Auditoría Superior de la Federación
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimientos: DGR/B/01/2017/R/12/002; DGR/B/01/2017/R/12/003; y DGR/B/01/2017/R/12/004
OFICIO: DGR/B/B3/0580/2017; DGR/B/B1/0669/2017; y DGR/B/B1/0670/2017
JUAN JOSÉ GONZÁLEZ MORENO. En virtud de que no fue localizado en el domicilio registrado en los expedientes DGR/B/01/2017/R/12/002; DGR/B/01/2017/R/12/003; y DGR/B/01/2017/R/12/004, ni en los proporcionados por el Servicio de Administración Tributaria; el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, agotando los medios posibles para conocer su domicilio, con fundamento en los artículos 35, fracción III, y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, ambos de aplicación supletoria conforme al artículo 64 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009; en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016; por acuerdos de fecha 16 de febrero de 2017, se ordenó notificar por edictos a JUAN JOSÉ GONZÁLEZ MORENO, mediante publicaciones por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico "La Prensa" para que comparezca ante esta Dirección General de Responsabilidades, a las audiencias a celebrarse en la oficina sito en Av. Coyoacán, primer piso, No. 1501, Col. Del Valle,Del. Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, señalándose las 10:00 horas del 17 de marzodel 2017 en el procedimiento DGR/B/01/2017/R/12/002; las 12:00 horas del 17 de marzo del 2017 en el procedimiento DGR/B/01/2017/R/12/003; y las 16:30 del 17 de marzo del 2017 en el procedimiento DGR/B/01/2017/R/12/004, para que manifieste lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos, apercibido que de no comparecer sin causa justa se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluido su derecho para manifestar lo que a su interés convenga, ofrecer pruebas y formular alegatos, resolviéndose con los elementos que obren en cada uno de los expedientes. En el acuerdo de inicio de fecha 23 de enero de 2017 se señala que JUAN JOSÉ GONZÁLEZ MORENO en el procedimiento DGR/B/01/2017/R/12/002, "omitió verificar que el listado de estudiantes susceptibles de ser beneficiarios cumplieran con la totalidad de los requisitos establecidos en el numeral 3.4 de los Lineamientos específicos para la operación del Programa de Becas para la Expansión de la Educación Media Superior, Síguele y Programa de Becas Universitarias, lo que ocasionó que se otorgaran becas a 442 beneficiarios del programa de "Becas Universitarias", sin que reunieran los requisitos establecidos en los Lineamientos de referencia"; atribuyéndole un daño de $2´132,500.00. En el acuerdo de inicio de fecha 23 de enero de 2017 se señala que JUAN JOSÉ GONZÁLEZ MORENO en el procedimiento DGR/B/01/2017/R/12/003, "omitió analizar y seleccionar a los becarios de entre aquellos aspirantes que cumplieran con la totalidad de los requisitos de elegibilidad, ya que eligió a 73 beneficiaron del programa de Becas Universitarias a los cuales ya se les había otorgado otro tipo de beca", ocasionando un presunto daño al patrimonio a la Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $311,000.00. Y en el acuerdo de inicio de fecha 23 de enero de 2017 se señala que JUAN JOSÉ GONZÁLEZ MORENO en el procedimiento DGR/B/01/2017/R/12/004, "omitió analizar que el listado de estudiantes susceptibles de ser beneficiarios cumplieran con la totalidad de los requisitos establecidos en el numeral 3.4 de los Lineamientos Específicos para la Operación del Programa de Becas Universitarias, lo que ocasionó que se otorgaran becas a 40 beneficiarios del Programa de "Becas Universitarias", sin que reunieran los requisitos establecidos en los Lineamientos de referencia"; ocasionando un presunto daño al patrimonio a la Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $181,000.00. Se pone a la vista para su consulta los expedientes mencionados, en días hábiles de 9:00 a 18:30 horas en el domicilio citado de la Dirección General de Responsabilidades.
 
Ciudad de México, a 21 de febrero de 2017.
El Director General de Responsabilidades
Lic. Víctor José Lazcano y Beristain
Rúbrica.
(R.- 445467)