliar
 
3.
Visitador Judicial A
 
4.
Magistrado de Circuito
 
5.
Vocal
 
6.
Secretario Ejecutivo
 
7.
Coordinador Académico
 
8.
Coordinador de Seguridad
 
9.
Juez de Distrito
 
10.
Director General
 
11.
Coordinador de Administración Regional
 
12.
Coordinador General
 
13.
Secretario Técnico Coordinador de Ponencia de Consejero
 
14.
Titular de Unidad Administrativa
 
15.
Secretario Técnico de Ponencia de Consejero
 
16.
Secretario Técnico AA de Comisión Permanente
 
17.
Visitador Judicial B
 
18.
Secretario Técnico A
 
19.
Representante del CJF ante la Comisión Substanciadora
 
20.
Representante del Sindicato de Trabajadores del PJF ante la Comisión Substanciadora
 
21.
Coordinador de Áreas
 
22.
Administrador Regional A
 
23.
Director de Área
 
24.
Supervisor
 
25.
Secretario de Apoyo B
 
26.
Delegado
 
27.
Secretario de Tribunal
 
28.
Asistente de Constancias y Registro de Tribunal de Alzada
 
29.
Evaluador
 
30.
Secretario de Juzgado
 
31.
Asistente de Constancias y Registro de Juez de Control o Juez de Enjuiciamiento
 
32.
Administrador Regional
 
33.
Secretario de la Comisión Substanciadora Única del PJF
 
34.
Asesor Especializado SPS
 
35.
Secretario Particular de SPS
 
36.
Defensor Público
 
37.
Asesor Jurídico
 
38.
Asesor SPS
 
39.
Líder de Proyecto
 
 
40.
Coordinador Técnico de SPS
 
41.
Delegado Administrativo
 
42.
Subdirector de Área
 
43.
Jefe de Oficina de Correspondencia Común A
 
44.
Coordinador Técnico A
 
45.
Actuario Judicial
 
46.
Secretario Particular de Magistrado de Circuito
 
47.
Secretario Particular de Juez de Distrito
 
48.
Jefe de Departamento
 
49.
Jefe de Seguridad Regional
 
50.
Jefe de Oficina de Correspondencia Común B
 
51.
Auditor
 
52.
Dictaminador
 
53.
Coordinador Técnico B
 
54.
Coordinador de Ayuda y Seguridad
 
55.
Coordinador Técnico Administrativo
 
56.
Analista Jurídico SISE
 
57.
Auxiliar de Gestión Judicial
 
58.
Taquígrafa Judicial Parlamentaria
 
59.
Técnico de Enlace Administrativo OCC
 
60.
Secretaria Ejecutiva de SPS
 
61.
Técnico de Enlace
 
62.
Jefe de Grupo de Seguridad
 
63.
Auxiliar de Actuario
 
64.
Auxiliar de Sala
 
65.
Oficial Administrativo
 
66.
Enfermera Especializada
 
67.
Educadora
 
68.
Oficial de Partes
 
69.
Analista Especializado
 
70.
Técnico de Videograbación
 
71.
Niñera
 
72.
Cocinera CENDI
 
73.
Secretaria Ejecutiva A
 
74.
Chofer de Funcionario
 
75.
Oficial de Seguridad
 
76.
Analista A
 
77.
Secretaria A
 
78.
Analista
 
79.
Técnico Especializado
 
80.
Técnico Administrativo
 
81.
Analista Administrativo
 
82.
Auxiliar de Servicios Generales
 
83.
Cocinera
 
84.
Oficial de Servicios y Mantenimiento
 
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
01 - CONSEJERO
09 - CONSEJERO
CF10101
CF10109
2 ÚNICO
2B ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Conducir el funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, decidiendo mediante acuerdos, con independencia e imparcialidad y en forma colegiada en Pleno o en comisiones permanentes, las estrategias, políticas y acciones a seguir en materia de administración, vigilancia, disciplina, carrera judicial, adscripción y creación de nuevos órganos; en los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los acuerdos generales del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, así como las demás disposiciones aplicables.
II.2   Funciones:
Del Consejero Presidente:
1.     Representar al Consejo de la Judicatura Federal por sí o por medio del servidor público que se designe conforme a la normativa aplicable.
2.     Tramitar los asuntos de la competencia del Pleno del Consejo y turnar los expedientes entre sus integrantes para que formulen los correspondientes proyectos de resolución.
3.     Designar a un Consejero ponente para que someta un asunto dudoso o trascendental a la consideración del Pleno del Consejo, a fin de que éste determine lo que corresponde.
4.     Informar al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al Senado de la República o al Presidente de la República Mexicana, según corresponda, la designación, la terminación del encargo de los consejeros respectivos, con dos meses de antelación o la falta definitiva del Consejero que hubiesen designado, a efecto de que con toda oportunidad puedan hacerse los nombramientos concernientes.
5.     Tomar la protesta de ley en sesión pública extraordinaria a los consejeros designados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, a los titulares de los órganos auxiliares, a los visitadores judiciales, así como a los secretarios ejecutivos, y por escrito al resto de los servidores públicos del Consejo de la Judicatura Federal.
6.     Proponer al Pleno del Consejo dentro de los quince días siguientes a que se dé la vacante respectiva, de los nombramientos de los titulares de los órganos auxiliares, secretarías ejecutivas, Coordinación de Administración Regional, direcciones generales que no estén a su cargo, unidades administrativas del Instituto Federal de Defensoría Pública; así como, de los vocales del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, del representante del Consejo ante la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación, y de los miembros de la junta directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública.
7.     Vigilar el funcionamiento de los órganos auxiliares.
 
8.     Nombrar y remover a los titulares de las unidades administrativas a su cargo.
9.     Dar inicio al procedimiento de ratificación de magistrados de Circuito y jueces de Distrito, mediante la emisión del proveído correspondiente.
10.   Otorgar licencias de carácter personal o médico que no excedan de treinta días a los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, y por excepción de carácter oficial o académico por temporalidad similar; así como, de cualquier otro carácter que no rebasen el mismo lapso, a secretarios ejecutivos, titulares de órganos auxiliares, coordinadores, titular de Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, directores generales, titular de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales y personal subalterno del Pleno del Consejo.
11.   Firmar las resoluciones del Pleno del Consejo, conjuntamente con el Secretario Ejecutivo respectivo y el ponente, así como con quien haya hecho suyo el proyecto, en su caso.
12.   Admitir o desechar las quejas administrativas o denuncias que se presenten en contra de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.
13.   Dictar el auto correspondiente a la presentación de los recursos de revisión administrativa, interpuestos en contra de las resoluciones del Consejo de la Judicatura Federal.
14.   Dictar las providencias oportunas para la corrección o remedio inmediato de los hechos motivo de una queja administrativa, cuando la naturaleza de aquellos lo permite.
15.   Instruir al Secretario Ejecutivo de Vigilancia, Información y Evaluación, para que en el ámbito de su competencia y bajo los parámetros que se emitan, realice los procedimientos de corroboración y de constatación de información, así como de hechos denunciados, para obtener datos de prueba.
16.   Dirigir los debates y conservar el orden en las sesiones plenarias.
17.   Definir, por conducto de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, las directrices de los programas en dichas materias.
18.   Determinar, por conducto de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, las acciones del Consejo en dichas materias.
19.   Suscribir los nombramientos de los servidores públicos comprendidos en los niveles dos al nueve del Catálogo General de Puestos.
20.   Firmar las credenciales que acreditan al Poder Judicial de la Federación de los niveles dos al siete del Tabulador de Puestos de Sueldos y Prestaciones.
21.   Despachar la correspondencia oficial del Consejo de la Judicatura Federal, salvo la reservada a los presidentes de las comisiones.
22.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo mediante acuerdos generales.
De los demás Consejeros:
1.     Integrar el Pleno del Consejo y al menos una de las comisiones permanentes del Consejo de la Judicatura Federal; así como, las comisiones transitorias y los comités, conforme lo determine el Pleno del Consejo.
2.     Asistir a las sesiones a las que sea convocado, salvo caso fortuito o fuerza mayor, o bien, porque le haya sido encomendada alguna comisión.
3.     Presidir cualquiera de las comisiones permanentes del Consejo de la Judicatura Federal, y participar, en términos de las disposiciones aplicables, en la designación del Consejero Presidente de cada una de las comisiones y comités que integren.
4.     Integrar la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, si fuera el caso, en términos del artículo 205 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
5.     Integrar la Comisión de Receso cuando así lo determine el Pleno del Consejo.
6.     Convocar a sesión extraordinaria del Pleno del Consejo cuando la trascendencia del caso lo amerite.
7.     Dar cuenta al Pleno del Consejo con las medidas urgentes tomadas durante la Comisión de Receso.
8.     Presentar los proyectos de resolución de los procedimientos administrativos de responsabilidad y de
ratificación de los servidores públicos que le corresponda conforme al turno.
9.     Enviar a la Dirección General de la Presidencia las peticiones y promociones que los particulares presenten relacionadas con acciones de carácter jurisdiccional.
10.   Someter a consideración del Pleno del Consejo, el proyecto de resolución por el que se dé cumplimiento a las resoluciones pronunciadas en los recursos de revisión administrativa en el plazo que fija el artículo 128 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
11.   Someter al Pleno del Consejo por conducto de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, iniciativas de acuerdos generales, reglamentos, manuales internos u otras disposiciones de acatamiento obligatorio; así como, las propuestas para la reforma, modificación o derogación de ellos.
12.   Auxiliar al Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal en el ejercicio de las atribuciones que le corresponden en materia de derechos humanos, igualdad de género y asuntos internacionales.
13.   Dar cuenta al Pleno del Consejo con los asuntos trascendentes.
14.   Ordenar que les sea entregada cualquier información elaborada, recopilada, resguardada o investigada por cualquiera de las áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal.
15.   Velar por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de sus miembros.
16.   Velar por el orden y la disciplina dentro y fuera de sus ponencias.
17.   Despachar la correspondencia de sus oficinas.
18.   Cumplir con aquellas comisiones que le encomiende el Pleno del Consejo.
19.   Solicitar, para el adecuado desempeño de sus funciones, la cooperación de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal.
20.   Colaborar en caso necesario, en cualquier actividad que guarde relación directa con el Consejo de la Judicatura Federal.
21.   Dirigir y supervisar las funciones de la Unidad de Enlace Legislativo, en aquellos casos en que sean designados por el Pleno del Consejo.
22.   Nombrar y remover al personal adscrito a su ponencia, con excepción del nombramiento de los secretarios técnicos que las integren.
23.   Otorgar licencias con o sin goce de sueldo, hasta por treinta días, a los servidores públicos adscritos a sus ponencias.
24.   Las demás que le confieran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los acuerdos generales del Pleno del Consejo.
II.3   Marco normativo:
       Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Ejercer su función con independencia e imparcialidad.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
 
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
Valores: sí
Información confidencial: sí
Ambiente de trabajo: normal de oficina.
Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente, con antigüedad mínima de diez años al día de su designación.
III.2  Experiencia laboral:
       La determinada en los mecanismos para su selección, mínima de diez años.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
-     Tener cuando menos treinta y cinco años de edad cumplidos el día de la designación.
-     Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación.
-     Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente el prestigio en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
-     No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, Senador, Diputado Federal, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de su nombramiento.
-     Ser designado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de entre los magistrados de Circuito y jueces de Distrito; por el Senado o el Presidente de la República Mexicana, de conformidad con sus propias disposiciones, según corresponda.
-     Haberse distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, en el caso de los designados por la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, deberán gozar además con reconocimiento en el ámbito judicial.
-     No podrán en ningún caso aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de las entidades federativas o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.
-     Los demás que señalen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y las disposiciones que resulten en función del origen de su designación.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
10 - TITULAR DE ÓRGANO
AUXILIAR
CF10110
3 ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Garantizar el cumplimiento de las atribuciones y la operación especializada del órgano auxiliar a su cargo, de conformidad con lo señalado en las disposiciones aplicables, para el adecuado funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
Los titulares de los órganos auxiliares, con excepción del Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública y del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, tendrán las siguientes funciones:
1.     Representar al órgano auxiliar a su cargo, en todos los actos en la esfera de su competencia.
2.     Planear y presupuestar conforme a los programas y proyectos autorizados, las funciones correspondientes del órgano auxiliar a su cargo.
3.     Formular, ejecutar y evaluar los programas necesarios para el desarrollo de sus funciones.
4.     Formular y presentar al Pleno del Consejo el Programa Anual de Actividades.
5.     Formular los dictámenes, opiniones e informes que le sean requeridos por el Pleno del Consejo, las comisiones y demás órganos facultados.
6.     Someter a consideración del Pleno del Consejo, comisiones y demás órganos facultados, aquellos estudios y proyectos de acuerdo sobre normas, lineamientos y políticas que se elaboren en el órgano auxiliar de su responsabilidad.
7.     Asesorar técnicamente, en asuntos de su competencia, al Pleno, comisiones, Consejeros y, en su caso, a cualquier área administrativa.
8.     Coordinar las acciones, en el ámbito de su competencia, con los titulares de otras áreas administrativas para el tratamiento especializado y eficaz de los asuntos.
9.     Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo de la Judicatura Federal, y gestionar su publicación y actualización.
10.   Proponer o designar, conforme a la normativa aplicable, al personal del órgano auxiliar a su cargo.
11.   Tramitar ante el Pleno del Consejo y los demás órganos facultados, los cambios de adscripción y las solicitudes de licencia que formulen los servidores públicos de su área de adscripción.
12.   Recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las unidades administrativas adscritas al órgano auxiliar a su cargo, en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público de su área de adscripción y, en su caso, conceder audiencia al público en general.
 
13.   Elaborar los manuales de organización y procedimientos internos del órgano auxiliar a su cargo.
14.   Presentar ante el Pleno del Consejo el Informe Anual de Labores correspondiente al órgano auxiliar de su competencia.
15.   Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y, en su caso, expedir copia certificada de aquellos que obren en sus archivos.
16.   Coordinar, de conformidad con las disposiciones establecidas, las vacaciones del personal a su cargo, autorizar los permisos económicos debidamente justificados de éste y ordenar las suplencias correspondientes.
17.   Plantear al Instituto de la Judicatura Federal las necesidades de capacitación para el personal a su cargo.
18.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
El Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública, tendrá las siguientes funciones:
1.     Organizar, dirigir, evaluar y controlar los servicios de defensoría pública que preste el Instituto Federal de Defensoría Pública; así como, sus unidades administrativas.
2.     Dar seguimiento a los asuntos penales cuya defensa esté a cargo de los defensores públicos federales, mediante el sistema que corresponda.
3.     Dar seguimiento a los asuntos penales que se estén asistiendo por defensores públicos federales a efecto de conocer si los procesados o imputados con derecho a libertad caucional o medida cautelar distinta a la prisión preventiva están haciendo uso de esa prerrogativa, si cumplen con la obligación de presentarse en los plazos fijados; así como, si los procesos se encuentran suspendidos o ha transcurrido el término de prescripción de la acción penal.
4.     Vigilar que se cumplan todas y cada una de las obligaciones impuestas a los defensores públicos y asesores jurídicos; determinando, si han incurrido en alguna causal de responsabilidad por parte de éstos o de los empleados del Instituto Federal de Defensoría Pública.
5.     Ordenar la práctica de visitas de supervisión directa extraordinaria cuando existan circunstancias que lo ameriten, y resolver lo que proceda de acuerdo con sus resultados.
6.     Considerar los resultados de la supervisión y evaluación que le reporten las unidades correspondientes, tomando en consideración entre otros aspectos el seguimiento de los asuntos penales y si se ha hecho valer a favor de los imputados, acusados, procesados o sentenciados el derecho a libertad caucional o medida cautelar distinta a la prisión preventiva; así como, la suspensión condicional o, en su caso, la prescripción de la acción penal o de la sanción penal y, con base en ello adoptar las decisiones conducentes para mejorar los servicios prestados por los defensores públicos y asesores jurídicos.
7.     Proponer a la Junta Directiva las políticas que estime convenientes para la mayor eficacia de la defensa de los inculpados.
8.     Ejecutar y vigilar la aplicación de las políticas y acciones formuladas por la Junta Directiva.
9.     Determinar la creación de delegaciones conforme lo requieran las necesidades del servicio, previo conocimiento de la Junta Directiva.
10.   Enviar las quejas que se presenten en contra de los defensores públicos y asesores jurídicos y demás servidores al Consejo de la Judicatura Federal, con la finalidad de que en su caso se investigue su probable responsabilidad.
11.   Presentar denuncias penales ante el Ministerio Público de la Federación, en los casos en que la conducta de los servidores públicos del Instituto Federal de Defensoría Pública, pueda implicar la comisión de algún delito, independientemente de las sanciones aplicables a dichos servidores, en los ámbitos laboral y administrativo de responsabilidades.
12.   Proponer a la Junta Directiva las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, incluyendo los objetivos estratégicos y los indicadores clave del desempeño para la evaluación y rendición de cuentas del Instituto; así como, vigilar su cumplimiento.
 
13.   Dictar las medidas necesarias para la modernización, simplificación y mejoramiento administrativo del Instituto Federal de Defensoría Pública.
14.   Delegar funciones para la atención de los asuntos, organización y funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, excepto aquéllas que, por disposición de la Ley Federal de Defensoría Pública, deban ser ejercidas personalmente por el Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública.
15.   Expedir circulares, instructivos, así como las disposiciones técnicas y operativas necesarias para el mejor funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, de acuerdo con las normas legales aplicables.
16.   Promover y fortalecer las relaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública con las instituciones públicas, sociales y privadas que por la naturaleza de sus funciones puedan colaborar al cumplimiento de sus atribuciones.
17.   Concentrar la información mensual de los asuntos en que intervenga cada defensor público y asesor jurídico e integrar el informe anual, con objeto de informar de ello al Consejo de la Judicatura Federal y llevar a cabo su publicación; así como, elaborar el informe anual de labores del Instituto Federal de Defensoría Pública y presentarlo a la Junta Directiva.
18.   Proponer el nombramiento de cada defensor público y asesor jurídico interinos, en los términos que establecen las normas que regulan el servicio civil de carrera.
19.   Proponer a las áreas administrativas correspondientes del Consejo de la Judicatura Federal, los nombramientos de los servidores públicos a ocupar cargos directivos, operativos y técnicos del Instituto Federal de Defensoría Pública.
20.   Determinar la adscripción de cada uno de los servidores públicos del Instituto Federal de Defensoría Pública.
21.   Acordar los cambios de adscripción de los servidores públicos del Instituto Federal de Defensoría Pública que estime procedentes, a petición de parte interesada o por necesidades del servicio.
22.   Vigilar que exista la adecuada coordinación entre las unidades administrativas del Instituto Federal de Defensoría Pública, para un mejor cumplimiento de las funciones que señala la Ley Federal de Defensoría Pública.
23.   Elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuesto de egresos que se someta a la consideración de la Junta Directiva.
24.   Proponer a la Junta Directiva el proyecto del Plan Anual de Capacitación y Estímulos del Instituto Federal de Defensoría Pública; así como, un programa de difusión de los servicios que ofrece el Instituto.
25.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
El Director General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, tendrá las siguientes funciones:
1.     Administrar y representar al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
2.     Cumplir y hacer cumplir las resoluciones que tome la Junta Directiva y publicarlas cuando proceda.
3.     Designar al personal del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
4.     Someter a la aprobación de la Junta Directiva, la propuesta de estructura administrativa básica del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles; así como, el establecimiento y las sedes de las delegaciones regionales.
5.     Someter a consideración de la Junta Directiva los programas, así como las normas de organización y funcionamiento del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
6.     Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Ley Federal de Defensoría Pública; Bases Generales de Organización y Funcionamiento; Ley de Concursos Mercantiles; Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos Mercantiles; Criterios de Selección y Actualización de Especialistas de Concursos Mercantiles; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la
Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Auxiliar al Pleno del Consejo y comisiones, conforme a sus competencias, al adecuado funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
-     Título y cédula profesional de Licenciatura en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente, con una antigüedad mínima de cinco años al día de su designación para el titular del Instituto Federal de Defensoría Pública.
-     Título y cédula profesional relacionado con las materias administrativa, contable, económica, financiera y jurídica, para el titular del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
-     Título y cédula profesional de Licenciatura en Derecho o Abogado para el titular de la Visitaduría Judicial.
-     Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas del puesto a desempeñar, para los titulares de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación; y, del Instituto de la Judicatura Federal.
III.2  Experiencia laboral:
-     Titular del Instituto Federal de Defensoría Pública, acreditar tres años en el ejercicio de la abogacía, relacionada especialmente con las materias afines a sus funciones.
 
-     Titular del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles mínima de siete años en el desempeño de cargos de alta responsabilidad, asesoría, actividades docentes o de investigación en materia administrativa, contable, económica, financiera o jurídica relacionada con el objeto de la Ley de Concursos Mercantiles.
-     Titular de la Visitaduría Judicial que deberá ser Magistrado de Circuito ratificado, tener una antigüedad de diez años en la carrera judicial, haber sido Juez de Distrito y gozar de amplia experiencia laboral y conocimiento del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales.
-     Titulares de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación; y, del Instituto de la Judicatura Federal mínima de cinco años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Reunir los requisitos que al efecto prevea el acuerdo o reglamento interior de cada uno de dichos órganos auxiliares.
       Para el Titular de la Visitaduría Judicial, además:
-     Ser mayor de treinta y cinco años de edad al día de su nombramiento, de conformidad con lo señalado en el artículo 99 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
-     No haber sido sancionado por falta grave por el Consejo de la Judicatura Federal o la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
-     Ser designado por el Pleno del Consejo, a propuesta del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional y del Consejo de la Judicatura Federal.
       Para el Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública, además:
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, no haber adquirido otra nacionalidad y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
-     Tener cuando menos treinta años de edad, al día de su nombramiento, de conformidad con lo señalado en el artículo 31 de la Ley Federal de Defensoría Pública.
       Para el Director General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, además:
-     No haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal, ni inhabilitado para desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público en el sistema financiero, o para ejercer el comercio.
-     Gozar de buena reputación, prestigio profesional y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año. Empero, si se tratare de ilícitos como el robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lesione seriamente el prestigio de la persona en el concepto público, no podrá ocupar el cargo cualquiera que haya sido la penalidad impuesta.
 
-     No ser cónyuge, concubina o concubinario, ni tener parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo por afinidad, o parentesco civil con cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
-     No tener litigios pendientes contra el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
-     No podrá durante el tiempo de su encargo, aceptar o ejercer ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados de carácter docente o en instituciones de asistencia social públicas o privadas.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
03 - JURÍDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
01 - VISITADOR JUDICIAL A
CF10301
5 ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Representar al Consejo de la Judicatura Federal, en la inspección extraordinaria del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y unidades de notificadores comunes, así como supervisar las conductas de sus integrantes conforme al programa de visitas establecido.
II.2   Funciones:
1.     Practicar las visitas extraordinarias en aquellos casos en que lo ordene el Pleno del Consejo, las comisiones o el Secretario Ejecutivo de Disciplina, cuando a su juicio haya elementos que hagan presumir irregularidades cometidas por un Magistrado de Circuito, Juez de Distrito o Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio.
2.     Revisar las resoluciones y los proyectos de resolución formulados por los titulares de los órganos jurisdiccionales, a solicitud de cualquiera de las comisiones o del Pleno del Consejo.
3.     Recibir quejas administrativas y denuncias durante la práctica de visitas.
4.     Informar al Visitador General de cualquier hecho o acto del que se percate durante la práctica de las visitas y que pudiera ser constitutivo de responsabilidad de cualquier funcionario o empleado del órgano jurisdiccional visitado.
5.     Informar al Visitador General, sobre la existencia de algún acto que pudiera lesionar gravemente la impartición de justicia.
6.     Rendir un informe semestral de labores al titular de la Visitaduría Judicial.
7.     Expresar a la Comisión respectiva, el impedimento que tengan para realizar visitas de inspección extraordinarias, o bien para revisar resoluciones.
8.     Suplir las ausencias temporales de algún Visitador Judicial A, cuando lo disponga el Visitador General.
9.     Participar en los programas para la evaluación de los Visitadores Judiciales B.
10.   Efectuar en tiempo y forma las comprobaciones que en materia de viáticos, pasajes y transportes se requieran, derivados de las comisiones que se le encomienden.
11.   Proponer al Visitador General los nombramientos de su personal.
12.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades
Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Manifestar los impedimentos que tenga para la práctica de las visitas extraordinarias.
2.     Tratar con respeto al personal de la Visitaduría Judicial y al de los órganos jurisdiccionales que visite.
3.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
4.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
5.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
6.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
7.     Cuidar el uso confidencial de la información.
8.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
9.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
10.   Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
Humanos: sí
Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
Valores: sí (recursos financieros librados a su favor para la realización de comisiones).
Información confidencial: sí
Ambiente de trabajo: normal de oficina.
Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de diez años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
III.3  Otros requisitos:
-     Tener nombramiento de Magistrado de Circuito, ratificado en su cargo.
-     Haber sido Juez de Distrito.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
 
-     Estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
-     Ser mayor de treinta y cinco años de edad.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido sancionado por falta grave por el Consejo de la Judicatura Federal o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
-     No tener condena por delito con pena privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser designado por el Pleno del Consejo, a propuesta del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CJ - CARRERA JUDICIAL
1 - MANDOS SUPERIORES
02 - JURISDICCIONAL
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
01 - MAGISTRADO DE
CIRCUITO
CJ10201
6 ÚNICO
Nota: Este puesto también está adscrito al centro de justicia penal federal, con las particularidades que especifique su Manual de Organización y de Puestos.
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Impartir justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, resolviendo los juicios promovidos ante el tribunal colegiado, unitario de Circuito de su adscripción, en los términos previstos en las disposiciones aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Desempeñar su función jurisdiccional, que consiste en dirimir las situaciones controvertidas que se le planteen y reflexionar adecuadamente la razón cuando no resuelva el fondo del asunto.
2.     Recibir las pruebas de las partes conforme a las leyes aplicables.
3.     Fundar y motivar sus resoluciones, sujetando su actuar a las leyes.
4.     Atender y recibir a las personas que sean partes en los juicios de su competencia o jurisdicción.
5.     Elaborar sus resoluciones acatando las reglas de claridad, precisión, exhaustividad y congruencia
6.     Resolver los asuntos de su competencia dentro de los plazos y términos que fijan las leyes.
7.     Hacer cumplir sus determinaciones.
8.     Turnar el asunto a la autoridad competente, cuando él no lo sea.
9.     Vigilar el resguardo de los expedientes, documentos y valores, que se tramiten en el órgano jurisdiccional de su adscripción.
10.   Sujetarse a las formalidades que establecen las leyes.
11.   Mantener el orden en el órgano jurisdiccional de su adscripción.
12.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en
materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General 36/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Centros de Justicia Penal Federal; y que reforma y adiciona disposiciones de diversos acuerdos generales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Cumplir con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y todas las leyes que de ella emanan.
2.     Ejercer su función con independencia e imparcialidad.
3.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí (en caso de que le sea autorizado).
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
-     Práctica profesional de cuando menos cinco años.
-     Tres años, al menos, de experiencia en la función de Juez de Distrito, considerando el profesionalismo necesario y formativo de la carrera judicial.
-     Lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General del Pleno del Consejo, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales.
III.3  Otros requisitos:
 
-     Ser mayor de treinta y cinco años de edad.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no se adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Contar con la designación de Magistrado de Circuito, a través de concurso interno de oposición o de oposición libre, de conformidad con los artículos 112 y 113 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los acuerdos generales del Pleno del Consejo que se establezcan para tal fin.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
11 - VOCAL
CF10111
6B ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Orientar con decisiones colegiadas el funcionamiento del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles y coadyuvar al fomento y difusión de la cultura concursal.
II.2   Funciones:
1.     Someter a consideración de la Junta Directiva los asuntos que estimen convenientes, remitiendo para ello al Secretario, el punto a tratar y, en su caso, los documentos necesarios para su inclusión en el orden del día respectivo.
2.     Asistir y participar con voz y voto a las sesiones de la Junta Directiva.
3.     Vigilar el correcto funcionamiento de la Vocalía a su cargo.
4.     Proponer al personal adscrito a su Vocalía que deberá designarse en ésta, de conformidad con las disposiciones aplicables.
5.     Autorizar bajo su responsabilidad las incidencias del personal adscrito a su Vocalía, y comunicarlas a la Dirección General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles para el trámite respectivo.
6.     Requerir a los titulares de las Unidades y Direcciones Administrativas la información o asistencia necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones.
7.     Elaborar y someter a la aprobación de la Junta Directiva, los programas para promover la capacitación de los Especialistas.
8.     Proponer a la Junta Directiva, sin perjuicio de que cualesquiera de los integrantes pueda hacerlo, el inicio del procedimiento de sanción, en los casos que proceda conforme a la Ley de Concursos Mercantiles, por las conductas observadas de los Especialistas, en los procedimientos concursales.
9.     Proponer a la Junta Directiva los cursos de actualización que ofrecen las instituciones educativas o colegios de profesionistas, que podrán ser considerados en los Criterios expedidos por el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
10.   Someter a la consideración de la Junta Directiva, con base en los estudios que correspondan, los aranceles aplicables para la remuneración de los Especialistas, por los servicios que presten en los procedimientos concursales en que hubieren sido designados, para ser considerados en las Reglas.
11.   Proponer a la Junta Directiva modificaciones a las disposiciones de carácter general que el Instituto expida en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles.
12.   Realizar y apoyar los análisis, estudios e investigaciones relacionados con las funciones propias del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles y del concurso mercantil, en general, conforme a lo autorizado por la Junta Directiva.
 
13.   Remitir la información de la Vocalía a su cargo al Director General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles para la elaboración del informe de labores del Instituto.
14.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley de Concursos Mercantiles; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos Mercantiles; Criterios de Selección y Actualización de los Especialistas de Concursos Mercantiles; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
4.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de educación superior, en las materias administrativa, contable, económica, financiera y jurídica a desempeñar, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Haber desempeñado, en materia administrativa, contable, económica, financiera o jurídica relacionada con el concurso mercantil, cargos de alta responsabilidad, asesoría, actividades docentes o de investigación, por lo menos durante siete años.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Ser de reconocida probidad.
-     Ser nombrado por el Consejo de la Judicatura Federal, a propuesta del Presidente de la Junta Directiva.
-     No haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal; ni inhabilitado para desempeñar empleo, cargo, o comisión en el servicio público en el sistema financiero, o para ejercer el comercio.
-     No ser cónyuge, concubina o concubinario, ni tener parentesco dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo por afinidad, o parentesco civil con cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
-     No tener litigios pendientes contra el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
-     No podrá durante el tiempo de su encargo, aceptar o ejercer ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados de carácter docente o en instituciones de asistencia social públicas o privadas.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
12 - SECRETARIO EJECUTIVO
CF10112
6B ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Asegurar el cumplimiento de las atribuciones y acuerdos de la Comisión de su adscripción, así como la ejecución de los programas y continuidad operativa de las áreas administrativas a su cargo, de conformidad con lo señalado en las disposiciones aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Representar a la secretaría ejecutiva que corresponda.
2.     Tramitar los asuntos de su competencia que le designe el Pleno del Consejo y elaborar los acuerdos correspondientes.
3.     Tramitar en su ámbito de competencia los asuntos planteados por autoridades o particulares.
4.     Participar en los comités, comisiones, representaciones, suplencias y recesos que se determinen.
5.     Asistir a las sesiones del Pleno del Consejo y de las comisiones permanentes a las que sea citado.
6.     Informar al superior jerárquico de su adscripción del avance en el cumplimiento de los proyectos y programas de las unidades administrativas a su cargo.
7.     Apoyar en el ejercicio de sus facultades al Pleno del Consejo y a las comisiones.
8.     Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos, en términos de las disposiciones aplicables.
9.     Desempeñar las funciones que la comisión respectiva les confiera y mantenerla informada sobre el desarrollo de éstas. Adicionalmente, los secretarios ejecutivos darán fe y cuenta de los asuntos que se ventilen en las sesiones de la Comisión respectiva.
10.   Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones; así como, certificar las copias de los que obren en sus archivos. La atribución de certificar documentos relacionados con la competencia y atribuciones del área a su cargo, podrá delegarla en los secretarios técnicos, secretarios de apoyo y directores de área adscritos al área administrativa de la que es titular, sin perjuicio de que la ejerza directamente.
11.   Llevar el registro de los servidores públicos facultados, e informar a la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de la delegación que hagan. La fecha en que se reciba la comunicación señalada establecerá el inicio de la vigencia de la delegación otorgada.
12.   Someter a la consideración de las comisiones, las disposiciones, reglas, bases de carácter general, normas, lineamientos y políticas, en el ejercicio de las atribuciones que competan a la secretaría ejecutiva a su cargo.
 
13.   Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas adscritas a la secretaría ejecutiva a su cargo.
14.   Dictar las medidas de coordinación que deben darse entre las unidades administrativas a su cargo y las demás áreas del Consejo de la Judicatura Federal.
15.   Recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las unidades administrativas de su adscripción y en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público subalterno.
16.   Participar en la elaboración de los manuales de organización y procedimientos internos de la unidad administrativa a su cargo.
17.   Definir, revisar y ser responsables de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo de la Judicatura Federal, y gestionar su publicación y actualización.
18.   Proponer o designar, conforme a la normativa aplicable, al personal de la secretaría ejecutiva a su cargo.
19.   Plantear al Instituto de la Judicatura Federal sus necesidades en materia de capacitación para el personal a su cargo.
20.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Apoyar en el ejercicio de sus funciones al Pleno del Consejo y a las comisiones.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de educación superior, expedidos por autoridad competente, como sigue:
-     Licenciatura en Derecho o Abogado para los titulares de las secretarías ejecutivas del Pleno; Carrera Judicial; Adscripción; Creación de Nuevos Órganos; y, de Disciplina.
-     En el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar, para los titulares de las secretarías ejecutivas de Administración; Finanzas y Servicios Personales; y, de Vigilancia, Información y Evaluación; así como, de aquellas que determine el Pleno del Consejo mediante Acuerdo General.
 
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
04 - APOYO Y ASESORÍA A
SPS
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
01 - COORDINADOR
ACADÉMICO
CF20401
7 ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Coordinar la organización, ejecución y evaluación de los programas de investigación, formación, capacitación y actualización que imparte el Instituto de la Judicatura Federal, así como actividades relacionadas con la administración del propio Instituto.
II.2   Funciones:
1.     Representar al titular del Instituto de la Judicatura Federal en eventos académicos.
2.     Sustituir al titular del Instituto de la Judicatura Federal en sus ausencias temporales, sólo en el despacho de los asuntos.
3.     Auxiliar al titular del Instituto de la Judicatura Federal en la organización de los concursos de oposición que determine el Pleno del Consejo, para la designación de magistrados de Circuito y jueces de Distrito.
4.     Coordinar la impartición de los cursos regulares, especiales y de actualización, tanto en sede central como en las extensiones regionales.
5.     Apoyar en la elaboración de reactivos para los cuestionarios y casos prácticos que se aplican en los concursos de oposición para la designación de magistrados de Circuito y jueces de Distrito.
6.     Auxiliar al titular del Instituto de la Judicatura Federal en la elaboración, organización y aplicación de los exámenes de aptitud para secretarios y actuarios del Poder Judicial de la Federación.
7.     Auxiliar al titular del Instituto de la Judicatura Federal en la elaboración, organización y aplicación de los exámenes de ingreso a los distintos cursos que imparte el propio Instituto.
8.     Coordinar la recepción, trámite y resolución de los recursos de inconformidad interpuestos en contra de los resultados de los exámenes de aptitud.
9.     Certificar, previa delegación de las facultades correspondientes por el titular del Instituto de la Judicatura Federal, en términos de la normativa vigente, las constancias; así como, cualquier otro documento relacionado con las funciones del propio Instituto.
10.   Coordinar el resguardo de los archivos electrónicos que contienen los reactivos de los diversos exámenes que se aplican en el Instituto de la Judicatura Federal.
11.   Convocar, por instrucciones del titular del Instituto de la Judicatura Federal, a los miembros del Comité Académico para la celebración de las sesiones correspondientes.
 
12.   Fungir como Secretario del Comité Académico.
13.   Coordinar la organización de congresos, seminarios, ciclos de conferencias y cursos de actualización relacionados con diversos temas jurídicos.
14.   Coordinar el funcionamiento de las extensiones regionales.
15.   Apoyar en la selección del personal docente de la sede central del Instituto de la Judicatura Federal.
16.   Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto de la Judicatura Federal.
17.   Coordinar la elaboración del Programa Anual de Trabajo del Instituto de la Judicatura Federal.
18.   Coordinar la recepción de la correspondencia oficial del Instituto de la Judicatura Federal y turnarla a las áreas correspondientes.
19.   Supervisar que se ejecuten los acuerdos que expida el Pleno del Consejo o cualquiera de sus comisiones, relacionados con las actividades y funciones encomendadas al Instituto de la Judicatura Federal.
20.   Coordinar el área y las gestiones administrativas del Instituto de la Judicatura Federal.
21.   Coordinar la elaboración de manuales de organización, procedimientos y de servicios.
22.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
4.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
      Mobiliario y equipo de oficina: sí
      Vehículo de apoyo: no
      Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: por desempeño de comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
 
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de seis años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Designado por la instancia competente a propuesta del titular del Instituto de la Judicatura Federal.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
04 - APOYO Y ASESORÍA A
SPS
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
09 - COORDINADOR DE
SEGURIDAD
CF20409
7 ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Proponer, desarrollar y coordinar los planes, programas, procedimientos y sistemas, tendentes a preservar la seguridad de los servidores públicos, instalaciones, equipos y demás bienes patrimoniales de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
1.     Desarrollar, dirigir y dar seguimiento a los planes, programas, sistemas y mecanismos tácticos, tendientes a preservar la seguridad e integridad física de los servidores públicos que laboran en los inmuebles; así como, de las instalaciones, equipo y demás bienes que conforman el patrimonio del Poder Judicial de la Federación.
2.     Operar y supervisar los sistemas de seguridad en los inmuebles del Poder Judicial de la Federación.
3.     Coordinar acciones con las autoridades de los tres niveles de gobierno para garantizar la seguridad en el Poder Judicial de la Federación; así como, con las organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas y privadas de carácter nacional e internacional en materia de seguridad.
4.     Coordinar acciones para intercambiar información con los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas, para el oportuno y eficaz cumplimiento de su objetivo y atribuciones.
5.     Coordinar las acciones necesarias con las áreas administrativas que le soliciten auxilio para el cumplimiento de su objetivo y atribuciones.
6.     Asistir, cuando así se determine, a las sesiones del Pleno del Consejo o de las comisiones.
7.     Participar en los comités y grupos de trabajo que el Pleno del Consejo o las comisiones determinen.
8.     Rendir los informes que el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, los consejeros, el Pleno del Consejo o las comisiones le soliciten.
9.     Dictar las políticas, lineamientos y acciones específicas en materia de seguridad.
10.   Elaborar y emitir las opiniones, dictámenes, criterios y estudios de carácter técnico en materia de seguridad que le sean solicitados.
11.   Someter a la consideración del Pleno del Consejo y, en su caso, de la comisión competente, los
proyectos de acuerdos generales, manuales y procedimientos relacionados con las atribuciones de dicha unidad administrativa y demás instrumentos.
12.   Coordinar, dirigir y evaluar la operación y funcionamiento de las áreas que integran la Coordinación a su cargo.
13.   Plantear al Instituto de la Judicatura Federal las necesidades de capacitación en materia de seguridad.
14.   Desarrollar proyectos e implementar los mecanismos y lineamientos para la recopilación, clasificación, análisis y manejo de la información para el cumplimiento de su objetivo y atribuciones.
15.   Formular y presentar al Pleno del Consejo el Programa Anual de Trabajo de la Coordinación a su cargo.
16.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
4.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
      Mobiliario y equipo de oficina: sí
      Vehículo de apoyo: sí
      Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
Valores: sí
Información confidencial: sí
Ambiente de trabajo: normal de oficina.
Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
 
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de seis años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser designado por el Pleno del Consejo.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CJ - CARRERA JUDICIAL
1 - MANDOS SUPERIORES
02 - JURISDICCIONAL
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
02 - JUEZ DE DISTRITO
CJ10202
7 ÚNICO
Nota: Este puesto también está adscrito al centro de justicia penal federal, con las particularidades que especifique su Manual de Organización y de Puestos.
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Impartir justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, resolviendo los juicios promovidos ante el juzgado de Distrito, centro de justicia penal federal y Centro Nacional Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones de su adscripción, en los términos previstos en las disposiciones aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Desempeñar su función jurisdiccional, que consiste en dirimir las situaciones controvertidas que se le planteen y reflexionar adecuadamente la razón cuando no resuelva el fondo del asunto.
2.     Recibir las pruebas de las partes conforme a las leyes aplicables.
3.     Fundar y motivar sus resoluciones, sujetando su actuar a las leyes.
4.     Atender y recibir a las personas que sean partes en los juicios de su competencia o jurisdicción.
5.     Elaborar sus resoluciones acatando las reglas de claridad, precisión, exhaustividad y congruencia.
6.    Resolver los asuntos de su competencia dentro de los plazos y términos que fijan las leyes.
7.     Hacer cumplir sus determinaciones.
8.     Turnar el asunto a la autoridad competente, cuando él no lo sea.
9.     Vigilar el resguardo de los expedientes, documentos y valores, que se tramiten en el órgano jurisdiccional al que esté adscrito.
10.   Sujetarse a las formalidades que establecen las leyes.
11.   Mantener el orden en el órgano jurisdiccional de su adscripción.
 
12.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General 36/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Centros de Justicia Penal Federal; y que reforma y adiciona disposiciones de diversos acuerdos generales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Cumplir con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y todas las leyes que de ella emanan.
2.     Ejercer su función con independencia e imparcialidad.
3.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí (en caso de que le sea asignado).
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad
competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Práctica profesional de cuando menos cinco años, en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
III.3  Otros requisitos:
-      Ser mayor de treinta años de edad.
-      Ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no se adquiera otra nacionalidad.
-      Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-      Gozar de buena reputación.
-      No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-      Contar con la designación de Juez de Distrito, a través de concurso interno de oposición o de oposición libre, de conformidad con los artículos 112 y 113 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los acuerdos generales del Pleno del Consejo que se establezcan para tal fin.
-      Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
06 - DIRECTOR GENERAL
CF10106
8 ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Garantizar el cumplimiento de las atribuciones conferidas a la dirección general a su cargo, con base en los principios de oportunidad, transparencia, economía y observancia normativa, asumiendo la dirección técnica y administrativa como responsable de su correcto funcionamiento ante las autoridades superiores del Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
1.     Ejecutar, en el ámbito de su competencia, los acuerdos del Pleno del Consejo, del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, de la comisión correspondiente, de la secretaría ejecutiva respectiva o de su superior jerárquico.
2.     Participar en los comités, comisiones, representaciones y suplencias que le sean asignados.
3.     Acordar con su superior jerárquico, la resolución de los asuntos relevantes cuya tramitación se encuentre dentro de su ámbito de competencia.
4.     Formular dictámenes, opiniones e informes que le sean requeridos, en aquellos asuntos propios de su competencia.
5.     Formular y presentar ante su superior jerárquico, los proyectos de manuales de organización, procedimientos y servicios correspondientes a la dirección general a su cargo; acuerdos generales, normas, reglas, bases generales, lineamientos y políticas relacionadas con las atribuciones de su unidad administrativa.
6.     Coordinar con los titulares de las otras unidades administrativas, cuando así se requiera, las acciones para el desarrollo de las atribuciones que les correspondan.
7.     Asistir técnicamente en asuntos de su especialidad a los servidores públicos del Consejo de la Judicatura Federal.
8.     Rendir, a través del superior jerárquico, los informes a que estén obligados, los cuales deberán ser firmados por ambos titulares, salvo las unidades administrativas dependientes del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, las cuales rendirán los informes respectivos directamente al mismo.
9.     Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo de la Judicatura Federal, y gestionar su publicación y
actualización.
10.   Formular el Programa Anual de Trabajo de la dirección general a su cargo y someterlo a consideración de su superior jerárquico.
11.   Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos, en términos de las disposiciones aplicables.
12.   Ejercer el presupuesto asignado a la dirección general a su cargo, conforme a las normas establecidas por el Consejo de la Judicatura Federal; así como, llevar el control respectivo.
13.   Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de los programas y actividades encomendadas a las áreas que integran la dirección general a su cargo.
14.   Proponer a su superior jerárquico, para su autorización, los nombramientos del personal a su cargo.
15.   Previo acuerdo con su superior jerárquico, plantear al Instituto de la Judicatura Federal, las necesidades de capacitación para el personal a su cargo.
16.   Participar, cuando sea requerido, en los eventos que promueva el Consejo de la Judicatura Federal.
17.   Presentar al superior jerárquico el Informe Anual de Labores correspondiente a la dirección general a su cargo.
18.   Registrar y controlar los bienes asignados a la dirección general a su cargo.
19.   Proporcionar la información, datos o cooperación técnica que le sea requerida.
20.   Certificar los documentos que obren en los archivos de la unidad administrativa a su cargo, que sean expedidos en el ejercicio de sus funciones.
21.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Asumir la dirección técnica y administrativa de la unidad administrativa a su cargo, y dar cuenta ante las autoridades superiores de su correcto funcionamiento.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
      Mobiliario y equipo de oficina: sí
      Vehículo de apoyo: sí
      Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
Valores: sí
Información confidencial: sí
Ambiente de trabajo: normal de oficina.
Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto. -
 
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años relacionada con la materia de su competencia.
       Para el caso del Director General de la Visitaduría Judicial, experiencia mínima de cinco años como Secretario de Juzgado de Distrito o Tribunal de Circuito.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser designado por el Pleno del Consejo.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
15 - COORDINADOR DE
ADMINISTRACIÓN REGIONAL
CF10115
8 ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Proporcionar los servicios administrativos que en materia de recursos humanos, financieros, materiales y, de conservación y mantenimiento que requieran para su operación, los órganos jurisdiccionales, y áreas administrativas; ubicados en el interior de la República Mexicana, a través de las administraciones regionales y delegaciones administrativas.
II.2   Funciones:
1.     Dirigir, supervisar, evaluar y apoyar la operación de las administraciones regionales y delegaciones administrativas para la atención de las necesidades administrativas de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas que se ubican en el interior de la República Mexicana, salvo en materia de informática, sistemas, telefonía, redes y cableado estructural.
2.     Gestionar los requerimientos de recursos humanos, materiales y financieros para la operación de los órganos jurisdiccionales que se ubican en el interior de la República Mexicana y de las administraciones regionales y delegaciones administrativas.
3.     Administrar y mantener actualizado el Programa de Vivienda para magistrados de Circuito y jueces de Distrito; así como, la asignación y mantenimiento de las casas-habitación, conforme a la normatividad aplicable.
4.     En coordinación con las áreas administrativas competentes y los órganos jurisdiccionales, operar los mecanismos de recepción y custodia de los bienes asegurados, decomisados y asegurados no reclamados y abandonados; coadyuvando con la Secretaría Técnica del Comité Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia en las actividades correspondientes a su destino final.
5.     Diseñar y gestionar la publicación de edictos, cédulas de notificación y otras que requieran los órganos jurisdiccionales que se encuentren en el interior de la República Mexicana, y que soliciten a través de las administraciones regionales o delegaciones administrativas.
6.     Proponer a su superior jerárquico los anteproyectos de acuerdos, disposiciones, reglas, bases de carácter general, normas, lineamientos y políticas que permitan optimizar el aprovechamiento de los recursos del Consejo de la Judicatura Federal.
 
7.     Implantar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar los programas que, en materia de recursos humanos, materiales y financieros se determinen para el ámbito regional, salvo en materia de informática, sistemas, telefonía, redes y cableado estructurado.
8.     Proponer y coordinar reuniones nacionales para actualizar, implantar y evaluar programas, sistemas y procedimientos inherentes a la función administrativa regional, apoyándose en las áreas administrativas centrales competentes.
9.     Mantener informado al superior jerárquico, sobre el avance y logro de los objetivos y metas programadas en su unidad administrativa.
10.   Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia o de las administraciones regionales y delegaciones administrativas, en los portales de Intranet e Internet del Consejo de la Judicatura Federal, y gestionar su publicación y actualización.
11.   Proponer la designación, cambio de adscripción y remoción de servidores públicos de las administraciones regionales y delegaciones administrativas en apego a las disposiciones legales y la normatividad aplicable.
12.   Presentar ante el Pleno del Consejo el Informe Anual de Labores correspondiente a la unidad administrativa de su competencia con la autorización del Secretario Ejecutivo de Administración.
13.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Asumir la dirección técnica y administrativa de la unidad administrativa a su cargo y dar cuenta ante las autoridades superiores de su correcto funcionamiento.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia
laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de seis años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser designado por el Pleno del Consejo.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
04 - APOYO Y ASESORÍA A
SPS
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
10 - COORDINADOR GENERAL
CF20410
8 ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Coordinar el desarrollo de las funciones especializadas y el seguimiento de los programas, proyectos, planes y tareas que le sean encomendados; así como, proporcionar el asesoramiento técnico a través de informes o dictámenes, que contribuyan a la toma de decisiones de las instancias superiores.
II.2   Funciones:
1.     Representar a la unidad administrativa que corresponda.
2.     Tramitar los asuntos de la competencia que les asigne el Consejo de la Judicatura Federal y elaborar los acuerdos correspondientes.
3.     Apoyar en el ejercicio de sus facultades al Pleno del Consejo y a las comisiones.
4.     Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos, en términos de las disposiciones aplicables.
5.     Desempeñar las funciones que la comisión respectiva les confiera y mantenerla informada sobre el desarrollo de estas.
6.     Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar el funcionamiento de las áreas adscritas a la unidad administrativa a su cargo.
7.     Participar en la elaboración de los manuales de organización y procedimientos internos de la unidad administrativa a su cargo.
8.     Dictar las medidas de coordinación que deben darse entre las unidades administrativas a su cargo y las demás áreas administrativas.
9.     Proponer o designar, conforme a la normativa aplicable, al personal de la unidad administrativa a su cargo.
 
10.   Plantear al Instituto de la Judicatura Federal sus necesidades en materia de capacitación para el personal a su cargo.
11.   Recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las unidades administrativas de su adscripción y en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público subalterno.
12.   Tramitar en su ámbito de competencia los asuntos planteados por autoridades o particulares.
13.   Informar al superior jerárquico de su adscripción del avance en el cumplimiento de los proyectos y programas de las unidades administrativas a su cargo.
14.   Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones; así como, certificar las copias de los documentos que obren en sus archivos.
15.   Asistir a las sesiones del Pleno del Consejo y de las comisiones permanentes a las que sea citado.
16.   Participar en los comités, comisiones, representaciones, suplencias y recesos que se determinen.
17.   Definir, revisar y ser responsables de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo de la Judicatura Federal, y gestionar su publicación y actualización.
18.   Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Asumir la dirección técnica y administrativa de la unidad administrativa a su cargo y dar cuenta ante las autoridades superiores de su correcto funcionamiento.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: sí
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto. -
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia
laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de seis años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser designado por el Pleno del Consejo.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
04 - APOYO Y ASESORÍA A
SPS
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
13 - SECRETARIO TÉCNICO
COORDINADOR DE PONENCIA
DE CONSEJERO
CF20413
8A ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Coordinar la atención de los asuntos de la Ponencia del Consejero de su adscripción y, en su caso, realizar los que le sean encomendados, verificando que se apliquen las técnicas jurídico administrativas en la resolución de los asuntos y en la elaboración de los estudios, dictámenes, propuestas y opiniones; así como, asesorar e investigar sobre temas de interés para el Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
1.     Coordinar la atención y desahogo oportuno de los asuntos turnados a los secretarios técnicos de Ponencia de Consejero, conforme le sea instruido.
2.     Coordinar la realización de las actividades públicas del Consejero de su adscripción, conforme a los lineamientos e instrucciones recibidas por el Consejero.
3.     Proponer mecanismos de control y seguimiento de los asuntos; así como, de la estandarización de la resolución y verificación de la alineación a la normativa conducente.
4.     Coordinar o, en su caso, participar en los proyectos de innovación y mejoramiento que le sean encomendados.
5.     Coordinar el funcionamiento de las secretarías técnicas de la ponencia, de conformidad con las instrucciones del Consejero de su adscripción.
6.     Acordar con el Consejero con el que se encuentre adscrito, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
7.     Coordinar el registro, control y seguimiento de los asuntos que le sean encomendados, así como de los instruidos al personal de la ponencia.
 
8.     Coordinar la presentación de documentación para el Pleno del Consejo, comisiones y comités en que participe el Consejero de su adscripción.
9.     Formular dictámenes, resoluciones, opiniones e informes que le sean requeridos, en los asuntos propios de su competencia.
10.   Integrar la información soporte que requieran los asuntos de su competencia.
11.   Preparar la información requerida para el desarrollo de las reuniones de trabajo del Consejero.
12.   Coordinar la elaboración y presentación de estudios y proyectos que le sean encomendados.
13.   Coordinar la atención a las solicitudes de transparencia y el archivo de la ponencia de su adscripción.
14.   Las demás que establezca el Consejero y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomiende el Consejero.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí (en caso que le sean asignados)
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional para obtener título, salvo en aquellos casos en que se satisfagan los siguientes requisitos:
      Que antes de recibirse el aspirante, haya laborado en órganos jurisdiccionales, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o en el propio Consejo, desarrollando actividades relacionadas con la materia en la que se
desempeñará, independientemente de la categoría que tenga o del cargo que ocupe; debiendo tener, en cualquier caso, una antigüedad de cuando menos tres años.
      Que el Consejero solicitante manifieste que el aspirante a ocupar la plaza, posee experiencia mínima de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser propuesto por el Consejero de la Ponencia de su adscripción a la Comisión de Administración, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes y una vez hecho lo anterior, se informe al Pleno del Consejo.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control. -
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
07 - TITULAR DE UNIDAD
ADMINISTRATIVA
CF10107
9 ÚNICO
 
II.     Descripción. -
II.1   Objetivo del puesto:
       Dar cumplimiento a las atribuciones del área administrativa de su adscripción, administrando la prestación de los servicios y el desarrollo de los proyectos a su cargo, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Presentar al titular del área administrativa de su adscripción, la resolución de los asuntos cuya tramitación sea competencia de las áreas a su cargo.
2.     Formular dictámenes, resoluciones, opiniones e informes de los asuntos de su competencia.
3.     Llevar el seguimiento de los asuntos competencia de las áreas a su cargo.
4.     Coordinar y dirigir el funcionamiento y operación de las áreas a su cargo.
5.     Informar a su superior jerárquico sobre el avance o grado de solución de los asuntos encomendados.
6.     Desarrollar acciones coordinadas con las demás áreas administrativas, para recabar, analizar y presentar la información que le sea encomendada.
7.     Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos, en términos de las disposiciones aplicables.
8.     Participar en la elaboración de los manuales de organización y procedimientos internos del área
administrativa de su adscripción.
9.     Aportar elementos de juicio para una correcta toma de decisiones del área administrativa de su adscripción.
10.   Proponer estrategias y acciones de mejoramiento en el ámbito de su competencia.
11.   Presentar al titular del área administrativa de su adscripción el Informe Anual de Labores correspondiente a la unidad a su cargo.
12.   Las demás que establezca el titular del área administrativa de su adscripción y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
4.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia laboral.
III.2  Experiencia laboral:
 
       Profesional mínima de cinco años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de seis años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser mayor de treinta años de edad el día de su nombramiento para los adscritos al Instituto Federal de Defensoría Pública, de conformidad con lo señalado en el artículo 33 de la Ley Federal de Defensoría Pública.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
04 - APOYO Y ASESORÍA A
SPS
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
11 - SECRETARIO TÉCNICO DE
PONENCIA DE CONSEJERO
CF20411
9B MD/MN
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Colaborar en la atención de los asuntos de la Ponencia del Consejero de su adscripción, realizando con técnicas jurídico administrativas los estudios, dictámenes, propuestas y opiniones que le sean encomendados; así como, asesorar e investigar sobre temas de interés para el Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
1.     Llevar a cabo las acciones inherentes para el adecuado funcionamiento de la secretaría técnica a su cargo.
2.     Acordar con el Consejero de su adscripción, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
3.     Llevar el registro, control y seguimiento de los asuntos que le sean encomendados.
4.     Formular proyectos, dictámenes, resoluciones, opiniones e informes que le sean requeridos, en los asuntos propios de su competencia.
5.     Integrar la información soporte que requieran los asuntos de su competencia.
6.     Preparar la información que le sea requerida para el desarrollo de las reuniones de trabajo del Consejero.
7.     Informar sobre el avance o grado de solución de los asuntos encomendados.
 
8.     Preparar información y/o documentación para el Pleno del Consejo, comisiones y comités en que participe el Consejero de su adscripción.
9.     Elaborar y presentar los estudios y proyectos que le sean encomendados.
10.   Elaborar oficios y demás comunicaciones que se requieran para atender los asuntos de la secretaría técnica a su cargo.
11.   Investigar sobre temas particulares y preparar las reseñas correspondientes.
12.   Atender las solicitudes de transparencia y llevar el control del archivo de la secretaría técnica a su cargo, para su concentración en la Ponencia, de conformidad con los requerimientos del Secretario Técnico Coordinador de Ponencia.
13.   Las demás que establezca el Consejero y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomiende el Consejero.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí (en caso que le sean asignados).
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional para obtener título, salvo en aquellos casos en que se satisfagan los siguientes requisitos:
 
      Que antes de recibirse el aspirante, haya laborado en órganos jurisdiccionales, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o en el propio Consejo, desarrollando actividades relacionadas con la materia en la que se desempeñará, independientemente de la categoría que tenga o del cargo que ocupe; debiendo tener, en cualquier caso, una antigüedad de cuando menos tres años.
      Que el Consejero solicitante manifieste que el aspirante a ocupar la plaza, posee experiencia mínima de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser propuesto por el Consejero de la ponencia de su adscripción a la Comisión de Administración, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes y una vez hecho lo anterior, se informe al Pleno del Consejo.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
04 - APOYO Y ASESORÍA A
SPS
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
12 - SECRETARIO TÉCNICO AA
DE COMISIÓN PERMANENTE
CF20412
9C MD/MN
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Asesorar técnica y administrativamente a los miembros de la Comisión Permanente de su adscripción, organizando la celebración de sus sesiones y la presentación de los asuntos que someten las áreas administrativas, así como en el registro y seguimiento de los acuerdos tomados y, en su caso, coordinando el desarrollo de estudios y proyectos especiales.
II.2   Funciones:
1.     Entregar las convocatorias correspondientes a los miembros de la comisión a que pertenezca; así como, la documentación relativa, por lo menos con cuarenta y ocho horas de antelación; y cinco días hábiles, tratándose del Secretario Técnico de la Comisión de Disciplina.
2.     Auxiliar al presidente de la comisión en la preparación del orden del día de las sesiones.
3.     Citar a los servidores públicos que la comisión determine, para el mejor conocimiento de los asuntos.
4.     Coordinar los servicios de apoyo necesarios para la celebración de las sesiones de la comisión respectiva.
5.     Suscribir, conjuntamente con el presidente de la comisión y con el secretario ejecutivo correspondiente, las actas aprobadas de las sesiones y llevar el registro respectivo.
6.     Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos emitidos por la comisión.
7.     Expedir, previa autorización del presidente de la comisión las copias y certificaciones solicitadas.
 
8.     Preparar el informe anual del presidente de la comisión.
9.     Enviar al Secretario Ejecutivo del Pleno los asuntos dictaminados por la comisión, que deban ser sometidos a la consideración del Pleno del Consejo.
10.   Dar cuenta al presidente de la comisión con los asuntos que le sean turnados para su análisis.
11.   Enviar al presidente de la comisión, al concluir el período de sesiones, las copias certificadas de todas las actas.
12.   Definir, revisar y ser responsables de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo de la Judicatura Federal, y gestionar su publicación y actualización.
13.   Las demás que establezca el presidente de la comisión y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomienden el presidente de la comisión y demás integrantes.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional para obtener título, salvo en aquellos casos en que se satisfagan los siguientes requisitos:
 
      Que antes de recibirse el aspirante, haya laborado en órganos jurisdiccionales, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o en el propio Consejo, desarrollando actividades relacionadas con la materia en la que se desempeñará, independientemente de la categoría que tenga o del cargo que ocupe; debiendo tener, en cualquier caso, una antigüedad de cuando menos tres años.
      Que el Consejero solicitante manifieste que el aspirante a ocupar la plaza, posee experiencia mínima de tres años.
III.3  Otros requisitos:
      Ser ciudadano mexicano.
      Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
      No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
      Ser propuesto por el Consejero presidente de cada comisión, previa verificación por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes para la aprobación del nombramiento y hecho lo anterior, se turnará al Pleno del Consejo para su conocimiento.
      Visión estratégica.
      Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
      Liderazgo.
      Capacidad de análisis y síntesis.
      Capacidad para el trabajo en equipo.
      Habilidad para la comunicación oral y escrita.
      Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1 - MANDOS SUPERIORES
03 - JURÍDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
02 - VISITADOR JUDICIAL B
CF10302
10 ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Representar al Consejo de la Judicatura Federal en la inspección ordinaria del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y unidades de notificadores comunes, así como supervisar las conductas de sus integrantes, conforme al programa de visitas establecido.
II.2   Funciones:
1.     Practicar visitas ordinarias a los órganos jurisdiccionales y unidades de notificadores comunes.
2.     Expresar ante el Visitador General, el impedimento que tengan para realizar visitas de inspección o inspecciones ordinarias a distancia.
3.     Recibir quejas administrativas y denuncias durante la práctica de las visitas, siempre y cuando éstas se formulen por escrito.
4.     Suplir las ausencias temporales de otro Visitador Judicial B.
 
5.     Auxiliar al Visitador General en las labores que les encomiende, para cumplir con las funciones de la Visitaduría Judicial.
6.     Preparar el Informe Semestral de Labores y presentarlo ante el titular de la Visitaduría Judicial.
7.     Las demás que establezca el Pleno del Consejo, las comisiones y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Manifestar los impedimentos que tenga para la práctica de las visitas ordinarias.
2.     Informar al titular de la Visitaduría Judicial sobre la existencia de cualquier acto que pueda lesionar gravemente la impartición de justicia o que se observe durante la práctica de visitas y que pudiera ser constitutivo de responsabilidad de cualquier funcionario o empleado del órgano jurisdiccional visitado.
3.     Tratar con respeto al personal de la Visitaduría Judicial y al de los órganos jurisdiccionales y unidades de notificadores comunes que visite.
4.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
5.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
6.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
7.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
8.     Cuidar el uso confidencial de la información.
9.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
10.   Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
11.   Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
 
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de diez años en el ejercicio de la profesión de licenciado en Derecho o Abogado.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Ser mayor de treinta y cinco años.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Presentar examen en concurso de oposición determinado por el Pleno del Consejo. Podrá prescindirse del concurso cuando las necesidades del servicio apremien la designación.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
1- MANDOS SUPERIORES
01 - DIRECCIÓN DEL CJF
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
08 - SECRETARIO TÉCNICO A
CF10108
11 MX/MN
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Participar con propuestas y opiniones técnicas especializadas en la resolución de los asuntos y proyectos de la oficina del titular del área administrativa de su adscripción, así como dirigir el funcionamiento de su área, coordinar los recursos a su cargo y asesorar sobre asuntos especiales.
II.2   Funciones:
1.     Acordar con el titular de su área, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
2.     Formular dictámenes, resoluciones, opiniones e informes que le sean requeridos sobre los asuntos propios de su competencia.
3.     Integrar la información técnica que requiera el titular de su área, para las reuniones de trabajo con las instancias superiores.
4.     Llevar registro, control y seguimiento de los asuntos que le sean encomendados.
5.     Informar a su superior jerárquico sobre el avance o grado de solución de los asuntos encomendados.
6.     Desarrollar acciones coordinadas con las demás áreas del Poder Judicial de la Federación, para recabar, analizar, estructurar y presentar la información que le sea encomendada.
 
7.     Elaborar los puntos para acuerdo que le sean encomendados, soportados con elementos técnicos conforme a las materias de su competencia.
8.     Aportar elementos de juicio para una correcta toma de decisiones en su área de adscripción.
9.     Coordinar las áreas y el desarrollo de los proyectos que le sean encomendados por su jefe inmediato.
10.   Proponer estrategias y acciones de mejoramiento para el ámbito de su competencia.
11.   Presentar al titular de su área de adscripción el Informe Anual de Labores correspondiente a la secretaría técnica a su cargo.
12.   Las demás que establezca el titular del área administrativa de su adscripción, su jefe inmediato y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomiende el titular de la unidad administrativa de su adscripción.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente.
 
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional para obtener título, salvo en aquellos casos en que se satisfagan los siguientes requisitos:
      Que antes de recibirse el aspirante, haya laborado en órganos jurisdiccionales, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o en el propio Consejo, desarrollando actividades relacionadas con la materia en la que se desempeñará, independientemente de la categoría que tenga o del cargo que ocupe; debiendo tener, en cualquier caso, una antigüedad de cuando menos tres años.
      Que el Consejero o el titular del área administrativa solicitante manifieste que el aspirante a ocupar la plaza, posee experiencia mínima de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
03 - JURÍDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
01 - REPRESENTANTE DEL
CJF ANTE LA COMISIÓN
SUBSTANCIADORA
CF20301
11 MX
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Dictaminar los conflictos laborales entre el Consejo de la Judicatura Federal y sus servidores públicos, sometiéndolos a resolución del Pleno del Consejo, en términos de las disposiciones aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Estudiar los expedientes que le sean turnados para formular el proyecto de dictamen de los conflictos laborales.
2.     Asistir oportunamente a las sesiones de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación.
 
3.     Someter a consideración de los otros integrantes de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación los proyectos de dictamen que formule con relación a los expedientes de los conflictos laborales que le sean asignados.
4.     Analizar y presentar por escrito la opinión jurídica respecto a los dictámenes que serán sometidos al Pleno del Consejo de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación.
5.     Resolver los recursos de revisión junto con los demás integrantes y en los que deba intervenir en términos de la Ley Reglamentaria aplicable.
6.     Integrar una base de datos relacionada con los asuntos que se le encomienden para permitir la consulta de información de manera ágil, confiable y oportuna.
7.     Llevar el registro, control y seguimiento de los asuntos en que participe.
8.     Emitir su voto en todos los conflictos de trabajo que se sesionen por el Pleno de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación, salvo en los casos en que se encuentre impedido.
9.     Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional; Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
4.     Cuidar el uso confidencial de la información.
5.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
6.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
7.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
 
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente cuando menos cinco años antes de la fecha de designación.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de tres años acreditable en materia laboral.
III.3  Otros requisitos:
-     Los señalados en el artículo 121 y 156 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no se adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
-     No haber sido condenado, por delitos contra la propiedad o a sufrir pena mayor de un año de prisión por cualquier otra clase de delitos intencionales.
-     Ser mayor de veinticinco años.
-     Gozar de buena reputación.
-     Ser designado por el Pleno del Consejo, a propuesta del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
2 - HOMÓLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
03 - JURÍDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
02 - REPRESENTANTE DEL
SINDICATO DE
TRABAJADORES DEL PJF
ANTE LA COMISIÓN
SUBSTANCIADORA
CF20302
11 MX
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Participar como representante del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación, en la dictaminación de los conflictos laborales entre el Consejo de la Judicatura Federal y sus servidores públicos.
II.2   Funciones:
 
1.     Estudiar los expedientes que le sean turnados para formular los proyectos de dictámenes de los conflictos laborales.
2.     Asistir oportunamente a las sesiones de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación.
3.     Someter a consideración de los otros integrantes de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación los proyectos de dictamen que formule con relación a los expedientes de los conflictos laborales que le sean asignados.
4.     Analizar y presentar por escrito la opinión jurídica respecto de los dictámenes que serán sometidos al Pleno de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación.
5.     Resolver los recursos de revisión junto con los demás integrantes y en los que deba intervenir en términos de la Ley Reglamentaria aplicable.
6.     Llevar el registro, control y seguimiento de los asuntos en que participe.
7.     Emitir su voto en todos los conflictos de trabajo que se sesionen por el Pleno de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación, salvo los casos en que se encuentre impedido.
8.     Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional; Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos materiales y financieros asignados.
4.     Cuidar el uso confidencial de la información.
5.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
6.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
7.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: no
 
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Haber servido al Poder Judicial de la Federación como empleado de base, por un periodo no menor de cinco años, anterior a la fecha de la designación.
III.3  Otros requisitos:
-     Los señalados en los artículos 121 y 156 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
3 - MANDOS MEDIOS
05 - ADMINISTRATIVA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
06 - COORDINADOR DE ÁREAS
CF30506
12 MX/MD/MN
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Coordinar técnica y administrativamente las áreas a su cargo y los proyectos que le sean encomendados, para contribuir al funcionamiento del área administrativa de su adscripción, conforme a la normatividad establecida en la materia de su competencia.
II.2   Funciones:
1.     Programar, organizar, dirigir y ejecutar los proyectos a su cargo y los recursos humanos y materiales asignados para su desarrollo.
2.     Coordinar el desarrollo de las actividades de las áreas a su cargo, así como del personal directivo que le reporta.
3.     Asesorar, investigar y elaborar opiniones técnicas jurídico administrativas que permitan la resolución de los asuntos encomendados tanto por el Pleno del Consejo o la comisión respectiva del área administrativa de su adscripción.
4.     Integrar la documentación soporte que se requiera para la elaboración de puntos para acuerdo e informativos, solicitando a los integrantes de su área la información que considere faltante.
5.     Elaborar los proyectos de acuerdos que le sean encomendados, soportados con los elementos técnicos jurídico administrativos, conforme a las materias de su competencia.
6.     Realizar estudios de la normatividad existente, que sea aplicable en los trabajos que se deriven de
los acuerdos que se establezcan en el área administrativa donde se encuentre adscrito.
7.     Acordar con su jefe inmediato, la proyección de resoluciones de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
8.     Emitir opiniones técnicas sobre los asuntos que deba resolver el funcionario superior en donde se encuentre adscrito, proponiendo alternativas para su resolución.
9.     Obtener la información que requiera para la atención de los asuntos encomendados, analizando y procesando los datos para generar instrumentos estadísticos, índices e indicadores de comportamiento.
10.   Preparar, compilar e integrar la información técnica que requiera el titular de su área para las reuniones de trabajo con las instancias superiores.
11.   Elaborar propuestas para la simplificación de los procesos institucionales en los que participe el área administrativa de su adscripción.
12.   Proporcionar información a los servidores públicos que así lo soliciten de los asuntos que lleve a cabo, conforme a las instrucciones emitidas.
13.   Intervenir en los eventos en que deba participar el área; así como, en grupos de trabajo que se integren para la resolución de los asuntos y desarrollo de proyectos asignados, cuando le sea encomendado.
14.   Establecer coordinación con las áreas administrativas, para obtener la información necesaria para la atención y/o resolución de asuntos que deban efectuarse en forma conjunta.
15.   Formular el contenido de oficios, notas informativas, memoranda y cualquier otro documento oficial que se requiera para establecer comunicación con las áreas administrativas con las que deba tener relación.
16.   Las demás que establezca el titular del área administrativa de su adscripción, su jefe inmediato y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Dar seguimiento al cumplimiento de los asuntos que le sean encomendados.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de apoyo: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
 
       Valores: no
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de tres años en el ámbito de las funciones sustantivas a desempeñar.
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de cuatro años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
3 - MANDOS MEDIOS
05 - ADMINISTRATIVA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
08 - ADMINISTRADOR
REGIONAL A
CF30508
12 MX/MD/MN
Nota: La asignación de este puesto y el rango salarial, se dará con base en los Criterios para la Determinación de Plantillas en Administraciones Regionales y Delegaciones Administrativas aprobados por el Pleno del Consejo.
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Coordinar el otorgamiento de los servicios administrativos que requieren los órganos jurisdiccionales y las áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal, ubicados en el interior de la República Mexicana, para su operación, de conformidad con los lineamientos vigentes en cada materia.
II.2   Funciones:
1.     Atender las necesidades administrativas de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas en el interior de la República Mexicana, informarles sobre la evolución de sus gestiones, el cumplimiento de sus solicitudes y demás reportes que les soliciten.
 
2.     Llevar a cabo los procesos en materia de administración de recursos humanos, materiales, y financieros en los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas en el interior de la República Mexicana.
3.     Difundir y aplicar las políticas, normas y criterios vigentes en materia de administración de recursos humanos, materiales, y financieros en los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas en el interior de la República Mexicana.
4.     Proponer a la Coordinación de Administración Regional modificaciones y mejoras a los planes, programas, organización, procedimientos y presupuesto para atender las necesidades y requerimientos de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas en el interior de la República Mexicana.
5.     Elaborar los informes de avance de los programas anuales de trabajo de la Administración Regional, con la periodicidad que establezcan la Secretaría Ejecutiva de Finanzas y Servicios Personales y la Coordinación de Administración Regional.
6.     Vigilar que las Delegaciones Administrativas a su cargo cumplan puntualmente con sus obligaciones.
7.     Las demás que determinen el titular de la Coordinación Administrativa y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Cumplir los criterios que se establezcan para la operación de la Administración Regional.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de servicio: sí
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
 
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de tres años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de cuatro años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Manejo de equipo de cómputo y los programas de software requeridos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Sujetarse a los lineamientos que se establezcan para acceder a esta categoría.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
3 - MANDOS MEDIOS
05 - ADMINISTRATIVA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
01 - DIRECTOR DE ÁREA
CF30501
13 ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Asegurar el cumplimiento de las atribuciones del área administrativa de su adscripción, administrando el desarrollo de los servicios, proyectos y recursos que le sean encomendados para el adecuado funcionamiento del área a su cargo.
II.2   Funciones:
1.     Organizar y ejecutar las labores de la dirección de área a su cargo.
2.     Coordinar la elaboración y desarrollo de los proyectos de su área.
3.     Acordar con su jefe inmediato los criterios para el desarrollo de los proyectos de trabajo de su área para su aprobación e implementación.
4.     Proponer los puntos para acuerdo e informativos a someter a las instancias competentes y al Pleno del Consejo.
 
5.     Proponer los proyectos a considerar en el Programa Anual de Trabajo del ámbito de su competencia.
6.     Presentar para acuerdo con su jefe inmediato, los asuntos que requieran de su autorización.
7.     Coordinar, controlar y evaluar el uso adecuado de los recursos materiales y, en su caso, financieros a su cargo.
8.     Coordinar, dirigir y controlar laboral y administrativamente al personal a su cargo.
9.     Verificar que los trámites y procedimientos administrativos se realicen conforme a las normas y políticas establecidas.
10.   Llevar control de los permisos y comunicar a su jefe inmediato las incidencias del personal a su cargo.
11.   Establecer mejoras a los métodos y procedimientos de trabajo del área a su cargo.
12.   Coordinar la elaboración de estudios, opiniones técnicas, presentaciones, documentos y oficios en el ámbito de su competencia.
13.   Las demás que establezca el titular del área administrativa de su adscripción, su jefe inmediato y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Dar seguimiento al cumplimiento de los asuntos que le sean encomendados.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de servicio: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí (en caso que le sean asignados).
       Información confidencial: sí
 
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de tres años en el ámbito de las funciones sustantivas a desempeñar.
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de cuatro años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Manejo de equipo de cómputo y los programas de software requeridos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
4 - HOMÓLOGOS A MANDOS
MEDIOS
03 - JURÍDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
08 - SUPERVISOR
CF40308
13 ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Supervisar en forma directa y sistemática el cumplimiento de las normas que rigen la función sustantiva y administrativa del defensor público y asesor jurídico, permitiendo conocer las condiciones de su desempeño.
II.2   Funciones:
1.     Consultar los expedientes judiciales o administrativos y de control; así como, instrumentos de registro a cargo del servidor público, haciendo un análisis comparativo de los mencionados anteriormente, verificando la organización administrativa y las condiciones de trabajo que existan en la adscripción.
2.     Presenciar diligencias judiciales en las que intervenga el supervisado, asentando las circunstancias generales que advierta y, en su caso, las quejas o inconformidades que llegare a presentar cualquier persona respecto del desempeño del servidor público visitado.
3.     Realizar visitas directas al defensor público adscrito ante órgano jurisdiccional, trasladándose hasta el centro de reclusión donde se encuentren el mayor número de defensos, para conocer de propia
voz, su opinión respecto de la atención recibida y, en su caso, si existen quejas sobre el servicio.
4.     Hacer constar en acta circunstanciada la visita de supervisión, que al efecto se levante ante dos testigos de asistencia, precisando el desarrollo de la visita y debiendo firmar las personas que intervengan.
5.     Conceder el uso de la palabra a todas y cada una de las personas que deseen intervenir en el desarrollo de la visita de supervisión, particularmente al supervisado para que exprese lo que a sus intereses convenga en relación con el resultado de la supervisión.
6.     Dar instrucciones al supervisado sobre aspectos que no admitan demora.
7.     Presentar en el plazo concedido, el acta circunstanciada y el informe de la visita practicada, debiendo integrar un expediente con la documentación requerida.
8.     Informar acerca de las circunstancias que pueden incidir en el servicio que prestan los defensores públicos y asesores jurídicos.
9.     Recibir y conocer las inconformidades que se presentan en contra del servidor público visitado, debiendo conducirse con imparcialidad, objetividad y sin interés personal alguno, y remitir a la unidad que corresponde, para que formen parte del acta y del informe que como resultado de la supervisión se levanten.
10.   Las demás que establezca el Director General del Instituto Federal de la Defensoría Pública, su jefe inmediato y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley Federal de Defensoría Pública; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Velar por la estricta aplicación de la Ley Federal de Defensoría Pública, en apego a lo señalado en los artículos 48 al 54 de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública.
2.     Cumplir con lo señalado en el Capítulo VII de la Ley Federal de Defensoría Pública.
3.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
4.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
5.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
6.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos, materiales y financieros asignados.
7.     Cuidar el uso confidencial de la información.
8.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
9.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
10.   Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: no
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de servicio: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
       Información confidencial: sí
 
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Haber desempeñado el puesto de Defensor Público o Asesor Jurídico definitivo.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
-     Gozar de buena reputación y solvencia moral.
-     Aprobar los procedimientos internos de selección.
-     Demostrar objetividad, perseverancia, acuciosidad y orden.
-     Antigüedad en la Institución encargada de la defensa pública federal y en la plaza de Defensor Público o Asesor Jurídico definitivo.
-     Grado académico, que comprende el nivel de estudios con que cuenta el servidor público; así como, los diversos cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente.
-     Disciplina, mesura y prudencia del servidor público dentro de la Institución.
-     Haber desempeñado de manera destacada el cargo que ocupa de Defensor Público o Asesor Jurídico definitivo dentro del Instituto Federal de Defensoría Pública.
-     Haber ejercido su función bajo los principios de ética, probidad, honradez y profesionalismo.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
4 - HOMÓLOGOS A MANDOS
MEDIOS
04 - APOYO Y ASESORÍA A
SPS
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
01 - SECRETARIO DE APOYO B
CF40401
13 ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Apoyar en la toma de decisiones, proporcionando elementos técnicos administrativos para el desahogo de los asuntos del área administrativa de su adscripción.
II.2   Funciones:
1.     Dar cuenta al jefe inmediato de los asuntos que se reciben, identificando aquellos que requieran de atención prioritaria.
2.     Llevar a cabo investigaciones y emitir opinión técnica de los asuntos que le sean turnados.
3.     Integrar los expedientes de los asuntos con la información soporte, y llevar el seguimiento hasta su conclusión.
 
4.     Elaborar proyectos de respuesta de los asuntos que le sean encomendados.
5.     Elaborar notas informativas sobre los asuntos encomendados, recopilando y procesando la información requerida.
6.     Proponer las metodologías, mecanismos o acciones para la resolución de asuntos en forma ágil y oportuna.
7.     Apoyar en la elaboración y revisión de proyectos de dictámenes en las materias que correspondan a la competencia de las áreas en donde se encuentre adscrito.
8.     Realizar investigaciones documentales y de campo, con la aprobación de su superior, para el cumplimiento de los proyectos de trabajo.
9.     Analizar, documentar y proponer alternativas de diagnóstico y solución de los proyectos a su cargo.
10.   Diseñar controles y elaborar propuestas de procedimientos administrativos en el ámbito de su competencia.
11.   Participar en equipos de trabajo multidisciplinarios para el desarrollo de proyectos institucionales.
12.   Asistir y participar en las reuniones de trabajo conforme le sea instruido por el superior inmediato.
13.   Proporcionar la orientación que se requiera durante el desarrollo de los proyectos del área de su adscripción.
14.   Coordinar con otras instituciones u organismos el intercambio de información, metodologías y procedimientos aplicables para la resolución de asuntos que se le encomienden.
15.   Las demás que establezca el titular del área administrativa de su adscripción, su jefe inmediato y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Dar seguimiento al cumplimiento de los asuntos que le sean encomendados.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: no
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
 
-     Vehículo de servicio: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: no
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por comisiones oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional relacionado con las funciones sustantivas a desempeñar, expedidos por autoridad competente o, en su caso, de cualquier otra materia, y que cumpla con la experiencia laboral.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de tres años en el ámbito de las funciones sustantivas del puesto a desempeñar.
       Cuando la formación académica no cumpla con las funciones sustantivas a desempeñar, deberá contar con experiencia profesional mínima de cuatro años en el ámbito de esas funciones.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Manejo de equipo de cómputo y los programas de software requeridos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CF - CONFIANZA
4 - HOMÓLOGOS A MANDOS
MEDIOS
03 - JURÍDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
11 - DELEGADO
CF40311
13A ÚNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Coordinar los servicios de defensa pública y asesoría jurídica en la circunscripción territorial donde se determine su adscripción, así como gestionar y vigilar el aprovechamiento de los recursos humanos y materiales dentro de la propia demarcación.
II.2   Funciones:
1.     Planear, organizar, dirigir y supervisar el trabajo, el control administrativo, la gestión y el seguimiento de acciones institucionales con el personal profesional, administrativo, de apoyo y con defensores públicos y asesores jurídicos federales adscritos en cada Delegación.
2.     Realizar, de manera permanente, la supervisión documental a defensores públicos y asesores jurídicos para constatar que la información y documentación, a que se refieren los artículos 42 y 44
de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, se haya remitido conforme lo indican tales preceptos.
3.     Resguardar los expedientes de control cuidando que se encuentren debidamente integrados y remitir los diagnósticos, en forma coordinada con el programa anual de visitas de supervisión directa, a la Unidad de Supervisión y Control de Defensa Penal y Asesoría Jurídica.
4.     Supervisar que los defensores públicos y asesores jurídicos mantengan permanentemente actualizada la información, relacionada con sus respectivas funciones, y que sea necesario registrar en los sistemas electrónicos empleados por el Instituto Federal de Defensoría Pública.
5.     Designar al defensor público o asesor jurídico sustituto o suplente, en los casos de faltas temporales o impedimento con la finalidad de evitar que se actualice la hipótesis del tipo penal prevista en la fracción I del artículo 232 del Código Penal Federal; así como, a los defensores públicos que atiendan, por turno, las solicitudes que se presenten en materia de ejecución de sentencias.
6.     Concentrar, validar y enviar a la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública, la información estadística requerida; así como, proporcionar los datos que le sean solicitados por la Dirección General, las unidades administrativas o las secretarías técnicas del Instituto.
7.     Cumplir con el horario de labores y estar presentes en su Delegación a efecto de resolver oportunamente los problemas que se susciten, salvo cuando el Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública los comisione o autorice a faltar para atender asuntos propios debidamente justificados o realicen visitas de trabajo, acuda ante autoridades o centros de reclusión.
8.     Vigilar que se cumplan los horarios de trabajo determinados, estableciendo los mecanismos de control necesarios y preservar la disciplina de todo el personal.
9.     Programar los períodos vacacionales, con los ajustes derivados de los permisos concedidos y remitirlos, oportunamente, a la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública, para su aprobación.
10.   Acordar, conforme a los lineamientos establecidos, las solicitudes planteadas para ausentarse del trabajo hasta por tres días con causa justificada a cuenta de vacaciones o con goce de sueldo en casos extraordinarios, debiendo documentarlo y haciéndolo del conocimiento de la Unidad de Apoyo Operativo.
11.   Practicar visitas de trabajo cuando menos una vez al año y, conforme a disponibilidades presupuestales, a cada una de las adscripciones de asesores jurídicos y defensores públicos de su circunscripción.
12.   Identificar y supervisar el óptimo y eficiente manejo de los recursos humanos y materiales, ejecutando las acciones necesarias para el excelente funcionamiento de la Delegación o Dirección.
13.   Efectuar labores de difusión de los servicios que proporciona el Instituto Federal de Defensoría Pública, con la participación de defensores públicos, asesores jurídicos, personal de apoyo operativo y administrativo.
14.   Cuidar que se cumplan las disposiciones de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública y resolver, con el conocimiento de ésta, los problemas que se presenten y no admitan demora, velando en todo momento por el buen funcionamiento de la Delegación correspondiente.
15.   Vigilar, cuando en una ciudad estén adscritos dos o más asesores jurídicos, que la carga de trabajo sea repartida equitativamente en cada una de las modalidades de la prestación del servicio, estableciendo un sistema de recepción y turno de asuntos.
16.   Proponer a la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública, en forma fundada y motivada, cambios de adscripción del personal de apoyo y administrativo de la Delegación a su cargo.
17.   Levantar las actas correspondientes y remitirlas, inmediatamente, a la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública, junto con la documentación que respalde su actuación con el fin de que se inicie el procedimiento administrativo que corresponda, cuando tenga conocimiento de que algún servidor público adscrito a la Delegación incurra en omisión o incumpla sus obligaciones.
18.   Comunicar, inmediatamente, a la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública, con todos los datos, las conductas de las que tuviere conocimiento, realizadas por un servidor público integrante del Instituto Federal de Defensoría Pública, aunque no pertenezca a su adscripción, que afecte la buena reputación o la imagen del propio Instituto.
 
19.   Llevar a cabo las gestiones institucionales que correspondan ante los órganos jurisdiccionales, ministeriales o administrativos que coadyuven al eficaz desarrollo de las funciones de los defensores públicos y asesores jurídicos.
20.   Cumplir, eficiente y oportunamente, con las intervenciones que en casos concretos acuerde el Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública y con los asuntos que les sean turnados por los titulares de las unidades o secretarios técnicos del mismo; así como, verificar que las comisiones encargadas a defensores públicos o asesores jurídicos se cumplan de manera eficiente y oportuna.
21.   Abstenerse de realizar actos o incurrir en omisiones que sean contrarios al buen funcionamiento de la Delegación a su cargo o que generen conflictos entre el personal.
22.   Ser enlace con las demás Delegaciones en la atención de asuntos que comprendan dos o más Delegaciones.
23.   Informar a la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública sobre las necesidades de capacitación advertidas o demandadas en la Delegación en la que se encuentre adscrito.
24.   Las demás que establezca su jefe inmediato y las disposiciones aplicables.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley Federal de Defensoría Pública; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Garantizar la prestación de los servicios de defensa pública y asesoría jurídica en su demarcación territorial, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables; así como, los lineamientos y políticas establecidos por el Instituto Federal de Defensoría Pública.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, tales como acuerdos generales y manuales administrativos aplicables.
5.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de servicio: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones y por desempeño de comisiones
oficiales.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Haber desempeñado el puesto de Defensor Público o Asesor Jurídico definitivo, Supervisor o Evaluador.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
-     Gozar de buena reputación y solvencia moral.
-     Aprobar los procedimientos internos de selección.
-     Demostrar objetividad, perseverancia, acuciosidad y orden.
-     Antigüedad en la Institución encargada de la defensa pública federal y en la plaza de Defensor Público o Asesor Jurídico definitivo, Supervisor o Evaluador.
-     Grado académico, que comprende el nivel de estudios con que cuenta el servidor público; así como, los diversos cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente.
-     Tomar en cuenta la disciplina, mesura y prudencia del servidor público dentro de la Institución.
-     Haber desempeñado de manera destacada el cargo ocupa de Defensor Público o Asesor Jurídico definitivo, Supervisor o Evaluador dentro del Instituto.
-     Continuidad en el desempeño.
-     Haber ejercido su función bajo los principios de ética, probidad, honradez y profesionalismo.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
Descripción de Puesto
I.     Datos de control.-
Tipo:
Grupo:
Rama:
CJ - CARRERA JUDICIAL
4 - HOMÓLOGOS A MANDOS
MEDIOS
02 - JURISDICCIONAL
Puesto:
Clave:
Nivel y Rango:
04 - SECRETARIO DE
TRIBUNAL
CJ40204
13A ÚNICO
Nota: Este puesto también está adscrito al centro de justicia penal federal, con las particularidades que especifique su Manual de Organización y de Puestos.
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
       Apoyar en el estudio y resolución de los asuntos que son del conocimiento del tribunal colegiado o unitario de Circuito, o del centro de justicia penal federal al que se encuentre adscrito, según la materia de su especialización y, en su caso, practicar las diligencias y dictar las providencias de trámite.
II.2   Funciones:
1.     Certificar los actos que realizan los titulares y autenticar todos los hechos jurídicos de importancia
para los juicios de que conoce el tribunal.
2.     Elaborar los estudios y proyectos de resolución de los asuntos que le sean encomendados.
3.     Autorizar las comunicaciones oficiales, actos, diligencias, autos y toda clase de resoluciones que se expidan, asienten, practiquen o dicten, dando fe de dichos actos.
4.     Asentar en los expedientes las certificaciones relativas a términos de prueba y las demás razones que expresan las leyes o que su superior ordene.
5.     Asistir a las diligencias que requieran de su presencia conforme a las leyes.
6.     Expedir las copias autorizadas que las leyes determinen o deban darse a las partes por disposición judicial.
7.     Cuidar que los expedientes sean debidamente foliados al agregarse cada una de las hojas, sellando las actuaciones, oficios y demás documentos que lo requieran.
8.     Guardar en un lugar seguro del órgano jurisdiccional los pliegos, escritos o documentos, cuando así lo dispongan las leyes.
9.     Inventariar y conservar en su poder los expedientes mientras no se remitan al archivo y, en su caso, entregarlos con las formalidades legales.
10.   Proporcionar a los interesados los expedientes en los que fueren parte y que soliciten para informarse del estado de éstos, para tomar apuntes o cualquier otro efecto legal, siempre que no estén en poder de la actuaría y que sea en su presencia, sin extraer actuaciones.
11.   Realizar notificaciones en casos urgentes, cuando lo determine su superior.
12.   Ordenar y vigilar que se despachen sin demora los asuntos y la correspondencia.
13.   Suplir al titular del tribunal unitario de Circuito o a un Magistrado del tribunal colegiado de Circuito de su adscripción, cuando le sea encomendado conforme a la normativa establecida.
14.   Las demás que establezca el titular del órgano jurisdiccional de su adscripción.
II.3   Marco normativo:
       Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; y, otros acuerdos generales.
II.4   Responsabilidades:
1.     Las inherentes a los proyectos de resolución de los asuntos que se le encomienden.
2.     Interpretar y aplicar los recursos legales existentes para fundamentar y motivar los proyectos de resolución.
3.     Seguir los procedimientos y tiempos autorizados por las leyes.
4.     Dar cuenta diariamente a su superior y dentro del término establecido, con todos los escritos y promociones, en los asuntos de la competencia del tribunal unitario de Circuito o del tribunal colegiado de Circuito al que esté adscrito.
5.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, igualdad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
6.     Administrar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados.
7.     Cuidar el uso confidencial de la información.
8.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
9.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
10.   Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Manejo de recursos y entorno laboral:
       Humanos: sí
 
       Materiales:
-     Mobiliario y equipo de oficina: sí
-     Vehículo de servicio: no
-     Equipo de cómputo y comunicaciones: sí
       Valores: sí
       Información Confidencial: sí
       Ambiente de trabajo: normal de oficina.
       Riesgo de trabajo: inherente al desempeño de sus funciones.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciado en Derecho o Abogado, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya aprobado su examen profesional para obtener título de licenciado en Derecho, o Abogado salvo en aquellos casos en que se satisfagan los siguientes requisitos:
      Que antes de titularse el aspirante haya laborado en órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación o en el Consejo de la Judicatura Federal, desarrollando actividades relacionadas con aspectos jurídicos, independientemente de la categoría que tenga o del cargo que desempeñe; debiendo tener, en cualquier caso, una antigüedad de cuando menos tres años; y,
      Que el Magistrado de Circuito solicitante manifieste que el aspirante a ocupar la plaza posee práctica profesional de más de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Haber aprobado los exámenes de aptitud practicados por el Instituto de la Judicatura Federal, de conformidad con las disposiciones establecidas, lo señalado en los artículos 107 y 115 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y en los acuerdos que emita el Pleno del Consejo.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no se adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Los demás que establezcan las disposiciones aplicables.
(Continúa en la Tercera Sección)