Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Fausto Hernández López, en su carácter de tercero interesado.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por Santander Hipotecario Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Santander México, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con sede en esta ciudad, consistente en la sentencia dictada el veintisiete de noviembre de dos mil quince, dentro del toca civil 1357/2015, la que confirmó en grado de apelación la sentencia de definitiva dictada en el Juicio Especial Hipotecario 1406/2014-C, del índice del Juzgado Tercero Civil del Partido Judicial de Tijuana, Baja California.
Por auto de dieciséis de febrero de dos mil dieciséis, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 122/2016 y de conformidad con el artículo 5°, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo vigente, este Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que a Fausto Hernández López, le asiste el carácter de tercero interesado en el presente juicio de amparo; por lo cual este Tribunal ordenó su notificación, por medio de edictos, en términos del artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo vigente.
El edicto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, Fausto Hernández López, en su carácter de tercero, interesado, se apersone al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se le tendrá por notificado y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos del artículo 29 de la actual Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
Mexicali, Baja California, a dieciocho de mayo de dos mil dieciséis.
Secretaria de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito.
Lic. Susana Aguilera Morelos.
Rúbrica.
(R.- 432572)