Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito,
con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza
EDICTO A PUBLICARSE EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Poder Judicial de la Federación.
Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito,
con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
Amparo Directo Penal: 1069/2015.
Quejoso: Ricardo Rafael Banda Iracheta.
Tercera interesada: Alondra Vianey Herrera Gatica por conducto de su representante legal Lorena Herrera Catica.
Se hace de su conocimiento que Ricardo Rafael Banda Iracheta, promovió amparo directo contra la sentencia de la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, residente en esta ciudad, dictada el veintisete de noviembre de dos mil catorce, en el toca penal 396/2014; y como no se ha podido emplazar a juicio a la parte tercera interesada Alondra Vianey Herrera Gatica por conducto de su representante legal Lorena Herrera Catica, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, se ordenó su emplazamiento por edictos, publicándose por tres veces, de siete en siete días naturales en el Diario Oficial de la Federación; haciéndole saber a la citada tercera interesada que deberá presentarse en este tribunal dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación; quedando apercibida que de no comparecer a este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le hará por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy fe.
Saltillo, Coahuila de Zaragoza a 01 de marzo de 2016.
Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito.
Lic. Karen Denys López Monsiváis.
Rúbrica.
(R.- 432228)