Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito
Cancún, Quintana Roo
A.D. 153/2016
EDICTO.
TERCERO INTERESADO: MARTÍN ALFREDO TUN CANUL, POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE ALFREDO TUN CANUL.
EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTREN;
EN AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 153/2016, PROMOVIDO POR JOSÉ ROMUALDO COLLI SANTOS, POR SU PROPIO DERECHO, EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE DIEZ DE JULIO DE DOS MIL TRECE, DICTADA EN AUTOS DEL TOCA PENAL 511/2012, DEL ÍNDICE DE LA SALA MIXTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, AHORA SÉPTIMA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, CON SEDE EN ESTA CIUDAD; LA MAGISTRADA PRESIDENTA DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO, DICTÓ EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO:
En cumplimiento a lo ordenado en el proveído de esta propia fecha, se ordena realizar el emplazamiento del tercero interesado Martín Alfredo Tun Canul, por sí y en representación de Alfredo Tun Canul, por medio de edictos por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndoles saber a la aludida tercero que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, tal como lo dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2, de considerarlo pertinente a la defensa de sus intereses; así mismo, en su oportunidad, fíjese en la puerta de este Tribunal, copia íntegra de la resolución que se ordena publicar, por todo el tiempo del emplazamiento.
Atentamente.
Cancún, Quintana Roo, 11 de mayo de 2016.
El Secretario de Acuerdos.
Lic. Emanuel Portillo Arias.
Rúbrica.
(R.- 431692)