RESOLUCIÓN del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la solicitud de registro del Convenio de la Coalición para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; parcial para postular treinta y dos fórmulas de candidaturas a Senadores por el principio de mayoría relativa y flexible para postular ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a Diputados por el principio de mayoría relativa, presentado por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y el Partido Político Nacional denominado Nueva Alianza, para contender bajo esa modalidad en el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG07/2018.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN PARA POSTULAR CANDIDATURA A PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; PARCIAL PARA POSTULAR TREINTA Y DOS FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A SENADORES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA Y FLEXIBLE PARA POSTULAR CIENTO TREINTA Y TRES FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, PRESENTADO POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y EL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL DENOMINADO NUEVA ALIANZA, PARA CONTENDER BAJO ESA MODALIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017-2018
ANTECEDENTES
I.        Los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y el Partido Político Nacional denominado Nueva Alianza (en adelante Nueva Alianza) se encuentran en pleno goce de sus derechos y sujetos a las obligaciones previstas en Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en la Ley General de Partidos Políticos.
II.       El ocho de septiembre de dos mil diecisiete, en sesión extraordinaria, se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establece el periodo de precampañas para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, así como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas", identificado con la clave INE/CG427/2017, el cual fue publicado el veintinueve de septiembre del mismo año en el Diario Oficial de la Federación.
III.       El treinta de octubre de dos mil diecisiete, en sesión ordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el Instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar Coaliciones para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de senadores y de diputados por el principio de mayoría relativa, en sus diversas modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/CG504/2017, publicado el veinticuatro de noviembre del mismo año en el Diario Oficial de la Federación. En lo sucesivo, a dicho instrumento se denominará el Instructivo.
IV.      A través de escrito de catorce de diciembre de dos mil diecisiete, presentado en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, solicitaron el registro del convenio de coalición para postular candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, parcial para postular treinta y dos fórmulas de candidaturas a senadores y flexible para postular ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a diputados, en ambas elecciones por el principio de mayoría relativa, y presentaron la documentación respectiva a su aprobación.
V.       Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3930/2017, y una tarjeta ejecutiva, ambas de quince de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos y la Directora de Partidos Políticos y Financiamiento, respectivamente, remitieron al Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización y al Director de Pautado, Producción y Distribución, el convenio de coalición suscrito entre los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para que fuera analizado en el ámbito de su respectiva competencia.
VI.      Los días quince y dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete se recibieron en la Dirección
Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la tarjeta No. 118 y los oficios INE/UTF/DA-F/19248/17 e INE/UTF/DA-F/19280/17, signados, respectivamente, por el Director de Pautado, Producción y Distribución y por el Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización, en los cuales comunican el resultado del análisis realizado a las cláusulas del convenio de coalición relacionadas con su correspondiente ámbito de atribuciones.
VII.      Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3954/2017, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, solicitó su apoyo al Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización, con la finalidad de saber si el nombre de la coalición "Meade ciudadano por México", podría tener algún efecto en la propaganda electoral respecto al prorrateo de gastos o a algún otro precepto establecido en el Reglamento de Fiscalización.
VIII.     El diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete se recibió en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos el oficio Núm. INE/UTF/DA-F/19428/17, signado por el Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización, mediante el cual da respuesta a la citada consulta en el antecedente VII de la presente Resolución.
IX.      Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3965/2017, el diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, comunicó el resultado de la revisión del convenio de coalición y requirió a los órganos directivos competentes de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por conducto de sus respectivos representantes propietarios ante el Consejo General, para subsanar diversas observaciones.
X.       El veinte de diciembre de dos mil diecisiete fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito mediante el cual los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza desahogaron las observaciones del convenio de coalición, en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3965/2017.
XI.      Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4030/2017, el veinte de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, solicitó a los órganos directivos competentes de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por conducto de sus respectivos representantes propietarios ante el Consejo General, precisar la forma en que será distribuida la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión.
XII.      El veinte de diciembre de dos mil diecisiete fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito mediante el cual los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza desahogaron las observaciones del convenio de coalición, en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4030/2017.
XIII.     Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4093/2017, el veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, solicitó a los órganos directivos competentes de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por conducto de sus respectivos representantes propietarios ante el Consejo General, designar a un responsable de la rendición de cuentas, y realizó diversas observaciones respecto a la denominación de la coalición en comento.
XIV.    El tres de enero del presente año fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito mediante el cual los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza desahogaron las observaciones del convenio de coalición, en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4093/2017.
XV.     A través del oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0019/2018, de tres de enero del presente año, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos remitió al Presidente del Consejo General el anteproyecto de Resolución respecto de la solicitud del registro del convenio de coalición que nos ocupa, para los efectos señalados en el artículo 92, párrafos 2 y 3 de la Ley General de Partidos Políticos.
 
XVI.    El tres de enero del año en curso, mediante oficio INE/PC/003/2018, el Presidente del Consejo General de esta autoridad electoral administrativa instruyó al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos hacer del conocimiento de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos el anteproyecto en cita, con la finalidad de que en su oportunidad, fuera sometido a consideración del órgano superior de dirección.
XVII.    En sesión extraordinaria privada efectuada el cuatro de enero del presente año, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral conoció el anteproyecto de Resolución respecto de la solicitud de registro del convenio de coalición parcial presentado por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para contender en el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
          Al tenor de los Antecedentes que preceden; y
CONSIDERANDO
1.       Los artículos 9 y 41, párrafo segundo, Base I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionados con lo señalado en los artículos 23, párrafo 1, inciso f); 85, párrafo 2, así como 87 de la Ley General de Partidos Políticos, constituye un derecho de las entidades de interés público formar coaliciones para postular candidatos en las Elecciones Federales.
2.       El esquema institucional para actuar políticamente y participar en procesos electorales para elegir a gobernantes dentro de los marcos legales está basado en el sistema de partidos y, desde la reforma de 2014 cuenta también con la participación de candidaturas independientes. Este sistema de partidos actualmente está conformado por nueve institutos políticos registrados ante esta autoridad electoral administrativa con el carácter de Partido Político Nacional.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
3.       De conformidad con el Transitorio Segundo, fracción I, inciso f) numeral 1 del decreto de 10 de febrero de 2014 por el que se por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, la Ley General que regula los Partidos Políticos Nacionales y locales, establece un sistema uniforme de coaliciones para los Procesos Electorales Federales y locales.
4.       El derecho de asociación encuentra sustento legal en los artículos 9o., párrafo primero y 35, fracción III, al establecerse que no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito, además de que es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos asociarse con el objeto de participar en la vida política del país.
5.       De conformidad con el artículo 41, párrafo segundo, Base I, los partidos políticos son entidades de interés público que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales.
6.       El artículo 41, párrafo segundo, Base V, en relación con los numerales 29, párrafo 1; 30, párrafo 2 y 31, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, indican que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo que tiene como función estatal la organización de las elecciones, es autoridad en la materia, cuyas actividades se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
7.       El artículo 44, párrafo 1, inciso j), determina que es atribución del Consejo General vigilar que las actividades de los partidos políticos y las agrupaciones políticas nacionales se desarrollen con apego a la ley en cita, así como a la Ley General de Partidos Políticos, y cumplan con las
obligaciones a que están sujetos.
8.       El artículo 226, párrafo 2, inciso a) y c), prevé que durante los Procesos Electorales Federales en que se renueven el titular del Poder Ejecutivo Federal y las dos Cámaras del Congreso de la Unión, las precampañas darán inicio en la tercera semana de noviembre del año previo al de la elección, no podrán durar más de sesenta días y darán inicio al día siguiente de que se apruebe el registro interno de los precandidatos. Sin embargo, mediante Acuerdo identificado con la clave INE/CG386/2017, aprobado en sesión extraordinaria de este Consejo General, celebrada el veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, se determinó que las precampañas darán inicio el día catorce de diciembre de dos mil diecisiete a efecto de homologar los calendarios de los procesos electorales federal y locales concurrentes.
9.       Los artículos 232 al 241, establecen el procedimiento para el registro y sustitución de candidatos que deberán cumplir los partidos políticos y, en su caso, las coaliciones.
10.      En los artículos 242 al 251, prevé las disposiciones a que deberán sujetarse los partidos políticos y, en su caso, las coaliciones, en lo relativo al desarrollo de las campañas electorales.
Ley General de Partidos Políticos
11.      Los artículos 23, párrafo 1, inciso f), relacionado con el 85, párrafo 2, establecen como derecho de los partidos políticos el formar coaliciones para las elecciones federales, con la finalidad de postular candidaturas de manera conjunta; siempre que cumplan con los requisitos señalados en la ley, las cuales deberán ser aprobadas por el órgano de dirección nacional que establezca el Estatuto de cada uno de los partidos integrantes de la misma.
12.      Derivado de la reforma constitucional en materia política-electoral, publicada el diez de febrero de dos mil catorce en el Diario Oficial de la Federación, cuya consecuencia, entre otras, fue la promulgación de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como de la Ley General de Partidos Políticos, se establecieron nuevos Lineamientos que deberán observar los partidos políticos que deseen formar coaliciones para participar en los Procesos Electorales Federales; cuya regulación se encuentra prevista en los artículos 87 a 92.
13.      El artículo 87, párrafos 1 y 8, acota el derecho a formar coaliciones únicamente a los Partidos Políticos, a fin de participar en las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, así como de senadores y de diputados por el principio de mayoría relativa. Por otra parte, el artículo 21 del mismo ordenamiento indica que las agrupaciones políticas nacionales sólo podrán participar en Procesos Electorales Federales mediante Acuerdos de participación con un partido político o coalición.
14.      El artículo 87, párrafo 7 señala que las entidades de interés público que se coaliguen para participar, en las elecciones ya mencionadas, deberán celebrar y registrar el respectivo convenio, en términos de lo dispuesto en el capítulo II del Título Noveno de la mencionada Ley.
15.      El párrafo 9 del mismo artículo señala que los partidos políticos no podrán celebrar más de una coalición en un mismo Proceso Electoral Federal.
16.      El párrafo 11 del referido artículo 87 indica que la coalición terminará automáticamente una vez concluida la etapa de resultados y de declaraciones de validez de las elecciones de senadores y diputados, en cuyo caso, los candidatos a senadores o diputados de la coalición que resultaren electos quedarán comprendidos en el instituto político o grupo parlamentario que se haya señalado en el convenio respectivo.
17.      Por su parte, el párrafo 12 del mencionado artículo 87, dispone que independientemente del tipo de elección, convenio y términos que en el mismo adopten los partidos coaligados, cada uno de ellos aparecerá con su propio emblema en la boleta electoral, según la elección de que se trate; los votos se sumarán para el candidato de la coalición y contarán para cada uno de los partidos políticos para todos los efectos establecidos en dicha Ley.
18.      El párrafo 14 del citado artículo 87, determina que en todo caso, cada uno de los partidos
coaligados deberá registrar listas propias de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional y su propia lista de candidatos a senadores por el mismo principio.
19.      El párrafo 15 del mismo artículo 87, estipula que las coaliciones deberán ser uniformes, esto es, ningún partido político podrá participar en más de una coalición y éstas no podrán ser diferentes, en lo que hace a los partidos que las integran, por tipo de elección.
20.      El artículo 88 establece las modalidades en que se podrán celebrar convenios de coalición para las elecciones de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y diputados por el principio de mayoría relativa, al tenor siguiente:
"Artículo 88.
...
2. Se entiende como coalición total, aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o local, a la totalidad de sus candidatos a puestos de elección popular bajo una misma Plataforma Electoral.
...
5. Coalición parcial es aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o local, al menos al cincuenta por ciento de sus candidatos a puestos de elección popular bajo una misma Plataforma Electoral.
6. Se entiende como coalición flexible, aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo Proceso Electoral Federal o local, al menos a un veinticinco por ciento de candidatos a puestos de elección popular bajo una misma Plataforma Electoral."
Nota. Lo subrayado es propio.
21.      El artículo 88 numeral 3, establece que si dos o más partidos se coaligan en forma total para las elecciones de senadores o diputados, deberán coaligarse para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
22.      Por su parte el artículo 89 señala los requisitos que deberán acreditar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar una coalición.
23.      El artículo 90 preceptúa que independientemente de la elección para la que se realice una coalición, cada partido conservará su propia representación en los consejos del instituto y ante las mesas directivas de casilla.
24.      El artículo 91 señala los requisitos formales que deberá contener invariablemente el convenio de coalición. Asimismo, se establece que a todos los tipos de coalición les será otorgada la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión de conformidad con el artículo 167 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Plazo de presentación del convenio de coalición
25.      Acorde con lo previsto en el artículo Transitorio Segundo, fracción I, inciso f), numeral 2 del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia política-electoral, de diez de febrero de dos mil catorce, se podrá solicitar el registro de coaliciones hasta la fecha en que inicie la etapa de precampañas.
26.      En el Punto Tercero del Acuerdo identificado con la clave INE/CG427/2017 se estableció que las solicitudes de registro de convenios de coalición y acuerdos de participación, deberán presentarse a más tardar el catorce de diciembre de dos mil diecisiete, de conformidad con los criterios que al efecto determine este Consejo General.
Documentación a presentarse con la solicitud de registro del convenio de coalición
27.      El numeral 1 del Instructivo establece que a más tardar el catorce de diciembre de dos mil
diecisiete los partidos políticos que busquen coaligarse deberán presentar la solicitud de registro del convenio respectivo al Presidente del Consejo General de este Instituto y, en ausencia de éste, al Secretario Ejecutivo, acompañada de la documentación siguiente:
"(...)
1.  (...)
a)   Original del Convenio de coalición en el cual conste firma autógrafa de los Presidentes Nacionales de los partidos políticos integrantes o de sus órganos de dirección nacional facultados para ello, de conformidad con sus respectivos Estatutos. En todo caso, se podrá presentar copia certificada otorgada ante la fe de Notario Público.
b)   Convenio de coalición en formato digital con extensión .doc
c)   Documentación que acredite que el órgano competente de cada partido político integrante de la coalición, sesionó válidamente y aprobó:
-     Participar en la coalición respectiva;
-     La Plataforma Electoral;
-     En su caso, el Programa de Gobierno;
-     En su caso, postular y registrar como coalición a la candidata o candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;
-     En su caso, postular y registrar como coalición a las candidatas y candidatos a senadores por el principio de mayoría relativa;
-     En su caso, postular y registrar como coalición a las candidatas y candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa.
d)       Plataforma Electoral de la coalición, en medio impreso y en formato digital con extensión .doc
e)       En su caso, Programa de Gobierno que sostendrá la candidata o candidato de la coalición a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en medio impreso y en formato digital con extensión .doc
2.  Aunado a lo anterior, a fin de acreditar la documentación aludida en el inciso c) del numeral que precede, los partidos políticos integrantes de la coalición, deberán proporcionar original o copias certificadas, de lo siguiente:
a)   De la sesión celebrada por los órganos de dirección nacional que cuenten con las facultades estatutarias, a fin de aprobar que el partido político contienda en coalición en la elección o las elecciones que corresponda, anexando la convocatoria respectiva, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia.
b)   En su caso, acta de la sesión del órgano competente del partido político, en el cual conste que se aprobó convocar a la instancia facultada para decidir la participación en una coalición, incluyendo convocatoria, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia.
c)   Toda la información y elementos de convicción adicionales que permitan a esta autoridad electoral verificar que la decisión partidaria de conformar una coalición fue adoptada de conformidad con los Estatutos de cada partido político integrante.
(...)"
 
Requisitos del convenio de coalición
28.      El artículo 91, párrafo 1 de la Ley General de Partidos Políticos relacionado con el numeral 3 del Instructivo, el Convenio de coalición contendrá:
"(...)
3.  El convenio de coalición, a fin de ser aprobado por el Consejo General e inscrito en el libro respectivo, deberá establecer, de manera expresa y clara lo siguiente:
a)   La denominación de los Partidos Políticos Nacionales que integran la coalición, así como el nombre de sus representantes legales para los efectos a que haya lugar.
b)   La elección o elecciones que motivan la coalición, especificando su modalidad total, parcial o flexible. En caso de integrarse coalición parcial o flexible se precisará el número total de fórmulas de candidaturas a senadores o diputados a postular, así como la relación de las entidades federativas o los Distritos electorales uninominales, respectivamente, en los cuales contenderán las candidatas y candidatos.
c)   El procedimiento que seguirá cada partido para la selección de los candidatos que serán postulados por la coalición.
d)   El compromiso de las candidatas y candidatos a sostener la Plataforma Electoral, aprobada por los órganos partidarios competentes.
e)   El compromiso de la candidata o candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos de sostener el Programa de Gobierno aprobado por los órganos partidarios competentes, en su caso.
f)    El origen partidario de las candidatas y candidatos a senadores y diputados de mayoría relativa que serán postulados por la coalición, así como el grupo parlamentario o partido político en el que quedarían comprendidos en caso de resultar electos.
g)   La persona o personas que ostentan la representación legal de la coalición, a efecto de interponer los medios de impugnación que resulten procedentes.
h)   La obligación relativa a que los partidos políticos integrantes de la coalición y sus candidatos, se sujetarán a los topes de gastos de campaña que se fijen para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y diputados, como si se tratara de un solo partido político.
i)    La expresión, en cantidades líquidas o porcentajes, del monto de financiamiento que aportará cada partido político coaligado para el desarrollo de las campañas respectivas, así como la forma de reportarlo en los informes correspondientes; lo anterior, con apego irrestricto a las disposiciones legales, reglamentarias y a los Lineamientos que al efecto establezca esta autoridad electoral.
j)    Tratándose de coalición total, el compromiso de aceptar la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión que legalmente corresponda, bajo las parámetros siguientes: el treinta por ciento del tiempo que corresponda distribuir en forma igualitaria, será utilizado por la coalición como si se tratara de un solo partido político; el setenta por ciento del tiempo que corresponda distribuir en forma proporcional a la votación obtenida en la elección para diputados federales inmediata anterior por cada uno de los partidos coaligados, se distribuirá entre cada partido político bajo los términos y condiciones establecidos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
k)   Tratándose de coalición total, el compromiso de nombrar un representante
común para la entrega electrónica de materiales de radio y televisión.
l)    Tratándose de coalición parcial o flexible, el compromiso de cada partido político de acceder a su respectiva prerrogativa en radio y televisión, ejerciendo sus derechos por separado.
m)  La forma en que será distribuida la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión que corresponda ejercer a la Coalición, entre sus candidatas y candidatos a senadores y diputados de mayoría relativa y, en su caso, entre los de cada partido, por cada uno de esos medios de comunicación.
n)   Los integrantes del partido u órgano de la coalición encargado de la administración de los recursos de campaña y de la presentación de los informes respectivos, y
o)   El compromiso de que cada partido político asumirá las responsabilidades que, en su caso, se deriven por la expresión, en cantidades líquidas o porcentajes, del monto del financiamiento que aportará cada partido político coaligado para el desarrollo de las campañas respectivas.
(...)"
Presentación del convenio de coalición por los partidos políticos solicitantes
29.      La solicitud de registro del convenio de coalición, materia de la presente Resolución, se presentó mediante escrito de catorce de diciembre dos mil diecisiete, dirigida al Presidente del Consejo General de este Instituto; lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en el numeral 1 del Instructivo.
30.      El artículo 92, párrafo 2 de la Ley General de Partidos Políticos, en relación con el numeral 4 del Instructivo, disponen que el Presidente del Instituto integrará el expediente respectivo e informará al Consejo General, y para el análisis del convenio se auxiliará de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos así como de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización.
          En ese orden, el catorce de diciembre de dos mil diecisiete se recibió en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos el escrito firmado por los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto, de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, mediante el cual solicitaron el registro del convenio de la Coalición "Meade ciudadano por México", que aunado al escrito recibidos en dicha instancia ejecutiva el veinte del mismo mes y año, suscritos por los representantes propietarios de dichos institutos políticos ante el Consejo General, acompañaron de manera integral la documentación soporte precisada a continuación:
Documentación conjunta:
a)       Originales:
·  Convenio de coalición celebrado por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; parcial para treinta y dos fórmulas de candidaturas a senadores y flexible para ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a diputados, en ambas elecciones por el principio de mayoría relativa, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, firmado por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional, el Vocero del Partido Verde Ecologista de México y el Presidente del Comité Directivo Nacional de Nueva Alianza.
·  Texto impreso de la Plataforma Electoral y programa de gobierno que para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos sostendrán las candidaturas de la coalición
durante las campañas electorales.
b)       Diversa documentación:
·  Memoria "USB" que contiene archivos electrónicos, con extensión .doc., del convenio de coalición, de la Plataforma Electoral y del programa de gobierno.
Documentación del Partido Revolucionario Institucional:
A.       Actos de la Cuadragésima Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional relativos al análisis, discusión y aprobación de la propuesta para que el Presidente Nacional iniciara pláticas con partidos políticos afines para buscar formar una coalición para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
a)   Documentación Original
·  Tercer Testimonio del Instrumento número 30,578 (treinta mil quinientos setenta y ocho), expedido por el Lic. Sergio Rea Field, notario público número 241 del Distrito Federal; actualmente la Ciudad de México, que contiene la Fe de Hechos de la Cuadragésima Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, realizada el once de octubre de dos mil diecisiete.
Asimismo, en el apéndice del Instrumento público señalado anteriormente, corre agregada copia notariada de los documentos siguientes:
·  Proyecto de orden del día aprobado para la Cuadragésima Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, a celebrarse el once de octubre del año dos mil diecisiete.
·  Ejemplar del escrito de fecha siete de octubre de dos mil diecisiete, que contiene convocatoria personalizada a la -cuadragésima Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, suscrito por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, dirigida al licenciado Pedro Alberto Salazar Muciño.
·  Lista de asistencia a la Cuadragésima Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, celebrada el once de octubre del año dos mil diecisiete.
·  Acuerdo que autoriza al Comité Ejecutivo Nacional, a través del Titular de su Presidencia, para conocer y acordar coaliciones con partidos políticos afines al Revolucionario Institucional, para participar en las elecciones constitucionales del Proceso Electoral Federal 2017-2018.
·  Acta levantada con motivo de la Cuadragésima Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, a celebrarse el once de octubre del año dos mil diecisiete.
B.       Actos de la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional relativos al análisis, discusión y aprobación de la propuesta de la Plataforma Electoral y programa de gobierno, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, que se presentó a consideración del Consejo Político Nacional.
a)   Documentación original:
·  Convocatoria a la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional, a realizarse el trece de diciembre de dos mil diecisiete, signada por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional.
·  Proyecto de orden del día aprobado para la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, a celebrarse el trece de diciembre del año dos mil diecisiete.
 
·  Lista de asistencia a la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, celebrada el trece de diciembre del año dos mil diecisiete.
·  Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional, celebrada el trece de diciembre de dos mil diecisiete.
b)   Documentación certificada:
·  En la que consta que el Partido Revolucionario Institucional cuenta con registro vigente como Partido Político Nacional ante el Instituto Nacional Electoral, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
·  En la que consta el registro del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
c)   Diversa documentación:
·  Ejemplar del escrito de fecha once de diciembre de dos mil diecisiete, que contiene convocatoria personalizada a la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, suscrito por el Presidente de dicho órgano directivo, dirigida al licenciado Pedro Oxte Conrado.
·  Impresión de pantalla del ejemplar del correo electrónico dirigido al licenciado Pedro Oxte Conrado, mediante el cual se convocó a los integrantes del Consejo Político Nacional a la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional, celebrada el trece de diciembre de dos mil diecisiete.
Documentación del Partido Verde Ecologista de México:
A.       Actos del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México relativo al análisis, discusión y aprobación de la conformación de la coalición electoral para el Proceso Federal Electoral 2017-2018.
a)   Documentación original:
·  Convocatoria a la sesión del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, a celebrarse el nueve de diciembre de dos mil diecisiete, signada por el Secretario General y el Secretario Técnico del Comité Ejecutivo Nacional del citado instituto político.
·  Convocatoria a la sesión del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, a celebrarse el nueve de diciembre de dos mil diecisiete, publicada en el diario de circulación nacional denominado "Excelsior".
·  Razón de fijación en estrados de la Convocatoria a la sesión del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, a celebrarse el nueve de diciembre de dos mil diecisiete, de fecha cinco de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Razón de retiro de estrados de la Convocatoria a la sesión del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, a celebrarse el nueve de diciembre de dos mil diecisiete, de fecha nueve de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Acuerdo del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, identificado con la clave CPN-14/2017, de fecha doce de diciembre de dos mil diecisiete.
b)   Documentación certificada:
·  En la que consta que el Partido Verde Ecologista de México cuenta con registro vigente como Partido Político Nacional ante el Instituto Nacional Electoral, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
·  En la que consta el registro del Vocero Nacional del Partido Verde Ecologista de México, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
 
·  En la que consta la integración del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
·  En la que consta la integración del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
Documentación de Nueva Alianza:
A.       Actos de la sesión del Comité de Dirección Nacional relativos al análisis, discusión y aprobación de la convocatoria y del orden del día para una sesión de Asamblea Extraordinaria del Consejo Nacional de Nueva Alianza.
a)   Documentación original:
·  Razón de publicación por estrados de la convocatoria a la sesión extraordinaria del Comité de Dirección Nacional, signada por el Presidente del Comité de Dirección Nacional, de fecha siete de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Convocatoria a la sesión extraordinaria del Comité de Dirección Nacional, signada por el Presidente del Comité Directivo Nacional, a celebrarse el nueve de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Acta de la sesión extraordinaria del Comité de Dirección Nacional, celebrada el nueve de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Lista de Asistencia de la sesión extraordinaria del Comité de Dirección Nacional, celebrada el nueve de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Razón de retiro de estrados de la convocatoria a la sesión extraordinaria del Comité de Dirección Nacional, signada por el Presidente del Comité de Dirección Nacional, de fecha nueve de diciembre de dos mil diecisiete.
b)   Documentación certificada:
·  En la que consta que Nueva Alianza cuenta con registro vigente como Partido Político Nacional ante el Instituto Nacional Electoral, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
·  En la que consta la integración del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral.
B.       Actos de la asamblea extraordinaria del Consejo Nacional relativos al análisis, discusión y aprobación de la conformación de la Coalición electoral para el Proceso Federal Electoral 2017-2018.
a)   Documentación original:
·  Razón de publicación por estrados de la convocatoria a la asamblea extraordinaria del Consejo Nacional, signada por el Presidente del Comité de Dirección Nacional, de fecha diez de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Convocatoria a la asamblea extraordinaria del Consejo Nacional, emitida por el Comité de Dirección Nacional, a celebrarse el catorce de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Acta de la asamblea extraordinaria del Consejo Nacional, celebrada el catorce de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Lista de asistencia de la asamblea extraordinaria del Consejo Nacional, celebrada el catorce de diciembre de dos mil diecisiete.
·  Razón de retiro de estrados de la convocatoria a la asamblea extraordinaria del Consejo Nacional, signada por el Presidente del Comité de Dirección Nacional, de fecha catorce de diciembre de dos mil diecisiete
b)   Documentación certificada:
·  En la que consta la integración del Consejo Nacional de Nueva Alianza, emitida por el C. Lic. Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado del Instituto Nacional
Electoral.
31.      Acorde con lo establecido en el artículo 55, párrafo 1, inciso c) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relación con el artículo 46, párrafo 1, inciso n) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos coadyuvó con la Presidencia del Consejo General en el análisis de la documentación presentada por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, con el objeto de obtener el registro del convenio de coalición referido.
Revisión de la aprobación estatutaria del convenio de coalición
32.      El Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, a propuesta del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, tiene la atribución de conocer y acordar las propuestas para concertar convenios de coalición tratándose de elecciones federales, acorde a los artículos 8, fracción I y 83, fracción VII de los Estatutos de dicho instituto político, mismos que a la letra disponen, el cual dispone:
"Artículo 8. Para la formación de coaliciones, acuerdos de participación o cualquier alianza con partidos políticos o agrupaciones políticas cuya aprobación corresponda al Consejo Político Nacional, se observará el siguiente procedimiento:
I. Tratándose de elecciones de la persona titular de la Presidencia de la República, de senadurías por el principio de mayoría relativa y diputaciones federales por el mismo principio, quien encabece la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional someterá la coalición al conocimiento y, en su caso, aprobación del Consejo Político Nacional, cuidando los tiempos que la ley previene para el registro de coaliciones; y
(...)
Artículo 83. El Consejo Político Nacional tendrá las atribuciones siguientes:
(...)
VII. Conocer y acordar las propuestas para concertar convenios de confederación, frentes, coaliciones u otras formas de alianza con Partidos afines;
(...)"
Por lo que hace al Partido Verde Ecologista de México, es facultad del Consejo Político Nacional aprobar la celebración y suscripción de coaliciones, con uno o más partidos políticos en el ámbito federal, conforme al artículo 18, fracciones III y IV los Estatutos vigentes, los cuales a la letra establecen:
"Artículo 18.- Facultades del Consejo Político Nacional:
III.- Aprobar la celebración de coaliciones, frentes o alianzas en cualquier modalidad, con uno o más Partidos políticos en el ámbito federal, estatal, municipal o delegacional, así como en su caso, candidaturas comunes en las entidades federativas y en el Distrito Federal. Esta disposición será aplicable siempre que la ley federal o local no establezca que la facultad corresponde a un órgano partidista distinto, pues en ese caso, prevalecerá lo dispuesto en la ley;
IV.- Aprobar la suscripción del convenio de coalición, frente o alianza en cualquier modalidad, con uno o más Partidos políticos, en el ámbito federal, estatal, municipal o delegacional, o en su caso, el convenio de candidaturas comunes; así como las candidaturas respectivas. Esta disposición será aplicable siempre que la ley federal o local no establezca que la facultad corresponde a un órgano partidista distinto, pues en ese caso, prevalecerá lo dispuesto en la ley;
(...)"
Por lo que hace a Nueva Alianza, es facultad del Consejo Nacional aprobar los convenios de coaliciones federales, a propuesta del Comité de Dirección Nacional, conforme a los artículos 38, fracción VII y 57, fracción XVIII, del Estatuto, los cuales a la letra establecen:
"ARTÍCULO 38.- El Consejo Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
(...)
VII. Aprobar la estrategia electoral, los convenios de participación, frentes y coaliciones en los Procesos Electorales Federales a propuesta del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza;
 
ARTÍCULO 57.- El Comité de Dirección Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
(...)
XVIII. Proponer los convenios de coalición o cualquier otra forma de participación conjunta en los Procesos Electorales Federales y ratificar por escrito los que aprueben los Consejos Estatales en las Entidades Federativas;
(...)"
33.      La Presidencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, con el apoyo de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos verificó que al convenio de coalición se acompañara la documentación que acredite que los órganos partidistas competentes aprobaron la suscripción del convenio de coalición cuyo registro solicitan, así como la Plataforma Electoral y el programa de gobierno, apegados a sus respectivos Estatutos. A este respecto, del análisis de tal documentación se corroboró lo siguiente:
a) Respecto a los documentos presentados por el Partido Revolucionario Institucional, acreditan:
Consejo Político Nacional: conforme a los artículos 8, fracción I y 83, fracción VII de los Estatutos Generales; así como 21, fracción VII del Reglamento del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, en la Cuadragésima sesión extraordinaria del Consejo Político Nacional, efectuada el once de octubre de dos mil diecisiete, se aprobó el Acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional, mediante el cual se autoriza al Presidente Nacional a efectuar pláticas para buscar formar una coalición para el Proceso Electoral Federal 2017-2018 con partidos políticos afines y en su momento llevar la propuesta ante el mismo Consejo.
Asimismo, se constató que la convocatoria a la Cuadragésima sesión extraordinaria del Consejo Político Nacional, fue expedida por el Presidente Nacional y notificada a sus integrantes de manera personal y a través de correo electrónico, y la sesión celebrada el once de octubre de dos mil diecisiete, conforme a lo previsto en los artículos 77, 84, fracción I, II y IV de los Estatutos y 18, fracciones I, II, III, VII; 22 y 33 del Reglamento del Consejo Político Nacional. La aludida sesión contó con la asistencia de 563 de los 714 integrantes de dicho órgano directivo acreditados ante este Instituto, por lo que tuvo un quórum del 78 por ciento, así como con la aprobación por unanimidad de la propuesta para autorizar al Presidente Nacional a efectuar pláticas para buscar formar una coalición para el Proceso Electoral Federal 2017-2018 con partidos políticos afines.
Consejo Político Nacional: conforme a los artículos 8, fracción I y 83, fracción VII de los Estatutos Generales; así como 21, fracción VII del Reglamento del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, en la Cuadragésima Segunda sesión extraordinaria del Consejo Político Nacional, efectuada el trece de diciembre de dos mil diecisiete, se aprobó el Acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional, mediante el cual se aprobó formar una coalición para el Proceso Electoral Federal 2017-2018 con el Partido Verde Ecologista de México y con Nueva Alianza.
Asimismo, se constató que la convocatoria a la Cuadragésima sesión extraordinaria del Consejo Político Nacional, fue expedida por el Presidente Nacional y notificada a sus integrantes de manera personal y a través de correo electrónico, y la sesión celebrada el trece de diciembre de dos mil diecisiete, conforme a lo previsto en los artículos 77, 84, fracción I, II y IV de los Estatutos y 18, fracciones I, II, III, VII; 22 y 33 del Reglamento del Consejo Político Nacional. La aludida sesión contó con la asistencia de 525 de los 729 integrantes de dicho órgano directivo acreditados ante este Instituto, por lo que tuvo un quórum del 72 por ciento, así como con la aprobación por unanimidad de los acuerdos relativos al convenio de coalición, la Plataforma Electoral y el programa de gobierno.
b) Respecto a los documentos presentados por el Partido Verde Ecologista de México, acreditan que conforme al artículo 18, fracciones II y IV de sus Estatutos vigentes, en la sesión extraordinaria del Consejo Político Nacional, efectuada el nueve y doce de diciembre de dos mil diecisiete, se aprobó la conformación de una coalición y suscribir el convenio correspondiente, así como la Plataforma Electoral y el programa de gobierno de dicha coalición.
 
También, se corroboró que la convocatoria a la sesión extraordinaria del Consejo Político Nacional fue emitida por el Secretario General y el Secretario Técnico de dicho Consejo, publicada el día cinco de diciembre de dos mil diecisiete en el periódico de circulación nacional denominado "Excelsior" y celebrada el nueve y doce de diciembre de dos mil diecisiete, conforme a lo previsto en los artículos 16 y 17 de los Estatutos del Partido Verde Ecologista de México. La aludida sesión contó con la asistencia de 21 de los 26 integrantes de dicho órgano directivo acreditados ante este Instituto, por lo que tuvo un quórum del 80 por ciento, así como con la aprobación de los resolutivos relativos al convenio de coalición, la Plataforma Electoral y el programa de gobierno.
c) Por lo que hace a la documentación presentada por Nueva Alianza, la misma comprueba:
Comité de Dirección Nacional: conforme al artículo 57, fracción V del Estatuto, en la sesión extraordinaria del Comité de Dirección Nacional, efectuada el nueve de diciembre de dos mil diecisiete, se aprobó la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria del Consejo Nacional para que conociera, discutiera y aprobara, en su caso, el convenio de coalición, la Plataforma Electoral y el programa de gobierno, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
Asimismo, se constató que la convocatoria a la sesión extraordinaria del Comité de Dirección Nacional fue emitida por el Presidente de dicho órgano directivo con fecha siete de diciembre de dos mil diecisiete y publicada en estrados de Nueva Alianza, y celebrada el nueve de diciembre de dos mil diecisiete, conforme a lo previsto en los artículos 51, 52, y 53 del Estatuto. La aludida sesión contó con la asistencia de 7 de los 8 integrantes acreditados ante este Instituto, por lo que tuvo un quórum del 87 por ciento, así como con la aprobación por unanimidad de la propuesta de convocatoria y orden del día para la Asamblea Extraordinaria del Consejo Nacional.
Consejo Nacional: conforme al artículo 38, fracción VII y 57, fracción XVIII de la norma estatutaria, en la asamblea extraordinaria del Consejo Nacional, efectuada el catorce de diciembre de dos mil diecisiete, se aprobó presentar a consideración de la Coordinadora Ciudadana Nacional, para su aprobación, el convenio de coalición, la Plataforma Electoral y el programa de gobierno.
Igualmente, se constató que la convocatoria a la sesión del Consejo Nacional fue emitida por el Comité de Dirección Nacional con fecha diez de diciembre dos mil diecisiete, publicada en estrados de Nueva Alianza, y celebrada el catorce de diciembre de dos mil diecisiete, conforme a lo previsto en los artículos 29, 32, 33 y 57 del Estatuto. La aludida sesión contó con la asistencia de 322 de los 422 integrantes de dicho órgano directivo acreditados ante este Instituto, por lo que tuvo un quórum del 76 por ciento, así como con la aprobación por unanimidad de los acuerdos relativos al convenio de coalición, la Plataforma Electoral y el programa de gobierno.
Por tales motivos, este Consejo General considera que se cumple con lo establecido por el numeral 2 del Instructivo.
34.      En consecuencia, la Presidencia del Consejo General de este Instituto constató que los órganos partidarios facultados estatutariamente aprobaron los actos siguientes:
·   La participación en una coalición para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; parcial para postular treinta y dos fórmulas de candidaturas a senadores por el principio de mayoría relativa y flexible para postular ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a diputados por el principio de mayoría relativa;
·   El texto del programa de gobierno que sustentará su candidata o candidato a la Presidencia de la República;
·   El contenido de la Plataforma Electoral que sostendrán las fórmulas de candidatos a diputados en ciento treinta y tres Distritos electorales uninominales y las fórmulas de candidatos a senadores en dieciséis entidades federativas, por el principio de mayoría relativa;
·   La autorización para que el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario; el Vocero Nacional del Partido Verde Ecologista de México y el
Presidente del Comité de Dirección Nacional celebren y firmen, en representación de sus correspondientes institutos políticos, el convenio de coalición, acorde con el artículo 89, párrafo 1 de la Ley General de Partidos Políticos, relacionado con el numeral 1, inciso c) del Instructivo.
35.      El Convenio de coalición fue signado por los ciudadanos Enrique Ochoa Reza, Presidente del Partido Revolucionario Institucional; Carlos Alberto Puente Salas, Vocero Nacional del Partido Verde Ecologista de México; y Luis Castro Obregón, Presidente de Nueva Alianza.
En consecuencia, este Consejo General considera que se cumple con lo establecido por el numeral 1, inciso a) del Instructivo.
Verificación del apego del convenio de coalición al marco normativo electoral aplicable
36.      El Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización y el Director de Pautado, Producción y Distribución, mediante oficios INE/UTF/DA-F/19248/17, INE/UTF/DA-F/19280/17 y INE/UTF/DA-F/19428/17; así como la tarjeta ejecutiva 118, respectivamente, comunicaron a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos el resultado del análisis realizado a las cláusulas del convenio de coalición, en su correspondiente ámbito de atribuciones.
En relación con la revisión efectuada por la Unidad Técnica de Fiscalización al convenio de coalición, sustancialmente, observó lo siguiente:
INE/UTF/DA-F/19248/17, INE/UTF/DA-F/19280/17:
"(...)
Observaciones generales
I. Se recomienda incluir la información puntual como lo establece el artículo 220, numeral 2 y 3 del Reglamento de Fiscalización (RF):
(...)
2. Adicionalmente a lo establecido en el artículo 91, numerales 1 y 2 de la Ley de Partidos, el convenio de coalición deberá contener los criterios para la distribución de remanentes de:
a) Excedentes en cuentas bancarias;
b) Activos fijos adquiridos por la Coalición;
c) Saldos en cuentas por cobrar;
d) Saldos en cuentas por pagar, y
e) Sanciones en materia de fiscalización.
3. En ausencia de una regla específica, la distribución de los montos se asignará en porcentajes idénticos a los de la aportación realizada a la coalición, asignando y seleccionando uno a uno, entre el número de partidos coaligados.
(...)'
II. Aunado a lo anterior, se recomienda incluir información puntual como lo establece el artículo 222, numeral 2 de RF:
(...)
2. El responsable de finanzas de la coalición, determinará cómo se distribuirán tales bienes entre los partidos, de conformidad con las reglas establecidas en el convenio de coalición correspondiente, de no establecerse, se asignarán en porcentajes idénticos a los de la aportación realizada a la coalición, asignando y seleccionan-do uno a uno los activos, entre el número de partidos coaligados.
(...)'
III. El convenio deberá también precisar las responsabilidades del representante de finanzas, de los precandidatos y candidatos postulados por la coalición en materia de rendición de cuentas, conforme al artículo 223 numerales 3, 6 y 8 de RF, así como lo relativo a los avisos que deberá realizar la coalición a la Unidad Técnica de
Fiscalización como lo establece el artículo 280, numeral 1 del RF.
IV. Además, se recomienda incluir información detallada como lo establece el artículo 296, numera 4 con relación al lugar de revisión de informes que establece lo siguiente:
(Se transcribe)
V. Por último, cabe mencionar que la coalición deberá conducirse con apego irrestricto a las disposiciones legales, reglamentarias y a los Lineamientos que a efecto establezca la autoridad electoral.
(...)"
INE/UTF/DA-F/19428/17:
"(...)
Me permito informarle que, de un análisis más específico a la cláusula Tercera del mismo, mediante la cual se expresa la denominación de la coalición y que a la letra señala:
"(...)
TERCERA. De la denominación de la Coalición
Las partes acuerdan que la coalición que se conforma mediante la suscripción del presente convenio, y la aprobación que en su oportunidad expida el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, utilizará la denominación de: "Meade ciudadano por México
(...)"
Se advirtió que el primer apellido del Precandidato a la Presidencia de la Republica, por parte de la citada Coalición, forma parte integral de su identificación personal.
Al respecto, el artículo 29, en sus numerales 1 y 2 del Reglamento de Fiscalización, señala lo que a la letra se transcribe:
"(...)
1. Los gastos susceptibles de ser prorrateados serán los siguientes:
Los gastos genéricos de campaña, mismos que se pueden identificar como:
a) Los realizados en actos de campaña y de propaganda, en la que el partido o la coalición promueva o invite a votar por un conjunto de candidatos a cargos de elección popular que postulen, siempre y cuando no se especifique el candidato o el tipo de campaña.
b) En los que no se identifique algún candidato o tipo de campaña, pero se difunda alguna política pública o propuesta del partido o coalición.
c) En los casos en los que se publique, difunda o mencione el emblema, lema con los que se identifique al partido, coalición o sus candidatos en conjunto o los contenidos de sus plataformas electorales, sin que se identifique algún candidato en particular.
II. Los gastos en los que se promocionen a dos o más candidatos a cargos de elección popular, mismos que se pueden identificar como:
...
b) Personalizado: Erogaciones que realizan partidos o coaliciones para invitar al voto, en donde se especifique o identifique el nombre, imagen o lema de campaña, conjunta o separadamente de uno o más candidatos aun cuando acompañen o adicionen textos promoviendo el voto para ámbitos y tipos de campaña sin que se pueda identificar a uno o más candidatos. En este caso, sólo se distribuirá entre los candidatos identificados conforme lo establece el artículo 83 de la Ley de Partidos.
(...)"
 
En ese tenor, los gastos de propaganda que realicen los partidos coaligados y que se identifiquen con la coalición "Meade ciudadano por México", se sumarán a los topes de precampaña y campaña en el informe del C. José Antonio Meade Kuribreña; y estos serán prorrateados conforme a las reglas señaladas en el artículo 218 numeral 2, inciso a), fracción I, del mismo ordenamiento legal, que a la letra señala:
"(...)
a) Para campañas, el gasto será prorrateado entre las campañas beneficiadas, atendiendo a los criterios dispuestos en el artículo 32 del Reglamento y conforme a la tabla de distribución siguiente:
I. En términos de lo dispuesto en el inciso l) del numeral 2 del artículo 83 de la Ley de Partidos, en los casos de campaña federal, si se suman más de dos candidatos a senadores o diputados que coincidan en el mismo ámbito geográfico, el porcentaje se dividirá entre los que se involucren según la campaña que corresponda. Este mismo supuesto será aplicable al caso de las campañas locales.
(...)"
No omito mencionar que para los gastos en los que se identifiquen candidatos locales con la coalición "Meade Ciudadano por México" les será aplicable los porcentajes de distribución establecidos en los incisos d), e), f) y g) del cuadro que antecede, tomando en cuenta el impacto que representaría en los topes de gastos de precampaña y campaña locales.
(...)"
          Cabe mencionar que la coalición deberá conducirse con apego irrestricto a las disposiciones establecidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, el Reglamento de Fiscalización, el Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, el Manual General de Contabilidad, la normatividad para el registro de operaciones mediante el Sistema Integral de Fiscalización, los acuerdos de la Comisión de Fiscalización, así como por los acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
          Por cuanto hace al resultado de la revisión al convenio de coalición por parte de la Dirección de
Pautado, Producción y Distribución, se advirtió el incumplimiento al artículo 167, numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, toda vez que no se establece en el convenio la distribución de tiempo para los candidatos de la coalición y los diversos de los partidos, por lo que solicitó subsanar lo correspondiente.
37.      La Presidencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral verificó que las cláusulas del convenio de coalición, con su respectivo listado de Distritos electorales y entidades federativas donde se postularán candidatos a diputados y senadores, respectivamente (convenio integrado) identificado como ANEXO UNO, en veintidós fojas, cumpliera con los requisitos establecidos en el artículo 91, párrafos 1 y 2 de la Ley General de Partidos Políticos, relacionado con el numeral 3, del Instructivo, lo cual se acreditó por las razones que se expresan a continuación:
a)   La cláusula PRIMERA establece que la coalición parcial está conformada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.
      Asimismo, establece que se especificarán las representaciones legales para los distintos efectos en cláusulas posteriores.
b)   La cláusula SEGUNDA, en relación con el anexo del convenio, indica que el motivo de la coalición es la postulación de candidaturas para los cargos de elección popular que se precisan enseguida:
·  Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
·  Treinta y dos fórmulas de candidaturas a senadores de mayoría relativa, a razón de dos fórmulas por cada una de las dieciséis entidades federativas correspondientes.
·  Ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a diputados de mayoría relativa, en los respectivos Distritos electorales uninominales federales.
c)   La cláusula TERCERA, se refiere al nombre que tendrá la coalición, la cual es "Meade ciudadano por México".
          Con relación a esta cláusula, mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4093/2017, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos hizo del conocimiento de los representantes de los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, entre otras cuestiones, que derivado de que habían solicitado el registro de una coalición con tres modalidades (una para postular conjuntamente a la Presidencia, otra parcial para postular 32 fórmulas de candidaturas a senadurías por el principio de mayoría relativa en 16 de las 32 entidades federativas y una flexible para las fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa en 133 de los 300 Distritos electorales uninominales) la inclusión del nombre, apellido o sobrenombre de un candidato en la denominación de una coalición que adopta esas tres modalidades podría generar confusión en el electorado, en aquellas candidaturas que, aun siendo postuladas por la misma coalición, no se haya incluido su nombre o dato alguno de identificación, lo cual afecta las condiciones de la emisión del voto y, por ende, los principios rectores del Proceso Electoral.
          Asimismo, el Director citado les señaló que la denominación de una coalición constituye un elemento de difusión para la ciudadanía, que representa e identifica a los partidos políticos integrantes de una coalición (entendida como la unión temporal de partidos políticos dentro de un Proceso Electoral) y es usada en todas las actividades de estos a efecto de distinguirlos de otras fuerzas políticas que no son parte de la coalición, y que cuando se participa en coalición, es respecto de los partidos políticos sobre quien el electorado manifiesta la voluntad de sufragar, siendo evidente que cuando se vota por las y los candidatos es por mediación de los partidos o a través de ellos, de tal forma que incluir el nombre, apellido o sobrenombre de uno o varios candidatos en la denominación de una coalición, además de la posible confusión hacia el
electorado, se podría afectar la equidad en la contienda electoral, debido a que se merma la importancia de la participación que les corresponde en la elección a los partidos políticos y se destaca la figura del candidato.
          Con base en lo anterior, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos requirió a los referidos partidos que a más tardar el 3 de enero de 2018 subsanara las observaciones expresadas y, en su caso, manifestara lo que a su derecho conviniera.
          En respuesta al requerimiento formulado, en el escrito de 3 de enero de 2018, los partidos políticos coaligados expresaron que no compartían la opinión del Director, respecto a que la denominación de la coalición podría generar confusión en el electorado y afectar la equidad en la contienda electoral, toda vez que de acuerdo con la normativa actual en materia de coaliciones, no existe prohibición para utilizar en la denominación de una coalición el nombre del precandidato para todas las elecciones en las que se participe, por lo que es legalmente válido que la coalición formada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza definan denominarse, en ejercicio de su derecho de asociación política, "Meade ciudadano por México".
          Asimismo señalaron que la única prohibición legal relacionada con la denominación de los partidos políticos es la prevista en el artículo 39, apartado 1, inciso a), de la Ley General de Partidos Políticos, la cual dispone que los Estatutos de los partidos políticos no deben contener alusiones religiosas o raciales para nombrase, por lo que con base en una interpretación por analogía, dicha prohibición es la que fija los parámetros para definir la denominación de la coalición, pues cualquier otra interpretación que pretenda limitar el principio de libertad y autodeterminación de los partidos al establecer la denominación de una coalición constituiría una limitación excesiva y, por ende, inconstitucional e ilegal.
          Aunado a lo anterior, expresaron que como la normativa electoral no exige que la coalición tenga una denominación, se entiende que ese aspecto corresponde al ámbito de autodeterminación de los partidos políticos integrantes de la coalición, cuya definición puede modificarse, incluso, hasta el 10 de marzo de 2018, conforme con lo señalado en el Acuerdo INE/CG504/2017, solicitando al Director, que el convenio de coalición se presentara al Consejo General, a efecto de que dicho órgano sea el que resuelva sobre la procedencia o improcedencia del uso de la denominación Meade ciudadano por México como nombre de la coalición, en los términos especificados en el convenio.
          Determinación del Consejo General sobre la denominación de la coalición
          Con independencia de las razones expuestas por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos en el requerimiento formulado a los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, y toda vez que dichos institutos políticos han solicitado que este Consejo General sea el órgano que decida sobre la procedencia o improcedencia de la denominación de la coalición, para lo cual expusieron de manera clara las razones por las que estiman que es válida y legal la denominación propuesta en el convenio de coalición, por lo que, este órgano colegiado procede al análisis de la cuestión planteada.
          Tesis de decisión
          La interpretación gramatical, sistemática, funcional y armónica de lo previsto en los artículos 9, 35, 41, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Segundo Transitorio, fracción I, inciso f), del Decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014; 23, apartado 1, inciso f), 25, numeral 1, inciso a), 34, numerales 1 y 2, inciso a), 39, numeral 1, inciso a), 76, 83, 85, apartado 2, 87, 88, 89, 91, numerales 3 y 4, y 92, numeral 3,
de la Ley General de Partidos Políticos; 167, 209, párrafo 3 y 246, numeral 1 y 288, numeral 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 16, párrafo 1, inciso c) y 37, párrafo 2, del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, en relación con los criterios sostenidos por la Sala Superior al resolver los medios de impugnación citados con los números SUP-RAP-718/2017, SUP-JRC-55/2017 y sus acumulados, SUP-JDC-234/2017, SUP-JDC-1014/2017 y SUP-JRC-398/2017, acumulados, SUP-JDC-813/2016 y SUP-JDC-706/2016, SUP-JRC-126/2010 y acumulados SUP-JRC-140/2010 y SUP-JRC-141/2010, conducen a este Consejo General a determinar, que resulta improcedente la denominación establecida en la cláusula Tercera del Convenio de coalición presentado por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, con base en las consideraciones siguientes:
          Justificación de la decisión
A.   Los derechos de asociación y auto organización de los partidos políticos
          Ha sido criterio reiterado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que si bien la libertad de asociación constituye un derecho público fundamental indispensable en todo régimen democrático, en cuanto propician el pluralismo político e ideológico y la participación de la ciudadanía en la formación del gobierno y la representación política, este derecho fundamental no debe considerarse absoluto e ilimitado, en tanto que lo afectan condiciones y restricciones de variada índole, las cuales supeditan su ejercicio a la preservación del interés y orden público.
          De igual manera, dichos órganos jurisdiccionales han establecido, que el artículo 41, fracción I de la Constitución Federal regula un tipo específico de asociación como lo son los partidos políticos, estableciendo que estas asociaciones políticas tienen como fin (permanente) la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y hacer posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, resaltando que el citado precepto constitucional reconoce el carácter de interés público que tienen los partidos políticos, y los fines que éstos persiguen, por lo que las legislaciones federal y locales respectivas deben regular de tal manera los procesos electorales correspondientes, que permitan hacer vigentes los principios fundamentales establecidos en la disposición constitucional en cita y, con ello, el que los partidos políticos adquieran efectivamente su naturaleza de entes de interés público y puedan lograr los fines que la Carta Magna prevé.
          El artículo constitucional citado dispone que: los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las formas específicas de su intervención en el Proceso Electoral; tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales; como organizaciones de ciudadanos, tienen como fin, entre otros, hacer posible el acceso de dichos ciudadanos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo; la ley garantizará que cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades. Además, estipula que las autoridades electorales solo podrán intervenir en los asuntos de los partidos políticos en los términos que señala la Constitución y la ley, con lo cual, reconoce el derecho de auto organización de los partidos políticos en sus asuntos internos.
          Por otra parte, las fracciones II, III y IV del artículo 41 disponen las bases constitucionales de las prerrogativas a que tienen derecho los partidos políticos y reconocen como principios rectores en la materia electoral, entre otros, el de certeza y equidad.
          La lectura armónica de los postulados previstos en el artículo 41 constitucional conduce a sostener, que en el sistema de partidos, la intervención de los institutos políticos en los procesos
electorales no es de absoluta libertad, sino que se encuentra delimitada por los principios y las reglas previstas tanto en la Constitución como en las legislaciones electorales.
          B. La identificación de los partidos políticos como parte de su derecho de auto organización
          Conforme con lo previsto en los artículos 34, numerales 1 y 2, inciso a), y 39, numeral 1, inciso a) de la Ley General de Partidos Políticos, la denominación del partido político constituye un asunto reservado al interior de los partidos; empero, como la denominación de los partidos constituye un aspecto primordial para que la ciudadanía los pueda distinguir plenamente, la propia ley exige que la denominación, emblema y color o colores que elijan deben caracterizarlos y diferenciarlos de otros partidos, regla con la cual, evidentemente se resguarda el principio de certeza que rige la materia electoral. Además, se exige que la denominación y emblema estén exentos de alusiones religiosas o raciales.
          En este tema, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reiterado que la intervención de los partidos políticos en el Proceso Electoral no debe verse alejada de las bases generales y principios rectores que contiene el artículo 41 constitucional, entre otros, los principios de certeza y equidad en materia electoral.
          C.     Sistema de coaliciones
          Conforme con lo previsto en el artículo 41 constitucional, la regla general es que los partidos políticos participen por sí solos en los comicios, dado que precisamente representan una ideología o plataforma política, con programas o Estatutos concretos y particulares, que los distinguen de los restantes partidos políticos que también existan. Por tanto, la excepción es que se les permita coaligarse para efectos de conveniencia electoral.
          De conformidad con el Transitorio Segundo, fracción I, inciso f) numeral 1 del Decreto de 10 de febrero de 2014 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, se instruyó a que en la Ley General que regula los Partidos Políticos Nacionales y locales, se estableciera un sistema uniforme de coaliciones para los Procesos Electorales Federales y locales.
          En ese sentido, el artículo 23, párrafo 1, inciso f) relacionado con el 85, párrafo 2 de la Ley General de Partidos Políticos establece que es derecho de los partidos políticos formar coaliciones, entre otras, para las elecciones federales.
          El artículo 87, párrafo 8 de la ley citada define a la coalición como la unión de dos o más partidos políticos para contender unidos en una elección determinada.
          En relación a lo anterior, los párrafos 1 y 9 del propio precepto legal señalan que los partidos políticos podrán coaligarse para las elecciones de Presidente de la República, de Senadores y Diputados de Mayoría Relativa, sin poder celebrar más de una coalición en un mismo Proceso Electoral Federal o local.
          El párrafo 11 del referido artículo 87 indica que la coalición terminará automáticamente una vez concluida la etapa de resultados y de declaraciones de validez de las elecciones de senadores y diputados, en cuyo caso, los candidatos a senadores o diputados de la coalición que resultaren electos quedarán comprendidos en el instituto político o grupo parlamentario que se haya señalado en el convenio respectivo.
          Por su parte, el párrafo 12 del mencionado artículo 87 dispone que independientemente del tipo de elección, convenio y términos que en el mismo adopten los partidos coaligados, cada uno de ellos aparecerá con su propio emblema en la boleta electoral, según la elección de que se trate; los votos se sumarán para el candidato de la coalición y contarán para cada uno de los partidos políticos para todos los efectos establecidos en dicha Ley.
 
          El párrafo 14 del citado artículo 87, determina que en todo caso, cada uno de los partidos coaligados deberá registrar listas propias de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional y su propia lista de candidatos a senadores por el mismo principio.
          Y el párrafo 15 del mismo artículo 87 estipula que las coaliciones deberán ser uniformes, esto es, ningún partido político podrá participar en más de una coalición y éstas no podrán ser diferentes, en lo que hace a los partidos que las integran, por tipo de elección.
          D.     Principio de uniformidad
          A partir de la interpretación sistemática y funcional de los artículos 87, párrafos 1 y 2, y 88, párrafos 2 y 3, de la Ley General de Partidos Políticos, la Sala Superior consideró que el principio de uniformidad en una coalición debía entenderse en el sentido de que los candidatos de ésta participan en la elección con una misma plataforma política, por tipo de elección y en los que deben coincidir todos los integrantes de la coalición, ya que la naturaleza de los cargos por los que están contendiendo es distinta a la de gobernador, diputados e integrantes de los Ayuntamientos. Por tanto, concluyó que en atención a dicho principio, debe existir coincidencia de integrantes en una coalición por tipo de elección, además de que debe existir la postulación conjunta de candidatos en los tipos de elección en que se coaligue y la prohibición de participar en más de una coalición por tipo de elección (Tesis LV/2016 de rubro: COALICIONES. ALCANCE DEL PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD).
          Este criterio lo reiteró al resolver el recurso de apelación SUP-RAP-718/2017, en el cual consideró que en el Instructivo de coaliciones aprobado por el Consejo General mediante Acuerdo INE/CG504/2017, se estableció correctamente el sentido y alcance del principio de uniformidad, con base en las consideraciones siguientes:
"[...]
Particularmente, se considera que se definió válidamente que las candidaturas que se acuerden postular mediante una coalición deben ser respaldadas como unidad por todos los partidos que la integran, lo que supone que no está permitido que ciertas postulaciones solo se presenten por algunos de los partidos coaligados. Este lineamiento se deriva de la propia interpretación de la normativa aplicable y es inherente al entendimiento de las coaliciones que se adoptó en el régimen electoral.
El criterio respecto al mandato de uniformidad que se justifica en el presente caso es el que debe aplicar para la elección federal en curso.
Este criterio pretende dotar de un efecto útil al mandato de uniformidad, de modo que facilite la organización del Proceso Electoral Federal, la postulación de candidaturas y el adecuado cumplimiento de las atribuciones de control por parte de las autoridades electorales; y que, a la vez, contribuya a limitar las complejidades que conlleva la participación de los partidos mediante una coalición, como la distribución y ejercicio de las prerrogativas y la correcta fiscalización de los gastos de las campañas electorales.
A continuación se desarrollan las consideraciones que sustentan esta determinación.
En el Instructivo de coaliciones se establece lo siguiente: "[l]as coaliciones a las que se refiere el presente Acuerdo, y con independencia de su modalidad que podrán incluir flexibles y parciales, deberán garantizar el principio de uniformidad, entendido éste como la coincidencia de integrantes y la actuación conjunta en el registro de la totalidad de las candidaturas que postule la coalición" (énfasis añadido).
Del análisis del Acuerdo controvertido se aprecia que el lineamiento señalado supone la
exigencia de que los partidos políticos que celebren una coalición postulen de manera conjunta todas las candidaturas que estén comprendidas en su acuerdo.
Lo anterior, a su vez, implica una prohibición de realizar una "distribución dinámica" o flexible de las postulaciones, esto es, que se acuerden distintas combinaciones de los partidos coaligados para que ciertas candidaturas sean respaldadas solamente por algunos de ellos.
[...]
Esta Sala Superior considera que el lineamiento cuestionado por el Partido Verde es válido, porque tiene sustento en la interpretación aplicable del mandato de uniformidad que se establece en los artículos 87, párrafo 15, de la Ley de Partidos y 275, párrafo 6, del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, partiendo del contexto de la elección federal que está en desarrollo.
Mediante la reforma a la Constitución General en materia político-electoral, publicada en el Diario Oficial de la Federación el diez de febrero de dos mil catorce, se ordenó el establecimiento de un sistema uniforme de coaliciones para los Procesos Electorales Federales y locales. Por tanto, se dispusieron las normas específicas en términos del artículo segundo transitorio, Base I, inciso f), del Decreto(1). El mencionado régimen uniforme se contempló en la Ley de Partidos(2).
Para atender de forma adecuada la controversia sujeta a análisis se debe tener presente el propósito de las coaliciones como vía de asociación entre partidos políticos.
En el artículo 85, párrafo 2, de la Ley de Partidos se señala que "[...] los partidos políticos, para fines electorales, podrán formar coaliciones para postular los mismos candidatos en las elecciones federales [...]". En tanto, en el párrafo 2 del artículo 87 del mismo ordenamiento se dice que los partidos nacionales podrán formar coaliciones para las elecciones relativas a la presidencia de los Estados Unidos Mexicanos, así como a las senadurías y a las diputaciones por el principio de mayoría relativa.
De lo anterior se observa que la coalición es una modalidad de asociación entre partidos políticos que tiene por finalidad la postulación conjunta de candidaturas, de conformidad con una Plataforma Electoral común.
Además, de distintos preceptos de la Ley de Partidos se desprende la idea de que la coalición supone el respaldo común de candidaturas entre los partidos coaligados. Por ejemplo, en los párrafos 2, 5 y 6 del artículo 88 se condiciona el tipo de coalición (total, parcial o flexible) a la cantidad de candidaturas que postulen los partidos coaligados(3).
Esto significa que, para conformar una coalición, los partidos que se asocian deben postular conjuntamente el porcentaje de candidaturas exigido por las normas, lo que permitirá determinar con certeza el tipo de coalición que formarán, para todos los efectos legales correspondientes.
Entonces, se deduce que esa postulación conjunta implica la asociación de los mismos partidos políticos en el porcentaje correspondiente, por tipo de elección. Si los mismos partidos no avalaran en conjunto el número de postulaciones que exige la ley, entonces no estarían conformando realmente una coalición de manera válida.
En ese orden de ideas, se entiende que en las disposiciones mencionadas se considera a los partidos coaligados como una unidad en cuanto a sus postulaciones, sin que se haga referencia a la posibilidad de que solo algunos de ellos respalden a ciertas candidaturas en ciertos ámbitos territoriales en los que acordaron contender vía coalición.
 
Por otra parte, en el párrafo 3 del artículo 87 se dispone que "[...] los partidos políticos no podrán postular candidatos propios donde ya hubiera candidatos de la coalición de la que ellos forman parte". Dicha disposición parte de la idea de que cada partido político únicamente puede postular una candidatura para cada cargo de elección popular en disputa, por lo que si participa de una postulación a través de una coalición ya no puede hacerlo de manera individual.
La limitación dispuesta en este precepto presupone que todos los partidos que conforman la coalición respaldan como una unidad a las candidaturas que acordaron, pues esa sería la única circunstancia que justificaría legítimamente que se restringiera la posibilidad de que los partidos políticos realicen postulaciones en lo individual.
Los preceptos legales expuestos son un reflejo de que las coaliciones consisten en acuerdos entre partidos políticos respecto a la postulación conjunta y como unidad de un número determinado de candidaturas en el marco de un Proceso Electoral.
Ahora, profundizando en las ideas antes desarrolladas, la validez del lineamiento encuentra justificación, principalmente, en la normativa en la que se establece el mandato de uniformidad respecto a las coaliciones.
En el artículo 87, párrafo 15, de la Ley de Partidos se señala que las coaliciones deberán ser uniformes. Además, en el mismo precepto se dice que "[...]ningún partido político podrá participar en más de una coalición y éstas no podrán ser diferentes, en lo que hace a los partidos que las integran" (énfasis añadido). Una interpretación en sentido contrario de la disposición lleva a considerar que las coaliciones deben ser iguales, en cuanto a sus integrantes, por cada tipo de elección.
Al respecto, en el párrafo 6 del artículo 275 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral se señala que el principio de uniformidad supone "coincidencia de integrantes y una actuación conjunta en el registro de las candidaturas para las elecciones en las que participen de este modo".
La expresión "coincidencia de integrantes" entraña que deben ser todos los partidos que firman el convenio de coalición, lo cual se refuerza con la expresión "actuación conjunta en el registro de las candidaturas", porque a partir de ambas debe entenderse una idea de concurrencia simultánea de todos los integrantes de la coalición en cuanto a la totalidad de las postulaciones que acuerden respaldar como asociación.
De lo razonado se infiere que una coalición, para ser tal, debe estar integrada por los mismos partidos políticos y que estos, como una unidad, deben postular de manera conjunta sus candidaturas dentro de las demarcaciones electorales en que decidieron contender de esa forma.
Los elementos de "coincidencia de integrantes" y "actuación conjunta en el registro de candidaturas" deben entenderse en un sentido material o real, y no solamente desde una perspectiva formal.
Esto es, para satisfacer el mandato de uniformidad es indispensable que la totalidad de los partidos coaligados respalden verdaderamente y de manera común a la totalidad de candidaturas que pactaron postularse mediante la coalición.
Así, cuando se forma una coalición, los partidos se transforman en una unidad para el efecto de la postulación de las candidaturas pactadas y, en consecuencia, no es válido que algunas se presenten solo por una parte de los partidos que la integran, porque en este caso en realidad los partidos no estarían postulando a la misma candidatura, que es la finalidad de la coalición.
 
Este entendimiento es congruente con la finalidad de la figura de las coaliciones, en el sentido de que se busca el impulso de una Plataforma Electoral y política común entre dos o más partidos políticos en un proceso comicial en concreto.
Las ideas desarrolladas son coincidentes con la tesis LV/2016(4) de este Tribunal Electoral, en la cual se sostuvo lo siguiente:
[...]"
          Ahora bien, a partir de la interpretación sistemática de lo previsto en la fracción I, inciso f), numeral 1, del artículo segundo transitorio del Decreto constitucional de reforma político-electoral de 2014, que reconoce el principio de uniformidad de coaliciones para los Procesos Electorales Federales y locales, en relación con lo previsto en el artículo 87, numeral 9 de la Ley General de Partidos Políticos, en el cual se prevé la prohibición de celebrar más de un convenio de coalición en un mismo Proceso Electoral Federal, el concepto "tipo de elección" ha sido definido por la Sala Superior como el tipo de proceso (federal o local) en que se celebra la coaliciones y no al tipo de cargo que se elige, porque interpretarlo de otra manera, es decir, en el sentido de que los partidos políticos están en aptitud de celebrar una coalición por cada nivel de cargo que se elige, conduciría a inaplicar la prohibición prevista en el numeral 9 del artículo 87, que expresamente señala, que los partidos políticos no podrán celebrar más de una coalición en un mismo Proceso Electoral Federal o local.
          E.     Modalidades o tipos de coalición.
          Las modalidades o tipos de coaliciones permitidos por el artículo 88 de la Ley General de Partidos Políticos son totales, parciales y flexibles, entendiendo como coalición total, aquella en la que los partidos políticos coaligados deciden postular en un mismo Proceso Electoral o local a la totalidad de sus candidatos a puestos de elección popular bajo una misma Plataforma Electoral; por coalición parcial, aquella en que los partidos políticos que se coaligan, postulan en un mismo Proceso Electoral, al menos al cincuenta por ciento de sus candidatos a puestos de elección popular bajo una misma Plataforma Electoral; y como coalición flexible, aquella en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo Proceso Electoral al menos a un veinticinco por ciento de candidatos a un puesto de elección popular bajo una misma Plataforma Electoral.
          Como se puede apreciar, las coaliciones de partidos políticos no constituyen uniones de las que surja una nueva persona jurídica diferente a sus integrantes, sino que son alianzas con la única finalidad de participar unidos en un Proceso Electoral para postular a los mismos candidatos bajo una misma Plataforma Electoral y, en su caso, el programa de gobierno del candidato a la Presidencia de la República de la coalición.
          Uno de los puntos centrales para resolver el planteamiento formulado consiste en dilucidar si los partidos políticos tienen la libertad absoluta para definir la denominación de la coalición que a su interés convenga, o bien, si dicha libertad encuentra límites en los principios y reglas previstas para la participación de los partidos políticos en las contiendas electorales.
          Para dar solución al planteamiento, en principio es necesario tomar en cuenta que al igual que la denominación de los partidos políticos en lo individual, la denominación de una coalición se constituye en un elemento de identificación frente al electorado, la cual no debe verse alejada de las bases generales y principios rectores que contiene el artículo 41 constitucional, entre otros, el principio de certeza en materia electoral, dado que de esa manera se permite al electorado identificar a los institutos políticos que la conforman, así como a las y los candidatos que postulan y sus propuestas, a fin de que durante la Jornada Electoral la ciudadanía esté en aptitud de emitir, en su caso, su voto a favor de la coalición correspondiente.
          En este contexto es importante precisar que conforme a lo dispuesto en el artículo 41, párrafo segundo, Base I, de la Ley Fundamental, los partidos políticos tienen el carácter de entidades de
interés público, debido a que son intermediarios entre las y los ciudadanos titulares de los derechos políticos y político-electorales y los órganos de gobierno, y tienen como finalidad, en términos generales, el propiciar y facilitar la más amplia participación de aquéllos en la renovación pacífica y periódica de los depositarios del Poder Público, lo cual permite el ejercicio de la soberanía por el pueblo mexicano y la existencia del gobierno representativo.
          La aludida naturaleza jurídica de los institutos políticos conlleva a que sus determinaciones no se rijan de manera absoluta por el principio de libertad de actuación, que se enuncia como que "todo lo que no está prohibido por la ley está permitido".
          Así, la aplicación del aludido principio no puede llegar al extremo de contravenir los fines constitucionalmente previstos a favor de los partidos políticos, sino que en todo caso, su actuación debe dirigirse y ser adecuada para cumplir esa función pública, primordialmente, en razón de ser prioritaria en relación con sus fines individuales y en observación de los principios constitucionales rectores de la materia electoral.
          Así, los partidos políticos ciertamente pueden hacer todo lo que no esté prohibido por la ley, siempre y cuando no desnaturalice, impida, desvíe o en cualquier forma altere la posibilidad de una mejor realización de las tareas que les confió la Constitución ni contravengan disposiciones de orden público.
          Las anteriores consideraciones han sido reiteradamente sostenidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, lo que ha dado origen a la tesis de jurisprudencia identifica con la clave 15/2004, cuyo rubro es "PARTIDOS POLÍTICOS. EL PRINCIPIO DE QUE PUEDEN HACER LO QUE NO ESTÉ PROHIBIDO POR LA LEY NO ES APLICABLE PARA TODOS SUS ACTOS".
          En este contexto, si bien conforme a lo dispuesto en el artículo 34, párrafo 2, inciso e) de la Ley General de Partidos Políticos, se establecen como asuntos internos de éstos, entre otros aspectos, los procesos deliberativos para la definición de sus estrategias políticas y electorales, entre los que puede inscribirse la decisión de la denominación de la coalición que conformen, lo cierto es que el derecho de auto organización de los institutos políticos no es una libertad absoluta e irrestricta, sino que debe ser ejercida con observancia a los principios constitucionales y legales de la materia establecidos en las disposiciones de orden público, tal como la han reconocidos los máximos órganos jurisdiccionales del país.
          Al respecto es importante destacar que en términos de lo previsto en el artículo 25, párrafo 1, inciso a) de la Ley General citada, los institutos políticos tienen, entre otras obligaciones, el deber de conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar su conducta y la de sus militantes a los principios del Estado democrático, respetando la libre participación política de los demás partidos políticos y los derechos de los ciudadanos.
          Así, uno de los principios rectores de la materia es el de la equidad, el cual, conforme a lo resuelto en diversas sentencias emitidas por la Sala Superior, tiene como finalidad evitar tratos diferenciados entre partidos políticos que no encuentren justificación de conformidad con la Constitución Federal o la legislación aplicable para asegurar la regularidad de la competencia política en general y, en particular, de las contiendas electorales.(5)
          Otro principio que resulta relevante es de la de la certeza, el cual consiste en que los sujetos de derecho que participan en un Proceso Electoral, estén en posibilidad jurídica de conocer previamente, con claridad y seguridad, las reglas a las que se deben sujetar todos los actores que participen en la elección, tal principio también se traduce en el conocimiento pleno de la ciudadanía respecto de las diversas opciones políticas que se presentan durante la campaña electoral para
efecto de obtener su voto.(6)
Ahora bien, conforme a lo expuesto, no ha lugar a acordar favorablemente la solicitud de denominación de la coalición presentada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, dado que tal unión temporal de partidos se pretende identificar en el contexto del Proceso Electoral Federal 2017-2018, como Coalición "Meade ciudadano Por México".
          Lo anterior, porque a juicio de esta autoridad administrativa electoral, el autorizar que se utilice tal denominación afectaría tanto los principios de equidad en la contienda electoral, como el de certeza.
          En efecto, debido a que es un hecho notorio que en las elecciones federales que actualmente están en desarrollo, además de elegir al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, también se votará para designar a los 500 diputados y 128 senadores, es claro que de autorizarse la denominación de la coalición presentada por los mencionados partidos políticos, ello se traduciría en una sobre-exposición del apellido del precandidato o candidato a la Presidencia de la República, lo cual traería como consecuencia una vulneración a los principios de la equidad en la contienda, así como el de certeza.
          Esto así, ya que en términos de lo dispuesto los artículos 209, párrafo 3, y 246, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como 91, párrafo 4 de la Ley General de Partidos Políticos,(7) en la distribución de los artículos de los promocionales utilitarios; la colocación de propaganda impresa y la difusión de los mensajes en radio y televisión, que correspondan a esa coalición, debe identificarse la denominación de tal unión de partidos políticos, lo cual implicará que necesariamente se difunda el apellido del candidato a la Presidencia de la República, tanto en la campaña atinente, como en las correspondientes a las diputaciones o senadurías en las que participen de manera conjunta los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.
          En ese contexto, el cumplimiento del deber de identificar la denominación de la coalición trae como consecuencia que permanentemente se difunda el apellido del candidato presidencial propuesto por la coalición, generando con ello una exposición permanente, más allá de lo jurídicamente permitido, con lo cual se generaría la vulneración al principio de equidad en la contienda electoral, así como la conculcación a los fines constitucionalmente previstos a cargo de los partidos políticos, puesto que, en la elección federal, se afectaría la participación del electorado, dado que ante ellos las opciones políticas no competirían en condiciones similares, puesto que el candidato a la Presidencia de la República de la coalición de los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza obtendría una ventaja indebida a partir de la denominación de la coalición que integran esos institutos políticos.
          Aunado a lo anterior, el incluir apellido de un candidato en la denominación de la coalición también podría generar confusión en la ciudadanía que ejercerá su voto activo para elegir a las personas que ostentan las candidaturas a diputaciones y senadurías postuladas por tal coalición, en razón de que el apellido del candidato presidencial que identifica a la coalición de partidos que las postula no necesariamente será coincidente con el apellido de cada una de las y los candidatos a diputaciones y senadurías.
          Además, si se incluye el apellido del candidato, la equidad en la contienda también se ve violentada en relación al acceso a tiempos de radio y televisión y en consecuencia repercute en la fiscalización de los recursos, derivado de que la ley exige que en el contenido de los mensajes se incluya la identificación de la coalición.
          Al respecto, resultan aplicables las reglas previstas en los artículos 167, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relación con los artículos 91, párrafo 3,
de la Ley General de Partidos Políticos, y 16, párrafo 1, inciso c) del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, los cuales establecen que tratándose de coaliciones parciales o flexibles, cada partido coaligado accederá a su respectiva prerrogativa en radio y televisión ejerciendo sus derechos por separado, es decir, respetando el 30% y 70% que les corresponda.
          Al respecto, debe tenerse presente que en el convenio de coalición, a efecto de cumplir con lo mandatado en el artículo 167, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, respecto a la distribución de los tiempos durante las precampañas y campañas, en la cláusula décima cuarta, los partidos integrantes de la coalición señalaron que los mensajes en radio y televisión que correspondan a los candidatos de coalición deberán identificar esa calidad y el partido responsable del mensaje con el logotipo del partido aportante, sujetándose en todo momento a la Plataforma Electoral de la coalición.
          En efecto, en la cláusula referida se establece que el Partido Revolucionario Institucional destinará a la candidatura a la Presidencia de la República hasta el 70% de la prerrogativa y hasta el 30% a las elecciones de senadurías y diputaciones, del cual se destinará el 8% a la elección de senadurías y 8% a la elección de diputaciones de la coalición; mientras que el Partido Verde Ecologista de México destinará a la elección presidencial hasta el 60% y hasta el 40% restante a las dos elecciones restantes del cual corresponderá el 3% a las candidaturas de la coalición. Por último, Nueva Alianza destinará hasta el 30% a la elección presidencial y hasta el 70 a las otras dos elecciones, del cual proporcionará el 10% a las candidaturas de la coalición.
          De lo anterior se puede desprender, que en el 32% del tiempo asignado a las candidaturas de senadurías y diputaciones de la coalición aparecería el apellido de la persona postulada a la presidencia, además de los porcentajes asignados a esa candidatura en particular. Esto es, en los mensajes que durante las precampañas y campañas se haga propaganda a las y los candidatos al Poder Legislativo, aparecería de forma inevitable el apellido del precandidato o candidato; lo cual se traduciría, como se ha referido, en una sobre exposición del nombre de un candidato y no de la coalición como unión de partidos, con la cual se dejaría en desventaja a los demás contendientes y, por ende, la afectación al principio de equidad.
          Por este motivo y tomando en consideración que la finalidad del nombre de la coalición es que la ciudadanía identifique a los partidos que la integran, que en su conjunto habrán de postular candidatos para la integración de los órganos del estado, no resulta valido que se incluya el nombre de una persona física que posee la calidad de precandidato y, de ser el caso, candidato para un cargo unipersonal, en la denominación de una coalición.
          Un elemento adicional para considerar que no es atendible la pretensión de que en su denominación las coaliciones hagan alusión o referencia expresa al nombre o apellido de alguno de sus precandidatos o candidatos, es el hecho del beneficio excesivo que se puede generar en la propaganda electoral en la que se utilice la denominación de la coalición, en detrimento de los 165 candidatos a senadores y diputados que serán postulados por la misma. Al respecto, el artículo 76 de la Ley General de Partidos Políticos establece que se entenderán como gastos de campaña cualquier gasto que difunda la imagen, nombre o plataforma de gobierno de algún candidato o de un partido político en el periodo que transita de la conclusión de la precampaña y hasta el inicio de la campaña electoral.
          De esta forma, la propaganda que incluya la denominación de la coalición que en este caso se estudia, "Meade ciudadano por México", beneficiaría invariablemente al precandidato o en su caso candidato a la Presidencia de la República de la coalición, ya que el artículo 83, párrafo 3 de le Ley General de Partidos Políticos, a la letra señala que:
"Artículo 83
...
 
3. Se entenderá que un gasto beneficia a un candidato cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:
a.   Se mencione el nombre del candidato postulado por el partido o coalición;
b.   Se difunda la imagen del candidato, o
c.   Se promueva el voto a favor de dicha campaña de manera expresa."
          Así que, aun cuando la propaganda se refiera a diversos precandidatos o candidatos a otros cargos y se mencione a la coalición, al incluir el apellido del precandidato presidencial en la denominación de la misma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83, este último se vería beneficiado en todos esos casos, resultando inequitativo para otros contendientes del mismo sujeto obligado e incluso confuso para el electorado.
          Lo hasta aquí expuesto resulta congruente, en lo aplicable al caso con lo determinado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el juicio SUP-JRC-126/2010 y acumulados SUP-JRC-140/2010 y SUP-JRC-141/2010, en el que determinó que la inclusión del nombre, apellido o sobrenombre de un candidato en la denominación de una coalición, podría generar confusión en el electorado, en aquellas otras candidaturas, que aun siendo postuladas por la misma coalición, no se haya incluido su nombre, sobrenombre o dato alguno de identificación, lo cual afecta las condiciones de la emisión del voto y, por ende, los principios rectores del Proceso Electoral.
          La citada autoridad jurisdiccional estimó que la denominación debe representar e identificar a los partidos políticos y debe ser usado en todas las actividades de éstos, por lo que se considera un elemento de difusión para la ciudadanía y en la consecución de ese arraigo, en la medida que contenga elementos para identificar y distinguir a otras fuerzas políticas que no son parte de la coalición, de no ser así, tal circunstancia crearía confusión y falta de certeza en los votantes, quienes no están en aptitud de identificar qué partidos políticos integran la coalición por la que pretenden votar, lo cual es así, porque las coaliciones son entidades temporales dentro de un Proceso Electoral.
          Al resolver el juicio mencionado, la H. Sala Superior tomó en consideración, entre otras cuestiones, la constitucionalización de los partidos políticos en el país, la cual tuvo por objeto elevar a estas asociaciones políticas al rango de entidades de interés público y de encomendarles como tales la calidad de vehículos o intermediarios entre los ciudadanos como titulares de los derechos políticos y los órganos públicos, con el objeto de propiciar una más amplia participación de los ciudadanos mexicanos en los procesos y actividades electorales, mediante el ejercicio de dichos derechos políticos, a fin de alcanzar el más alto fin de perfeccionar la democracia representativa, como sistema para elegir a los gobernantes y como modo de vida de los mexicanos.
          Esto es, se reconoció que los partidos políticos están llamados a realizar funciones preponderantes e indispensables en la vida pública, política y electoral de la nación, colocados como organizaciones de ciudadanos, pero elevados a la calidad de entidades de interés público, sin incluirlos como órganos del Estado, pero confiándoles una contribución relevante en las tareas que los poderes públicos deben desempeñar para el desarrollo político y social de los mexicanos, con lo cual se constituyó lo que la doctrina suele denominar un estado o sistema de partidos políticos, y se concedió a éstos un conjunto de garantías y prerrogativas para facilitar su alta misión pública.
          Lo anterior se corroboró con la exposición de motivos de la iniciativa presidencial de reformas a la Constitución Federal del cuatro de octubre de mil novecientos setenta y siete, por la cual, entre otras cuestiones, se propuso por primera vez la constitucionalización de los partidos políticos.
          La presencia permanente, constante y continua de los partidos políticos, a través de las distintas
actividades en las que intervengan, que se percibe por los ciudadanos, puede constituir un importante factor para que dichos institutos sean identificados por la ciudadanía, y esto a su vez puede contribuir para el mejor logro de los altos fines que les confió la Carta Magna en el sistema constitucional de partidos políticos, toda vez que al ser conocidos y lograr cierto arraigo en la población, se facilitará de mejor manera que puedan promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir así a la integración de la representación nacional, y hacer posible el acceso de los ciudadanos al poder público en conformidad con los principios constitucionales y legales con los que se conforma el sistema electoral.
          La Sala Superior sostuvo que esta situación de prevalencia o relevancia no se modifica cuando los partidos políticos deciden coaligarse con otros en alguna elección, sólo que en estos casos, como no puede prevalecer la sola denominación de uno de ellos, se requiere lógicamente del establecimiento de una denominación conjunta que los identifique, pero a la vez pone en conocimiento de la ciudadanía su actuación conjunta para esa elección en el Proceso Electoral.
          Por esta razón, cuando se adopta esta modalidad, la denominación de la coalición debe contener elementos representativos e identificadores de los diversos partidos políticos unidos a la misma.
          En dicho asunto, la Sala Superior consideró que los elementos distintivos de una coalición (emblema y denominación) debían contener elementos representativos e identificadores de los diversos partidos políticos unidos a la coalición, y no elementos contingentes como son los nombres de los candidatos, sus pseudónimos, acrónimos, sobrenombres, en virtud de que, es respecto de los partidos políticos sobre quien se manifiesta la voluntad de sufragar, siendo evidente que cuando se vota por los candidatos es por mediación de los partidos políticos o a través de ellos, de tal forma que al incluir el nombre, apellido o sobrenombre de uno o varios candidatos, en la denominación de las coaliciones (en este caso para la elección de órganos colegiados), se podría generar confusión en electorado lo que podría, a su vez afectar la equidad en la contienda debido a que merma la importancia de la participación que les corresponde en la elección a los partidos políticos o coaliciones, y en cambio se destaca la figura del elemento transitorio que es el candidato, y esto también se podría ver en todas las actuaciones de la coalición.
          No pasa desapercibido para esta autoridad electoral que los representantes de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, al contestar el requerimiento realizado por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, a través de su escrito sin número de oficio de 3 de enero de 2018, señalaron con relación a la denominación de la coalición, que desde su perspectiva no existe ninguna prohibición expresa en la ley para incluir el nombre de un candidato a la denominación de una coalición, por lo que dicha determinación pertenece al ámbito de la auto organización de los partidos que integran la coalición, señalando incluso que la Legislación Electoral no exige a los partidos una denominación para sus coaliciones.
          Al respecto, es necesario precisar que si bien es cierto que la normativa aplicable para el Proceso Electoral Federal 20172018 no regula o establece explícitamente la obligación de incorporar al convenio de Coalición una denominación propia, así como tampoco precisa de manera literal alguna determinación sobre los elementos que esta deba o no de incluir, también lo es que de la normativa electoral sí se desprende la exigencia de la denominación de una coalición, como elemento de identificación de las coaliciones, tal como se aprecia, por ejemplo, en artículo 246 numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el cual se señala expresamente:
          "Artículo 246.
1. La propaganda impresa que los candidatos utilicen durante la campaña electoral deberá
contener, en todo caso, una identificación precisa del partido político o coalición que ha registrado al candidato."
          De lo anterior, se desprende que fuera del concepto de propaganda, la denominación de la coalición se constituye en un elemento de identificación frente al electorado. En ese contexto, es claro que la denominación de las coaliciones deberá de contener los elementos representativos e identificadores de los diversos partidos políticos unidos a la misma y no así los nombres de los candidatos, sus pseudónimos, acrónimos, sobrenombres, entre otros.
          Así, aunque en principio existe libertad para denominar o identificar a la coalición, dicha libertad encuentra su límite en los principios y reglas que regulan el Proceso Electoral, pues el artículo 25, párrafo 1 de la Ley General de Partidos Políticos dispone que los partidos políticos tienen en todo momento la obligación legal de conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar su conducta a los principios del Estado democrático, respetando la libre participación política de los demás partidos políticos y los derechos de los ciudadanos.
          En ese orden de ideas, es dable precisar que la inclusión de algún atributo personal de cualquier candidato en la denominación de la coalición podría afectar la equidad en la contienda porque se destaca a la persona y no al respaldo del que goza ésta a través de los partidos políticos, quienes son parte consustancial del andamiaje jurídico creado para el acceso al poder público y su posterior rendición de cuentas.
          Ahora bien, los referidos partidos políticos, en el escrito presentado el 3 de enero del año en curso, señalan que de conformidad con el numeral Segundo, Punto 10, del Acuerdo INE/CG504/2017, el convenio de coalición podría ser modificado por los partidos políticos coaligados a partir de su aprobación por el Consejo General y hasta un día antes del inicio del periodo para el registro de candidatos.
          Sobre el particular, este Consejo General estima que la determinación respecto al nombre de la coalición debe realizarse, en virtud de que dicho aspecto forma parte integrante del convenio presentado por los citados institutos políticos (Cláusula Tercera), lo cual constriñe a esta autoridad a analizar si la denominación que proponen se apega a los principios y normas que rigen a todo Proceso Electoral, con base en la atribución que se le confiere en los artículos 44, párrafo i) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 92, párrafo 3 de la Ley General de Partidos Políticos, así como los principios de certeza, legalidad y exhaustividad que debe observar esta autoridad electoral nacional. Además, porque la denominación de la coalición tiene implicaciones externas, tanto en el Proceso Electoral como en el propio electorado. De ahí que resulte válido y procedente ordenar a los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza que en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, modifiquen y comuniquen a esta autoridad el nombre que distinguirá a la coalición, en el entendido que de no hacerlo se entenderá que los partidos optan por distinguirse con los nombres de los partidos políticos que la integran.
          Lo anterior, sin perjuicio de que los institutos políticos coaligados puedan realizar modificaciones al convenio de coalición incluso un día antes del inicio del periodo de registro de candidatos, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo referido y sujetándose a las bases, principios y normas de la materia electoral, señalando desde ese momento que toda modificación a dicho convenio tiene que ser verificada y validada por esta autoridad electoral, por lo que la misma tendrá que estar sujeta a los principios rectores de todo Proceso Electoral.
          Finalmente y por lo que hace a la afirmación que señalan los representantes de los partidos políticos en su escrito respecto de que la única prohibición legal relacionada con denominaciones de los partidos políticos es la prevista en el artículo 39, apartado 1, inciso a de la Ley General de Partidos Políticos, la cual dispone que los Estatutos de los partidos políticos no deben contener
alusiones religiosas o raciales, por lo que desde su perspectiva si se realiza una interpretación por analogía, los parámetros para determinar los requisitos para la denominación de la coalición deberían ser los mismos, precisando que cualquier otra interpretación seria excesiva al limitar el principio de libertad y auto organización de los partidos políticos.
          Sobre el particular, se debe precisar que la analogía constituye una herramienta interpretativa para colmar lagunas normativas, la cual consiste en aplicar a un caso no regulado por la ley, pero semejante a los que en ella están contemplados, una norma extraída de la propia ley (analogía legis) o del ordenamiento jurídico en su conjunto (analogía iuris).
          Ahora bien, en el presente asunto tanto la Ley General de Partidos Políticos como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales contienen disposiciones normativas que abordan distintos aspectos relacionados a las coaliciones que en diferente medida guardan relación con la denominación de la misma, tales como propaganda, fiscalización, prerrogativas y acceso a la radio y televisión. Por lo anterior, no es dable realizar ningún tipo de integración normativa por analogía, porque la interpretación sistemática, funcional y armónica de la misma, resulta suficiente para solucionar el planteamiento en análisis, en la cual se considera el funcionamiento de una coalición como parte de todo el sistema jurídico electoral.
          En este punto, se debe precisar que una interpretación sistemática y funcional sobre la denominación de las coaliciones no resulta ni limitativa ni excesiva a la libertad y auto organización de los partidos políticos. Lo anterior es así, ya que, como antes se justificó, esa libertad o derecho no es absoluta, sino que encuentra sus límites en los principios y reglas reconocidos y establecidas en el sistema electoral mexicano.
          Conclusión
          Por las razones expresadas y a partir de la interpretación gramatical, sistemática, funcional y armónica de los principios y reglas previstos en el sistema electoral mexicano respecto a la participación de los partidos políticos en los procesos electorales, este Consejo General llega a la conclusión que resulta improcedente la denominación de la coalición integrada por los Partidos Políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.
d)       La cláusula CUARTA refiere al registro de los candidatos de la Coalición.
          Al respecto, dicha cláusula establece la solicitud de registro de las candidaturas, así como la sustitución de candidatos que en su caso procedan, serán suscritas y presentadas ante la autoridad electoral por el órgano estatutario facultado de cada partido político postulante atendiendo al origen y militancia de la fórmula que se trate.
e)       La cláusula QUINTA establece el procedimiento para postular candidatos, el cual se describe de la siguiente manera:
"QUINTA. Del procedimiento para postular candidatos.
Las partes acuerdan, que en atención a lo dispuesto en el artículo 91 numeral 1 inciso c), de la Ley General de Partidos Políticos y 276 numeral 3 inciso c) del Reglamento de Elecciones, los procedimientos que desarrollará cada uno de los partidos coaligados, para la selección de sus candidatos atenderán a lo siguiente:
I. El 20 de octubre de 2017, el Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos, 181, 184, 189 y demás relativos de sus Estatutos, aprobó, por Consejo Político Nacional como métodos de elección interna de sus candidatos y candidatas, para la Presidencia de la República, por Convención de Delegados y Delegadas, y para el Senado y la Cámara de Diputados, 50% por Comisión para la Postulación de Candidaturas y el resto por Convención de Delegados y Delegadas.
 
II. El Partido Verde Ecologista de México seleccionará a sus candidatos de conformidad al procedimiento establecido en sus Estatutos así como el método Informado en tiempo y forma al Instituto Nacional Electoral en fecha 27 de septiembre de 2017, y aprobado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2778/2017 de 10 de octubre de 2017.
III. De conformidad con lo establecido en el artículo 38, fracción VII y 121 del Estatuto partidario, así como en el Reglamento de Elecciones de Nueva Alianza, y las Bases 10 y 12 respectivamente de las convocatorias y métodos de selección de candidatos aprobados por la Comisión Política Permanente del Consejo Nacional en sesión del pasado 18 de octubre del año en curso, para efectos del presente convenio, el método de selección de candidatos de Nueva Alianza será el de votación de los integrantes del Consejo Nacional."
f)        La cláusula SEXTA, se refiere a la postulación del candidato de la coalición para la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos; en la cual se establece que, los partidos integrantes de la coalición, acuerdan que el candidato que postularán a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos será aquél que se registre en el proceso interno del Partido Revolucionario Institucional.
g)       La cláusula SÉPTIMA establece la postulación de las candidaturas de la coalición a Senadores de la República por el Principio de Mayoría Relativa, con la indicación del origen partidario al que pertenecerán en caso de resultar electos.
          Asimismo, establece que en su oportunidad, cada partido político postulará y registrará candidatos propios a Senadores de la Republica por el principio de representación proporcional a ser electos el 1 de julio de 2018.
h)       La cláusula OCTAVA establece la postulación de las candidaturas de la coalición a Diputados Federales, por el Principio de Mayoría Relativa con la indicación del origen partidario al que pertenecerán en caso de resultar electos
          Asimismo, establece que en su oportunidad, cada partido político postulará y registrará candidatos propios diputados federales por el principio de representación proporcional a ser electos el 1 de julio de 2018.
i)        La cláusula NOVENA establece la representación de los partidos integrantes, ante los órganos del Instituto Nacional Electoral, en la cual se establece que cada integrante de la coalición conservará su representación ante el Instituto Nacional Electoral, tanto central como de los órganos locales y distritales, así como ante las mesas directivas de casilla que se instalen en la jornada del 1 de julio de 2018, en las entidades federativas, en las que se postulen candidatos a senadores, por el principio de mayoría relativa, así como en los Distritos uninominales federales, en los cuales se postulen candidatos a diputados federales por el principio de mayoría relativa por la coalición.
j)        La cláusula DÉCIMA, establece que la representación legal de la coalición ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral corresponderá a los representantes acreditados por el Partido Revolucionario Institucional. Por lo que hace a la representación legal de la Coalición ante los Consejos Locales y Distritales del Instituto Nacional Electoral, ésta corresponderá a los representantes acreditados por el respectivo partido político.
          De igual manera, los representantes legales señalados contarán con personalidad jurídica para promover los medios de impugnación en materia electoral legalmente procedentes, así como para participar en los juicios administrativos y jurisdiccionales ante las autoridades competentes en conocer, sustanciar y resolver las controversias jurídicas derivadas del Proceso Electoral Federal 2017-2018.
 
k)        La cláusula DECIMA PRIMERA se refiere a la sujeción a los topes de gastos de campaña, en la cual, los partidos integrantes de la coalición se obligan a respetar el tope de gasto de campaña que aprobó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral para la elección de Presidente de la República, así como de senadores y diputados federales por el principio de mayoría relativa.
l)        La cláusula DÉCIMA SEGUNDA, expresa, las aportaciones para el desarrollo de las campañas de los candidatos postulados por la coalición en razón de lo siguiente:
"DÉCIMA SEGUNDA. Aportaciones para el desarrollo de las campañas de los candidatos postulados por la Coalición.
De conformidad con lo previsto en el artículo 91, numeral 2 de la Ley General de Partidos Políticos, y el artículo 276, numeral 3, inciso h) del Reglamento de Elecciones, las partes acuerdan que el monto de las aportaciones de cada partido político para el desarrollo de las campañas electorales de los candidatos que les corresponda postular en términos de las cláusulas SEXTA, SÉPTIMA y OCTAVA del Convenio, será el siguiente:
Los partidos coaligados acuerdan que los porcentajes de financiamiento que cada uno aportará para el desarrollo de las campañas será:
1. Elección de Presidente de la República.
El Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, aportarán para la campaña de Presidente de la República hasta el 90% del tope de gastos de campaña de la manera siguiente:
·   El Partido Revolucionario Institucional aportará hasta 60% del tope de gastos de campaña.
·   El Partido Verde Ecologista de México hasta 30% del tope de gastos de campaña.
Por lo que respecta a Nueva Alianza aportará para la campaña de Presidente de la República hasta el 15% del monto que recibe de financiamiento público para tal efecto.
2. Elección de Senadores y Diputados Federales.
Para las campañas de Senadores y Diputados Federales, la aportación será de conformidad a lo siguiente:
·   El Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, aportarán de conformidad a lo siguiente:
o      Las candidaturas cuyo origen corresponda al Partido Revolucionario Institucional:
-     El Partido Revolucionario Institucional aportará hasta el 60% del tope de gastos de campaña.
-     El Partido Verde Ecologista de México aportará hasta el 40% del tope de gastos de campaña.
o      Las candidaturas cuyo origen corresponda al Partido Verde Ecologista de México:
-     El Partido Revolucionario Institucional aportará hasta el 40% del tope
de gastos de campaña.
-     El Partido Verde Ecologista de México aportará hasta el 60% del tope de gastos de campaña.
·   Nueva Alianza aportará, de conformidad a lo siguiente:
o      Las candidaturas cuyo origen corresponda a Nueva Alianza:
-     El Partido Revolucionario Institucional aportará hasta el 60% del tope de gastos de campaña.
-     El Partido Verde Ecologista de México aportará hasta el 30% del tope de gastos de campaña.
-     Nueva Alianza aportará hasta el 20% del monto que recibe de financiamiento público para tal efecto."
m)       La cláusula DÉCIMA TERCERA, se refiere al reporte de los informes financieros, para lo cual, los integrantes de la coalición acordaron constituir un órgano de finanzas de la coalición, integrado por Luis Vega Aguilar del Partido Revolucionario Institucional; Emmanuel Flores Guerrero, de Nueva Alianza y Elisa Uribe Anaya del Partido Verde Ecologista de México.
          Este órgano será el encargado de administrar los recursos y presentar los informes de gastos de precampaña y campaña de los precandidatos y candidatos de la Coalición ante la autoridad electoral; así como de presentar las aclaraciones y rectificaciones que le sean requeridas con base en los comprobantes, la contabilidad, los estados de cuenta y demás documentación relativa a las cuestiones financieras que le proporcione para ese fin el partido político designado como responsable.
          Asimismo, se establece el domicilio del órgano de finanzas de la coalición, así como la responsabilidad de cada partido de presentar los informes de los gastos de precampaña y campaña al órgano de finanzas de la coalición de los postulados por la misma, para que a su vez puedan ser presentados ante el órgano de fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
          Mediante escrito relacionado en el antecedente XIV se precisa que la persona responsable de rendir cuentas y presentar los informes de fiscalización correspondientes en nombre de la coalición es Luis Vega Aguilar.
n)       La cláusula DÉCIMA CUARTA, establece la distribución del tiempo de acceso a Radio y Televisión, conforme a lo siguiente:
"DÉCIMA CUARTA. De la distribución del tiempo de acceso a Radio y Televisión.
Los partidos políticos que suscriben el presente Convenio acuerdan sujetarse a lo dispuesto por el artículo 167, numeral 2, inciso b), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el artículo 91, numeral 3, de la Ley General de Partidos políticos y 16, numeral 1, inciso c), del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, en términos siguientes:
I. Cada partido coaligado accederá a su prerrogativa en radio y televisión para ejercer sus derechos por separado.
II. Los mensajes en radio y televisión que correspondan a candidatos de la Coalición deberán identificar esa calidad y el partido responsable del mensaje con el logotipo del partido aportante, sujetándose en todo momento a la Plataforma Electoral de la
Coalición.
III. En todo momento se respetará la distribución que se realiza en el artículo 171 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, referente a mensajes de propaganda electoral a que se tiene derecho.
La prerrogativa de acceso a los tiempos en radio y televisión que corresponde ejercer a los partidos integrantes de la coalición, se distribuirá de la forma siguiente:
1. Partido Revolucionario Institucional:
Para la elección de la Presidencia de la República.
Se destinará hasta el 70% de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de la candidatura a la Presidencia de la República.
Para las elecciones de Senadurías y Diputaciones Federales de mayoría relativa, se destinará al menos el 30% de la prerrogativa, dividido de la forma siguiente:
a. Senadurías.
- Se destinará al menos el 8% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las fórmulas para el Senado postuladas por la coalición.
- Se destinará al menos el 7% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las fórmulas para el Senado postuladas por el partido político en lo individual.
b. Diputaciones federales.
- Se destinará al menos el 8% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las diputaciones federales postuladas por la coalición.
- Se destinará al menos el 7% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las diputaciones federales postuladas por el partido político en lo individual.
2. Partido Verde Ecologista de México.
Para la elección de la Presidencia de la República.
Se destinará hasta el 60% de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de la candidatura a la Presidencia de la República.
Para las elecciones de Senadores y Diputados Federales de mayoría relativa, se destinará el 40% de la prerrogativa, dividido de la forma siguiente:
a. 3% para las Senadores y Diputados Federales postuladas por la coalición.
b. 37% para las Senadores y Diputados Federales postuladas por el partido político en lo individual.
3. Partido Nueva Alianza.
Para la elección de la Presidencia de la República destinará al menos el 30% de los mensajes de campaña que le correspondan en radio y televisión.
Para las elecciones de Senadurías y Diputaciones Federales de mayoría relativa destinará hasta el 70% de los mensajes que le correspondan en radio y televisión, los cuales se distribuirán de la siguiente forma:
Hasta un 10% para los candidatos a diputados y senadores de Nueva Alianza postulados en la modalidad de coalición electoral y hasta un 69% para los candidatos a diputados y senadores de Nueva Alianza postulados en forma individual."
 
o)       La cláusula DÉCIMA QUINTA es referente de la Plataforma Electoral y Programa de Gobierno, en la cual, los partidos integrantes, se comprometen a adoptar tales documentos, por así haberlo aprobado sus órganos de gobierno respectivos. Además, los candidatos asumen el compromiso de sostener ambos documentos durante la etapa de campañas.
p)       La cláusula DÉCIMA SEXTA precisa un órgano de gobierno de la coalición, que se integra por las personas designadas por los partidos integrantes, y con atribuciones particulares en razón de lo siguiente:
"DÉCIMO SEXTA. Del Órgano de Gobierno de la Coalición.
La coalición contará con un Órgano de Gobierno, el cual se integrará por tres personas designadas por cada uno de los partidos políticos que integran la coalición.
Por el Partido Revolucionario Institucional:
·  Enrique Ochoa Reza, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional.
Por el Partido Verde Ecologista de México:
·  Carlos Alberto Puente Salas, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México.
Por Nueva Alianza:
·  Luis Castro Obregón, Presidente del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza.
Este órgano tomará las decisiones por consenso de sus integrantes y tendrá las siguientes facultades:
1. Podrá solicitar al órgano de finanzas de la coalición, le haga saber el estado que guarda la presentación de informes de gasto de campaña.
2. Vigilará que los spots de la coalición cuenten con todos los requisitos legales.
3. Representará a la coalición de manera colegiada ante medios de comunicación.
4. Tendrá comunicación directa con los Representantes de los partidos ante el Instituto Nacional Electoral.
5. Coordinará las estrategias políticas entre los partidos integrantes de la presente coalición
6. Fungirá como enlace entre los partidos políticos integrantes y la coalición para la toma de decisiones.
7. Coordinará las estrategias de campaña entre los partidos integrantes de la presente coalición.
8. Las demás que resulten necesarias para el cumplimiento de las obligaciones legales a las que se encuentra sujeta la coalición."
q)       La cláusula DÉCIMA SÉPTIMA. señala las responsabilidades individuales de los partidos coaligados, en la que se acuerda, que responderán en forma individual por las faltas que, en su caso, incurra alguno de los partidos integrantes, sus militantes, sus precandidatos o sus candidatos asumiendo la sanción correspondiente, en los términos establecidos por el artículo 43 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización.
38.      La Presidencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral corroboró que el texto de la
Plataforma Electoral y del programa de gobierno adjunto al convenio de coalición cumplen con lo señalado en los artículos 39, párrafo 1, inciso g), 88, párrafo 5, así como 89, párrafo 1, inciso a) y 91, párrafo 1, inciso c) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; toda vez que las propuestas de acciones y políticas públicas que contiene son acordes con los principios ideológicos de carácter político, económico y social que postulan los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza en su respectiva Declaración de Principios y Programa de Acción; documento identificado como ANEXO DOS que en cincuenta y un fojas forma parte integral de la presente Resolución.
Conclusión
39.      Por lo expuesto y fundado, la Presidencia de este Consejo General arriba a la conclusión de que la solicitud del convenio de coalición para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; parcial para postular treinta y dos fórmulas de candidaturas a senadores por el principio de mayoría relativa y flexible para postular ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a diputados por el principio de mayoría relativa, presentada por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para contender en el Proceso Electoral Federal 2017-2018, reúne los requisitos exigidos para obtener su registro, con excepción de la denominación de la coalición contenida en la cláusula TERCERA, de conformidad con los argumentos expresados en el considerando 37 inciso c). Derivado de la improcedencia de la denominación de la coalición se realizan los ajustes correspondientes en el ANEXO UNO. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 87, 88, 89 y 91 de la Ley General de Partidos Políticos, en relación con el Instructivo emitido por el Consejo General para tal efecto.
En consecuencia, el Consejero Presidente somete a consideración del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9 y 41, párrafo segundo, Base I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionados con los artículos 43, 44, párrafo 1, incisos i), j) y ff); de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 23, párrafo 1, inciso f); 85, párrafo 2; 87; 89; 91 y 92 de la Ley General de Partidos Políticos, así como el multicitado Instructivo, la siguiente:
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Procede el registro del convenio integrado de la coalición para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, parcial para postular treinta y dos fórmulas de candidaturas a senadores por el principio de mayoría relativa y flexible para postular ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a diputados por el principio de mayoría relativa, presentado por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para contender en esas modalidades en el Proceso Electoral Federal 2017-2018, mismo que como ANEXO UNO forma parte integral de la presente Resolución.
SEGUNDO.- Conforme a lo señalado en los considerandos 37 y 39, de la presente Resolución, se ordena a la coalición conformada por los Partidos Políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para que en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, modifique y comunique el nombre que distinguirá a la coalición, en el entendido que de no hacerlo se entenderá que los partidos optan por distinguirse con los nombres de los partidos políticos que la integran.
TERCERO.- Para efectos del registro de la candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de las fórmulas de candidaturas a diputados y senadores de mayoría relativa, se tiene por registrada la Plataforma Electoral que sostendrán durante las campañas electorales los candidatos de la coalición integrada por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, la cual como ANEXO DOS forma parte integrante de esta Resolución, acorde con lo establecido en el artículo 236, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por las razones expuestas en el considerando 38 de esta Resolución.
CUARTO.- Para los efectos legales conducentes, se tiene por registrado el programa de gobierno que sostendrá durante la campaña electoral la persona que sea registrada para contender al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos de la coalición integrada por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, mismo que como ANEXO DOS forma parte integral de esta Resolución, acorde con lo manifestado el considerando 38 de la presente Resolución.
QUINTO.- La postulación y registro de las candidaturas a senadores y diputados de la coalición integrada por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza se sujetará, invariablemente, a los criterios en materia de paridad y acción afirmativa, previstos en el Acuerdo de este Consejo General, identificado con la clave INE/CG508/2017. En virtud de que el número de fórmulas de candidaturas a diputados que postulará dicha coalición no es par, lo que impide lograr la paridad, la fórmula impar remanente será integrada por mujeres, en aplicación de la acción afirmativa de género. El mismo principio se aplicará para las candidaturas individuales de los partidos políticos que integran la coalición.
SEXTO.- Notifíquese personalmente la presente Resolución a los representantes ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral de los Partidos Políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.
SÉPTIMO.- Inscríbase el convenio integrado de la coalición conformada por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza en el libro respectivo que al efecto lleva la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto.
OCTAVO.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial de la Federación.
La presente Resolución fue aprobada en lo general en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 5 de enero de 2018, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello.
Se aprobó en lo particular el Resolutivo Segundo, por nueve votos a favor de los Consejeros Electorales, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello y dos votos en contra de los Consejeros Electorales Licenciado Enrique Andrade González y Maestro Marco Antonio Baños Martínez.
El Consejero Presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.
ANEXO UNO
CONVENIO INTEGRADO
CONVENIO DE COALICIÓN QUE CELEBRAN EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL, ENRIQUE OCHOA REZA; EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, REPRESENTADO POR EL SENADOR CARLOS ALBERTO PUENTE SALAS Y NUEVA ALIANZA, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE DIRECCIÓN NACIONAL, LUIS CASTRO OBREGÓN, CON LA FINALIDAD DE POSTULAR LA CANDIDATURA A LA PRESIDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024; PARCIAL PARA TREINTA Y DOS FÓRMULAS DE CANDIDATOS A SENADORES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, EN DIECISÉIS DE
LAS TREINTA Y DOS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE INTEGRAN EL TERRITORIO NACIONAL; Y FLEXIBLE PARA LAS FÓRMULAS DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA EN CIENTO TREINTA Y TRES DE LOS TRESCIENTOS DISTRITOS ELECTORALES UNINOMINALES EN QUE SE DIVIDE EL PAÍS; CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR A ELEGIRSE EN LA JORNADA ELECTORAL FEDERAL ORDINARIA EL PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO, AL TENOR DE LO SIGUIENTE:
MANIFESTACIONES.
I. Como es propio de todo régimen democrático, constitucional y de derecho, el próximo 1 de julio de 2018 se renovará pacíficamente el poder político de nuestro país. Viviremos la mayor jornada electoral de la historia, en la que la ciudadanía externará su voluntad soberana por medio del sufragio libre y secreto para elegir a quienes habrán de integrar los órganos de representación popular del Estado Mexicano.
II. Quienes signan este convenio reconocen el inicio de grandes avances en los últimos años a través de reformas en distintos ámbitos de la economía, política y sociedad. Coinciden, que para construir un mejor país y abatir un gran número de retos y rezagos, es necesario lograr un país más justo y una distribución de la riqueza más equitativa entre los millones de habitantes de nuestra Nación.
III. La suscripción de este acuerdo de voluntades es muestra clara del interés de las partes materializar las plataformas programáticas y propuestas electorales en un proyecto legislativo y de gobierno conjunto, que tenga como prioridad la definición del futuro de nuestro país sustentada en la búsqueda del bien común, la inclusión y la protección de los grupos vulnerables de la sociedad, el respeto y la tolerancia a la diferencia, el equilibrio entre las fuerzas del trabajo, el ejercicio eficiente y transparente de los recursos públicos, un sistema de rendición de cuentas moderno, la sustentabilidad de los recursos naturales, la justicia social, la seguridad y la paz pública. La procuración e impartición de justicia pronta, el desarrollo tecnológico y la inserción a la sociedad del conocimiento, la educación pública, laica, gratuita y de calidad. Un régimen democrático que garantice a plenitud las libertades y los derechos humanos de las y los mexicanos.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la fracción I, inciso f) apartado 3, del artículo Segundo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014 por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, en relación con los artículos 12 y 167 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como los artículos 1, 2, 23 apartado 1, incisos b) y f), 85 apartado 2, 87 apartados 1, 7, 8, 11 y 12, 88 apartado 1, 91 y 92 apartado 1, de la Ley General de Partidos Políticos; en relación con los preceptos aplicables del Acuerdo INE/CG504/2017, del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el "Instructivo que Deberán Observar los Partidos Políticos Nacionales que Busquen Formar Coaliciones para las Elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de Senadores y de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa en sus Diversas Modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", así como por los artículos 7, 8, fracción I, 83 y 89, fracciones VII y IX, respectivamente y demás de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional; 18, fracciones III, IV, V, VI, 19, 59, y demás relativos de los Estatutos del Partido Verde Ecologista de México y 38, fracción VII, 122, 123, 124 y demás relativos de los Estatutos de Nueva Alianza.
ANTECEDENTES.
I. El 8 de septiembre de 2017 dio inicio formal el Proceso Electoral Federal 2017-2018, a través del cual se renovarán diversos cargos de elección popular.
II. El 8 de septiembre de 2017 se aprobó el Acuerdo INE/CG427/2017, del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en el cual, entre otras cuestiones se estableció que las precampañas electorales inician el 14 de diciembre de 2017.
III. El 30 de octubre de 2017 se aprobó el Acuerdo INE/CG504/2017, "Por el que se Aprueba el Instructivo que Deberán Observar los Partidos Políticos Nacionales que Busquen Formar Coaliciones para las Elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de Senadores y de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa, en sus Diversas Modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018".
IV. El Resolutivo Segundo, apartado 1, de ese acuerdo estableció que se podrán presentar las solicitudes para formar coaliciones, hasta la fecha en que inicie la etapa de precampañas.
CONSIDERACIONES.
I. La fracción I, inciso f) apartado 3, del artículo Segundo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014 por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, estableció una reserva a favor de la ley para la regulación de las coaliciones, las que podrán ser totales, parciales y flexibles.
II. Conforme con lo dispuesto en los artículos 85 apartado 2, 87 apartado 1, 88 apartados 1 y 5, y 92 apartado 1, de la Ley General de Partidos Políticos; los partidos políticos nacionales podrán coaligarse.
III. De conformidad con el Resolutivo Segundo del Acuerdo INE/CG504/2017, los partidos políticos podrán formar coaliciones para postular las candidaturas a Presidente, senadores y diputados por mayoría relativa, de los Estados Unidos Mexicanos.
DECLARACIONES.
PRIMERA. El Partido Revolucionario Institucional a través de su representante, manifiesta lo siguiente:
A.    Es un Partido Político Nacional, registrado ante el Instituto Nacional Electoral, en pleno goce de sus derechos políticos, de conformidad con el artículo 41, base I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 23, apartado 1, incisos a), b), c), d), e) y f), de la Ley General de Partidos Políticos, lo cual se acredita con la certificación expedida por el Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral, Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez. anexo 1.
B.    Su dirigencia nacional está integrada, entre otros órganos, por un Comité Ejecutivo Nacional, cuyo Presidente es Enrique Ochoa Reza, quien ostenta la representación del Partido Político en términos de lo dispuesto en el artículo 89, fracciones IX y XIII, de sus Estatutos, según consta en la certificación expedida por el Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral, Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez. anexo 2.
C.    El 11 de octubre de 2017, el Consejo Político Nacional, con fundamento en los artículos 7, 8, fracción I, 83, fracción VII, 89, fracción IX y 181 de sus Estatutos, autorizó a su Presidente para iniciar las negociaciones para formar coaliciones con otras fuerza políticas afines a nuestro partido, para postular la candidatura a la Presidencia de la República, así como senadores y diputados federales por el principio de mayoría relativa a ser electos el 1 de julio de 2018, tal como se acredita con el acta respectiva que se acompaña al presente instrumento. anexo 3.
D.    El 13 de diciembre de 2017, el Consejo Político Nacional, con fundamento en los artículos 7, 8, fracción I, 83, fracción VII, 89, fracción IX y 181 de sus Estatutos, autorizó a su Presidente a suscribir el presente Convenio para formar una Coalición con los partidos Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, así como el Programa de Gobierno y la Plataforma Electoral 2018, para postular la candidatura a la Presidencia de la República, así como senadores y diputados federales por el principio de mayoría relativa a ser electos el 1 de julio de 2018, tal como se acredita con el acta respectiva que se acompaña al presente instrumento. anexo 4.
E.    Su domicilio para todos los efectos jurídicos es el ubicado en la avenida Insurgentes Norte número 59, Edificio 2, "Adolfo López Mateos", piso 2, Colonia Buenavista, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06369, en la Ciudad de México.
SEGUNDA. El Partido Verde Ecologista de México, a través de su representante manifiesta lo siguiente:
A.    Es un partido político nacional, registrado ante el Instituto Nacional Electoral, en pleno goce de sus derechos y obligaciones, de conformidad con el artículo 41, base I, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 23, numeral 1, incisos a), b), c),
d), e), f), i) y j) de la Ley General de Partidos Políticos, lo cual se acredita con la certificación expedida por el Director del Secretariado del Instituto Nacional Electoral, Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez. anexo 5.
B.    Su dirigencia nacional está integrada por un Comité Ejecutivo Nacional, cuyo Vocero Nacional es Carlos Alberto Puente Salas, quien ha sido facultado expresamente para representar a su Partido en el presente acto mediante la emisión del mandato otorgado por el Consejo Político Nacional, en sesión de fecha 9 de diciembre de 2017. anexo 6.
C.    El Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 18 fracciones III, IV, V, VI, VII,VIII, XII, XXII y XXVIII y demás relativos y aplicables de los Estatutos que norman su vida interna, en relación con los artículos 87 numeral 7, 89 numeral 1 incisos a), b) y c), de la Ley General de Partidos Políticos en relación con el artículo 276 numerales 1 y 2 del Reglamento de Elecciones, en sesión ordinaria de 9 de diciembre de 2017, aprobó mediante acuerdo CPN-14/2017 la celebración y suscripción del presente Convenio de Coalición con el Partido Revolucionario Institucional y con la posibilidad de que se unan a la coalición otros partidos políticos, para la postulación de candidatos a Presidente de la República, senadores y diputados por el principio de mayoría relativa, así como el Programa de Gobierno y la Plataforma Electoral 2018, y el registro del candidato para la elección presidencial a ser electo el 1 de julio de 2018; tal como se acredita con el acuerdo que se adjunta. anexo 7.
D.    Su domicilio para todos los efectos jurídicos es el ubicado en la calle Cerrada Loma Bonita número 18, Colonia Lomas Altas, Delegación Miguel Hidalgo, en esta ciudad de México.
TERCERA. Nueva Alianza a través de su representante manifiesta lo siguiente:
A.    Es un Partido Político Nacional, registrado ante el Instituto Nacional Electoral, en pleno goce de sus derechos y obligaciones, de conformidad con el artículo 41, base I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 23, apartado 1, incisos a), b), c), d), e), y f), de la Ley General de Partidos Políticos, lo cual se acredita con la certificación expedida por el Director Ejecutivo del Secretariado del Instituto Nacional Electoral, Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, de 8 de diciembre de 2017. anexo 8.
B.    Su dirigencia nacional está integrada, entre otros órganos, por un Comité de Dirección Nacional, cuyo Presidente es Luis Castro Obregón, quien ostenta la representación del Partido Político en términos de lo dispuesto por el artículo 58, de su Estatuto, según consta en la certificación expedida por el Director Ejecutivo del Secretariado del Instituto Nacional Electoral. anexo número 9.
C.    En sesión de 31 de agosto de 2017, el Consejo Nacional de Nueva Alianza autorizó a Luis Castro Obregón, en su carácter de Presidente del Comité de Dirección Nacional, a establecer pláticas y negociaciones con diversas fuerzas políticas orientadas a concretar una posible coalición electoral para postular candidatos a los distintos cargos de elección popular.
D.    De conformidad con lo establecido en el artículo 57, fracción V del Estatuto partidario, el Comité de Dirección Nacional en sesión del 9 de diciembre de 2017, aprobó convocar a sesión extraordinaria del Consejo Nacional de Nueva Alianza con la finalidad de someter a su consideración la aprobación del presente Convenio de Coalición y sus anexos, así como la respectiva plataforma electoral y el programa de gobierno.
E.    De conformidad con lo establecido en el artículo 38, fracción VII y párrafo último del Estatuto partidario, el Consejo Nacional en sesión extraordinaria de 14 de diciembre de 2017, aprobó contender en coalición electoral con los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en términos del presente Convenio de Coalición, sus anexos, plataforma electoral y programa de gobierno,
F.    Que su domicilio para todos los efectos jurídicos es el ubicado en la calle de Durango número 199,
Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, en la Ciudad de México.
CLÁUSULAS.
PRIMERA. Los partidos políticos nacionales que forman la Coalición son:
·   Partido Revolucionario Institucional.
·   Partido Verde Ecologista de México.
·   Nueva Alianza.
En las cláusulas siguientes se especifican las representaciones legales para los distintos efectos.
SEGUNDA. De la elección que la motiva.
Las partes acuerdan que el motivo del presente Convenio es el de conformar una coalición con la finalidad de postular al candidato a la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos; y conformar una coalición parcial para postular a los candidatos a senadores por el principio de mayoría relativa en 32 fórmulas en 16 de las 32 entidades federativas que conforman el territorio nacional; y flexible para postular a los candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa en 133 de los 300 distritos electorales uninominales en que se divide el país, los cuales se precisan en las cláusulas SÉPTIMA y OCTAVA de este Convenio, cargos de elección popular a elegirse en la jornada electoral federal ordinaria del 1 de julio de 2018.
TERCERA. De la denominación de la Coalición.
No procede
CUARTA. Del registro de los candidatos de la Coalición.
Las partes acuerdan que para los efectos de lo establecido en el Acuerdo INE/CG504/2017, y de lo dispuesto en los artículos 232, 238, y 241, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la solicitud de registro de las candidaturas objeto del presente Convenio de Coalición, así como la sustitución de candidatos que en su caso procedan, serán suscritas y presentadas ante la autoridad electoral por el órgano estatutario facultado de cada partido político postulante atendiendo al origen y militancia de la fórmula que se trate en términos del presente.
Por tal motivo, los partidos coaligados tienen la obligación de presentar la documentación necesaria al Instituto Nacional Electoral.
QUINTA. Del procedimiento para postular candidatos.
Las partes acuerdan, que en atención a lo dispuesto en el artículo 91 numeral 1 inciso c), de la Ley General de Partidos Políticos y 276 numeral 3 inciso c) del Reglamento de Elecciones, los procedimientos que desarrollará cada uno de los partidos coaligados, para la selección de sus candidatos atenderán a lo siguiente:
I. El 20 de octubre de 2017, el Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos, 181, 184, 189 y demás relativos de sus Estatutos, aprobó, por Consejo Político Nacional como métodos de elección interna de sus candidatos y candidatas, para la Presidencia de la República, por Convención de Delegados y Delegadas, y para el Senado y la Cámara de Diputados, 50% por Comisión para la Postulación de Candidaturas y el resto por Convención de Delegados y Delegadas.
II. El Partido Verde Ecologista de México seleccionará a sus candidatos de conformidad al procedimiento establecido en sus Estatutos así como el método Informado en tiempo y forma al Instituto Nacional Electoral en fecha 27 de septiembre de 2017, y aprobado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2778/2017 de 10 de octubre de 2017. anexo 11.
III. De conformidad con lo establecido en el artículo 38, fracción VII y 121 del Estatuto partidario, así como en el Reglamento de Elecciones de Nueva Alianza, y las Bases 10 y 12 respectivamente de las convocatorias y métodos de selección de candidatos aprobados por la Comisión Política Permanente del Consejo Nacional en sesión del pasado 18 de octubre del año en curso, para efectos del presente convenio, el método de selección de candidatos de Nueva Alianza será el de votación de los integrantes del Consejo Nacional. anexo 12.
SEXTA. De la postulación del candidato de la Coalición a la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos.
Las partes acuerdan que el candidato que postulará la Coalición a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos será aquél que se registre en el proceso interno del Partido Revolucionario Institucional.
El candidato que resulte del proceso interno del Partido Revolucionario Institucional debe ser aprobado por el Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, previa opinión de todos los Comités Ejecutivos Estatales. Asimismo, debe resultar electo en votación secreta por los integrantes del Consejo Nacional de Nueva Alianza.
Para que la Coalición pueda postular un candidato al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se deberá cumplir con el procedimiento siguiente:
A.    El aspirante que se inscriba en el proceso interno del Partido Revolucionario Institucional deberá cumplir con lo establecido en la convocatoria emitida para tal efecto y los estatutos de dicho partido.
B.    El precandidato de ese partido deberá dar a conocer su propuesta ante la militancia del Partido Verde Ecologista de México a efecto de que éstos, a través de los Comités Ejecutivos Estatales expresen su opinión, la cual deberán entregar por escrito al Consejo Político Nacional a fin de que éste ratifique al candidato.
C.    De igual forma, el aspirante que se inscriba en el proceso interno del Partido Revolucionario Institucional deberá registrarse como precandidato ante la Comisión Nacional de Elecciones Internas de Nueva Alianza, realizar actos de precampaña y dar a conocer su propuesta ante la militancia de ese partido, a efecto de que éstos queden en aptitud de elegirlo. Además, el precandidato deberá realizar, por lo menos, 5 eventos regionales, 1 por cada circunscripción electoral federal, antes de la sesión electiva del Consejo Nacional.
D.    Los órganos electivos de cada partido político deberán sesionar, a más tardar, el 18 de febrero de 2018.
En el supuesto de que el órgano partidista del Partido Verde Ecologista de México o de Nueva Alianza no declare candidato al emanado del procedimiento que en este Convenio se refiere, la Coalición quedará automáticamente sin efectos y conservará su derecho a registrar su propio candidato dentro de los plazos legales formalmente establecidos.
La representación de la Coalición o la de los partidos que suscriben el presente Convenio, harán del conocimiento del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en su caso, la actualización de los supuestos a que se refieren los  párrafos anteriores, hipótesis en la que los institutos políticos reconocen expresamente su derecho para que el candidato que postule cada partido sea sólo el aprobado por los órganos competentes establecidos en sus respectivos estatutos.
SÉPTIMA. De la postulación de las candidaturas de la Coalición a Senadores de la República por el Principio de Mayoría Relativa, con la indicación del origen partidario al que pertenecerán en caso de resultar electos.
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 91, numeral 1, inciso e), de la Ley General de Partidos Políticos y el artículo 276 numeral 3 inciso e) del Reglamento de Elecciones, en relación con lo dispuesto por el inciso a) del Resolutivo SEGUNDO, Acuerdo INE/CG504/2017, las partes acuerdan que la distribución será como sigue:
Para la postulación de candidatos a senadores por el principio de mayoría relativa, el origen de militancia de las fórmulas correspondiente a 16 entidades federativas objeto de este Convenio es:
 
ENTIDAD
FEDERATIVA
PRIMERA
FÓRMULA
SEGUNDA
FÓRMULA
ORIGEN PARTIDARIO/
GRUPO
PARLAMENTARIO AL
QUE PERTENECERÁN
PROPIETARIO
SUPLENTE
PROPIETARIO
SUPLENTE
1. 
CAMPECHE
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
NUEVA ALIANZA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
2. 
COAHUILA DE ZARAGOZA
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
NUEVA ALIANZA
ORIGEN PARTIDARIO
3. 
COLIMA
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
NUEVA ALIANZA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
4. 
CHIAPAS
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
5.
ESTADO DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
NUEVA ALIANZA
ORIGEN PARTIDARIO
6.
HIDALGO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
NUEVA ALIANZA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
7.
GUERRERO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL L
ORIGEN PARTIDARIO
8.
MORELOS
NUEVA ALIANZA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
9.
OAXACA
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
10.
QUINTANA ROO
NUEVA ALIANZA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
11
SAN LUIS POTOSÍ
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
12
SINALOA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
13
SONORA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
NUEVA ALIANZA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
14
TLAXCALA
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
15
YUCATÁN
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
16
ZACATECAS
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
NUEVA ALIANZA
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ORIGEN PARTIDARIO
Los candidatos a Senadores de la República postulados por la Coalición, de resultar electos pertenecerán al grupo o fracción parlamentaria que ha quedado señalada en el cuadro que antecede, lo cual se hará oportunamente del conocimiento de las autoridades políticas y electorales competentes.
Cada partido político que conforma la Coalición, en su oportunidad, postulará y registrará candidatos propios a Senadores de la Republica por el principio de representación proporcional a ser electos el 1 de julio de 2018.
 
OCTAVA. De la postulación de las candidaturas de la Coalición a Diputados Federales, por el Principio de Mayoría Relativa con la indicación del origen partidario al que pertenecerán en caso de resultar electos.
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 91, numeral 1, inciso e), de la Ley General de Partidos Políticos y el artículo 276 numeral 3 inciso e) del Reglamento de Elecciones, en relación con lo dispuesto por el inciso a) del Resolutivo SEGUNDO, Acuerdo INE/CG504/2017, las partes acuerdan que la distribución será como sigue:
Para la postulación de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa, el origen de militancia de las fórmulas correspondiente a 133 de los 300 distritos electorales en 16 entidades federativas objeto de este Convenio es:
No.
ENTIDAD
FEDERATIVA
DISTRITO
CABECERA
PARTIDO POSTULANTE
ORIGEN PARTIDARIO/GRUPO
PARLAMENTARIO AL QUE
PERTENECERÁN
1
CAMPECHE
1
CAMPECHE
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
2
CAMPECHE
2
CARMEN
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
3
CHIAPAS
1
PALENQUE
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
4
CHIAPAS
2
BOCHIL
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
5
CHIAPAS
3
OCOSINGO
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
6
CHIAPAS
4
PICHUCALCO
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
7
CHIAPAS
5
SAN CRISTOBAL DE
LAS CASAS
PARTIDO
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
8
CHIAPAS
6
TUXTLA GUTIERREZ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
9
CHIAPAS
7
TONALÁ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
10
CHIAPAS
8
COMITÁN DE
DOMÍNGUEZ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
11
CHIAPAS
9
TUXTLA GUTIERREZ
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
12
CHIAPAS
10
VILLAFLORES
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
13
CHIAPAS
11
LAS MARGARITAS
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
14
CHIAPAS
12
TAPACHULA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
15
CHIAPAS
13
HUEHUETAN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
16
COAHUILA DE
ZARAGOZA
1
PIEDRAS NEGRAS
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
 
17
COAHUILA DE
ZARAGOZA
2
SAN PEDRO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
18
COAHUILA DE
ZARAGOZA
3
MONCLOVA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
19
COAHUILA DE
ZARAGOZA
4
SALTILLO
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
20
COAHUILA DE
ZARAGOZA
5
TORREÓN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
21
COAHUILA DE
ZARAGOZA
6
TORREÓN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
22
COAHUILA DE
ZARAGOZA
7
SALTILLO
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
23
COLIMA
1
COLIMA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
24
COLIMA
2
MANZANILLO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
25
ESTADO DE
MÉXICO
1
JILOTEPEC
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
26
ESTADO DE
MÉXICO
2
TULTEPEC
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
27
ESTADO DE
MÉXICO
3
ATLACOMULCO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
28
ESTADO DE
MÉXICO
4
NICOLÁS ROMERO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
29
ESTADO DE
MÉXICO
5
TEOTIHUACÁN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
30
ESTADO DE
MÉXICO
6
COACALCO DE
BERRIOZABAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
31
ESTADO DE
MÉXICO
7
CUAUTITLÁN IZCALLI
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
32
ESTADO DE
MÉXICO
8
TULTITLÁN
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
33
ESTADO DE
MÉXICO
9
SAN FELIPE DEL
PROGRESO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
34
ESTADO DE
MÉXICO
10
ECATEPEC DE
MORELOS
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
35
ESTADO DE
MÉXICO
11
ECATEPEC DE
MORELOS
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
36
ESTADO DE
MÉXICO
12
IXTAPALUCA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
37
ESTADO DE
MÉXICO
13
ECATEPEC DE
MORELOS
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
38
ESTADO DE
MÉXICO
14
ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
39
ESTADO DE
MÉXICO
15
ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
 
40
ESTADO DE
MÉXICO
16
ECATEPEC DE
MORELOS
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
41
ESTADO DE
MÉXICO
17
ECATEPEC DE
MORELOS
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
42
ESTADO DE
MÉXICO
18
HUIXQUILUCAN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
43
ESTADO DE
MÉXICO
19
TLALNEPANTLA DE
BAZ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
44
ESTADO DE
MÉXICO
20
NEZAHUALCOYOTL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
45
ESTADO DE
MÉXICO
21
AMECAMECA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
46
ESTADO DE
MÉXICO
22
NAUCALPAN DE
JUÁREZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
47
ESTADO DE
MÉXICO
23
LERMA
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
48
ESTADO DE
MÉXICO
24
NAUCALPÁN DE
JUÁREZ
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
49
ESTADO DE
MÉXICO
25
CHIMALHUACÁN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
50
ESTADO DE
MÉXICO
26
TOLUCA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
51
ESTADO DE
MÉXICO
27
METEPEC
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
52
ESTADO DE
MÉXICO
28
ZUMPANGO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
53
ESTADO DE
MÉXICO
29
NEZAHUALCÓYOTL
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
54
ESTADO DE
MÉXICO
30
CHIMALHUACÁN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
55
ESTADO DE
MÉXICO
31
NEZAHUALCÓYOTL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
56
ESTADO DE
MÉXICO
32
VALLE DE CHALCO
SOLIDARIDAD
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
57
ESTADO DE
MÉXICO
33
CHALCO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
58
ESTADO DE
MÉXICO
34
TOLUCA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
59
ESTADO DE
MÉXICO
35
TENANCINGO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
60
ESTADO DE
MÉXICO
36
TEJUPILCO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
61
ESTADO DE
MÉXICO
37
CUAUTITLÁN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
62
ESTADO DE
MÉXICO
38
TEXCOCO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
 
63
ESTADO DE
MÉXICO
39
LA PAZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
64
ESTADO DE
MÉXICO
40
ZINACANTEPEC
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
65
ESTADO DE
MÉXICO
41
TECAMAC
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
66
GUERRERO
1
PUNGARABATO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
67
GUERRERO
2
IGUALA DE LA
INDEPENDENCIA
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
68
GUERRERO
3
ZIHUATANEJO DE
AZUETA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
69
GUERRERO
4
ACAPULCO DE
JUAREZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
70
GUERRERO
5
TLAPA DE
COMONFORT
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
71
GUERRERO
6
CHILAPA DE ALVAREZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
72
GUERRERO
7
CHILPANCINGO DE
LOS BRAVO
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
73
GUERRERO
8
AYUTLA DE LOS
LIBRES
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
74
GUERRERO
9
ACAPULCO DE
JUÁREZ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
75
HIDALGO
1
HUEJUTLA DE REYES
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
76
HIDALGO
2
IXMIQUILPAN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
77
HIDALGO
3
ACTOPAN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
78
HIDALGO
4
TULANCINGO DE
BRAVO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
79
HIDALGO
5
TULA DE ALLENDE
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
80
HIDALGO
6
PACHUCA DE SOTO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
81
HIDALGO
7
TEPEAPULCO
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
82
MORELOS
1
CUERNAVACA
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
83
MORELOS
2
JIUTEPEC
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
84
MORELOS
3
CUAUTLA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
85
MORELOS
4
JOJUTLA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
86
MORELOS
5
YAUTEPEC
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
 
87
OAXACA
1
SAN JUAN BAUTISTA
TUXTEPEC
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
88
OAXACA
2
TEOTITLÁN DE
FLORES MAGON
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
89
OAXACA
3
HEROÍCA CIUDAD DE
HUAJUAPAN DE LEÓN
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
90
OAXACA
4
TLACOLULA DE
MATAMOROS
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
91
OAXACA
5
SALINA CRUZ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
92
OAXACA
6
HEROICA CIUDAD DE
TLAXIACO
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
93
OAXACA
7
CIUDAD IXTEPEC
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
94
OAXACA
8
OAXACA DE JUAREZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
95
OAXACA
9
SAN PEDRO
MIXTEPEC
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
96
OAXACA
10
MIAHUATLAN DE
PORFIRIO DIAZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
97
QUINTANA ROO
1
SOLIDARIDAD
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
98
QUINTANA ROO
2
OTHON P. BLANCO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
99
QUINTANA ROO
3
BENITO JUÁREZ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
100
QUINTANA ROO
4
BENITO JUÁREZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
101
SAN LUIS
POTOSÍ
1
MATEHUALA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
102
SAN LUIS
POTOSÍ
2
SOLEDAD DE
GRACIANO SÁNCHEZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
103
SAN LUIS
POTOSÍ
3
RIOVERDE
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
104
SAN LUIS
POTOSÍ
4
CIUDAD VALLES
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
105
SAN LUIS
POTOSÍ
5
SAN LUIS POTOSÍ
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
106
SAN LUIS
POTOSÍ
6
SAN LUIS POTOSÍ
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
107
SAN LUIS
POTOSÍ
7
TAMAZUNCHALE
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
108
SINALOA
1
MAZATLÁN
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
109
SINALOA
2
AHOME
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
 
110
SINALOA
3
SALVADOR
ALVARADO
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
111
SINALOA
4
GUASAVE
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
112
SINALOA
5
CULIACÁN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
113
SINALOA
6
MAZATLÁN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
114
SINALOA
7
CULIACÁN
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
115
SONORA
1
SAN LUIS RÍO
COLORADO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
116
SONORA
2
NOGALES
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
117
SONORA
3
HERMOSILLO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
118
SONORA
4
GUAYMAS
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
119
SONORA
5
HERMOSILLO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
120
SONORA
6
CAJEME
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
121
SONORA
7
NAVOJOA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
122
TLAXCALA
1
APIZACO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
123
TLAXCALA
2
TLAXCALA
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
124
TLAXCALA
3
ZACATELCO
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
125
YUCATÁN
1
VALLADOLID
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
126
YUCATÁN
2
PROGRESO
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
127
YUCATÁN
3
MÉRIDA
NUEVA ALIANZA
NUEVA ALIANZA
128
YUCATÁN
4
MÉRIDA
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
129
YUCATÁN
5
TICUL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
130
ZACATECAS
1
FRESNILLO
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
131
ZACATECAS
2
JEREZ
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA
DE MÉXICO
132
ZACATECAS
3
ZACATECAS
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
133
ZACATECAS
4
GUADALUPE
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
Los candidatos a diputados federales postulados por la Coalición, de resultar electos pertenecerán al grupo o fracción parlamentaria que ha quedado señalado en el cuadro que antecede, lo cual se hará oportunamente del conocimiento de las autoridades políticas y electorales competentes.
Cada partido político que conforma la Coalición, en su oportunidad, postulará y registrará candidatos propios a diputados federales por el principio de representación proporcional a ser electos el 1 de julio de 2018.
NOVENA. De la representación ante los órganos del Instituto Nacional Electoral.
Cada partido político que suscribe el Convenio conservará su representación ante el Instituto Nacional Electoral, tanto central como de los órganos locales y distritales, así como ante las mesas directivas de casilla que se instalen en la jornada del 1 de julio de 2018, en las entidades federativas, en las que se postulen candidatos a senadores, por el principio de mayoría relativa, así como en los distritos uninominales federales, en los cuales se postulen candidatos a diputados federales por el principio de mayoría relativa por la Coalición.
DÉCIMA. De la representación legal.
Las partes acuerdan que para los fines precisados en el artículo 91, numeral 1, inciso f) de la Ley General de Partidos Políticos y el articulo 276, numeral 3, inciso f) del Reglamento de Elecciones, la representación legal de la Coalición ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral corresponderá a los representantes acreditados por el Partido Revolucionario Institucional.
Por lo que hace a la representación legal de la Coalición ante los Consejos Locales y Distritales del Instituto Nacional Electoral, ésta corresponderá a los representantes acreditados por el respectivo partido político, tocante a los candidatos propietarios de las fórmulas cuyo origen partidario ha quedado precisado en las cláusulas SÉPTIMA y OCTAVA que anteceden.
Los representantes legales señalados contarán con personalidad jurídica para promover los medios de impugnación en materia electoral legalmente procedentes, así como para participar en los juicios administrativos y jurisdiccionales ante las autoridades competentes en conocer, sustanciar y resolver las controversias jurídicas derivadas del proceso electoral federal del 2018.
DÉCIMA PRIMERA. De la sujeción a los topes de gastos de campaña.
Los partidos que suscriben el Convenio se obligan a respetar el tope de gasto de campaña que aprobó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral para la elección de Presidente de la República, así como de senadores y diputados federales por el principio de mayoría relativa.
DÉCIMA SEGUNDA. Aportaciones para el desarrollo de las campañas de los candidatos postulados por la Coalición.
De conformidad con lo previsto en el artículo 91, numeral 2 de la Ley General de Partidos Políticos, y el artículo 276, numeral 3, inciso h) del Reglamento de Elecciones, las partes acuerdan que el monto de las aportaciones de cada partido político para el desarrollo de las campañas electorales de los candidatos que les corresponda postular en términos de las cláusulas SEXTA, SÉPTIMA y OCTAVA del Convenio, será la siguiente:
Los partidos coaligados acuerdan que los porcentajes de financiamiento que cada uno aportará para el desarrollo de las campañas será:
1.    Elección de Presidente de la República.
El partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, aportarán para la campaña de Presidente de la República hasta el 90% del tope de gastos de campaña de la manera siguiente:
·   El Partido Revolucionario Institucional aportará hasta el 60% del tope de gastos de campaña.
·   El Partido Verde Ecologista de México hasta el 30% del tope de gastos de campaña.
Por lo que respecta a Nueva Alianza aportará para la campaña de Presidente de la República hasta el 15% del monto que recibe de financiamiento público para tal efecto.
2.    Elección de Senadores y Diputados Federales.
Para las campañas de Senadores y Diputados Federales, la aportación será de conformidad a lo siguiente:
·   El Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México aportarán, de conformidad a lo siguiente:
o    Las candidaturas cuyo origen corresponda al Partido Revolucionario Institucional:
-     El partido Revolucionario Institucional aportará hasta el 60% del tope de gastos de campaña.
-     El Partido Verde Ecologista de México aportará hasta el 40% del tope de gastos de campaña.
o    Las candidaturas cuyo origen corresponda al Partido Verde Ecologista de México:
-     El Partido Revolucionario Institucional aportará hasta el 40% del tope de gastos de campaña.
-     El Partido Verde Ecologista de México aportará hasta el 60% del tope de gastos de campaña.
·   Nueva Alianza aportará, de conformidad a lo siguiente:
o    Las candidaturas cuyo origen corresponda a Nueva Alianza:
-     El Partido Revolucionario Institucional aportará hasta el 60% del tope de gastos de campaña.
-     El Partido Verde Ecologista de México aportará hasta el 30% del tope de gastos de campaña.
-     Nueva Alianza aportará hasta el 20% del monto que recibe de financiamiento público para tal efecto.
 
DÉCIMA TERCERA. Reporte de los Informes Financieros.
A fin de cumplir con lo previsto en el artículo 91, numeral 2 de la Ley General de Partidos Políticos y el artículo 276, numeral 3, inciso h) del Reglamento de Elecciones, en relación con lo dispuesto por el Acuerdo INE/CG504/2017, las partes acuerdan constituir un órgano de finanzas de la Coalición integrado por Luis Vega Aguilar del Partido Revolucionario Institucional; Emmanuel Flores Guerrero, de Nueva Alianza y Elisa Uribe Anaya del Partido Verde Ecologista de México.
Dicho órgano será el encargado de administrar los recursos y presentar los informes de gastos de precampaña y campaña de los precandidatos y candidatos de la Coalición ante la autoridad electoral; así como de presentar las aclaraciones y rectificaciones que le sean requeridas con base en los comprobantes, la contabilidad, los estados de cuenta y demás documentación relativa a las cuestiones financieras que le proporcione para ese fin el partido político designado como responsable, en los términos siguientes:
a) De la responsabilidad de informar del Partido Revolucionario Institucional. Las partes acuerdan que el Partido Revolucionario Institucional será el partido encargado de presentar, ante el Órgano de Finanzas de la coalición, los informes de los gastos de precampaña y campaña de quien aspire al cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y de quienes, en términos del presente convenio, cláusulas SÉPTIMA y OCTAVA, aspiren a los cargos de diputados y senadores por el principio de mayoría relativa; así como de recibir, administrar y distribuir, en las cuentas bancarias de la Coalición los recursos que las partes destinen a ese objeto.
b) De la responsabilidad de informar del Partido Verde Ecologista de México. Las partes acuerdan que el Partido Verde Ecologista de México será el partido responsable del ejercicio transparente de los recursos y de la presentación ante el Órgano de Finanzas de la coalición, de los informes de los gastos de precampaña y campaña de quienes en términos del presente convenio, cláusulas SÉPTIMA y OCTAVA, aspiren a los cargos de diputados y senadores por el principio de mayoría relativa; así como de recibir, administrar y distribuir, en las cuentas bancarias de la Coalición los recursos que las partes destinen a ese objeto.
c) De la responsabilidad de informar de Nueva Alianza. Las partes acuerdan que Nueva Alianza será el partido responsable del ejercicio transparente y de la presentación ante el Órgano de Finanzas de la coalición de los informes de los gastos de precampaña y campaña de quienes en términos del presente convenio, cláusulas SÉPTIMA y OCTAVA, postulen a los cargos de diputados y senadores por el principio de mayoría relativa; así como de recibir, administrar y distribuir, en las cuentas bancarias de la Coalición los recursos que las partes destinen a ese objeto.
De conformidad con el artículo 340, numeral 1 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, cada partido de la coalición será responsable directo de las infracciones en que pudiera incurrir en el ejercicio de gastos, recepción, administración y distribución de las cuentas bancarias, presentación de informes de gastos y de aclaraciones, rectificaciones y demás documentación que le sea requerida.
Los partidos que integran esta Coalición se comprometen a entregar oportunamente toda la documentación necesaria para la debida comprobación de fiscalización al órgano de finanzas. Éste será el encargado de reportar en tiempo y forma al Instituto Nacional Electoral a efecto de establecer la responsabilidad a que se refiere el artículo 340, numeral 1 del Reglamento de Fiscalización de ese Instituto, para tal efecto, el órgano de finanzas de la Coalición solicitará al Instituto Nacional Electoral las facilidades de acceso diferenciado al Sistema Integral de Fiscalización.
El domicilio del órgano de finanzas de la coalición establecerá su domicilio en la avenida Insurgentes Norte número 59, edificio 2, piso 2, Colonia Buenavista, Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
DÉCIMA CUARTA. De la distribución del tiempo de acceso a Radio y Televisión.
Los partidos políticos que suscriben el presente Convenio acuerdan sujetarse a lo dispuesto por el artículo 167, numeral 2, inciso b), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el artículo 91, numeral 3, de la Ley General de Partidos políticos y 16, numeral 1, inciso c), del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, en términos siguientes:
 
I. Cada partido coaligado accederá a su prerrogativa en radio y televisión para ejercer sus derechos por separado.
II. Los mensajes en radio y televisión que correspondan a candidatos de la Coalición deberán identificar esa calidad y el partido responsable del mensaje con el logotipo del partido aportante, sujetándose en todo momento a la Plataforma Electoral de la Coalición.
III. En todo momento se respetará la distribución que se realiza en el artículo 171 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, referente a mensajes de propaganda electoral a que se tiene derecho.
La prerrogativa de acceso a los tiempos en radio y televisión que corresponde ejercer a los partidos integrantes de la coalición, se distribuirá de la forma siguiente:
1. Partido Revolucionario Institucional:
Para la elección de la Presidencia de la República.
Se destinará hasta el 70% de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de la candidatura a la Presidencia de la República.
Para las elecciones de Senadurías y Diputaciones Federales de mayoría relativa, se destinará al menos el 30% de la prerrogativa, dividido de la forma siguiente:
a. Senadurías.
- Se destinará al menos el 8% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las fórmulas para el Senado postuladas por la coalición.
- Se destinará al menos el 7% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las fórmulas para el Senado postuladas por el partido político en lo individual.
b. Diputaciones federales.
- Se destinará al menos el 8% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las diputaciones federales postuladas por la coalición.
- Se destinará al menos el 7% del total de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de las diputaciones federales postuladas por el partido político en lo individual.
2. Partido Verde Ecologista de México.
Para la elección de la Presidencia de la República.
Se destinará hasta el 60% de la prerrogativa, para los mensajes de campaña de la candidatura a la Presidencia de la República.
Para las elecciones de Senadores y Diputados Federales de mayoría relativa, se destinará el 40% de la prerrogativa, dividido de la forma siguiente:
a. 3% para las Senadores y Diputados Federales postuladas por la coalición.
b. 37% para las Senadores y Diputados Federales postuladas por el partido político en lo individual.
3. Partido Nueva Alianza.
Para la elección de la Presidencia de la República destinará al menos el 30% de los mensajes de campaña que le correspondan en radio y televisión.
Para las elecciones de Senadurías y Diputaciones Federales de mayoría relativa destinará hasta el 70% de los mensajes que le correspondan en radio y televisión, los cuales se distribuirán de la siguiente forma:
Hasta un 10% para los candidatos a diputados y senadores de Nueva Alianza postulados en la modalidad de coalición electoral y hasta un 69% para los candidatos a diputados y senadores de Nueva Alianza postulados en forma individual.
 
DÉCIMA QUINTA. De la Plataforma Electoral y Programa de Gobierno.
Las partes que suscriben el Convenio de Coalición acuerdan adoptar la Plataforma Electoral 2018 y el Programa de Gobierno, toda vez que han sido aprobados por los órganos de gobierno de los partidos políticos Revolucionario Institucional, Nueva Alianza y Verde Ecologista de México, por lo cual los candidatos asumen el compromiso de sostener la plataforma electoral y el programa de gobierno adoptados. anexo 13.
Cada partido político coaligado en su momento presentará para su registro su propia plataforma electoral ante la autoridad electoral, en los términos y plazos establecidos en la ley, acorde con el Resolutivo SEGUNDO, apartado 8, del Acuerdo INE/CG504/2017.
Los candidatos de la Coalición deberán rendir protesta ante las instancias de cada uno de los partidos que los postulan, de sostener y difundir la plataforma electoral registrada y el programa de gobierno adoptado.
DÉCIMA SEXTA. Del Órgano de Gobierno de la Coalición.
La coalición contará con un Órgano de Gobierno, el cual se integrará por tres personas designadas por cada uno de los partidos políticos que integran la coalición.
a. Por el Partido Revolucionario Institucional:
·   Enrique Ochoa Reza, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional.
b. Por el Partido Verde Ecologista de México:
·   Carlos Alberto Puente Salas, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México.
c. Por Nueva Alianza:
·   Luis Castro Obregón, Presidente del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza.
Este órgano tomará las decisiones por consenso de sus integrantes y tendrá las siguientes facultades:
1.     Podrá solicitar al órgano de finanzas de la coalición, le haga saber el estado que guarda la presentación de informes de gasto de campaña.
2.     Vigilará que los spots de la coalición cuenten con todos los requisitos legales.
3.     Representará a la coalición de manera colegiada ante medios de comunicación.
4.     Tendrá comunicación directa con los Representantes de los partidos ante el Instituto Nacional Electoral.
5.     Coordinará las estrategias políticas entre los partidos integrantes de la presente coalición
6.     Fungirá como enlace entre los partidos políticos integrantes y la coalición para la toma de decisiones.
7.     Coordinará las estrategias de campaña entre los partidos integrantes de la presente coalición.
Las demás que resulten necesarias para el cumplimiento de las obligaciones legales a las que se encuentra sujeta la coalición.
DÉCIMA SÉPTIMA. De las responsabilidades individuales de los partidos coaligados.
Las partes acuerdan, que responderán en forma individual por las faltas que, en su caso, incurra alguno de los partidos políticos suscriptores, sus militantes, sus precandidatos o sus candidatos asumiendo la sanción correspondiente, en los términos establecidos por el artículo 43 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización.
DÉCIMA OCTAVA. De la distribución de remanentes.
Las partes acuerdan que una vez liquidados todos los adeudos pendientes de cumplir en el desarrollo de las campañas electorales de Presidente de la República, así como de las fórmulas de candidatos a senadores y diputados federales por el principio de mayoría relativa materia de este Convenio y, en el supuesto de que existan remanentes, éstos deberán ser distribuidos entre los partidos políticos que conforman la presente Coalición, de acuerdo a los porcentajes de aportación realizados, mismos que han quedado señalados en la cláusula DÉCIMA SEGUNDA de este instrumento.
DÉCIMA NOVENA. De la sustanciación de las controversias intrapartidistas.
Las partes acuerdan que cada partido político coaligado atenderá los medios de impugnación internos que promuevan sus militantes y sus precandidatos con motivo de los resultados de los procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular, con base en los términos y procedimientos de su normatividad interna y con sujeción a sus órganos competentes, los que deberán quedar resueltos en definitiva a más tardar catorce días naturales después de la fecha de realización de la convención o asamblea en la que se haya adoptado la decisión sobre candidaturas.
VIGÉSIMA. De las modificaciones al Convenio de Coalición.
Las partes acuerdan que para efectos de modificación del presente Convenio de Coalición se requerirá la autorización del órgano competente de cada partido político coaligado, en el que se acredite que sesionó válidamente y aprobó las modificaciones correspondientes. Deberán anexar, cuando menos, la convocatoria al evento, el acta o minuta de la sesión y toda la documentación e información adicionales con que se pueda acreditar que la decisión fue tomada conforme a los estatutos de cada partido.
VIGÉSIMA PRIMERA. De la conclusión de la Coalición.
Las partes acuerdan que concluida la etapa de resultados y de declaraciones de validez de las elecciones de Presidente de la República, así como de senadores y diputados, por el principio de mayoría relativa, terminará automáticamente la Coalición, sin necesidad de declaración posterior y sin menoscabo de la continuación de los procesos de informes de gastos de campaña y fiscalización ante la autoridad electoral competente.
Leído que fue el Convenio de Coalición y enterados los partidos comparecientes de su contenido, alcance y fuerza legal, sus representantes lo suscriben en cinco tantos, el 14 de diciembre de dos mil diecisiete, para lo cual firman y ratifican de conformidad al margen de cada una de sus hojas y al calce la última.
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
NUEVA ALIANZA
Plataforma Electoral y Programa de Gobierno COALICIÓN PRI-PVEM-NA
2018-2024
PLATAFORMA ELECTORAL Y PROGRAMA DE GOBIERNO
2018-2024
COALICIÓN
PRI-PVEM-NA
Presentación: Transformarse para transformar
Hoy vivimos en un mundo complejo e interconectado, cada vez más desafiante, y nuestro país no es ajeno a estos cambios. La tecnología avanza a una velocidad inédita y está transformando nuestra economía y nuestra sociedad, mientras que los equilibrios geopolíticos se están modificando. Todos estos procesos representan retos importantes, pero también ofrecen oportunidades, si es que trabajamos en equipo para prepararnos y aprovecharlas. Por tal motivo, este documento se presenta como una propuesta a la acción consensuada entre el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.
Desde sus orígenes, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) ha sido un partido que une y suma para así poder ofrecer soluciones a los problemas más urgentes del país. En su primera etapa, la suma era para enfrentar y superar los retos de un país convulso, que salía de una revolución social y que debía canalizar de manera institucional las diferencias, anhelos y esperanzas de las personas sobre cómo hacer efectivos los derechos ciudadanos y alcanzar el bienestar social.
Por su parte, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) vino a llenar un hueco importante en la discusión sobre los grandes problemas de México: la necesidad de asegurar que nuestro desarrollo sea sostenible y compatible con el respeto al medio ambiente y a los recursos naturales del país. El Partido Verde ha logrado impulsar más del sesenta por ciento de la legislación en materia de protección del medio ambiente vigente en nuestro país y esto se ha alcanzado de la misma forma en la que se fundó el Partido Verde, de la mano de la sociedad, entendiendo y escuchando a los vecinos y colonos organizados.
Desde su creación, Nueva Alianza se funda como un partido explícitamente liberal, de tendencia democrática y reformadora, que asumió el compromiso de encabezar las demandas y reivindicaciones de la nueva agenda ciudadana y derechos humanos, formado a partir del impulso colectivo de trabajadores que a través de la historia de nuestro país han aportado su capacidad y vocación a favor de la ciudadanía, las maestras y maestros de Mexico, un partido que se ha nutrido de amplios grupos de jóvenes y mujeres con quien comparte ideales y luchas, un partido que ha sido pionero de la postulación y representación de candidaturas ciudadanas, que ha impulsado el ejercicio pleno de todos los derechos para todos los mexicanos.
A través de su constante transformación, nuestros institutos políticos han realizado contribuciones centrales para la construcción y el desarrollo de un México mejor. Éstas dan prueba de que han sabido construir liderazgo en democracia, y de que saben proponer y dialogar para llegar a acuerdos por el bien de México.
A lo largo de su historia, el PRI ha respondido a los desafíos con instituciones que han marcado la historia de nuestro país, y cuando éstas no han estado a la altura de los retos que enfrenta México, también ha sabido impulsar su renovación. Fiel a su vocación, decidió transformarse para permitir una participación más activa de la sociedad en los asuntos públicos, y se abrió a la posibilidad de que los simpatizantes y ciudadanos sin militancia partidista pudieran ser postulados a cargos de elección popular.
El PVEM se suma a esta nueva manera de hacer política e imprime a esta Coalición su compromiso con un desarrollo sostenible, con la equidad y la justicia. Es fundamental que, en nuestros esfuerzos por hacer de México una potencia en el siglo XXI, seamos responsables en el uso de nuestros recursos naturales para no comprometer el futuro, pero que también podamos resolver las necesidades económicas y sociales más apremiantes de los jóvenes, las mujeres y, en general, de las familias mexicanas.
Por su parte, Nueva Alianza aporta su visión liberal, donde destaca a la educación pública de calidad con equidad con un profundo apego a los principios filosóficos del artículo tercero constitucional como la herramienta más importante y trascendente para hacer de México un país más justo y próspero, reconociendo el papel fundamental de las maestras y maestros que, desde su vocación y compromiso con México, inciden de manera significativa en la construcción de todas las instituciones que hoy dan viabilidad y generan gobernabilidad a nuestra patria; ya que sin su compromiso, dedicación y amor por México resultaría poco menos que imposible hablar de progreso y justicia social en nuestro país. Asimismo, deja constancia de que nuestro proyecto de nación no será posible, mientras no haya una igualdad de género y de oportunidades, las mujeres y las niñas puedan vivir sin violencia y tengan exactamente las mismas oportunidades que los hombres y los niños. Tampoco será realizable mientras no logremos dar a nuestros jóvenes los espacios de desarrollo y expresión que exigen y merecen.
De la mano de una sociedad organizada de manera participativa, democrática y libre, nos enfilamos a obtener no sólo una victoria electoral, sino a consolidar una coalición legislativa y de gobierno que se involucre en las propuestas y en la acción, dando solución a las principales problemáticas que aquejan al país. Más importante aún, podremos hacer de México un país en donde siempre se respeten nuestras leyes, donde se respete y celebre la diversidad, en todos los rubros, en donde todos puedan participar y beneficiarse del crecimiento económico y el desarrollo, en donde la totalidad de sus ciudadanos gocen de salarios justos que les permitan una vida digna. En el siglo XXI, México accederá al lugar de potencia mundial que le corresponde.
Introducción: El punto de partida
Frente a un escenario que propone retroceder en el tiempo, y otro que postula un camino sin convicciones ni rumbo, se requiere una transformación con visión de futuro. Frente a quienes no tienen más convicción que su hambre de poder, necesitamos experiencia y vocación de servicio en beneficio de quienes más lo necesitan. Como nación, hemos tenido avances importantes que debemos preservar. Debemos reconocer, también, que hay una realidad que exige soluciones diferentes.
Hoy, México es un país más próspero. Nuestro país es resultado del esfuerzo de millones de mexicanos y de sus profundas transformaciones sociales y económicas.
México continúa avanzado en la construcción de leyes e instituciones, de derechos y libertades. Se sentaron bases para continuar consolidando nuestro Estado de Derecho con un nuevo sistema de justicia penal acusatorio, así como el andamiaje institucional creado en materia de transparencia y combate a la corrupción. Se hizo frente a los retos de seguridad que enfrenta nuestro país con el fortalecimiento de las fuerzas del orden.
México es un país cada vez más incluyente y solidario. Hoy son más los mexicanos que tienen certeza de que podrán proveer a su familia de alimentación. Son más las niñas y los niños en edad escolar que estudian y asisten a clases. Son más los adultos que pueden terminar sus estudios y así mejorar sus oportunidades laborales. Son más los mexicanos que tienen médico a la mano, medicina y clínica cuando les falta la salud. Son más los mexicanos que tienen acceso a la seguridad social. Y son más los mexicanos que tienen acceso a vivienda digna y con servicios.
Hoy, México cuenta con un Modelo Educativo que permitirá a todos los niños, niñas y jóvenes tener la educación que necesitan para triunfar y que demanda la sociedad del siglo XXI. Hemos alcanzado una cobertura cercana al 100% en educación primaria y secundaria, y mayor a 80% en preescolar y media superior. Contamos con un servicio profesional docente y se están fortaleciendo las escuelas normales para que nuestros maestros estén mejor preparados. El arreglo de más de 33 mil escuelas en todo el país representa el mayor esfuerzo de mejora en materia de infraestructura educativa en muchas décadas.
México es hoy un actor responsable, respetado y escuchado a nivel mundial. Los mexicanos saben que en cualquier lugar donde ondee nuestra bandera recibirán la protección de su gobierno. En todos los diálogos de relevancia en el mundo, México tiene ya un lugar en la mesa y en el siglo XXI estamos llamados a ser una potencia.
Los mexicanos velamos por preservar el medio ambiente y usar nuestros recursos naturales de manera responsable para que el desarrollo de nuestro país sea cada vez más sostenible. Asimismo, luchamos por avanzar hacia la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Toda mujer debe poder contribuir y también ser beneficiaria del desarrollo y cada niño y joven de hoy debe tener las herramientas necesarias para el día de mañana triunfar frente a los mejores del mundo.
Debemos preservar, profundizar y acelerar los cambios de gran calado que se han impulsado a lo largo de nuestra historia y que han permitido estos avances. También tenemos que trabajar para que estos avances se reflejen de manera aún más tangible en las vidas de los mexicanos y de sus familias, así como aportar nuevas soluciones a los retos presentes y futuros. Si bien hay que fortalecer lo que se ha hecho bien, es el momento de iniciar un gran diálogo para el diseño y la construcción de un México mejor. Somos también autocríticos y reconocemos que hay realidades que nos duelen, que nos ofenden, que nos lastiman, que nos vulneran y que tenemos y vamos a cambiar.
Visión: México será una potencia en el siglo XXI
Frente a los retos que tenemos por delante, los mexicanos anhelamos construir una nación libre, justa, próspera, inclusiva y plural, con libertades y garantías para satisfacer nuestras necesidades como personas. La nueva etapa de consolidación y transformación del país requiere de una nueva forma de hacer política. Una política de renovada empatía, que conecte con las causas sociales, las necesidades, los anhelos y los sueños de los mexicanos, y en la que el ciudadano sea factor fundamental de la transformación social. Necesitamos una nueva forma de hacer política para lograr la unidad entre ciudadanos y políticos, entre sociedad y gobierno. En palabras de don Jesús Reyes Heroles, "debemos poner el énfasis en las coincidencias, en lo fundamental: la capacidad de inclusión, de construcción de acuerdos, de propuestas y su efectividad para ponerlas en práctica".
Para construir una mayoría en la sociedad, debemos construir primero una unidad de propósitos. Debemos juntos enviar un mensaje a la sociedad de que nuestros mejores valores -el respeto, la inclusión, el acuerdo, el trabajo en equipo- serán los fundamentos de la siguiente etapa en la construcción nacional. Los integrantes de esta Coalición estamos convencidos de que en el principio y el fin de toda política pública debe estar en el ciudadano y su bienestar.
Aspiramos a ofrecer una visión de futuro clara, realista y responsable, pero también una visión ambiciosa, para todos los mexicanos. Éste es el momento de construir consensos que fortalezcan lo que hemos hecho bien y también de reconocer en dónde necesitamos soluciones diferentes. Avancemos en este proyecto construyendo y no destruyendo, en diálogo y no en confrontación, buscando coincidencias y no diferencias, planteando nuevas propuestas y no acudiendo a viejas recetas que ya han demostrado que no funcionan. Cerremos la distancia entre el México que somos y el México que queremos ser.
Del rumbo que tomemos hoy dependerá que el día de mañana México sea una potencia que permita que todos vivamos mejor. Que nuestro país se encuentre entre las diez primeras economías del mundo. Que todas y todos podamos tener una vida de paz y seguridad. Que no existan más el hambre y la pobreza entre los mexicanos. Que todos los niños, niñas y jóvenes tengan una educación de excelencia que los prepare para triunfar en la vida y ser felices, sin importar en dónde vivan o cuánto tengan. Que México sea respetado y admirado en el mundo entero. Que alcancemos la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Que las futuras generaciones puedan disfrutar de nuestro patrimonio natural. Del rumbo que tracemos en estos años dependerá si nuestro país se convertirá, en esta generación, en referente de prosperidad, bienestar e innovación.
De manera fundamental, tenemos que acortar la distancia entre nuestra realidad y nuestras aspiraciones en los siguientes ejes:
1)    Una economía abierta y dinámica que beneficie a las familias mexicanas. Los trabajadores deben ganar más por su trabajo y el crecimiento económico debe traducirse en mejoras para la economía familiar de todos los mexicanos.
2)    Seguridad pública eficaz y justicia eficiente para todos. La seguridad y la justicia deben ser una realidad para todos los mexicanos, independientemente de su género, dónde vivan o cuánto tengan. Debemos acabar definitivamente con la corrupción y la impunidad; nada ni nadie puede estar por encima de la ley.
3)    Educación de excelencia para construir una sociedad del conocimiento. La educación es el pilar de nuestro desarrollo. Tenemos que consolidar un sistema de educación que prepare a nuestros hijos e hijas para triunfar en el mundo desafiante del siglo XXI y ser felices.
4)    México incluyente y solidario. Debemos abatir la pobreza extrema, para que nadie nazca en esta condición. Con un estado social y una sociedad solidaria, tenemos que garantizar el acceso efectivo a la alimentación, la salud, la seguridad social, la educación, la vivienda de calidad y con servicios para todos. El objetivo final de nuestro desarrollo como país debe ser el bienestar compartido, sin ningún tipo de discriminación.
5)    México abierto al mundo. México es un país escuchado y respetado en el mundo. En el siglo XXI, debemos aprovechar nuestras múltiples pertenencias geográficas, económicas y culturales para afianzar nuestro liderazgo global y convertirnos en una potencia en beneficio de los mexicanos.
Además de los cinco ejes que dan título a cada capítulo, la Plataforma y Programa de Gobierno de la Coalición PRI-PVEM-NA contiene tres causas transversales:
a)    Desarrollo sostenible. El crecimiento económico y el desarrollo deben ser sostenibles, aprovechando, pero no abusando, ni destruyendo, nuestro patrimonio natural.
b)    Igualdad de género sustantiva. Las mujeres y las niñas mexicanas deben tener un "piso parejo" en oportunidades y protección efectiva de sus derechos. Necesitamos poner un alto total a la discriminación y la violencia de género.
c)    Apuesta por la juventud. México es un país de jóvenes. Debemos enfocar todos nuestros esfuerzos para darle a nuestros jóvenes hoy las herramientas que el día de mañana les van a permitir tener el empleo y futuro que deseen y que merecen.
Eje 1: Una economía abierta y dinámica que beneficie a las familias mexicanas.
En las últimas décadas, hemos logrado consolidar una economía abierta y dinámica. Hoy, México es una potencia manufacturera de exportación con creciente valor agregado, cuya competitividad se ha fortalecido con el alto desempeño de nuestros trabajadores. Sin embargo, la transición económica enfrentó resistencias y atavismos que derivaron en un menor desempeño del esperado. La informalidad laboral persistió y con ella la falta de seguridad social, certidumbre en las inversiones, capacidad recaudatoria y competencia adecuada en los diferentes mercados.
A principios del siglo XXI nuestra economía se encontraba constreñida por una serie de barreras legales e institucionales que dificultaban la inversión, inhibían la existencia de más empresas e impedían la adopción de nuevas y mejores tecnologías. Nuestro sector energético era uno de los más restrictivos del mundo y en otros sectores estratégicos, como el financiero o el de telecomunicaciones, se presentaban prácticas anticompetitivas que lastimaban el bolsillo de la ciudadanía.
Nuestro proyecto de desarrollo económico en el siglo XXI se ha centrado en eliminar estos obstáculos al crecimiento. Partiendo de un firme compromiso con la estabilidad macroeconómica, promovimos una Nueva Política Industrial centrada en el fomento de sectores estratégicos. Con miras a convertirnos en una plataforma logística global, hemos invertido fuertemente en infraestructura carretera y portuaria, así como en proyectos estratégicos que contribuyan al desarrollo de nuestro país.
Sin comprometer la propiedad de la Nación sobre los recursos del subsuelo, emprendimos una profunda reforma energética que nos permitiera atraer capital para incrementar la producción, al tiempo que adoptamos medidas para comenzar la transición hacia una economía baja en carbono como la sustitución de insumos en la producción de electricidad, la subasta de energías limpias y la emisión de certificados de carbono.
La reforma a las telecomunicaciones ha introducido mayor competencia al sector y se ha traducido en beneficios concretos para la población en términos de acceso a internet y a la telefonía móvil, así como una reducción sostenida de los precios de estos servicios. Con la red compartida, lograremos ampliar la cobertura de internet de alta velocidad al 92% de la población. De la misma manera, la reforma del sector financiero ha incrementado la competencia, lo cual ha aumentado el acceso al crédito a precios más bajos.
Para democratizar los beneficios del crecimiento económico, se impulsó la formalización del empleo, la inclusión financiera y el acceso al crédito productivo, lo mismo en el campo como entre las y los jóvenes. En atención a las disparidades regionales, se crearon las Zonas Económicas Especiales, que promoverán el desarrollo del Sur-Sureste.
Estas reformas han permitido atraer montos históricos de inversión extranjera directa, mantener el mayor crecimiento económico en lo que va del siglo y crear casi 3.5 millones de nuevos empleos, en la economía formal y con mejores salarios, que han permitido mejorar el nivel de vida de las familias mexicanas.
Sin embargo, necesitamos transitar hacia mayores niveles de productividad y desarrollo para todos los mexicanos. Necesitamos crear nuevas oportunidades de negocios, además de atraer e impulsar los sectores económicos del futuro. Los trabajadores deben contar con un salario que les permita acceso no sólo a lo mínimo sino a lo justo, al igual que un horizonte de seguridad y respeto en su retiro con una pensión digna.
Para ello, debemos preservar los logros históricos alcanzados y profundizar en las transformaciones iniciadas, al mismo tiempo debemos proteger el patrimonio y el empleo de las familias con propuestas responsables que brinden certeza a los emprendedores y actores económicos para detonar más oportunidades de negocio, la actividad industrial y el crecimiento de la productividad.
De la misma forma en que la estabilidad alcanzada a través del buen manejo de las finanzas públicas, de la independencia del Banco de México y de una regulación financiera adecuada son prerrequisitos para el crecimiento económico, la seguridad jurídica y el estado de derecho son esenciales para tener mayores niveles de ahorro, financiamiento e inversión en la economía. La certidumbre y seguridad sobre la propiedad son esenciales para que las familias estén dispuestas a ahorrar, y que ese ahorro se destine al mejoramiento de la tierra, a la adquisición de maquinaria y equipo, a la construcción de fábricas e infraestructura, a la mejora de procesos y al desarrollo de nuevos conocimientos.
Para fortalecer la competitividad, la sana competencia sin monopolios u oligopolios, el crecimiento económico sin desigualdades y el empleo en las diversas regiones del país debemos generar un sistema de planeación que detone círculos virtuosos de medios productivos. Nuestra planta productiva, nuestros trabajadores y empresarios deben estar mejor preparados para poder competir en mundo globalizado y así no sólo conservar el mercado interno sino también conquistar más mercados en el exterior.
El crecimiento del futuro tiene no sólo que ser sostenido; también debe darse de manera sostenible e incluyente. Así, a nuestra necesidad histórica de democratizar la productividad y expandir las oportunidades laborales, se agregan los retos de la siguiente generación, de proteger nuestros recursos naturales y al mismo tiempo asegurar el desarrollo de quienes más lo necesitan.
Un proyecto de desarrollo basado en la productividad, la inclusión y la sana competencia nos permitirá aprovechar nuestra gran diversidad en recursos naturales, la fuerza histórica de nuestras trabajadoras y trabajadores, y la inversión acumulada en capital. Sólo así podremos consolidarnos como una economía fuerte en la que las familias mexicanas cuenten con lo que necesitan y puedan desarrollar su talento en cualquier sector que les interese.
Líneas de acción
1.     Preservar la estabilidad macroeconómica. La economía mundial está cada vez más integrada y por tanto es fundamental conservar los avances históricos que hemos logrado. Lo que más ha afectado a las familias en situación de pobreza y a las familias trabajadoras de nuestro país han sido la inflación, la inestabilidad cambiaria y la falta de confianza en nuestras finanzas públicas. Es por eso que debemos de trabajar por continuar siendo un referente de estabilidad y de gasto público equilibrado, buscando aterrizar estos logros en la economía familiar.
2.     Mantener una economía abierta y dinámica que promueva la inversión, el comercio y el empleo. Millones de familias mexicanas viven de trabajos relacionados con los bienes y servicios que se exportan al resto del mundo gracias a que nos hemos convertido en un destino competitivo
para las inversiones. En ese sentido, debemos enfrentar los desafíos de un contexto internacional cambiante y proteger nuestros intereses en América del Norte, al mismo tiempo que ampliamos nuestros vínculos económicos con otros países emergentes, particularmente en Asia y América Latina. De manera más específica, debemos apoyar a nuestras empresas para identificar oportunidades de negocio en nuevos mercados.
3.     Continuar promoviendo la competencia para beneficiar la economía familiar de los mexicanos. Cuando hay pocos proveedores de un bien o servicio, es probable que los precios que se pagan sean más altos de los que podrían estar disponibles. Por lo tanto, la diversidad de alternativas para los consumidores es una de las formas como se logra que la población obtenga más por su dinero. En ese sentido, debemos seguir fomentando la competencia económica en todos los sectores, como el de las telecomunicaciones, la banca o la energía para que más mexicanos tengan acceso a mejores bienes y servicios a precios más bajos.
4.     Promover el desarrollo regional para reducir desigualdades. Hasta que no logremos la reducción de las desigualdades entre regiones, nuestro país no estará aprovechando todo su potencial. Por ello, debemos impulsar los sectores productivos con ventajas competitivas por las condiciones y recursos disponibles en cada región para detonar el crecimiento económico, el desarrollo y la creación de empleo. De manera general, todos los esfuerzos que apuntalan el desarrollo deben atender prioritariamente las regiones más rezagadas del país, como es el caso en las recién creadas Zonas Económicas Especiales. Todo esto implica necesariamente una planeación conjunta y coordinación estrecha entre sectores y órdenes de gobierno, así como una alta participación incluyente de los sectores productivo y social.
5.     Un ordenamiento territorial que promueva el desarrollo de manera sostenible. Debemos fortalecer la política de desarrollo urbano y ordenamiento territorial con una óptica regional de equidad y sostenibilidad. Es necesario armonizar las necesidades habitacionales, recreativas, comerciales e industriales de cada región, con la conservación de nuestros recursos naturales y del medio ambiente. Ello requiere un gran esfuerzo de coordinación para alinear los esfuerzos de los diferentes sectores y órdenes de gobierno.
6.     Ampliar el acceso a vivienda para todos. Contar con una vivienda digna es un derecho social básico que además de brindar un resguardo fundamental, mejora la calidad de vida de las familias al cubrir sus necesidades básicas de protección. Por ello, debemos fortalecer las hipotecas de los afiliados al INFONAVIT y FOVISSSTE, mejorar esquemas de financiamiento a los no afiliados y diversificar las opciones de los esquemas de vivienda en renta y autoconstrucción social. Un desarrollo urbano ordenado nos permitirá tener ciudades competitivas y sostenibles, así como gozar de mayor riqueza patrimonial y bienestar social.
7.     Ampliar la disponibilidad de energía impulsando las fuentes limpias. Todas las industrias utilizan algún tipo de energía como insumo y, por tanto, en la medida en la que haya más energía disponible y a menor costo, quienes la utilizan podrán crecer mucho más rápido. La energía asequible y no contaminante es fundamental para construir ciudades y comunidades sostenibles en las que haya industria, innovación e infraestructura. México necesita energías limpias, y vamos a asegurar que las tenga.
8.     Mejorar la infraestructura para aumentar la productividad de nuestra economía y el bienestar de los mexicanos. El desarrollo de la infraestructura es uno de los factores más importantes para detonar la productividad, el intercambio y el acceso generalizado a productos y servicios y, de manera más general, el desarrollo de nuestro país y el bienestar de las familias mexicanas. Por ello, debemos buscar nuevos esquemas de financiamiento y presupuestación para incrementar la inversión en la infraestructura básica y de servicios en todos los sectores (hidráulico, carretero, portuario, aeroportuario, transporte, telecomunicaciones, agricultura, turismo, educación, salud etc.) garantizando transparencia absoluta y rendición de cuentas en el uso de recursos públicos.
9.     Alcanzar el acceso universal a internet. El acceso a Internet es un factor indispensable para el desarrollo y la participación plena en el mundo globalizado y la sociedad de conocimiento del siglo XXI. Por ello es fundamental impulsar la Red Compartida que podría facilitar que más de 100 millones de mexicanos se conecten a la red. Internet al alcance de todos es nuestro objetivo, porque representa una oportunidad inédita para que la inclusión digital se traduzca en mayores oportunidades de comunicación, educación y empleo.
10.   Fomentar el desarrollo de industrias de mediana y alta tecnologías. El cambio tecnológico que
estamos enfrentando representa retos importantes para las empresas y los trabajadores, pero también grandes oportunidades. De manera específica, industrias de alta tecnología tienen un potencial de crecimiento superior a otros sectores y cada vez crearán más empleos bien remunerados. Para aprovechar las oportunidades en áreas como la cibernética, biotecnología, tecnologías de la información, nanotecnología o energías alternativas, es necesario un esfuerzo coordinado del estado mexicano y de los sectores productivo y social para desarrollar nuestro capital humano, infraestructura e innovación. México tiene todo para lograrlo y debemos buscar ese liderazgo en innovación y desarrollo tecnológico de punta.
11.   Apoyar al campo y detonar nuestro potencial agroalimentario de manera sustentable. El campo ha sido motivo de orgullo para nuestro país y debe seguir siéndolo. Debemos rescatar nuestro campo, repoblar nuestros bosques, cuidar nuestros recursos pesqueros y reducir la dependencia agroalimentaria. Somos un país megadiverso con un gran potencial para aprovechar de manera responsable nuestros recursos. Por ello, debe seguir siendo prioritario el apoyo al campo, en particular de los pequeños productores que más lo necesitan, para detonar su productividad, a través de políticas como la investigación científica, la modernización tecnológica, un mayor acceso al crédito el apoyo en la comercialización y la tecnificación responsable del riego. Al mismo tiempo, debemos tener en cuenta las dimensiones sociales, culturales y de género del campo para mejorar la calidad de vida de todas las personas en las zonas rurales. De manera complementaria, debemos buscar esquemas creativos para reducir el desperdicio de alimentos y garantizar la solvencia alimentaria de todas las familias mexicanas.
12.   Continuar con la expansión de nuestro sector turístico como motor del desarrollo. El turismo es uno de nuestros sectores más dinámicos y somos una potencia turística indiscutible a nivel mundial. Para apoyar su crecimiento y la generación de empleos de calidad, debemos fomentar el sector y buscar nuevas oportunidades de negocio con un enfoque regional y local, respetuoso del entorno natural y cultural, con la participación coordinada de los tres órdenes de gobierno. Es necesario fortalecer la promoción turística de nuestro patrimonio cultural y natural, así como invertir en la profesionalización de sus trabajadores y la infraestructura de nuestros destinos turísticos. Al mismo tiempo, es indispensable garantizar la seguridad pública para que el sector pueda seguir creciendo.
13.   Potenciar las oportunidades de los jóvenes para aprovechar el bono demográfico. Como país, tenemos que ser capaces de aprovechar el talento de nuestros jóvenes e incorporarlos a la vida productiva. Esto requiere no sólo una educación de calidad, sino de una estrecha vinculación entre la educación y el sector productivo para mejorar la pertinencia de su formación. De la misma manera, debemos promover su capacidad creativa y de innovación mediante esquemas de apoyo, orientación y financiamiento a los emprendedores.
14.   Apoyar las pequeñas y medianas empresas y fomentar el emprendedurismo. La gran mayoría de las familias mexicanas a lo largo y ancho del país viven del trabajo en empresas pequeñas y medianas de diversos sectores. Por ello, debe seguir siendo prioritario detonar su productividad mediante esquemas que promuevan su formalización, mejoren su acceso al crédito, ayuden en la adopción de tecnologías, modernicen sus procesos y, de manera más general, apoyen su crecimiento sostenible. En paralelo, debemos fomentar el espíritu emprendedor para incentivar la creación de nuevas empresas que a su vez generen empleo y sean fuente de innovación. Para ello, es necesario ofrecer asesoría, orientación y capacitación, así como apoyos económicos y materiales a emprendedores de manera incluyente para impulsar proyectos rentables.
15.   Impulsar la economía social. Las iniciativas comunitarias y sociales están conformando ya un cuarto sector de la economía formal, apoyado en herramientas innovadoras y formas de producción sustentable y comercio solidario y responsable. Debemos implementar novedosos mecanismos para apoyarlas, cuidando que éstos sean incluyentes y beneficien a los distintos sectores sociales.
16.   Mejora regulatoria y simplificación de trámites. La regulación no debe ser un obstáculo a la inversión y la creación de empleo. Por ello, debemos desplegar una política continua de simplificación de trámites y mejora de las regulaciones que incentiven la inversión, la apertura de negocios y la actividad económica en general. Al mismo tiempo, necesitamos garantizar la protección del medio ambiente y los derechos de los trabajadores, así como la protección al consumidor.
17.   Transitar hacia formas de producción y consumo responsables que incorporen la gestión eficiente de recursos a lo largo del tiempo. Los retos de la sostenibilidad implican no sólo cuidar el medio ambiente, sino repensar en todas las formas en que nos relacionamos con el sector productivo y con el consumo de bienes y servicios. Tenemos que aprender a producir y consumir en un entorno
completamente diferente al que estamos acostumbrados, con el fin de reducir la generación de residuos, disminuir el desperdicio de productos perecederos y no perecederos y garantizar, de esa forma, que nuestros recursos duren y sigan sirviendo a la siguiente generación.
Eje 2: Seguridad pública eficaz y justicia eficiente para todos
La situación de seguridad en nuestro país se ha visto afectada de forma profunda por cambios en la dinámica del crimen organizado internacional. Cuando a mediados de la década pasada se cerraron las rutas del Caribe mediante las cuales se traficaban estupefacientes desde América del Sur a la costa este de los Estados Unidos, se detonó un proceso de infiltración del territorio nacional con objeto de establecer otros canales de entrada a ese mercado. Como parte del mismo proceso, comenzaron a ingresar armas a nuestro país, principalmente provenientes de nuestro vecino del norte.
Más recientemente, los cambios en patrones de consumo hacia opiáceos y metanfetaminas han incrementado la demanda por estupefacientes que pueden producirse o canalizarse a través del país. El fortalecimiento del crimen organizado le ha permitido su expansión por el territorio nacional y el surgimiento de nuevas actividades delictivas, como el robo de combustible, así como una mayor incidencia de crímenes de alto impacto, como el secuestro y la extorsión. La violencia resultante ha lastimado profundamente el clima de convivencia en el país y la tranquilidad de las familias mexicanas.
En el combate frontal a la delincuencia que los mexicanos hemos dado en años recientes, se ha mejorado la coordinación entre dependencias y órdenes de gobierno, al mismo tiempo que se ha fortalecido la infraestructura para recopilar y procesar inteligencia. Esta coordinación e inteligencia renovadas permitieron neutralizar a 107 de los 122 objetivos prioritarios de la delincuencia organizada, en su mayoría sin un solo disparo. Además, para fortalecer la seguridad ciudadana, se puso en marcha el número de emergencias 911 y un programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
A pesar de estos avances, es necesario reconocer que el país enfrenta graves problemas de violencia, corrupción, inseguridad y acceso a la justicia. Así como ha evolucionado el entorno bajo el cual opera el crimen organizado, también tienen que cambiar nuestras estrategias de combate a la criminalidad. Una de las demandas más sentidas de la ciudadanía es que el Estado garantice su integridad física y su patrimonio, y de manera más general sus derechos humanos y libertades ciudadanas. Esta demanda nos obliga y compromete a replantear las estrategias y políticas públicas en materia de seguridad y mejorar los sistemas de prevención, procuración y administración de justicia.
Una estrategia integral en materia de seguridad y justicia debe restar recursos financieros, fuerza y presencia a las organizaciones criminales. Debemos prevenir que los recursos vinculados al crimen organizado encuentren uso y tengan cabida dentro de nuestra economía. Tenemos que incautar las armas y cerrar los canales de distribución y venta de las mismas y, de manera destacada, aquellas que son de uso exclusivo de las fuerzas armadas.
También necesitamos continuar fortaleciendo nuestras corporaciones policiacas. Es indispensable contar con policías especializadas y con autonomía técnica, que sean capaces de llevar a cabo investigaciones contextuales orientadas a combatir la violencia en contra de las personas.
La problemática del crimen organizado tiene una dimensión internacional significativa. Para poder combatirlo de forma efectiva, además de detener el flujo de recursos y de armas, necesitamos robustecer nuestra cooperación con las autoridades de otros países.
Por otra parte, la impartición de justicia sigue siendo un problema de seguridad pública, debido a la desconfianza de la sociedad hacia las instituciones y al aparato de justicia. Por ello deberá perfeccionarse el marco legal e institucional para construir un sistema de justicia eficiente, moderno, ágil y transparente, que otorgue certeza y seguridad jurídica plenas y garantice el resarcimiento y reparación del daño a las víctimas del delito. El nuevo sistema debe contar con jueces ocupados plenamente de su función jurisdiccional y no en funciones administrativas, así como tribunales de justicia en los que ya no exista rezago judicial, la atención al público sea de calidad y los litigios se resuelvan ágilmente. Además, el nuevo sistema de justicia debe permitirnos conocer la verdad, con todas las repercusiones para los culpables y libertad y protección para los inocentes.
El establecimiento del Sistema de Justicia Penal Acusatoria implica un nuevo paradigma en la relación con el ciudadano y fue un avance importante en la dirección correcta. No obstante, necesitamos seguir refinando el sistema para que funcione con mayor eficacia, además de realizar una reingeniería en otros aspectos. Los juicios orales requieren una mayor preparación por parte de los investigadores, peritos y fiscales, lo cual tenemos que robustecer en todo el país. Nuestro modelo de procuración de justicia debe permitir el esclarecimiento de los hechos, pues sólo así es posible proteger al inocente, castigar al culpable y reparar los daños causados por el delito.
Todos los mexicanos somos iguales ante la ley y el acceso a la justicia no debe depender de dónde se ubique una persona, ni de sus creencias, ni de sus condiciones socioeconómicas o su género. Con respecto al marco institucional, debemos homologar la impartición de justicia en todos los estados del país. En un contexto de bandas criminales que operan y se mueven con facilidad entre jurisdicciones, resulta fundamental contar una coordinación efectiva entre autoridades, así como una tipificación uniforme del delito, cuando menos en aquellos que más afectan la libertad y el bienestar de las personas.
Un México con seguridad y justicia implica que no haya impunidad. Tenemos que fortalecer una cultura de la legalidad en la cual la ley sea respetada por todos, sin excepción, y quienes cometan un delito sean castigados. En este sentido, los ciudadanos exigen que se abata la corrupción y erradique la impunidad, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas. Por eso, habrá cero tolerancia a la corrupción. Es necesario recuperar la confianza de la ciudadanía en un servicio público digno, transparente y honorable, que cumpla con lo que la ley demanda a todos los ciudadanos, sin distinción.
En corresponsabilidad con la sociedad civil y los tres poderes de la Unión, en los últimos años se han cimentado dos pilares para consolidar el Estado de Derecho: el Sistema Nacional de Transparencia y el Sistema Nacional Anticorrupción. Estas instituciones permitirán promover la rendición de cuentas, evitar la impunidad y llevar a los culpables a la justicia. Esto requerirá de medidas procesales, normativas y de fiscalización orientadas primordialmente a inhibir y castigar con las mayores penas y el máximo rigor todo camino que propicie la obtención de patrimonio ilícito por parte de quien ostente cargos públicos. De igual forma, debe castigarse toda ganancia que tanto funcionarios como particulares puedan generar por vínculos que trastoquen el marco normativo, a costa del erario.
Será necesario construir, dentro de las instituciones públicas, esquemas de control interno que sistematicen la información fiscal, financiera y patrimonial de los servidores públicos, a fin de detectar conductas fuera de la ley. Como parte de los esfuerzos para inhibir la obtención ilícita de recursos en el ejercicio público, es fundamental reducir el uso del efectivo. Por ello, se promoverá la bancarización de beneficiarios de programas de gobierno, a través de instituciones de banca de desarrollo o comercial. De la misma manera, el uso de la tecnología nos puede ayudar para generar mecanismos expeditos de denuncia ciudadana, garantizando la protección de los denunciantes, ante toda pretensión de servidores públicos de exigir dádiva o cuota fuera de la ley.
En la inhibición de actos de corrupción con particulares, debemos diseñar esquemas de contrataciones públicas consolidados que respondan de manera uniforme e imparcial a las necesidades de obra, compras o servicios de gobiernos, poderes e instituciones. En todos los casos, los procesos de contratación pública tienen que someterse a criterios de gobierno abierto. Es decir que deben ser transparentes de cara a toda la ciudadanía desde la planeación, el concurso, la designación, la ejecución y la evaluación de los resultados de los contratos. Ello implicará consolidar auditorías y propiciar mejoras continuas en el uso del erario, así como en la transparencia de la información.
De manera paralela al combate a la corrupción, debemos asegurar la dignificación y reconocimiento al servicio público. Así como tenemos que acabar con la impunidad y castigar a funcionarios corruptos, es importante reconocer a los trabajadores del estado que se desempeñan con eficiencia y honradez. Para lograrlo, necesitamos continuar en la institucionalización de mejores prácticas y la profesionalización de nuestros funcionarios públicos. Asimismo, es fundamental avanzar en la simplificación administrativa para cerrar espacios a la corrupción.
La seguridad y la justicia son fundamental para impulsar el desarrollo sostenible que anhelamos como nación. Por eso, seguiremos impulsando el fortalecimiento de las capacidades institucionales en materia de seguridad, justicia y combate a la corrupción, con un enfoque garantista, inclusivo y centrado en el ciudadano.
Líneas de acción:
1.     Aplicar una estrategia integral, multidimensional e interinstitucional de seguridad y justicia para reducir la inseguridad, violencia e impunidad. Debemos cuidar todo el proceso, desde la prevención del delito, el procedimiento penal, la investigación, la persecución del delito y la impartición de justicia, incluyendo la atención a las víctimas y la ejecución de sanciones. Las políticas públicas de seguridad y justicia tienen que estar centradas en las necesidades de las personas y las familias mexicanas.
2.     Profesionalizar y dignificar la labor de los profesionales de seguridad y procuración de justicia. Tenemos que desarrollar esfuerzos importantes en una amplia gama de temas que van
desde la capacitación en temas fundamentales como los derechos humanos y el nuevo sistema penal, hasta el equipamiento, robustecimiento de los controles de confianza y la dignificación de la labor policial. Ello implica desde luego condiciones laborales y una remuneración más atractivas, mejores mecanismos de reclutamiento, promoción y permanencia, así como beneficios y prestaciones en función del desempeño y la trayectoria.
3.     Fortalecer las corporaciones policíacas locales. Debemos impulsar un modelo policial fortalecido y estandarizado en los estados, en cuanto a capacitación y recursos, para hacer frente con más eficacia a la delincuencia, que permita vigorizar la capacidad de respuesta de las autoridades ante el crimen, erradicar la violencia y abatir los índices de inseguridad.
4.     Robustecer los sistemas de inteligencia. Necesitamos mayor infraestructura, equipamiento y capacitación en el ámbito de la inteligencia, en todos los órdenes de gobierno. Sólo así podremos dar sustento a decisiones más efectivas en el combate a la delincuencia y el crimen organizado y limitar el uso de la fuerza de que dispone el Estado.
5.     Centrar el combate al crimen organizado en el desmantelamiento de sus estructuras financieras. con medidas como la modernización integral de las áreas de Inteligencia financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la aplicación y cumplimiento de las disposiciones internacionales sobre lavado de dinero y un mayor control sobre las aduanas del país y modernizar y fortalecer los cuerpos policiacos con jurisdicción en las zonas fronterizas.
6.     Articular los esfuerzos de los distintos órdenes de gobierno para reducir los delitos de mayor impacto. Las diversas acciones que realizamos para combatir homicidios, secuestros y extorsiones tienen un gran potencial de sinergia si las planteamos como un plan integral. Esta coordinación debe incluir la modernización, depuración y profesionalización de los sistemas de seguridad y justicia en los tres órdenes de gobierno.
7.     Transitar de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública a una política de Estado. Para lograr una seguridad pública eficaz, es indispensable que haya corresponsabilidad entre poderes, órdenes de gobierno y ciudadanía. Además de coordinación entre autoridades, es fundamental que se abran los espacios para que la sociedad civil y las comunidades aporten información sobre las problemáticas específicas que enfrentan, y se vuelvan copartícipes de las decisiones y de las acciones que ocurren para mejorar la seguridad en su comunidad.
8.     Focalizar la prevención del delito. Sabemos que hay situaciones específicas que contribuyen activamente a que los entornos familiares y comunitarios se deterioren. Por ello, es necesario focalizar de manera coordinada todos los esfuerzos del Estado Mexicano que contribuyen a fortalecer el tejido social y a prevenir la violencia en las regiones, ciudades y comunidades que presenten altos índices delictivos, fortaleciendo los programas de desarme, así como instrumentando reformas legales y políticas encaminadas a disminuir la presencia de armas exclusivas de fuerzas de seguridad en las calles.
9.     Velar por la correcta instrumentación de los juicios orales a nivel federal y estatal. La transformación más importante que se ha realizado a la justicia en México durante los últimos cien años requiere un gran esfuerzo para su implementación exitosa. Es importante que todos los poderes, todos los ámbitos de gobierno y todos los sectores asuman un papel estratégico en este proceso que la ciudadanía ha demandado. En particular, tenemos que profundizar y acelerar la capacitación adecuada de los actores que lo harán posible, así como separar plenamente las funciones jurisdiccionales de las administrativas en el poder judicial.
10.   Impulsar la profesionalización del Ministerio Público con el fin de dotarlo de una auténtica autonomía técnica en la investigación y mayor capacidad para investigar y defender las causas públicas y propiciar certeza respecto a su función como pieza fundamental para la investigación y persecución de los delitos.
11.   Involucrar a los sectores sociales en el proceso de procuración e impartición de justicia. Para aumentar la confianza ciudadana hacia las instituciones de seguridad y justicia deberemos fortalecer los mecanismos que posibilitan la participación social en la orientación y aplicación de las políticas, la rendición de cuentas, la transparencia y evaluación de resultados, internos y externos, tales como los consejos ciudadanos y la defensoría de oficio.
12.   Consolidar al juicio de amparo como el mejor medio de defensa y control constitucional de los derechos humanos. El juicio de amparo es reconocido tanto en la Constitución, como en los
tratados internacionales, como una herramienta fundamental para salvaguardar los derechos de los mexicanos. Para fortalecer este mecanismo y avanzar en la protección de los derechos humanos, deberemos eliminar tecnicismos y formalismos excesivos que han dificultado su accesibilidad y, en consecuencia, su ámbito de protección.
13.   Fortalecer el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Es importante que el INAI cuente con las facultades necesarias para promover la transparencia y la rendición de cuentas en la actuación de del Poder Ejecutivo, tanto de la administración pública centralizada como de la paraestatal, así como el Poder Legislativo y Poder Judicial, al igual que los órganos autónomos del Estado.
14.   Promover el fortalecimiento de las áreas de información del gobierno. Para mejorar la transparencia del Poder Ejecutivo, incluyendo sus órganos desconcentrados y descentralizados, así como las empresas productivas del Estado PEMEX y CFE, los poderes Legislativo y Judicial, y los órganos autónomos constitucionales, deberemos capacitar mejor a los funcionarios responsables de las áreas correspondientes. Tienen que contar con un claro dominio en la clasificación de la información que está en manos del Estado, así como los medios legales para responder en tiempo y forma.
15.   Construir un registro integral de proveedores. Para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas, es necesario crear un registro robusto y amplio de las empresas proveedoras de todos los órdenes de gobierno, en el que se incluya información sobre su naturaleza corporativa, sus propietarios, accionistas y representantes legales, así como de su situación financiera, y sus antecedentes y evolución.
16.   Promover la implementación efectiva de las políticas del Sistema Nacional Anticorrupción. Hemos iniciado la construcción de un nuevo andamiaje institucional que será clave para fortalecer el Estado de Derecho. Parte de su exitosa implementación, dependerá de que demos transparencia, pero también mayor flexibilidad a los criterios para las adquisiciones, contrataciones y licitaciones del sector público. Debemos simplificar y precisar los distintos tipos de faltas, infracciones y delitos en que pueden incurrir los servidores públicos ya sea cuando no cumplen con sus responsabilidades o cuando cometen actos de corrupción.
17.   Simplificación administrativa. La sobrecarga regulatoria representa un incentivo a la corrupción. Por ello, toda institución pública, en todos los órdenes de gobierno, debe impulsar la racionalidad administrativa y avanzar en la simplificación de sus trámites para el público en general y en particular aquellos vinculados con registros públicos o la apertura de negocios o comercios. En este esfuerzo, hay que aprovechar las enormes oportunidades que nos brinda la tecnología para responder a las necesidades de la ciudadanía.
18.   Rediseñar el Servicio Profesional de Carrera para mejorar la función pública. Es fundamental que avancemos en la profesionalización de nuestros funcionarios. En ese sentido, debemos reformar el Servicio Profesional de Carrera para otorgar mayor relevancia al conocimiento, la experiencia y los resultados en la función pública, considerando sus aportaciones a las decisiones públicas y a la especialización a favor del buen gobierno.
19.   Legislar los alcances del gobierno de coalición que ya se contempla en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de mejorar la efectividad y eficacia del gobierno en el cumplimiento de sus objetivos, mediante el fortalecimiento de mayorías legislativas y acuerdos políticos estables.
Eje 3: Educación de excelencia para construir una sociedad del conocimiento.
La educación es motor del desarrollo nacional y el igualador social por excelencia. Por lo tanto, reconocemos a la educación como uno de los ejes articuladores de la política social, lo que involucra la instrumentación de políticas públicas de alto impacto social y en un proceso de transformación constante.
Los países que han apostado por la educación son aquellos que han logrado alcanzar el desarrollo anhelado. Hoy vivimos en un mundo complejo e interconectado, cada vez más desafiante, en donde la tecnología avanza a una velocidad inédita y está transformando nuestra economía y nuestra sociedad. Para enfrentar los retos de nuestra era y triunfar como nación en el siglo XXI necesitamos un México volcado a la educación de calidad con equidad, la ciencia, la innovación y el desarrollo tecnológico. La educación es, en suma, el arma más poderosa para cambiar a México.
La tarea educativa es una responsabilidad central del Estado mexicano. Con la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, se elevó por primera vez a rango constitucional el derecho de todo ciudadano mexicano de recibir educación. El Artículo 3º constitucional contempla una serie de principios filosóficos -laicidad, gratuidad y obligatoriedad- que convergen con el fin de garantizar el cumplimiento de esta obligación del Estado en un esquema irrestricto de derechos humanos.
La ampliación de la cobertura educativa fue una gran hazaña del México del siglo XX. Gracias al esfuerzo conjunto de sociedad y gobierno, logramos construir, articular y sostener un sistema nacional de educación pública que llevó escuelas y maestros hasta el último rincón del país. La fuerza de la educación y su presencia en todo el territorio ha contribuido a la paz social y al desarrollo. El derecho constitucional a la educación también ha evolucionado, reconfirmando su obligatoriedad, laicidad, gratuidad y confiriéndole el carácter humanista, nacional, solidario y democrático, hasta constituirse como un derecho humano progresivo.
Como resultado de este gran esfuerzo nacional, hoy tenemos uno de los sistemas educativos más grandes del mundo, el quinto en cuanto a matrícula se refiere, con más de 36 millones de alumnas y alumnos, dos millones de docentes y 250 mil escuelas. La cobertura alcanza prácticamente 100% en primaria y secundaria, más de ochenta por ciento en preescolar y en la educación media superior, y cerca de 40% en educación superior.
Sin embargo, en el siglo XXI se hicieron evidentes dos nuevas prioridades. Por un lado, dejar en claro que el Estado es el responsable de conducir la política educativa; por otro, reformar un modelo educativo que ya no era compatible con las necesidades y exigencias de la sociedad para hacer frente a los restos del mundo globalizado del siglo XXI.
Reconocer en la Constitución el derecho a que la educación sea de calidad nos brinda la posibilidad de generar las condiciones necesarias para mejorar el desarrollo humano y profesional de las y los mexicanos. Debemos lograr, por lo tanto, que la educación sea con equidad e inclusiva, lo que permitirá que todas las niñas, niños y jóvenes desarrollen los aprendizajes necesarios para ser exitosos y felices.
El Estado Mexicano ejerce plenamente su responsabilidad de planear, conducir, coordinar, orientar y evaluar la política educativa. Por primera vez en la historia del país conocemos el número exacto de maestras, maestros y escuelas, los maestros construyen su carrera a partir de su preparación, experiencia y su conocimiento y, como resultado de la colaboración entre ámbitos de gobierno, están llegando a su fin décadas de malos manejos en la nómina educativa.
A partir de una visión de la educación como formación integral, se impulsó un Modelo Educativo en el que se reconoce la necesidad de una educación de calidad, con equidad e inclusiva, que respete la diversidad, genere mayor igualdad de oportunidades sociales entre los mexicanos y que contribuya a la justicia social. El planteamiento del nuevo Modelo Educativo representa una revolución pedagógica para que las niñas, niños y jóvenes adquieran las herramientas que requieren para ser exitosos y felices en el siglo XXI. Esto implica no solamente una sólida formación académica que incluye el inglés y las habilidades digitales, sino también una formación para tener una vida plena mediante del desarrollo de habilidades socioemocionales, educación para la salud y educación artística.
Por tanto, es fundamental garantizar el éxito de este Modelo, lo cual implica cambios profundos en el Sistema Educativo de manera integral; es decir que no sólo conlleva la implementación de los nuevos planes y programas de estudio, sino también la generación de las condiciones de infraestructura, estructuras de gobernanza, familiares, sociales, culturales y educativas en general, y esquemas de desarrollo profesional docente que sean pertinentes y articulados para poder hacer realidad la nueva pedagogía en todas las aulas del país.
Es fundamental que la formación y el desarrollo profesional docente también sean compatibles con las demandas que exige la sociedad del siglo XXI: educación de calidad con equidad, pluralidad, democracia e inclusión. Este planteamiento exige que, tanto en lo individual como en lo colectivo, los maestros cuenten con los apoyos y estímulos necesarios para facilitar su quehacer como educadores y contribuir a su desarrollo personal, laboral y profesional.
Es vital reconocer la labor de las y los maestros que, día con día, con su esfuerzo, compromiso y vocación, dan muestra del amor por México y por sus estudiantes. El docente debe ocupar el sitio de la más alta significación en la sociedad y en cada una de las comunidades en donde labora. Dar prioridad a la educación implica contribuir a la revaloración social de las maestras y los maestros, como agentes de cambio. Por lo tanto, es necesario brindar a cada maestra y cada maestro oportunidades de desarrollo profesional incluyentes y de calidad, que posibiliten la mejora de su práctica pedagógica y los logros con sus estudiantes, así como promover la mejora permanente de sus condiciones de vida, con estricto apego a sus derechos laborales, económicos y profesionales.
Debemos seguir ampliado el número de Escuelas de Tiempo Completo y mantener la inversión sin precedentes en infraestructura para mejorar las condiciones de los planteles que más lo necesitan. También tenemos que continuar en la ruta de mejorar la organización de las comunidades escolares, con mayor autonomía de gestión y plantillas completas de maestros y directores. Los docentes deben ser seleccionados y promovidos exclusivamente por su vocación y logro profesional, a partir de una formación inicial y continua de calidad con equidad.
Es vital proteger el derecho a la educación pública y, con base en los principios filosóficos del artículo tercero constitucional, todos los niños y los jóvenes -sin importar su género, origen o condición- deben tener acceso a una educación de calidad con equidad e inclusiva. Por eso, seguiremos trabajando para promover el respeto a la diversidad y romper así los nudos de desigualdad en el sistema educativo, especialmente en la atención a la primera infancia, el respeto a la diversidad de las personas hablantes de lenguas indígenas, la inclusión de personas con discapacidad, la promoción de la igualdad de género y el combate al rezago educativo.
México es un país de jóvenes en donde la edad promedio es de 31 años. Lo anterior, exige una educación media superior y superior pertinente, de calidad e incluyente es la base para que los jóvenes tengan la oportunidad de cumplir sus sueños. Por ello, seguiremos estrechando la vinculación de la educación y el sector productivo mediante modelos como la formación dual o los subsistemas de educación tecnológica y politécnica. Asimismo, seguiremos impulsando las becas para reducir el abandono escolar, ampliaremos las oportunidades para realizar intercambios en el extranjero y fomentaremos el deporte como una herramienta de desarrollo para nuestros jóvenes.
La educación ya no se puede limitar a lo que se aprende en las aulas y tiene que empezar antes del preescolar, desde la primera infancia, con un desarrollo infantil temprano impulsado desde el Estado en coordinación con las familias mexicanas. De la misma manera, la educación tampoco debe terminar con la Universidad, sino que debe seguir a lo largo de la vida productiva con un sistema de formación continua para el trabajo. Sólo así lograremos construir una sociedad dinámica y creativa, en la que el mérito y el esfuerzo sean los determinantes principales del logro de vida, y una democracia plena y solidaria, con una ciudadanía crítica, responsable y participativa en las decisiones de su comunidad.
La educación debe ir de la mano de un proyecto científico nacional, apoyado en la innovación e investigación tanto básica como aplicada. En ese sentido, necesitamos desarrollar un sistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico que nos permita convertirnos en una potencia generadora de conocimiento. Para ello, tenemos que favorecer no sólo el uso, sino también la gestión del conocimiento, con el fin de estimular la creatividad científica y por ende el desarrollo de nuestro país. Al hacerlo, fortaleceremos la ciencia mexicana para generar más talento mexicano y recuperar el talento que se ha fugado, pero también atraer más talento del exterior.
La educación debe llevar a nuestros hijos a apreciar las artes y todas sus manifestaciones desde pequeños. Desde la educación, debemos reconocer el valor de nuestra nación y su carácter pluriétnico y pluricultural para preservar, potenciar y proyectar nuestra cultura en el mundo entero. A partir de la educación, la ciencia, la cultura y el deporte, podremos reafirmar nuestra identidad como nación y contribuir de manera más decisiva al progreso de la humanidad.
Transformar la educación es un proceso de largo plazo, pero tenemos una ruta clara y hemos sentado las bases para dar un nuevo rumbo al país a partir de una visión de las mexicanas y mexicanos que queremos formar. Estamos convencidos de que en la educación reside la fuerza para impulsar el desarrollo y la prosperidad de México en el siglo XXI.
Líneas de acción
1.     Mantener a la educación como prioridad central de gobierno. Seguiremos impulsando el Modelo Educativo, a fin de consolidar a la educación pública como fuente de movilidad y justicia social y como principal motor del desarrollo y la competitividad del país.
2.     Garantizar el derecho a la educación de calidad con equidad e inclusión para todas las niñas, niños y jóvenes, que responda a la diversidad de nuestros ciudadanos sin distingo alguno. Para lograrlo, es preciso apoyar decididamente, con intervenciones que atiendan sus necesidades específicas y estableciendo cuotas de ejercicio presupuestal en los principales programas educativos, a grupos vulnerables como las personas hablantes de lenguas indígenas, las personas con discapacidad, las y los hijos de las familias más pobres, especialmente durante la primera infancia, y las personas con analfabetismo y en rezago educativo.
3.     Avanzar progresivamente hacia un modelo de educación inclusiva que responda a la diversidad y a las necesidades de los alumnos. Las y los alumnos con discapacidad o con capacidades sobresalientes deben tener la oportunidad de asistir a escuelas regulares y recibir una educación de calidad que tome en cuenta sus necesidades, con materiales adecuados y maestras y
maestros capacitados para darles la atención que requieren.
4.     Consolidar el papel de los docentes como profesionales de la educación, enfocados en el aprendizaje de sus alumnas y alumnos con estricto respeto a la diversidad. Para lograr una educación de calidad con equidad e inclusiva es fundamental asegurarnos de que los maestros fortalezcan su quehacer docente con un sistema de desarrollo profesional articulado, eficiente y pertinente, que parta de la formación inicial y continua a lo largo de su carrera profesional. Nuestros docentes deben tener acceso a las herramientas pedagógicas, didácticas, emocionales e innovadoras que requieren para su crecimiento personal y profesional, así como recibir el justo reconocimiento de la sociedad a la importante labor que desempeñan.
5.     Consolidar el Servicio Profesional Docente con estricto apego a los derechos laborales y profesionales de los docentes. El fortalecimiento de la profesionalización docente incluye la formación inicial y por ende la mejora y transformación de las Escuelas Normales, así como una evaluación formativa y contextualizada que dé pauta a una formación continua y al desarrollo profesional a partir del conocimiento, la experiencia y el esfuerzo. También se impulsarán estrategias innovadoras como la conformación de trayectos formativos de los docentes.
6.     Continuar ampliando el número de Escuelas de Tiempo Completo. Hoy sabemos que en las escuelas de educación básica con jornadas ampliadas los estudiantes aprenden más. Además de reforzar sus conocimientos académicos, tienen más oportunidades para desarrollar actividades artísticas, culturales y deportivas, y se benefician de una alimentación saludable. Las Escuelas de Tiempo Completo responden de manera significativa a nuestra diversidad como país y generan condiciones reales de equidad y justicia social.
7.     Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas. Nadie conoce mejor las necesidades de cada escuela que su propia comunidad educativa, integrada por padres y madres de familia, estudiantes, maestras y maestros, así como sus directivos. Por eso, debemos seguir impulsando un modelo de organización escolar que ponga a la escuela al centro y dote a las comunidades escolares de mayores márgenes para que tomen sus propias decisiones, tanto en los contenidos que se imparten como en la forma de distribuir el tiempo y los recursos, en favor del aprendizaje de las niñas, niños y jóvenes.
8.     Establecer un mecanismo permanente de rehabilitación, mejoramiento y mantenimiento de planteles educativos. Debemos continuar invirtiendo en el mejoramiento de la infraestructura escolar para lograr que todas las escuelas del país sean entornos de aprendizaje seguros, accesibles e inclusivos, e incidan en el aprendizaje de todos los estudiantes.
9.     Impulsar desde la educación el conocimiento, la preservación y el cuidado del medio ambiente. Convencidos de que el desarrollo debe ser sustentable y sostenible, además de estar anclado en el conocimiento del potencial de cada región, debemos impulsar un mayor conocimiento del medio ambiente en las escuelas, a través de espacios como la autonomía curricular. La educación es fundamental para fomentar conductas ambientalmente responsables en nuestros alumnos, así como conciencia sobre la dotación y potencial de los recursos de su comunidad.
10.   Promover el estudio de las ciencias y las ingenierías entre niñas, niños y jóvenes. Para aprovechar las oportunidades que representa el cambio tecnológico para México, debemos incentivar el desarrollo de nuestro capital humano desde temprana edad. Ello implica un esfuerzo particular para fomentar el gusto por las matemáticas y la ciencia entre niñas y jóvenes, empleando diversas metodologías que promuevan un desarrollo integral y acorde a una sociedad diversa e incluyente.
11.   Universalizar la enseñanza del inglés. El inglés ya no debe ser un privilegio de un número limitado de estudiantes, sino una herramienta para que todos los mexicanos puedan abrirse y conectarse con el mundo. Por eso, continuaremos con la Estrategia Nacional de Inglés para que, en 20 años, todos los niños y jóvenes cuenten con maestras y maestros con una certificación internacional.
12.   Impulsar el desarrollo de habilidades digitales. Al igual que el inglés, las habilidades digitales son fundamentales para poder participar y competir en el mundo del siglo XXI. Por ello, debemos continuar con la incorporación de la tecnología en la educación a través de esquemas diversos con metodologías innovadoras y acordes al siglo XXI, que incluyan no sólo el equipamiento adecuado y la conectividad necesaria de los planteles escolares, sino también la capacitación docente y el planteamiento pedagógico que permita cerrar la brecha digital y hacer así efectivo el derecho a las comunicaciones.
13.   Elevar la escolaridad y años de permanencia en todos los niveles del sistema educativo. Si bien hemos avanzado de manera importante en los niveles de acceso a la educación media superior,
debemos seguir ampliando los espacios para cumplir la obligación constitucional de alcanzar la cobertura universal para el año 2021. Al mismo tiempo, tenemos que mejorar las oportunidades de acceso de los jóvenes a la educación superior.
14.   Fomentar la vinculación entre las instituciones educativas y el sector productivo. Tanto en la educación media superior como en la superior, es fundamental estrechar el vínculo con el sector productivo. De manera específica, debemos impulsar esquemas como las universidades tecnológicas y politécnicas bilingües que ofrecen una formación de excelencia en español e inglés, y el Modelo Mexicano de Formación Dual que permite a alumnos de bachillerato combinar su formación académica con un empleo productivo.
15.   Mejorar la coordinación entre órdenes de gobierno. Las responsabilidades del Estado Mexicano en materia educativa se distribuyen entre los diferentes órdenes de gobierno. Por ello, es clave preservar los mecanismos ágiles de coordinación entre ámbitos de gobierno que hemos construido para asegurar que la educación tome en cuenta las particularidades regionales, abatir progresivamente las disparidades en el logro educativo e incorporar la lengua materna como factor de integración en la enseñanza en las comunidades indígenas.
16.   Impulsar la decidida participación social en la educación. La educación es tarea de todos. Por ello, debemos seguir trabajando de la mano gobiernos, maestros, padres de familia, sociedad en general y desde luego los propios alumnos- para consolidar el nuevo Modelo Educativo y una educación de calidad como aspiración principal de la sociedad. Para lograrlo, necesitamos fortalecer la participación de los padres de familia en el proceso educativo de sus hijos, así como facilitar su asistencia a reuniones escolares sin que afecte su jornada laboral y mediante programas para que asuman una mayor responsabilidad en el proceso formativo de sus hijos.
17.   Mejorar la coordinación intersectorial para hacer de las escuelas verdaderos centros del desarrollo comunitario. Las escuelas juegan un papel fundamental en la vida de sus comunidades y debemos fortalecer la coordinación intersecretarial para aprovechar esa realidad y ampliar la oferta de servicios sociales que se atienden en las escuelas, mediante esfuerzos como Salud en tu Escuela o Cultura en tu Escuela.
18.   Promover una cultura de la paz. Es importante que, desde la infancia, los mexicanos fortalezcan los valores de la convivencia democrática, la tolerancia y el respeto a la diversidad y a la legalidad, como sostén del desarrollo comunitario y la cohesión social. Por ello, es indispensable continuar con la plena implementación del nuevo Modelo Educativo que incorpora todos estos elementos en su planteamiento pedagógico. Además, debemos trabajar con las autoridades educativas locales para garantizar la seguridad de los planteles, velar por los derechos de las niñas y los niños y garantizar la protección infantil ante cualquier forma de maltrato o de violencia, en particular el acoso escolar, la violencia de género y la violencia intrafamiliar.
19.   Fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. A partir de una aproximación centrada en el desarrollo de vocaciones regionales, debemos adaptar el sistema para que premie las aportaciones de los investigadores a los procesos productivos. También hay que estimular la inversión de los sectores público, privado y social en ciencia, tecnología e innovación para superar el 1% del PIB.
20.   Ampliar las oportunidades de intercambio académico y científico. Debemos brindar más oportunidades para que estudiantes, investigadoras e investigadores tengan contacto con otros países como fuente de innovación, crecimiento personal y descubrimiento de otras culturas, así como fuente de solidaridad internacional y promoción del valor de México ante el mundo.
21.   Impulsar el reconocimiento, disfrute y preservación del patrimonio cultural. México es una potencia cultural indiscutible a nivel mundial y nos sentimos muy orgullosos de nuestra historia y de nuestro patrimonio que nos dan identidad como nación. En ese sentido, debemos promover que todos los mexicanos tengan acceso a nuestra riqueza y diversidad cultural como fuente de orgullo nacional, desarrollo productivo, cohesión y paz social.
22.   Promover la activación física de la ciudadanía y su participación en la cultura física y el deporte. La educación y la cultura físicas son parte del desarrollo integral del ser humano y fuente de habilidades y capacidades de sana competitividad y trabajo en equipo. Por eso, promoveremos la participación de toda la ciudadanía en estas actividades e impulsaremos el talento de las y los deportistas mexicanos amateur y de alto rendimiento para que alcancen su máximo potencial.
 
Eje 4: México incluyente y solidario
Quien tiene una alimentación adecuada a lo largo de su vida tiene mayor capacidad de aprendizaje y de realizar su potencial. Quien tiene acceso a salud preventiva reduce significativamente las probabilidades de enfermedades crónicas y mortales. Quien acaba la preparatoria vive, en promedio, cuatro años más que quien no lo hace; quien tiene un título de educación superior gana más del doble que quién tiene un título de educación media superior. Por ello, el ejercicio de derechos sociales es indispensable para tener un acceso efectivo a oportunidades que permiten desarrollar a cada uno su pleno potencial.
Como herederos de la primera revolución social del siglo XX, los mexicanos siempre hemos tenido la aspiración de construir un estado social y una sociedad solidaria, que garanticen el acceso efectivo a la alimentación, la salud, la educación y la vivienda, promueva el mejoramiento constante de las condiciones de vida de los que menos tienen y genere igualdad de oportunidades para todos sus ciudadanos. En consecuencia, el objetivo final de nuestro desarrollo debe ser el bienestar compartido, pleno, incluyente y equitativo, con pleno respeto a la diversidad y sin ningún tipo de discriminación.
Es innegable que en México hemos logrado grandes avances en materia de inclusión. A lo largo del siglo XX logramos el reconocimiento y la ampliación de los derechos de los trabajadores, con la creación de instituciones de seguridad social que protegen su vida, salud y patrimonio. El combate a la pobreza multidimensional ha rendido frutos en todas sus dimensiones: alimentación, rezago educativo, vivienda y servicios básicos, acceso a servicios de salud y a la seguridad social. A pesar de que todas estas carencias sociales hoy se encuentran en sus mínimos históricos, no descansaremos hasta erradicar cada una de ellas.
Sin embargo, en pleno siglo XXI persisten exclusiones e inequidades en la sociedad mexicana. Cuarenta y cuatro de cada cien personas mexicanas vive en situación de pobreza y cinco millones aún viven en pobreza extrema y carencia alimentaria. Por lo tanto, necesitamos una política social que no se conforme con contener el aumento de la pobreza, sino que empodere a los ciudadanos con herramientas para incorporarse al sector productivo y dejar atrás la dependencia de los programas sociales.
Junto con otros 192 países integrantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), hemos establecido el compromiso de un país para todas y todos. Queremos un México en el que haya un piso mínimo de seguridad social y cada persona tenga acceso efectivo a la alimentación, la salud y una educación de calidad, así como agua limpia y saneamiento, servicios públicos dignos, vivienda y un trabajo decente. Nuestra visión de desarrollo incluye a todas y todos los mexicanos. Por eso, seguiremos impulsando la erradicación de la pobreza extrema con intervenciones directas y focalizadas para avanzar en la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 de la ONU.
La mejor forma de combatir la pobreza es con la actividad productiva. En ese sentido, la fortaleza y pertinencia de los programas sociales debe medirse por la capacidad que tengan para vincular a los beneficiarios con mejores condiciones de inclusión productiva. Este ha sido el paradigma con el que se ha transformado la política social para que los beneficiarios tengan una vida productiva y plena. Por lo que seguiremos fortaleciendo el Programa Prospera para que las familias tengan mejores oportunidades de vida a través de un mejor acceso a educación superior, créditos para impulsar proyectos productivos, facilidades de inclusión financiera y apoyo para su inserción al mercado laboral. Asimismo, continuaremos protegiendo las finanzas familiares a través de la pensión para personas adultas mayores desde los 65 años y el Seguro de Vida para Jefas de Familia.
Pero no basta con combatir la pobreza. Es fundamental impulsar políticas concretas para romper los nudos de desigualdad en todos los ámbitos, desde el acceso a la educación, a la salud y bienestar, hasta los niveles de ingreso y el acceso a la justicia. Solamente así se podrá construir un verdadero estado social y una sociedad solidaria que sea fiel a las aspiraciones de los mexicanos. Es momento de alcanzar el fin de la pobreza, pero también garantizar el acceso a una educación de calidad y a la salud y bienestar.
Es indispensable que toda mexicana y todo mexicano tenga acceso efectivo a servicios de salud de calidad a lo largo de su vida. Por eficacia y eficiencia, el sistema debe ser orientado por un enfoque predominantemente preventivo. La certeza alimentaria debe ser compatible con una adecuada nutrición. Debemos dar grandes pasos del empleo informal al formal, a fin de asegurar una cobertura más amplia de la seguridad social, pero también se hace necesario que quienes cuentan con los distintos elementos que conforman la seguridad social (salud, seguros y ahorro para el retiro), conozcan sus derechos y puedan ejercerlos. Las personas deben tener acceso a una vivienda digna, pero es necesario ir al siguiente nivel: las viviendas deben estar en un entorno accesible, seguro, sano y sostenible.
Debemos ampliar la infraestructura y las herramientas financieras para dinamizar el campo mexicano, fomentar la construcción de ciudades y comunidades sostenibles, generar una política integral de producción y consumo responsable, e integrar las políticas de inclusión laboral y productiva, así como de economía social y de banca de desarrollo, en un esfuerzo cohesionado por ampliar las capacidades de los mexicanos para construir sus propias fuentes sostenibles de ingreso. También debemos fortalecer el bienestar de los mexicanos en su retiro con pensiones dignas, independientemente de su historial laboral.
Queremos un México en el que los privilegios no se reproduzcan inercialmente, sino que el mérito y el esfuerzo sea lo que determina el éxito de las personas. Convencidos de que la educación es el mayor igualador social, seguiremos impulsando el acceso a una educación pública gratuita, laica y de calidad, en particular entre las poblaciones que más lo necesitan. Al mismo tiempo, aseguraremos el acceso efectivo, equitativo, incluyente y oportuno a servicios de salud de calidad, que respondan adecuadamente a las necesidades de las personas a lo largo de su vida, y con mecanismos apropiados de protección financiera para que las familias mexicanas no caigan en situación de pobreza por un problema de salud de alguno de sus integrantes.
Queremos un México incluyente donde todas las personas, independientemente de sus circunstancias de origen o las diferencias por su origen étnico, género, edad, cultura, religión o condición, puedan desarrollarse de manera plena y sostenible. Por eso, continuaremos impulsando esfuerzos de focalización y acción afirmativa en beneficio de las poblaciones más vulnerables, con atención a sus necesidades de desarrollo a lo largo del ciclo de vida.
De manera específica debemos fortalecer nuestros esfuerzos para mejorar el acceso a los servicios de educación, salud y trabajo de las personas con alguna discapacidad. Asimismo, debemos mejorar la accesibilidad en los espacios públicos y también privados, en particular en el transporte público. Por su parte, las comunidades indígenas de nuestro país deben tener la certeza que podrán ejercer sus derechos y participar en el proceso de desarrollo social y económico de México y que, en todo momento, serán respetados su identidad y su cultura.
Tenemos que hacernos cargo, como objetivo central de toda política pública y reconociendo que todo nuestro actuar tiene al centro a la persona, que en México el desarrollo y las oportunidades sean una realidad para todas y todos. Mexicanas y mexicanos, por igual, deben poder ejercer cada uno de sus derechos sociales: trabajo, salud, alimentación, educación, seguridad social y vivienda. Nadie debe ser excluido de las oportunidades.
Líneas de acción
1.     Eliminar las carencias en la primera infancia. Elaboraremos una política nacional para la protección integral de la primera infancia que contribuya a eliminar todas las formas de malnutrición infantil, promueva el ejercicio libre de la lactancia materna y garantice la atención de la salud de las y los niños, así como de sus madres. Asimismo, impulsaremos el desarrollo infantil temprano para maximizar las oportunidades de nuestros niños, con énfasis en la atención de niñas y niños en condición de pobreza, comunidades indígenas y personas con discapacidad.
2.     Hacer efectivo el derecho a la alimentación en todo el territorio nacional. Especialmente en los municipios de alta y muy alta marginación, debemos desarrollar una estrategia que aborde la carencia alimentaria en su problemática integral, incluyendo la demanda potencial insatisfecha efectiva. Parte de ello implica ampliar el abasto popular en las mejores condiciones posibles, impulsar la creación de bancos de alimentos para apoyar el consumo de la población de menores recursos y mejorar sustancialmente la cultura alimentaria y nutricional.
3.     Ampliar y estandarizar los subsidios focalizados y las transferencias directas para combatir la pobreza. Debemos incrementar progresivamente las intervenciones para garantizar el acceso de las poblaciones más vulnerables a la alimentación, a la salud, a la vivienda digna y a una educación de calidad. En paralelo se tienen que eliminar los subsidios generalizados al consumo para mejorar la progresividad y eficiencia del gasto público.
4.     Promover la plena inclusión de los beneficiarios de programas sociales en el sector productivo. Fortaleceremos Prospera, el Programa de Inclusión Social, concentrando los esfuerzos en acercar herramientas a la población que más lo necesita para que quienes lo deseen tengan acceso al sistema financiero formal y la oportunidad de participar plenamente en la vida productiva y laboral para dejar atrás la dependencia de los programas sociales.
5.     Priorizar la atención a los derechos sociales, mejorar el gasto social y evitar duplicidades. Se deben robustecer las facultades de coordinación de la Secretaría de Desarrollo Social para consolidar la Estrategia Nacional de Inclusión, que ha permitido alinear los esfuerzos de las
diferentes dependencias y niveles de gobierno, compactar programas, evitar duplicidades y asegurar que los recursos se usen de forma eficiente y lleguen a quienes más los necesitan. De manera específica, tenemos que atender con carácter prioritario a las comunidades más pobres, particularmente donde se concentra la población indígena, y promover la incorporación de las personas con discapacidad en situación de pobreza a los programas.
6.     Combatir frontalmente a las desigualdades en todas sus manifestaciones. Debemos abatir la discriminación y las desigualdades económicas, educativas, sociales, étnicas y de género, así como aquellas que enfrentan las personas con alguna discapacidad y los habitantes de las regiones más rezagadas. Para lograrlo debemos utilizar todos los instrumentos de los que dispone el Estado, incluyendo la política social, económica y fiscal.
7.     Promover una atención integral a las personas con discapacidad. Tenemos la obligación de buscar la inclusión, movilidad y empoderamiento plenos de las personas con alguna discapacidad. Para ello, debemos recurrir a las mejores prácticas y políticas públicas.
8.     Elevar la calidad de los servicios de salud. Tenemos que desarrollar la capacidad para garantizar una atención de calidad y centrada en las personas en todos los niveles de atención, pero de manera especial la Atención Primaria de Salud, con un enfoque que fomente la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad. Para ello, debemos asegurar un financiamiento equitativo y una asignación de recursos que responda a nuestra realidad epidemiológica y demográfica, poniendo especial atención en la diabetes, la obesidad, así como en enfermedades cardiovasculares y oncológicas, desde la niñez hasta la edad adulta.
9.     Transitar hacia un Sistema Único de Salud con cobertura universal. Si queremos que todos los mexicanos tengan acceso a la salud bajo las mismas condiciones, necesitamos un solo sistema de salud. No es aceptable que cada subsistema tenga diferencias en cobertura, calidad y objetivos. De hecho, la fragmentación actual del sistema es uno de los factores que han dificultado el tránsito a una cobertura universal. Por ello, debemos reestructurar el sistema de salud hasta alcanzar progresivamente un sistema único que reduzca las brechas en el ejercicio del derecho a la salud, garantice una cartera común de servicios, y promueva la acción intersectorial de alta calidad para combatir factores de riesgo y promover estilos de vida saludable.
10.   Consolidar un piso de seguridad social universal. De la misma manera, tenemos que ampliar paulatinamente la cobertura de la protección social a sectores aún desprotegidos, como las y los trabajadores domésticos. Para ello, es necesario consolidar un sistema de Seguridad Social Integral de acceso universal que incluya los seguros de riesgos laborales, salud, invalidez y cesantía, el sistema de pensiones y otros servicios sociales, como guarderías y mecanismos de acceso a una vivienda digna.
11.   Fomentar viviendas firmes con espacios dignos y servicios. Debemos mejorar la calidad de vida de las familias mexicanas desde sus hogares. Piso, techo y muros firmes, así como espacios dignos y servicios eficientes, son indispensables para su salud y pleno desarrollo. En las zonas afectadas por desastres naturales, la reconstrucción de los espacios y servicios en las viviendas resulta prioritario. México es nuestro hogar y aquí caben casas dignas para todos.
12.   Promover una política pública de desarrollo en zonas rurales. Respetando la cultura y la identidad de cada comunidad, debemos encontrar la manera de reducir la dispersión y el aislamiento poblacional. Ello representa un paso clave para mejorar la conectividad, facilitar el acceso a los servicios básicos e indispensables, abatir la pobreza y mejorar las condiciones de vivienda. Parte de este esfuerzo debe implicar apoyo al desarrollo comunitario a través de sectores como el ecoturismo, la silvicultura, la artesanía o el cuidado del medio ambiente.
13.   Mejorar la calidad de vida en las ciudades de México. Hoy en día la mayoría de los mexicanos viven en zonas urbanas y es urgente tomar acción para mejorar su calidad de vida. Esto implica esfuerzos en materia de cultura, la modernización del transporte público y la infraestructura de movilidad urbana sustentable, seguridad pública para todos, una recolección de basura eficiente y la accesibilidad para las personas con discapacidad.
14.   Atender las necesidades de los mexicanos a lo largo del ciclo de vida. Debemos concebir un sistema de cuidados para atender las necesidades de las personas a lo largo de su vida, con particular atención a poblaciones vulnerables como niñas y niños, personas mayores, comunidades indígenas y afromexicanas, así como a personas con discapacidad.
15.   Priorizar la atención a las comunidades indígenas. Una priorización radical es indispensable si
queremos cerrar la brecha en los niveles de bienestar. Tenemos que reconocer la gran diversidad existente y procurar la equidad de las poblaciones indígenas de todas las etnias con resto de los mexicanos. Es prioritario lograr la plena inclusión social de las poblaciones originarias, respetando y engrandeciendo su cultura y reconociendo sus aportaciones a la historia de nuestro país.
16.   Impulsar la igualdad de género en todos los ámbitos. Buscaremos la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, privilegiando la igualdad en el acceso a las oportunidades, que empieza desde luego por la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas. Al mismo tiempo, debemos promover acciones con un enfoque de equidad como la universalización del seguro de vida para jefas de familia y el acceso preferencial a créditos productivos.
17.   Invertir en nuestra juventud. Es importante ampliar la oferta de becas para que las y los jóvenes no deserten y puedan concluir su formación con el fin incorporarse al mercado laboral con un trabajo decente y bien remunerado. De la misma manera, debemos ofrecer créditos en condiciones preferenciales que puedan desarrollar proyectos productivos y estimular el emprendedurismo entre los jóvenes.
18.   Retribuir la contribución de las personas adultas mayores a la sociedad. Debemos generar las condiciones para el desarrollo y la participación activa de las personas adultas mayores en un entorno social incluyente. Esto implica esfuerzos como universalizar las pensiones a partir de los 65 años, establecer un sistema de cuidados a largo plazo para garantizar su bienestar y eliminar cualquier forma de violencia o discriminación.
19.   Asegurar el acceso de los migrantes a sus derechos sociales. Tenemos que promover las condiciones para la regularización de su situación migratoria a nivel individual y acercarlos a programas sociales que permitan su inserción exitosa en las comunidades de residencia y su empleabilidad, y de manera más general mejorar su calidad de vida.
20.   Sumar capacidades en favor del desarrollo. Para lograr estas metas ambiciosas, debemos promover un nuevo pacto social entre actores políticos, sociales y económicos que movilice recursos y capacidades de todos los sectores en la responsabilidad compartida de lograr un desarrollo con equidad y la solución de problemas sociales.
Eje 5: México abierto al mundo
México es un país escuchado y respetado en el mundo. Tenemos un cuerpo diplomático profesional y una política exterior con visión de Estado. Defendemos principios de validez universal como la igualdad jurídica de las naciones y la autodeterminación de los pueblos, hemos promovido instituciones multilaterales fuertes y lideramos causas como el desarme nuclear, la cooperación para el desarrollo y el combate al cambio climático.
Hoy, México participa activamente en la definición de la agenda internacional y es uno de los principales polos de atracción para los intercambios económicos, turísticos y culturales. En los foros internacionales, encabezamos nuevos esfuerzos para superar los principales desafíos globales. Asumimos la responsabilidad de participar en las Organizaciones de Mantenimiento de la Paz, contribuimos a la definición de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y adoptamos la Agenda 2030 como política de Estado.
Con América Latina y el Caribe impulsamos la Alianza del Pacífico para traducir nuestras afinidades en oportunidades de crecimiento. Con Europa, profundizamos sustantivamente nuestras relaciones políticas, culturales, académicas y económicas. En Asia Pacífico, la prioridad ha sido intensificar los flujos de comercio, inversión y turismo. Hemos consolidado alianzas estratégicas con países clave del Medio Oriente e intensificamos la cooperación con países de África.
Sin embargo, en la última década hemos vivido en un mundo repentinamente cambiante, complejo, caracterizado por una redefinición de paradigmas y de las aspiraciones universalmente aceptadas con anterioridad. La sociedad mundial se ha transformado, sus metas han cambiado e incluso sus principios se están modificando. Esto ha propiciado un mundo más volátil e impredecible.
En este contexto, durante los próximos años nuestro país debe aprovechar sus múltiples pertenencias, su posición geopolítica única, sus características económicas, sociales y culturales, y su estatus como referente en diversos temas torales del multilateralismo, para afianzar su liderazgo y continuar promoviendo los valores, principios e intereses del país, así como los derechos de nuestros ciudadanos, dondequiera que se encuentren.
Estamos comprometidos a hacer de nuestra política exterior una auténtica palanca de desarrollo, que nos permita consolidar nuestra posición como potencia media en el mundo. Ante un sistema internacional incierto y en transformación, queremos consolidar a México como un país abierto al mundo.
Fortaleceremos los procesos de integración en curso con América del Norte y América Latina, actualizando la infraestructura física y jurídica que da sustento a nuestra competitividad. Al mismo tiempo, promoveremos la diversificación de nuestras relaciones comerciales mediante la consolidación de relaciones estratégicas con Europa, Medio Oriente y Asia Pacífico. En nuestras relaciones bilaterales fortaleceremos la cooperación educativa, científica, cultural y tecnológica. No cejaremos en la defensa y protección de las y los connacionales, dondequiera que se encuentren.
En América del Norte, aseguraremos los espacios para potenciar la competitividad compartida y cerraremos las brechas entre los derechos de quienes viven en el país, y quienes viven fuera y que aportan de manera significativa a sus sociedades receptoras. Con Estados Unidos, la relación tiene que ser de pleno respeto y beneficio para los mexicanos.
Con Centroamérica, debemos profundizar la integración comercial y energética, mejorando así la matriz de desarrollo y competitividad del Sur-Sureste de México y la de los países vecinos. Haremos de nuestra Frontera Sur un espacio de prosperidad y seguridad compartida. Con el Caribe, tenemos que propiciar una mejor interconexión marítima y comercial, así como cooperación técnica y mayor coordinación en el combate a la delincuencia organizada.
Con América del Sur, tenemos la oportunidad de encontrar mayores espacios de coincidencia para promover conjuntamente la productividad, el comercio y el diálogo para el desarrollo. Con Europa, fortaleceremos nuestros vínculos históricos y encontraremos nuevos espacios de cooperación, en particular, en materia de ciencia y tecnología, educación y cultura.
Debemos propiciar una relación más amplia con los países de Medio Oriente, buscando mayor comercio e inversión. Intercambiaremos experiencias con los principales países de África en materia de desarrollo e inclusión financiera. Finalmente, buscaremos acercamientos con las economías más grandes y dinámicas de Asia, a fin de diversificar nuestras relaciones políticas, comerciales, culturales y de cooperación.
En la protección de los mexicanos en el exterior, el eje rector seguirá siendo acercar sus derechos a los de los ciudadanos de los países en los que residen. Que nuestra bandera se mantenga para el migrante como el mejor emblema de apoyo y protección, y de que somos una misma comunidad. Debemos buscar mecanismos que les aseguren acceso a educación, salud y servicios financieros.
En los espacios multilaterales, México seguirá siendo punto de referencia y una voz poderosa en defensa de las mejores causas políticas, económicas y sociales. Sin dejar de respetar nuestros principios constitucionales, debemos ejecutar la política exterior con la flexibilidad que los tiempos actuales ameritan. Seguiremos promoviendo la fortaleza de las instituciones multilaterales para hacer frente a desafíos globales como el cambio climático, el crimen organizado y la tentación del proteccionismo comercial.
Líneas de acción
1.     Defender la soberanía y promover el interés nacional en el exterior. En tiempos de inestabilidad política o de alternativas poco democráticas de gobierno, se vuelve más importante que nunca refrendar nuestros principios como país. Tenemos que defender posturas congruentes con nuestro interés nacional, como por ejemplo una estrategia eficaz que inhiba y sancione el lavado de dinero.
2.     Alinear la política exterior a los objetivos de la política interna. Nuestra acción como país en el mundo tiene que estar alineada con nuestras prioridades nacionales para convertir a México en un protagonista mundial en beneficio de las y los mexicanos. Esto incluye el fortalecimiento del Estado de Derecho, la seguridad pública y la procuración de justicia, así como un crecimiento económico sustentable, la preservación del medio ambiente, y una mayor inversión en investigación y desarrollo. Esto implica utilizar la red diplomática y consular para identificar oportunidades de cooperación y desarrollo en el exterior.
3.     Contribuir al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de México. A través de relaciones cercanas, mutuamente benéficas y productivas con otros países, sustentadas en una política exterior vigorosa, sustantiva y activa, debemos asumir nuestra responsabilidad en el cumplimiento de las metas de desarrollo que nos hemos fijado. Nuestra relación abierta con el mundo ha venido acompañada de una mayor inversión extranjera generadora de empleos.
4.     Fortalecer y mejorar la imagen de México en el exterior. Es clave que los distintos actores globales tengan claro cuáles son los beneficios de nuestro país como destino de inversiones o de turismo, dado que esas actividades se traducen directamente en mejores condiciones para las
familias de nuestro país. La estabilidad macroeconómica, la diversidad de recursos y el medio ambiente, y la amplia variedad de destinos en México hacen que la población de otros países nos visite o bien invierta en nuestro país. Por ello, debemos mejorar nuestra imagen a nivel mundial en los ámbitos político, económico, turístico, de desarrollo social y seguridad.
5.     Defender a las personas migrantes dentro y fuera de nuestras fronteras. En el caso de la comunidad mexicana en el exterior, en particular en las grandes concentraciones de mexicanos en Estados Unidos, debemos continuar reforzando los instrumentos de protección jurídica para asegurar el respeto a sus derechos humanos y los de sus familias. Asimismo, tenemos que promover condiciones para la regularización de su situación migratoria a nivel individual, la organización comunitaria para la defensa local de sus intereses y su acercamiento a programas sociales.
6.     Construir una relación respetuosa con Estados Unidos. México es una nación soberana e independiente, por eso privilegiará el diálogo constructivo y la promoción del interés nacional para atender, de forma corresponsable y nunca subordinada, las amenazas comunes como el narcotráfico (siendo que hoy por hoy, Estados Unidos es el principal consumidor de droga en el mundo), el terrorismo, el tráfico y la trata de personas, la piratería y el lavado de dinero, entre otros. Debemos promover programas de movilidad laboral temporal, mejores prácticas comerciales y aduaneras, impulso a la investigación, la capacitación y el desarrollo, transferencia de tecnología e inversión extranjera directa, mediante mayores garantías de seguridad jurídica, así como participación en proyectos públicos, privados y mixtos de infraestructura.
7.     Incrementar la participación ante los organismos de carácter político y financiero como fuerza geopolítica, económica y demográfica. México necesita ser parte activa de las decisiones en el ámbito multilateral, pues es ahí donde pueden balancearse las posiciones más radicales en contra de la integración. Algunos espacios en donde se podrían impulsar los intereses nacionales son: la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la instrumentación del Acuerdo de París sobre Cambio Climático, la participación en Operaciones de Mantenimiento de la Paz, el impulso a un nuevo paradigma en el combate al Problema Mundial de las Drogas, el establecimiento de una gobernanza de la migración internacional a través del Pacto Global sobre Migración, la participación activa en las decisiones del G-20.
8.     Participar en esfuerzos globales de conciencia ambiental y sustentabilidad. La protección del medio ambiente es una responsabilidad compartida entre naciones y, en esa medida, sólo puede ser atendida de manera efectiva a nivel global. México es uno de los países más afectados por el cambio climático y sus consecuencias. Por ello, debemos abanderar de manera muy destacada esta causa a nivel internacional.
9.     Promover una política exterior proactiva e incluyente. Como parte de nuestra nueva manera de hacer política, también debemos tomar iniciativas y buscar los consensos necesarios con las fuerzas políticas y los sectores sociales, así como nutrirlas del diálogo con centros académicos. Queremos ser proactivos en las causas estratégicas y construir mecanismos transparentes y participativos para la toma de decisiones de política exterior.
10.   Proyectar en el exterior la importancia del "poder suave". Debemos proyectar el papel y la posición democrática de México, nuestros valores culturales, así como la imagen de un país decidido a enfrentar sus retos y construir un gran futuro. En consonancia, tenemos que impulsar formas de diplomacia más allá de la tradicional, tales como la cultural, la científica, la académica y la parlamentaria.
11.   Profundizar relaciones bilaterales y diálogo político con actores clave. México ha expandido su relación política a todos los rincones del mundo. En esa medida, en cuanto más diversificadas sean nuestras relaciones, mejor será para todos los países involucrados. Entre las oportunidades estratégicas con países selectos se cuentan: profundizar y diversificar la relación con Argentina, Chile y Brasil; incrementar el comercio bilateral y la inversión en infraestructura, industria automotriz y tecnologías limpias con Japón; promover el intercambio comercial, la inversión y el turismo con Canadá; buscar acceso de más productos mexicanos al mercado chino; impulsar el intercambio económico tecnológico y comercial con Corea del Sur; crear vínculos fuertes con India e Indonesia, potencias regionales con peso económico creciente.
12.   Diversificar las relaciones estratégicas con todas las regiones del mundo. De esa manera podremos reducir los riesgos de las relaciones tradicionalmente importantes para nuestro país. Algunas alternativas son: diversificar el destino de las exportaciones y fuentes de inversión; más comercio, inversión y cooperación con América Latina y el Caribe; consolidar la Alianza del Pacífico e impulsarla como plataforma de integración con países en otras regiones; modernizar el Acuerdo Global con la Unión Europea; reforzar la integración comercial y el diálogo político con Asia Pacífico;
atraer inversiones de los países del Golfo Pérsico y negociar un TLC con Jordania y Turquía; aumentar los proyectos de cooperación con África; vigorizar la relación con las naciones anglo y francoparlantes del Caribe; impulsar acuerdos con Centroamérica en temas como la Estrategia de Seguridad en Centroamérica.
13.   Potenciar las actividades de cooperación internacional para el desarrollo. Debemos fortalecer nuestra Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) y buscar cumplir gradualmente el compromiso de destinar, por lo menos, 0.7% del PIB a la cooperación internacional para el desarrollo. En particular, debemos promover la cooperación Sur-Sur en temas como educación, cultura, tecnología, salud, recursos hídricos, gobernabilidad global, derechos humanos, seguridad y justicia, y la democracia de las instituciones y organizaciones internacionales.
Causa transversal 1: Desarrollo sustentable y sostenible.
El desarrollo del país no puede ser entendido al margen del cuidado al medio ambiente. En México, el medio ambiente ha tenido grandes afectaciones a consecuencia de las diversas actividades humanas que generan contaminación, así como del cambio climático, lo cual ha puesto en riesgo los recursos naturales y la biodiversidad. Hemos sufrido fenómenos meteorológicos como consecuencia del cambio climático, tales como ciclones tropicales, huracanes de mayor intensidad, aumento del nivel del mar, al igual que daños en el suelo por su desertificación.
Entre los principales factores que repercuten en el deterioro ambiental, se encuentra la generación de residuos, afectando la calidad del aire, agua y suelo, lo cual a su vez provoca severos problemas de salud y afectaciones en los ecosistemas naturales. Somos uno de los principales consumidores de agua a nivel mundial, por lo cual la gestión integral y sustentable del agua debe ser una prioridad nacional, un asunto de seguridad nacional. Adicionalmente, la generación de energía eléctrica a partir de las fuentes tradicionales como carbón, petróleo y gas es muy costosa y contaminante. Deberemos centrarnos en la producción y el uso de energías limpias.
Tan necesario y urgente es profundizar el crecimiento económico, como lograrlo con una perspectiva de sustentabilidad y largo plazo. Necesitamos adoptar una agenda medioambiental y de sustentabilidad transversal para aprovechar el potencial de desarrollo que tenemos. Debe ser un criterio que oriente todas nuestras políticas, desde la económica y la exterior, hasta la social y la educativa.
Somos un país único que se distingue internacionalmente por su patrimonio ambiental y la abundancia de recursos naturales que poseemos, reconocido y admirado como un país megadiverso. Todos tenemos el derecho de vivir en un entorno sano y que los recursos naturales que tenemos a nuestro alcance puedan ser aprovechados, en igualdad de condiciones, para promover tanto el bienestar familiar y comunitario de los mexicanos hoy como también el de las futuras generaciones.
El derecho es compartido, al igual que la responsabilidad: el cuidado del ambiente no es una política pública específica que pueda ser asignada a una sola dependencia gubernamental o si quiera al Estado mexicano o incluso a nuestro país en su conjunto. Se trata de un desafío global que tiene que ser enfrentado a nivel global. En ese sentido, planteamos las siguientes propuestas específicas en materia ambiental.
Líneas de acción
1.     Promover la adopción de políticas con enfoque de sustentabilidad y sostenibilidad en todos los sectores. Por la naturaleza transversal del reto que enfrentamos, debemos incorporar el enfoque de sustentabilidad y sostenibilidad en todos nuestros esfuerzos como gobierno.
2.     Promover la concertación entre los sectores público, social y privado. Para enfrentar el enorme reto que representa la preservación del medio ambiente, requerimos una mejor planeación y coordinación entre los diferentes sectores y órdenes de gobierno, así como el sector público y social.
3.     Promover la adaptación ante el cambio climático. Al tiempo que nos esforzamos para mitigar los efectos del cambio climático, debemos aceptar la realidad de que la humanidad ha hecho daños irreversibles al medio ambiente. En ese sentido, necesitamos desarrollar medidas de adaptación, como por ejemplo fortalecer nuestros sistemas de protección civil o invertir en infraestructura clave para proteger a la población y sus bienes de desastres naturales inevitables, priorizando las poblaciones ubicadas en zonas de riesgo.
4.     Impulsar el combate al cambio climático a nivel internacional. Si queremos abanderar la causa del cambio climático a nivel global, debemos en primer lugar cumplir los compromisos que adquirimos en el Acuerdo de París. Al mismo tiempo, debemos aprovechar las oportunidades de cooperación y asistencia técnica para impulsar medidas de adaptación y mitigación, así como la participación de México en mercados de bonos de carbono internacionales.
 
5.     Promover la producción y el uso de energías limpias, al igual que la eficiencia energética. Debemos incentivar la producción de energías limpias, así como el desarrollo y la adopción de tecnologías que aumenten la eficiencia energética por parte de instituciones públicas, empresas y particulares. Podemos aprovechar el potencial de las energías limpias como la solar, eólica e hidroeléctrica, entre otras. Por ello debemos incentivar la instalación de tecnologías que permitan el uso de radiación solar en edificios e infraestructura pública y privada, así como promover el uso de biocombustibles de segunda y tercera generación en procesos productivos y en el sector de transporte. Por otra parte, tenemos que hacer más eficiente y limpia la producción de energía en el sector hidrocarburos como por ejemplo promoviendo la recuperación de gas natural en la producción petrolera.
6.     Promover la transformación productiva de la basura en energía. En México se generan 117 mil toneladas de basura al día, de las cuales el 70% llegan a océanos, ríos, barrancas, bosques y tiraderos clandestinos. Se requiere adoptar una visión con responsabilidad ambiental en la materia, que aproveche los residuos mediante la biodigestión y la termovalorización para generar energía eléctrica y mitigar la degradación ambiental y los daños a la salud. Para ello impulsaremos la reducción progresiva de disposición final de residuos que son aprovechables.
7.     Promover el cuidado del medio ambiente desde la educación. En el marco del nuevo Modelo Educativo y a través de espacios como la autonomía curricular, debemos impulsar la educación ambiental para fomentar la conciencia de los retos que enfrentamos. La educación es fundamental para promover conductas ambientalmente responsables en nuestros alumnos.
8.     Desarrollar nuestro talento especializado y promover la investigación e innovación en temas ambientales. Debemos promover la formación de especialistas altamente calificados en materia ambiental, al mismo tiempo que fomentemos la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en el sector.
9.     Mejorar la gestión de la calidad del aire y protección de la atmósfera. Debemos fortalecer las medidas para reducir las emisiones de contaminantes priorizando los sectores que más contaminan como por ejemplo el transporte comercial y de pasajeros. Es fundamental establecer un sistema de cuencas atmosféricas que nos permitan atender la problemática de manera puntual.
10.   Mejorar la gestión de residuos sólidos. Debemos desarrollar políticas e instrumentos específicos para minimizar la generación de residuos sólidos, al mismo tiempo que fomentemos el aprovechamiento de los mismos en minimización, reutilización y reciclaje, así como para la elaboración de compostas y producción de energía cuando esto es sea posible.
11.   Mejorar la gestión integral y sustentable del agua. Debemos desarrollar e instrumentar una política hídrica nacional que promueva el manejo integral y sustentable del agua en cuencas y acuíferos con la participación conjunta de sociedad y autoridades de los diferentes órdenes de gobierno, usuarios y organismos operadores. Asimismo, tenemos que mejorar la coordinación entre sectores productivos, en particular con el sector agrícola. Al mismo tiempo tenemos que promover el consumo racional de agua. Es indispensable evitar la sobreexplotación de cuencas y acuíferos a través de la reutilización forzosa de aguas tratadas en actividades agrícolas, industriales y riego de áreas verdes, así como de incentivar el desarrollo de infraestructura para captación de agua pluvial. Todo esto nos permitirá tener un mejor y mayor abastecimiento de recursos hídricos para la población que hoy sufre de escasez. Finalmente, debemos continuar invirtiendo en la construcción y el mantenimiento de la infraestructura hidráulica del país, y desarrollar mecanismos de captación y potabilización.
12.   Combatir la deforestación y promover la reforestación. Como parte de la estrategia de mitigación y adaptación al cambio climático, es crucial que frenemos la deforestación y la degradación del suelo, protegiendo los ecosistemas naturales mediante áreas naturales protegidas y prácticas sustentables de manejo forestal y vida silvestre. Asimismo, tenemos que crear condiciones e instrumentos para ampliar la cobertura forestal.
13.   Expandir las áreas naturales protegidas en el territorio nacional. Es necesario continuar fortaleciendo el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
14.   Protección de animales. Tenemos que regular de manera adecuada la comercialización y el manejo de las especies silvestres, así como de aquellas que se poseen como mascotas o animales de compañía, prohibiendo de manera definitiva su venta en vía pública para evitar su maltrato. Por su parte, las especies domésticas deben estar resguardadas, previo a su comercialización, en lugares
que cuenten con la infraestructura necesaria y el personal capacitado para su manejo.
15.   Protección a mamíferos marinos. La celebración de espectáculos públicos o privados, incluyendo los espectáculos a domicilio, fijos o itinerantes con cualquier especie de mamíferos marinos, así como el uso de mamíferos marinos con fines económicos de manejo, adiestramiento, entrenamiento y terapia, ocasiona reiteradamente situaciones de maltrato físico y psicológico que atentan en contra de su naturaleza y no existe evidencia científica alguna de los beneficios que aporta al ser humano la convivencia con dichas especies, por lo que este tipo de eventos no tiene justificación.
16.   Corresponsabilidad en la protección y conservación de los recursos naturales. Se requiere una mayor corresponsabilidad de todos los niveles de gobierno en el financiamiento de las políticas encaminadas a la protección y conservación de los recursos naturales, por lo que será necesario asegurar que en los tres niveles de gobierno se contemplen partidas presupuestales para este fin.
Causa transversal 2: Igualdad de género sustantiva.
En los últimos años hemos dado pasos importantes en la ruta hacia la igualdad de género. Como país hemos logrado la paridad en la matrícula educativa en todos los niveles, de preescolar hasta la educación superior, y las niñas y jóvenes tienden a obtener mejores resultados que sus pares varones. En materia política, la reforma político-electoral hizo posible que hoy el 42% de los integrantes de la Cámara de Diputados y el 38% en el Senado de la República sean mujeres. Tan sólo en los últimos cuatro años, se ha reducido la brecha salarial entre el hombre y la mujer en un 40%.
No obstante, la igualdad entre mujeres y hombres sigue siendo, sin lugar a duda, uno de los pendientes más significativos que tenemos como sociedad. De manera específica, la violencia de género -una pandemia global que no reconoce fronteras- afecta a la mayoría de las mujeres mexicanas: dos de cada tres mexicanas han sufrido al menos un incidente de violencia de género a lo largo de su vida. Esta situación es inaceptable y debemos combatirla de manera urgente.
La igualdad de género no sólo es un acto de justicia, sino también una gran oportunidad de crecimiento económico y desarrollo. Empoderar a la mujer es empoderar a nuestra sociedad y darle mejores herramientas para crecer y desarrollarse. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) afirma que, si el índice de participación laboral y económica de las mujeres se igualara al de los hombres, para 2030 el PIB mundial se incrementaría en 12%.
A fin de cerrar las brechas de acceso e inclusión económica, laboral, educativa, patrimonial y de salud de las mujeres y las niñas, así como erradicar la violencia de género, debemos emprender acciones contundentes que involucren a todos los sectores de la sociedad, donde todos los ciudadanos y de manera destacada los hombres tienen un papel clave que desempeñar.
Ello implica en primer lugar incrementar la capacidad institucional para conducir una política integral de igualdad y no discriminación a nivel nacional. Ésta no se puede limitar a una dependencia o un sector, sino que, al igual que el cuidado del medio ambiente, debe incorporarse como un enfoque de género en todos nuestros esfuerzos.
Tenemos que alcanzar la equidad salarial y erradicar la brecha que aún persiste entre hombres y mujeres. Las diferencias de género se perciben no sólo en los puestos de trabajo que ocupan, sino que en ocasiones la discriminación salarial en las empresas tiene que ver con el salario que perciben. Igualmente, hay que implementar esquemas innovadores para impulsar un mayor equilibrio entre la vida familiar y la laboral, lo cual implica una participación más equitativa de hombres y mujeres en las tareas de cuidado y mantenimiento del hogar. También incluye ampliar los esfuerzos de inclusión financiera y apoyo al emprendedurismo.
Líneas de acción
1.     Combatir la violencia de género. Tenemos que impulsar procesos de tratamiento integral que vayan desde la prevención educativa hasta la sanción de los culpables y refugios para las víctimas, con el fin de reducir significativamente los índices de violencia contra las mujeres. De manera muy particular, el feminicidio es una barbarie que no puede ser tolerada bajo ninguna circunstancia.
2.     Establecer el principio de equidad salarial. Para erradicar la brecha de género en los ingresos, debemos establecer mecanismos para asegurar que los patrones paguen los mismos salarios a sus trabajadores, sin discriminación de género. A trabajo igual, salario igual.
3.     Promover el empoderamiento económico de las mujeres. Más allá de la equidad salarial,
tenemos que facilitar la incorporación de las mujeres a la vida laboral, particularmente de aquellas que son madres. Capacitar a las mujeres con el debido asesoramiento para la elaboración de proyectos productivos viables, como parte de la estrategia de apoyo a su economía en el marco de los programas que desempeña el gobierno para las jóvenes emprendedoras. Ello pasa necesariamente por el involucramiento de los hombres, pero también implica medidas que permitan conciliar la vida laboral y familiar como programas de apoyo a la lactancia sin discriminación.
4.     Incrementar los espacios en guarderías. De la misma manera, es fundamental aumentar la oferta en guarderías y estancias infantiles con preescolar que, además de educar y promover el desarrollo de los niños, garanticen el cuidado infantil y permiten una mayor flexibilidad a las familias.
5.     Educar para la igualdad. Debemos implementar plenamente el nuevo Modelo Educativo para promover la educación para la igualdad y que desde temprana edad, niños y niñas aprendan a tratarse como iguales y combatir la discriminación.
6.     Promover la salud para la mujer. Tenemos que reforzar campañas y programas de salud, así como esfuerzos de prevención para disminuir los embarazos de adolescentes y los indicadores de mortalidad materno-infantil. Asimismo, hay que fortalecer las campañas para la detección oportuna y el tratamiento del cáncer de mama y cervicouterino.
Causa transversal 3: Apuesta por la juventud.
México es un país de jóvenes. Los jóvenes son el corazón y el impulso innovador de nuestro país por lo que deberemos incentivar su participación a través del respeto a su diversidad, la formación de su propio liderazgo y desarrollo de capacidades. El país debe aprovechar el bono demográfico que significa contar con 38 millones de mexicanos de 12 a 29 años. En particular, tenemos que estimular a la juventud para que se involucre más activamente en la vida política del país, impulsando su empoderamiento y abriendo espacios para su participación en la toma de decisiones sobre las políticas de gobierno y el desarrollo de sus comunidades.
Debemos asegurarnos de que los jóvenes tengan las oportunidades que necesitan a partir de una comprensión de sus necesidades y su momento de vida. No se trata de encasillar a los jóvenes mediante la provisión de opciones restrictivas, sino de generar nuevas alternativas para aprovechar su energía y detonar su crecimiento personal. Por eso, las políticas enfocadas a los jóvenes son una causa transversal de esta Plataforma Electoral y Programa de Gobierno.
Sólo recuperando la confianza y credibilidad de los jóvenes podrá restablecerse la confianza entre gobierno y ciudadanía. Por eso, promoveremos la participación individual y organizada de la juventud para canalizar las demandas y expectativas que contribuyan con su desarrollo. En este sentido, promoveremos oportunidades para que los jóvenes participen en los tres órdenes de gobierno y se harán valer los mecanismos para postular el mayor número de jóvenes a cargos de elección popular.
Líneas de acción
1.     Educación de calidad y pertinente con equidad e inclusión. La educación es la herramienta más poderosa para que un joven pueda forjar su propio destino. Por ello, es clave avanzar en la transformación que plantea el nuevo Modelo Educativo para elevar la calidad y la pertinencia de la educación obligatoria. De manera más específica, debemos dar un mayor impulso a esquemas que vinculan la educación con el sector productivo a partir de la vocación productiva de cada región, como lo son el Modelo Mexicano de Formación Dual en el bachillerato o la Formación en Alternancia en la educación superior. De manera más general, debemos ampliar las oportunidades laborales de los jóvenes mientras estudien.
2.     Fortalecer la orientación vocacional y difundir programas de becas. En el nivel superior, debemos promover el uso de las tecnologías de la información para identificar la oferta y demanda de competencias en los principales sectores del país, promoviendo la especialización y participación de los jóvenes en los sectores más dinámicos de la economía. Por otra parte, es importante informar a los jóvenes de los programas de becas que existen tanto para estudiar en México como en el extranjero.
3.     Combatir la deserción y mejorar el ambiente escolar. Además de la pertinencia de su formación,
la segunda gran estrategia para fomentar la permanencia de los jóvenes en el sistema educativo son las becas. Por ello, debemos ampliar la oferta de becas para que ningún joven abandone sus estudios por falta de recursos. Al mismo tiempo, tenemos que hacer partícipes a los jóvenes en el diseño de propuestas para una mejor convivencia en los ambientes escolares, de manera que éstos no se conviertan en espacios de represión, sino de libertad para la adquisición y el goce del conocimiento.
4.     Estimular la creatividad artística de los jóvenes. Debemos ampliar los espacios para su formación artística e impulsar políticas de estímulos a quienes muestren mayores aptitudes y talento. Por otra parte, podemos involucrar a colectivos juveniles junto con los gobiernos estatales y municipales en proyectos de rehabilitación, remodelación y equipamiento de espacios culturales específicos para jóvenes.
5.     Facilitar el empleo y promover el emprendedurismo de los jóvenes. Debemos fomentar el impulso al empleo digno para los jóvenes con esquemas como el servicio social remunerado, tomando en cuenta en todo momento la diversidad regional y étnica de los jóvenes. Al mismo tiempo, es necesario promover el espíritu emprendedor de los jóvenes mediante apoyos y asesoría técnica, la disponibilidad de créditos blandos e insumos productivos para impulsar su potencial productivo, innovador y creativo.
6.     Fomentar el ahorro. De manera complementaria, es importante fomentar el ahorro y la responsabilidad financiera en las nuevas generaciones a fin de facilitar la construcción de su patrimonio y que tengan certeza económica en el momento del retiro laboral.
7.     Promover la salud y la activación física de los jóvenes. Un aspecto clave de la política de jóvenes debe ser el acceso a servicios de salud y programas de seguridad social flexibles y adecuados a las nuevas realidades del mercado laboral y contextos específicos que enfrentan los jóvenes en situación de calle, con problemas de farmacodependencia, trastornos psicológicos o de nutrición, de ITS y VIH-SIDA. Asimismo, debemos impulsar campañas de prevención de enfermedades de transmisión sexual y embarazos adolescentes, así como sobre los efectos nocivos del consumo de alcohol tabaco y drogas.
8.     Asegurar el acceso a la justicia. Tenemos que impulsar la creación de órganos especializados en el sistema de procuración e impartición para ofrecer orientación y asesoría jurídica a los jóvenes, así como simplificar los procedimientos para denunciar el atropello de los derechos juveniles e incrementar el número de centros donde éste se realiza. Asimismo, hay que incorporar criterios de interpretación que consideren la madurez psicosocial y otras características derivadas de la condición juvenil de presuntos infractores y de quienes se encuentren responsables de alguna infracción, con el objeto de garantizar la pertinencia de los procedimientos que les son aplicables. Por otra parte, se debe separar a los primodelincuentes de los reclusos que por su pasado criminal ejercerían una influencia nociva sobre ellos y replantear las penas que se aplican a los jóvenes sentenciados para dirigirlas a la reparación del daño, la readaptación social y el trabajo en beneficio de la comunidad. Debemos restablecer el tejido social involucrando a los jóvenes en su propio desarrollo.
Siguientes pasos: Mecanismos de participación.
La nueva etapa de transformación del país tendrá que articularse no por el designio de una sola persona, con arbitrariedad, ni desandando el camino. Por el contrario, será garantizando el imperio de la ley, perfeccionando la democracia y abriendo canales de diálogo y cooperación entre la sociedad y el gobierno.
En ese sentido, la Plataforma Electoral y Programa de Gobierno que aquí se presenta no pretende ser exhaustiva; es apenas el punto de partida. Es indispensable que, además de las propuestas mencionadas anteriormente, recojamos las expresiones y demandas de la sociedad para construir un proyecto de gobierno representativo. En el desarrollo de México todas las opiniones cuentan y tienen que ser escuchadas.
En este contexto, los sectores, las organizaciones, las diversas estructuras, liderazgos, movimientos y organizaciones adherentes de los institutos políticos que integramos esta Coalición también permiten generar un vínculo de participación importante para enriquecer con su experiencia y representatividad la Plataforma Electoral y Programa de Gobierno, y reflejar en ellos las diversas demandas sociales y regionales del país. Aprovecharemos la experiencia y la vitalidad de nuestros dirigentes, cuadros, representantes populares y precandidatos a distintos cargos de elección popular, para construir las mejores estrategias de diálogo plural y acercamiento con la ciudadanía.
Construiremos respuestas a las demandas de quienes viven del campo, de quienes laboran en nuestras industrias y de los que desarrollan su actividad en el mundo del comercio y de los servicios. Recogeremos las inquietudes específicas de todas las regiones y comunidades del país. Acudiremos al mayor número posible de espacios de reflexión para fortalecer la profundidad y visión de futuro de nuestra Plataforma Electoral y Programa de Gobierno.
La participación ciudadana se robustecerá con la voz de los grupos específicos de la sociedad reflejada en las organizaciones de nuestros partidos, es decir de mujeres, jóvenes, comunidades indígenas, migrantes, personas con discapacidad y adultos mayores, así como quienes se desarrollan en las Fuerzas Armadas, en el sector empresarial, académicos e investigadores, en la cultura, el deporte y el arte. Con todos ellos nos comprometemos a defender sus derechos y buscar su participación permanente en la vida nacional.
La Plataforma Electoral y Programa de Gobierno que presentamos será puesta a consideración de la sociedad por medio de encuentros temáticos, sectorizados o focalizados en las regiones del país, lo que nos permitirá fortalecerla y hacerla parte de la sociedad.
En este sentido, el desarrollo de redes digitales, efectivas y propositivas será fundamental para conocer, analizar y discutir las propuestas, en un ánimo positivo y creativo. Mostraremos en todo momento el sentido del gobierno bajo una colaboración abierta y ágil que nos acerque a los mexicanos dentro y fuera del país, para que nadie quede fuera de la construcción de nuestro proyecto de gobierno definitivo para la transformación de México.
Epílogo: Reflexiones finales.
La Plataforma Electoral y Programa de Gobierno será enriquecida por las y los militantes y simpatizantes de nuestros tres partidos durante el proceso de precampaña. A lo largo de las próximas semanas recorreremos el país para escuchar y, a través del diálogo, juntos construir un programa que garantice a los mexicanos un futuro de bienestar.
Ésta será una campaña de propuestas, para encabezar un gobierno centrado en el compromiso de cerrar la distancia entre nuestra realidad y nuestras aspiraciones. Con seguridad y justicia sin impunidad, con crecimiento que se traduzca en la mejora del ingreso familiar. Con un gobierno que ejerza sus recursos con absoluta legalidad, transparencia y compromiso con la ciudadanía a la que sirve. Con mujeres que tengan un verdadero piso parejo en oportunidades y la protección de sus derechos. Con una niñez que no conozca la pobreza y tenga pleno acceso a educación, salud y cultura.
Éste es el momento de las certezas. El país no puede dar un salto al vacío. México es un país con un gran pasado, un presente vigoroso y está en posibilidad de consolidar un futuro promisorio. Si seguimos en el rumbo de la transformación, México será una gran potencia. Si continuamos por la ruta del cambio, el siglo XXI será el siglo de México.
8 de enero de 2018
VOTO PARTICULAR DEL CONSEJERO ELECTORAL MARCO ANTONIO BAÑOS SOBRE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN PARA POSTULAR CANDIDATURA A PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; PARCIAL PARA POSTULAR TREINTA Y DOS FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A SENADORES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA Y FLEXIBLE PARA POSTULAR CIENTO TREINTA Y TRES FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, PRESENTADO POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y EL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL DENOMINADO NUEVA ALIANZA, PARA CONTENDER BAJO ESA MODALIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017-2018.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, párrafo segundo, Base V, párrafos segundo y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36, 40, 41, 43, numeral 1, y 44, numeral 1 inciso a) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 13, numeral 1 inciso a) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; y 26, numeral 6 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, formulo el presente voto particular respecto a la resolución con clave INE/CG/2018, discutida como punto único del orden del día de la segunda Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral celebrada el 5 de enero de 2019.
El pasado 14 de diciembre los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, presentaron ante este instituto su intención de competir en coalición para los comicios federales 2018 y entregaron el convenio respectivo.
Los tres institutos políticos tendrán el mismo candidato presidencial, postularán a su vez de forma conjunta 32 fórmulas de Mayoría Relativa para el Senado y 133 fórmulas para diputaciones por ese mismo principio. Es decir, actualizan el supuesto de coalición parcial y flexible que se establece en el artículo 88 de la Ley General de Partidos (parcial a Senado por tener al menos 50 por ciento de cargos conjuntos y flexibles a diputados con al menos 25 por ciento).
La resolución adoptada por la mayoría de consejeras y consejeros electorales ESTE 5 de enero de 2018, concluye que el registro de la coalición es procedente, que se cumplieron los requisitos de ley y el instructivo correspondiente, salvo en su cláusula TERCERA, la cual le asigna la denominación: "MEADE, Ciudadano por México" a la coalición, y en ese aspecto específico, la resolución argumenta que no es procedente el convenio, que debe modificarse en 10 días a partir de la aprobación.
En su considerando 37, se exponen argumentos que no puedo acompañar como lo externé durante la deliberación de la sesión, toda vez que dichos argumentos justifican rechazar el nombre o denominación propuesta para la Coalición por razones que se van desarrollando a partir de la página 33 y que en mi opinión no reflejan una adecuada motivación y motivación. En síntesis esos argumentos son que el nombre propuesto para la Coalición vulnera la equidad, que se puede confundir al electorado, que hay sobre exposición de una persona asociada a toda la Coalición y en ese sentido mi voto en contra fue por lo siguiente:
1.     En las páginas 47 y 48 del proyecto aprobado se señaló: "a juicio de esta autoridad administrativa electoral, el autorizar que se utilice tal denominación afectaría tanto los principios de equidad en la contienda electoral, como el de certeza [...] En ese contexto, el cumplimiento del deber de identificar la denominación de la coalición trae como consecuencia que permanentemente se difunda el apellido del candidato presidencial propuesto por la coalición, generando con ello una exposición permanente, más allá de lo jurídicamente permitido".
       Dichos argumentos son parcialmente correctos, porque es cierto que identificar a una coalición con nombre de un solo candidato implicaría sobre exponer a ese candidato en todas las alusiones a la coalición, incluso cuando se aluda a otras candidaturas postuladas por la misma, sin embargo, esa hipótesis requiere que la denominación "Meade Ciudadano por México" se incluya en todos los mensajes de los partidos Coaligados y eso no necesariamente tiene que ser así.
       Con o sin esa misma denominación, en el caso de promocionales de radio y televisión la identificación expresa (en pantalla o audio) de coaliciones no siempre ha sido por nombre y no hay una regla que expresamente pida a partidos aludir textualmente a la denominación para identificar promocionales de coalición. Por ejemplo, los spots genéricos de precampaña 2012 que los partidos registraron (identificaron en el sistema de pautas) como correspondientes a la entonces Coalición total "Movimiento Progresista", no enunciaban ese nombre en su contenido, solo el emblema del partido o partidos correspondientes. En otras palabras, si consideramos que la identificación de promocionales de coalición deben utilizar la denominación forzosamente, pues evidentemente sí se actualizaría el argumento de que el nombre asociado solo a un candidato afectaría la equidad del resto, pero es posible que la identificación se haga con emblemas de partidos aunque la denominación tenga un nombre distinto y eso desvirtúa la conclusión de la resolución.
2.     El argumento más sólido del proyecto es aludir en los antecedentes al caso MALOVA, criterio del tribunal en donde se considera que puede generar confusión en el electorado denominar con el nombre o apellido de un candidato la denominación de una coalición que postulará de forma conjunta, en este caso, 166 candidaturas y no uno solo una (1 a presidente, 133 a diputaciones de Mayoría Relativa y 32 a senadurías por ese mismo principio). El proyecto no centra su argumentación en este que es el criterio más atendible, ni expone a detalle cómo se afectaría, con qué condiciones, la equidad.
       La denominación de la coalición no implica utilización en todos los spots de dicha denominación, y por lo tanto no implicaría sobre exposición en automático un nombre general, lo que podría generar inequidad es utilizar ese nombre expresamente en toda la propaganda, la del candidato que así se llama y la de otros distintos de la misma coalición.
3.     El proyecto señala que usar el apellido de un candidato repercute en la fiscalización. Eso es cierto, si se promociona a la coalición con esa denominación, inevitablemente se promocionará al candidato y
eso impactaría en topes de gasto, pero en todo caso, sería responsabilidad de los partidos asumir que cada vez que identifique a la coalición por esa denominación de manera expresa, estarán contabilizando apoyo a uno de sus candidatos.
4.     En la página 49 el proyecto que fue votado favorablemente por la mayoría del Consejo, alude al criterio de la Sala Superior en la resolución del SUP-REP-45/2017, en donde "señaló entre otros criterios, que en la etapa de intercampañas los promocionales no deben hacer mención ni identificar a un candidato o partido político a fin de posicionarlo de forma negativa o positiva". Tiene razón la reflexión del Tribunal, y en todo caso es adecuado alertar sobre el hecho de que en intercampaña la coalición no podría identificarse con un nombre que aluda a un candidato, pero acorde al artículo 37, numeral 1 del Reglamento de Radio y Televisión, las intercampañas tienen solo spots genéricos, informativos y los partidos, al ir en coaliciones parciales y flexibles tienen esos tiempos por separado.
       En la cláusula "DÉCIMO CUARTA" del convenio los partidos establecen que "los mensajes de radio y televisión que correspondan a candidatos conjuntos de la coalición deberán identificar esa calidad". Como puede apreciarse, los spots de intercampaña no son de ninguna manera spots de "candidatos de la coalición", y eso implica que no tendrían que identificarse con la denominación porque en esa etapa sencillamente no está permitido aludir a candidatos conjuntos o separados.
5.     Negar el nombre de la coalición sería congruente con el caso MALOVA (SUP-JRC-126/2010 y acumulados), incluso con el antecedente del año 2000 en donde el Tribunal consideró que no era correcto personalizar con la imagen de Vicente Fox una Coalición (SUP-RAP-038/1999), pero el proyecto no centra su argumentación en la vinculación con esos criterios, en los cuáles un análisis a profundidad debería tomar en cuenta que en el caso que nos ocupa, los partidos van separados en la boleta desde las reforma electoral de 2007 y ya no con un logotipo o denominación de coalición conjunto para identificarse. Lo mismo sucede con los promocionales de radio y televisión, en donde las coaliciones no colocan en sus mensajes, necesariamente, el nombre específico o denominación de una coalición, por lo que no es posible asumir que en todos los spots, de todos los partidos coaligados, se va a aludir a la denominación "Meade Ciudadano por México".
       A respecto es adecuado alertar sobre las consecuencias de adoptar una denominación de coalición con nombre de candidato, porque tendría sin duda efectos diversos (en fiscalización, en restricciones para difundir propaganda aludiendo a ese nombre, etcétera) pero no es suficiente especular que esa denominación va a exponerse en todas las actividades proselitistas de todos los partidos coaligados (sobre exponiendo el nombre de un candidato) para prohibir la denominación misma, ya que en todo caso, con o sin ese nombre.
       Lo correcto en mi opinión, es exponer cuáles son las consecuencias en fiscalización y difusión en radio y televisión de una denominación que trae incluido el apellido de un candidato, sin asumir que dicha denominación en automático implica inequidad, falta de certeza o sobre exposición.
El Consejero Electoral, Marco Antonio Baños Martínez.- Rúbrica.
 
1     En la normativa citada se establece lo siguiente: El Congreso de la Unión deberá expedir las normas previstas en el inciso a) de la fracción XXI, y en la fracción XXIX-U del artículo 73 de esta Constitución, a más tardar el 30 de abril de 2014. Dichas normas establecerán, al menos, lo siguiente: [...] I. La ley general que regule los partidos políticos nacionales y locales: [...] f) El sistema de participación electoral de los partidos políticos a través de la figura de coaliciones, conforme a lo siguiente: 1. Se establecerá un sistema uniforme de coaliciones para los procesos electorales federales y locales [...]
2     Del artículo 1, párrafo 1, inciso f), se deduce que la Ley General de Partidos Políticos tiene por objeto regular, entre otras, [l]as formas de participación electoral a través de la figura de coaliciones.
3     Los artículos referidos establecen lo siguiente:
Artículo 88.
[...]
2. Se entiende como coalición total, aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o local, a la totalidad de sus candidatos a puestos de elección popular bajo una misma plataforma electoral.
 
[...]
5. Coalición parcial es aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o local, al menos al cincuenta por ciento de sus candidatos a puestos de elección popular bajo una misma plataforma electoral.
6. Se entiende como coalición flexible, aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso electoral federal o local, al menos a un veinticinco por ciento de candidatos a puestos de
elección popular bajo una misma plataforma electoral.
4     De rubro COALICIONES. ALCANCE DEL PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD. Disponible en: Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 9, Número 18, 2016, páginas 63 y 64.
5     Entre otras resoluciones en los que se han emitido tales consideraciones destacan el juicio de revisión constitucional electoral SUP-JRC-55/2017 y sus acumulados, así como el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-234/2017.
6     En términos similares la Sala Superior ha definido el aludido principio al dictar sentencia en los juicios registrados con las claves de expediente: SUP-JDC-1014/2017 Y SUP-JRC-398/2017, acumulados, SUP-JDC-813/2016 y SUP-JDC-706/2016.
7     Tales disposiciones son al tenor literal siguiente:
LEGIPE
Artículo 209.
[...]
3. Para efectos de esta Ley se entenderá por artículos promocionales utilitarios aquellos que contengan imágenes, signos, emblemas y expresiones que tengan por objeto difundir la imagen y propuestas del partido político, coalición o candidato que lo distribuye.
[...]
Artículo 246.
1. La propaganda impresa que los candidatos utilicen durante la campaña electoral deberá contener, en todo caso, una identificación precisa del partido político o coalición que ha registrado al candidato.
LGPP/
Artículo 91.
[...]
4. En todo caso, los mensajes en radio y televisión que correspondan a candidatos de coalición deberán identificar esa calidad y el partido responsable del mensaje.
[...]