Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Gobernación
Comisionado Nacional de Seguridad
Dirección General de Seguridad Privada
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN
El trece de abril de dos mil dieciséis, en el expediente administrativo 139/2013, que se tramita ante la Dirección General de Seguridad Privada de la Secretaría de Gobernación, se sancionó al prestador de servicios de seguridad privada denominado Servicios de Capacitación Militarizados y Seguridad Privada, S. de R.L. de C.V., con la siguiente sanción:
Se impone a la persona moral Servicios de Capacitación Militarizados y Seguridad Privada, S. de R.L. de C.V. , como resultado del incumplimiento a los artículos 19 de la Ley Federal de Seguridad Privada y 9, del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada, la sanción prevista en el artículo 42 fracción III, inciso c), de la Ley Federal de Seguridad Privada, consistente en: suspensión de los efectos de la revalidación de la autorización expedida por la Dirección General de Seguridad Privada con número de registro DGSP/139-13/2332 por el término de un mes.
Sanción que surtirá sus efectos, a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
Así lo determinó y firma el licenciado Juan Antonio Arámbula Martínez, Director General de Seguridad Privada de la Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada de la Secretaría de Gobernación.
Atentamente
Ciudad de México, a 13 de abril de 2016.
Director General de Seguridad Privada.
Lic. Juan Antonio Arámbula Martínez.
Rúbrica.
(R.- 432460)