EXTRACTO del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre Factual Services, S.C. (FACTUAL) ubicado en México, y TUV Rheinland of North America Inc. (TUV) ubicado en Estados Unidos de América, para la aceptación de resultados de evaluación de la conformidad en productos eléctricos y electrónicos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Evaluación de la Conformidad.

EXTRACTO DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE FACTUAL SERVICES, S.C. (FACTUAL) UBICADO EN MEXICO, Y TUV RHEINLAND OF NORTH AMERICA INC. (TUV) UBICADO EN ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, PARA LA ACEPTACION DE RESULTADOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD EN PRODUCTOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87-A y 87-B de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 92, 93, 94 y 95 de su Reglamento, 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide el extracto del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo que se enlista a continuación:
Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre Factual Services, S.C. (FACTUAL) ubicado en México, y TUV Rheinland of North America Inc. (TUV) ubicado en Estados Unidos de América, para la aceptación de resultados de evaluación de la conformidad en productos eléctricos y electrónicos, de conformidad con las condiciones y términos establecidos dentro del mismo Acuerdo.
Campo de aplicación:
En el caso FACTUAL, se reconocen los resultados de las pruebas realizadas con base en las siguientes medidas relativas a la normalización:
NOM-001-SCFI-1993 "Aparatos electrónicos-Aparatos electrónicos de uso doméstico alimentados por diferentes fuentes de energía eléctrica-requisitos de seguridad y métodos de prueba para la aprobación de tipo"
NOM-003-SCFI-2000 "Productos Eléctricos-Especificaciones de Seguridad"
NOM-016-SCFI-1993 "Aparatos electrónicos-Aparatos electrónicos de uso en oficina y alimentados por diferentes fuentes de energía eléctrica - requisitos de seguridad y métodos de prueba."
NOM-019-SCFI-1998 "Seguridad en equipo de procesamiento de datos"
NOM-058-SCFI-1999 "Productos eléctricos-Balastros para lámparas de descarga eléctrica en gas-Especificaciones de seguridad"
NMX-J-521/1/ANCE-2005 "Aparatos Electrodomésticos y Similares-Seguridad Parte 1: Requisitos Generales"
NMX-J-524/1/ANCE-2005 "Herramientas Eléctricas Portátiles Operadas Por Motor-Seguridad-Parte1: Requisitos Generales".
NMX-J-508-ANCE-2010 "Artefactos Eléctricos-Requisitos De Seguridad-Especificaciones y Métodos de Prueba"
NMX-J-515-ANCE-2008 "Equipos de control y distribución-Requisitos generales de seguridad- Especificaciones y métodos de prueba".
En el caso de TUV, se reconocen los resultados de las pruebas realizadas con base en las siguientes medidas relativas a la normalización:
IEC 60 950 Seguridad de Equipo de procesamiento de Datos (Safety of Information Technology Equipment)
IEC 60 065 Aparatos electrónicos de Audio, Video y similares (Audio, Video and similar electronic apparatus).
IEC 60 335 Requerimientos de seguridad para equipo electrodoméstico (Safety requirements for Household apparatus)
IEC 60 745 Herramientas portátiles de motor eléctrico (Hand-Held motor operated electric Tools.)
UL 1598 Luminarios (Luminaries)
UL 496 Porta lámparas tipo Edison (Edison Base Lampholders)
UL 498 Tomacorrientes y receptáculos (Attachment Plugs and Receptacles)
Entrada en vigor: Ambas partes acuerdan que este Acuerdo estará en vigor y efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia mínima de dos años y será automáticamente renovado por el mismo periodo.
México, D.F., a 31 de marzo de 2011.- El Director General de Normas, Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.