ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se crea el Comité Técnico de Seguimiento para el acompañamiento en el diseño e implementación del Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG846/2016.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ TÉCNICO DE SEGUIMIENTO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO EN EL DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE MONITOREO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE CULTURA CÍVICA 2017-2023
ANTECEDENTES
1. El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.
2. El 23 de mayo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, misma que abrogó al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
3. Por Acuerdo INE/CG73/2016 del 17 de febrero de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó dar continuidad a la línea estratégica 3 de la Estrategia Nacional de Educación Cívica para el desarrollo de la Cultura Política Democrática en México 2011-2015, específicamente al Programa nacional de formación cívica para la participación y la convivencia política democrática, con sus respectivos proyectos. Asimismo, se estableció el mes de agosto para la presentación ante el Consejo General de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023.
4.- Por Acuerdo CG420/2016 del 25 de mayo de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó la creación del "Comité de Expertos en Materia de Educación Cívica para la Conceptualización, Diseño y Socialización de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023".
Asimismo, se dejaron sin efectos las fechas consideradas en el Acuerdo CG73/2016 y se estableció como fechas definitivas para la presentación de la propuesta final de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica y la segunda semana de octubre de 2016 al Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
5. Por Acuerdo INE/CG732/2016 del 14 de octubre de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, que contempla la integración de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de sus resultados.
6.- Asimismo, través del punto Octavo del citado Acuerdo INE/CG732/2016, se estableció que en el mes de diciembre de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral integraría y definiría las funciones de un Comité Técnico de Seguimiento para el acompañamiento del diseño e implementación del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica.
CONSIDERANDOS
1.- Que de conformidad con lo que establecen los artículos 39, 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo; es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal; el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores; la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los Organismos Públicos Locales electorales.
2.- Que el artículo 41, segundo párrafo, Base V, Apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, 30, párrafo 2; y 31, párrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, disponen que el Instituto Nacional Electoral es un Organismo Público Autónomo, autoridad en la materia electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.
3.- Que el artículo 30 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece entre los fines del Instituto Nacional Electoral: contribuir al desarrollo de la vida democrática; preservar el fortalecimiento del régimen de Partidos Políticos; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática.
4.- Que el artículo 31, párrafo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que el Instituto Nacional Electoral se regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las contenidas en dicho ordenamiento legal.
5.- Que de la lectura sistemática y funcional del marco jurídico constitucional y legal, se desprende que el Instituto Nacional Electoral tiene un papel relevante de colaboración en la materia de educación cívica con los Organismos Públicos Locales electorales, derivado del mandato normativo sobre las acciones de impulso y la promoción de la cultura político-democrática y construcción de ciudadanía.
6.- Que el artículo 34, párrafo 1, incisos a) al d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que el Consejo General; la Presidencia del Consejo General; la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva constituyen los órganos centrales del Instituto Nacional Electoral.
7.- Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 35, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General, en su calidad de órgano superior de dirección del Instituto Nacional Electoral, es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto Nacional electoral.
8.- Que en términos de lo dispuesto por el artículo 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del Instituto, podrá crear comités técnicos especiales para actividades o programas específicos, en que requiera del auxilio o asesoría técnico-científica de especialistas en las materias en que así lo estime conveniente.
9.- Que tal y como lo establece el artículo 44, párrafo 1, inciso b) y jj) de la Ley General, son atribuciones del Consejo General vigilar la oportuna integración y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer, por conducto de su Presidente, del Secretario Ejecutivo o de sus Comisiones, las actividades de los mismos; solicitar los informes específicos que estime necesarios; y dictar los acuerdos para hacer efectivas las atribuciones que le señala el propio ordenamiento.
10.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 48, párrafo 1, inciso f) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, es atribución de la Junta General Ejecutiva, entre otras, supervisar el cumplimiento de los programas de capacitación electoral y educación cívica del Instituto.
11.- Que de acuerdo con el artículo 58, párrafo 1, incisos a), b), c), d), e), f), g), h) y j) de la citada Ley, son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica: elaborar, proponer y coordinar los programas de educación cívica que desarrollen las Juntas Locales y Distritales ejecutivas; promover la suscripción de convenios en materia de educación cívica con los Organismos Públicos Locales electorales sugiriendo la articulación de políticas nacionales orientadas a la promoción de la cultura político-democrática y la construcción de ciudadanía; vigilar el cumplimiento de los programas y políticas a los que se refieren los dos incisos anteriores; diseñar y proponer estrategias para promover el voto entre la ciudadanía; diseñar y promover estrategias para la integración de mesas directivas de casilla y la capacitación electoral; preparar el material didáctico y los instructivos electorales; orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales; llevar a cabo las acciones necesarias para exhortar a los ciudadanos que se inscriban y actualicen su registro en el Registro Federal de Electores y para que acudan a votar; así como diseñar y proponer campañas de educación cívica en coordinación con la Fiscalía Especializada para la prevención de delitos electorales.
12.- Que la Estrategia Nacional de Cultura Cívica, aprobada por Acuerdo CG732/2016, contempla un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, conformado por cuatro elementos: (i).- Un mecanismo de seguimiento y gobernanza, que busca estimular el acompañamiento y participación de los Organismos Públicos Locales electorales, partidos políticos, las y los ciudadanos a través de organizaciones de la sociedad civil, universidades y centros de estudios, y el propio Instituto Nacional Electoral, en las etapas de implementación y evaluación de la Estrategia; (ii).- Un sistema de información de datos cuantitativos y cualitativos acerca del comportamiento de las acciones realizadas en los distintos proyectos de la Estrategia para poder valorar su influencia en la cultura cívica y, en su caso, confirmar o corregir las líneas de acción; (iii).- Un mecanismo de operación que permita dar seguimiento a las acciones cotidianas de la Estrategia, y (iv).- Un Comité Técnico de Seguimiento que sistematizará la información de los tres mecanismos citados y generará reportes para el monitoreo, seguimiento y la evaluación.
13.- Asimismo, en su operación se promoverá la participación, en tareas de seguimiento, de ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil interesados en el fortalecimiento de la cultura democrática en México. Para ello, en el propio punto Octavo del Acuerdo CG732/2016, se estableció que en el mes de diciembre se integraría y definiría las funciones de un Comité Técnico de Seguimiento para el diseño e implementación de dicho sistema.
14. Que en virtud del desafío técnico que se tiene para articular un sistema que permita monitorear la Estrategia Nacional de Cultura Cívica, que ofrezca información relevante acerca de los avances y/o dificultades en relación con las diferentes expresiones de la cultura cívica de los mexicanos y que permita un seguimiento integral de los elementos referidos en el considerando 12, resulta pertinente proponer la creación de un Comité Técnico de Seguimiento para que acompañe su diseño e implementación.
16.- El comité estará integrado por personalidades de reconocido prestigio académico, con solvencia moral y especialización científica en temas y enfoques relacionados con gestión y evaluación de políticas públicas y con el desarrollo e impulso de la cultura cívica y la formación de ciudadanos.
17.- Que habiendo evaluado diversas propuestas de candidatos para integrar el Comité Técnico de Seguimiento, se considera pertinente proponer al Consejo General la designación de los siguientes especialistas externos:
a) Dr. Roberto Javier Gutiérrez López;
b) Dr. Mauricio Merino Huerta;
c) Dra. Lourdes Morales Canales;
d) Dra. María Fernanda Somuano Ventura; y
e) Mtro. Eduardo Villarreal Cantú.
Roberto Javier Gutiérrez López es Doctor en Estudios Sociales por la Universidad Autónoma Metropolitana, unidad Iztapalapa. Tiene también estudios de Maestría en Psicoanálisis en el Centro de Investigación y Estudios Psicoanalíticos y de licenciatura en Sociología por la Universidad Autónoma Metropolitana, unidad Azcapotzalco. Es autor de los libros Información y Democracia. Los medios de comunicación social y su influencia sobre la política, el caso de México, coeditado por la UAM Azcapotzalco y Ediciones Pomares, Barcelona; Identidades Políticas y Democracia en la colección Ensayos del Instituto Federal Electoral, México; Participación Civil y política en el Distrito Federal. Una perspectiva cultural para su análisis e interpretación, en coautoría con Rosalía Winocur, editado por el IEDF; Cultura Política y Discriminación, editado por el CONAPRED, México. Autor de más de 50 artículos de investigación en revistas especializadas y libros colectivos sobre las temáticas de Cultura Política, Medios de Comunicación y Sistema Político Ha sido Jefe del Departamento de Sociología de la UAM Azcapotzalco; Director de la División de Ciencias Sociales y Humanidades de la misma institución; Director de la Revista Sociológica. El Dr. Gutiérrez López también es miembro del Sistema Nacional de Investigadores; miembro de la Asamblea Consultiva del CONAPRED y Director de Educación Cívica y Cultura Política en el Instituto Federal Electoral. Ha obtenido diversos reconocimientos institucionales y académicos a lo largo de su trayectoria y actualmente se desempeña como profesor titular del Departamento de Sociología de la UAM Azcapotzalco. En 2016 fungió como integrante del Comité de Expertos en materia de Educación Cívica para la conceptualización, diseño y socialización de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, por Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Mauricio Merino Huerta es Doctor en Ciencia Política y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid, España. Es Profesor Investigador del 8 Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) desde 2003, donde además ha dirigido la División de Administración Pública. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel III. Fue miembro del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) entre 1986 y 2003. Entre otros libros publicados por Dr. Merino, pueden ser citados: La desigualdad de trato en el diseño del gasto público federal mexicano" (coord.), CIDECONAPRED, México 2014; Políticas Públicas. Ensayo sobre la intervención del Estado en la solución de problemas públicos. Colección Gobierno y Políticas Públicas, CIDE México 2013; El futuro que no tuvimos. Crónica del desencanto democrático, Ed. Planeta, México 2012; La transición votada. Crítica a la interpretación del cambio político en México, Fondo de Cultura Económica, 2003; y La participación ciudadana en la democracia, Cuadernos de Divulgación de la Cultura Política, Instituto
Federal Electoral, 2ª Edición, México, 1995. Se ha desempeñado como Coordinador de la Red por la Rendición de Cuentas. En 2016 fungió como integrante del Comité de Expertos en materia de Educación Cívica para la conceptualización, diseño y socialización de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, por Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Lourdes Morales Canales es Doctora en Ciencia Política por la Universidad de La Sorbonne París III. Obtuvo su maestría en Comunicación Política en la Universidad de Paris I y la Licenciatura en Comunicación en la Universidad Iberoamericana. Fue Directora de Alianza Cívica, de Mexicobserva y participó en el Foro Ciudadano de Oaxaca. Es profesora asociada del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) donde actualmente dirige la Red por la Rendición de Cuentas. Cuenta con más de 10 años de experiencia docente en instituciones de educación superior pública y privada. Ha coordinado investigaciones sobre participación ciudadana, Procesos Electorales en regiones indígenas con enfoque de género, transparencia y rendición de cuentas. Es coautora y autora de artículos y libros vinculados a esos temas. En 2016 fungió como integrante del Comité de Expertos en materia de Educación Cívica para la conceptualización, diseño y socialización de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, por Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
María Fernanda Somuano Ventura es Maestra y Doctora en Ciencia Política por la Universidad de Iowa. Es Profesora-investigadora en El Colegio de México desde enero del 2001 a la fecha, donde, además, ha sido Coordinadora Académica del Centro de Estudios Internacionales de mayo del 2003 a agosto de 2005 y actualmente es coordinadora de la Maestría en Ciencia Política. También ha sido Profesora visitante en el 9 Instituto Universitario Ortega y Gasset, Madrid, España. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores desde 2003, Nivel II. Es autora de los siguientes libros: Confianza y cambio político en México, México, D.F., El Colegio de México, (en prensa; con Reynaldo Ortega); Democracy in Mexico. Attitudes and perceptions of citizens at national and local level, (con Salvador Martí I Puig, Reynaldo Ortega y Claire Wright [eds.]), Institute of Latin American Studies, University of London, 2014; La democracia en México. Un análisis a 10 años de la alternancia, (con Salvador Martí i Puig y Reynaldo Ortega Ortiz [eds.]), Barcelona, Edicions Bellaterra, 2011; Sociedad civil organizada y democracia en México, México, D.F. El Colegio de México, 2011; The Role of NGOs in the Process of Democratization. The Case of Mexico. Saarbrücken, Lambert Academic Publishing, 2010. La Dra. Somuano fue la investigadora que coordinó los trabajos de investigación que culminaron en el Informe país sobre la calidad de la ciudadanía en México, publicado por Instituto Nacional Electoral y El Colegio de México en 2014. En 2016 fungió como integrante del Comité de Expertos en materia de Educación Cívica para la conceptualización, diseño y socialización de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, por Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Eduardo Villarreal Cantú es candidato a Doctor en Políticas Públicas por el Institut de Govern i Polítiques Públiques (IGOP, Barcelona) y el Institut d´Etudes Politiques (Sciences Po, París); ha realizado estudios de posgrado en la Universidad de Bergen, Noruega, sobre "Sociología Organizacional" y "Gobernanza", así como de "Sociología Política" en la Universidad de Queen´s, Canadá. Además es Maestro en Administración y Políticas Públicas por el CIDE y Maestro en Gestión Pública por la UANL. Fue profesor e investigador de FLACSO México de 2006 a 2012 y coordinó la Maestría de Políticas Públicas Comparadas en FLACSO. También ha sido profesor de asignatura en los posgrados de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM y la Universidad Iberoamericana, así como profesor invitado en el COLMEX. Obtuvo el Premio Nacional de Tesis sobre Corrupción, otorgado por el Instituto de Investigaciones Sociales-UNAM. Actualmente dirige el Doctorado en Políticas Públicas del CIDE y es asesor de análisis político de la Embajada del Japón en México y la Cámara de Diputados.
18.- Que la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación mantendrá la responsabilidad en la conducción del proceso de diseño e implementación del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023.
En virtud de lo señalado y con fundamento en lo previsto en los artículos 35 párrafos I, II y III y 41 Base V, Apartados A y C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 6; 7 párrafos 1 y 2; 30; 32 párrafo 1, inciso a), fracción V, y párrafo 2, inciso i); 35; 42 párrafo 10; 44 párrafo 1, a); 58 párrafo 1, incisos a), b), c), d), e), f), g), h) y j); 61 párrafo 1; 62 párrafo 1; 63 párrafo 1, incisos a) y b); 64 párrafo 1, inciso h); 72 párrafo 1, 73 párrafo 1, inciso a); 74 párrafo 1, inciso g); 82 párrafo 3 y 104 párrafo 1, incisos a), d), e), f) y m); de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General determina el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba la creación del Comité Técnico de Seguimiento para el acompañamiento en el diseño e implementación del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, así como para cumplir las funciones que en el Punto Tercero de este Acuerdo se precisan.
SEGUNDO.- El Comité Técnico de Seguimiento a que se refiere el punto anterior estará integrado por las y los siguientes especialistas:
a) Dr. Roberto Javier Gutiérrez López,
b) Dr. Mauricio Merino Huerta,
c) Dra. Lourdes Morales Canales,
d) Dra. María Fernanda Somuano Ventura; y,
e) Mtro. Eduardo Villarreal Cantú.
TERCERO.- El Comité Técnico, además de lo establecido en este acuerdo y en la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, tendrá las siguientes funciones:
1. Reunirse periódicamente para apoyar en los trabajos de acompañamiento en la implementación de Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, en particular del diseño y operación del Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación; la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, por su parte, en calidad de Secretaría Técnica le brindará el auxilio que estime pertinente y para documentar las actividades que realice.
2. Asesorar en los procesos de diseño, implementación y evaluación de los tres mecanismos del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación que prevé dicha Estrategia.
3. Proponer criterios de evaluación y la construcción y puesta en marcha de los instrumentos de evaluación e indicadores que sean necesarios para una mejor medición de las acciones y proyectos de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica, así como aquellas medidas para el mejor funcionamiento de los mecanismos de información y operación del citado sistema, pudiendo, además, emitir opiniones técnicas que le sean requeridas sobre proyectos que el Instituto Nacional Electoral o en forma colaborativa se realicen, las cuales serán puestas a consideración de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
4. Formular y presentar recomendaciones para la difusión, comunicación y socialización de los proyectos de la Estrategia, las cuales serán puestas a consideración de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
5. Sistematizar y analizar, con el apoyo de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, , todos los datos generados en el sistema de información y en el mecanismo de operación, para lo cual podrá solicitar aclaraciones, formular recomendaciones y proponer los ajustes que considere pertinentes, las cuales serán puestas a consideración de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
6. Sugerir mecanismos de participación ciudadana en los procesos de monitoreo, seguimiento y evaluación de los programas, proyectos y actividades institucionales de la Estrategia, así como en el Mecanismo de Seguimiento y Gobernanza, los cuales serán puestos a consideración de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
7. Diseñar y proponer procesos evaluativos que permitan profundizar los valores democráticos, registrando y midiendo el autoaprendizaje y el cambio, el empoderamiento cívico de los ciudadanos, y sugerir modificaciones en las estructuras y procedimientos institucionales orientados a favorecer la participación ciudadana en los espacios públicos, los cuales serán puestos a consideración de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica. Y,
8. Contribuir en la capacitación de quienes intervengan en el Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación con el propósito de potenciar su conocimiento y utilización.
CUARTO.- El período de actividades del Comité Técnico iniciará con la aprobación del presente Acuerdo y concluirá el 31 de diciembre de 2018, pudiendo ser prorrogado por Acuerdo del Consejo General por el periodo que estime pertinente.
QUINTO.- la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica fungirá como Secretaría Técnica del Comité, la que formulará a dicho Comité los requerimientos del Instituto relativos al Sistema de Monitoreo, Evaluación y Seguimiento y proveerá en todo momento el apoyo e información necesaria a sus integrantes, para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
SEXTO.- El Comité Técnico deberá sesionar de forma periódica, y a través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica informará de sus labores a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, a la Junta General Ejecutiva y al Consejo General. El Comité Técnico y su Secretaría Técnica acordarán un cronograma de actividades para el 2017 y, en su momento, para el año subsecuente.
SÉPTIMO.- Para facilitar la operación del Comité en la conformación del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica durante el año 2017, los integrantes de dicho Comité podrán establecer criterios, recomendaciones y proyectos de trabajo para su adecuada instrumentación y para una mayor participación de los actores estratégicos, los cuales serán puestos a consideración de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
OCTAVO.- El Comité Técnico, a través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, presentará a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, informes trimestrales y uno de carácter anual sobre las actividades realizadas y de la operación del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación y, en general, de los resultados que la implementación de la Estrategia esté arrojando.
NOVENO.- Los integrantes el Comité Técnico recibirán una gratificación, la cual se otorgará con base en la disponibilidad presupuestal del Instituto Nacional Electoral.
DÉCIMO.- La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y de Educación Cívica, en su carácter de Secretaría Técnica, deberá convocar a la brevedad a los integrantes del Comité Técnico de Seguimiento para la sesión de instalación.
DÉCIMO PRIMERO.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica a que mantenga informada sobre los trabajos del Comité a la presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
DÉCIMO SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que notifique su designación, así como el contenido del presente Acuerdo, a las y los ciudadanos que integrarán el Comité a efecto que a la brevedad asuman las funciones que les han sido encomendadas.
DÉCIMO TERCERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por parte del Consejo General.
DÉCIMO CUARTO.- La Secretaría Ejecutiva publicará el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el portal institucional de Internet, y lo remitirá a la estructura desconcentrada del Instituto Nacional Electoral y a todos los integrantes de los Consejos Generales de los Organismos Públicos Locales Electorales.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 14 de diciembre de dos mil dieciséis, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestro Arturo Sánchez Gutiérrez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no estando presentes durante la votación los Consejeros Electorales, Maestra Beatriz Eugenia Galindo Centeno y Licenciado Javier Santiago Castillo.
El Consejero Presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.