DECRETO por el que se aprueba el Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 26, 27, 29, 32, párrafos primero y segundo de la Ley de Planeación; 27, 28, 29, 30, 30 bis, 31, 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía, para la independencia y democratización política, social y cultural de la Nación;
Que el mismo precepto constitucional establece que habrá un Plan Nacional de Desarrollo, al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal;
Que el 31 de mayo de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, el cual contiene los objetivos nacionales, estrategias y prioridades que regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece como uno de sus objetivos nacionales garantizar la Seguridad Nacional, salvaguardar la paz, la integridad, la independencia y la soberanía del país, y asegurar la viabilidad del Estado y la democracia;
Que las políticas públicas en materia de Seguridad Nacional y la inteligencia estratégica están dirigidas a salvaguardar los intereses de la Seguridad Nacional previstos en la ley de la materia, así como a orientar la propuesta de objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y del Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012;
Que el Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012 promueve el desarrollo institucional permanente de los sistemas y procesos de Seguridad Nacional, propios de un Estado democrático de Derecho; al igual que las estrategias y acciones de desarrollo que contribuyan a disminuir los riesgos a la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, y las amenazas a la Seguridad Nacional;
Que el Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012 se elaboró en términos de la Ley de Seguridad Nacional y se aprobó por el Consejo de Seguridad Nacional, en la primera sesión de este año, celebrada el veintisiete de enero de dos mil nueve, y
Que en términos de lo dispuesto en la Ley de Planeación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha sometido a la consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo el referido programa especial, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba el Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012 es de observancia obligatoria para las dependencias de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República. Asimismo, la obligatoriedad del programa será extensiva a las entidades paraestatales, conforme a las disposiciones aplicables.
ARTÍCULO TERCERO.- Las dependencias de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República que conforman el Consejo de Seguridad Nacional, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, elaborarán sus respectivos programas anuales, mismos que servirán de base para la integración de sus anteproyectos de presupuesto, a efecto de que se prevean los recursos presupuestarios necesarios para el eficaz cumplimiento de los objetivos y metas del programa, en concordancia con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
ARTÍCULO CUARTO.- El Consejo de Seguridad Nacional, con la participación que de acuerdo con sus atribuciones le corresponde a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, evaluará el Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012 de manera periódica, así como su incidencia en la consecución de los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Asimismo, realizará las acciones necesarias para hacer las correcciones procedentes y, en su caso, modificarlo.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de su competencia, vigilará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones contenidas en este Decreto.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a doce de agosto de dos mil nueve.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Guillermo Galván Galván.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, Mariano Francisco Saynez Mendoza.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Juan Francisco Molinar Horcasitas.- Rúbrica.- El Secretario de la Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica.