CONVOCATORIA para el concesionamiento de la operación y explotación de la vía corta Nacozari, así como para la prestación del servicio público de transporte ferroviario que en ella opera.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

  CONVOCATORIA PARA EL CONCESIONAMIENTO DE LA OPERACION Y EXPLOTACION DE LA VIA CORTA NACOZARI, ASI COMO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO QUE EN ELLA OPERA

  Con fundamento en los artículos 28 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 6, 7, 9 y 11 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; primero, sexto, décimo y decimosegundo del Acuerdo que crea la Comisión Intersecretarial de Desincorporación y con base en el numeral 5 de los Lineamientos Generales para la apertura a la Inversión en el Sistema Ferroviario Mexicano (en adelante los "Lineamientos") y de los acuerdos adoptados por la Comisión Intersecretarial de Desincorporación en sesión del 17 de febrero de 1999, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (en adelante la "Secretaría"), convoca a los interesados en obtener la concesión respecto de la vía general de comunicación ferroviaria denominada:

VIA CORTA NACOZARI Conforme a las siguientes:

BASES

  1.Objeto

  Es objeto de esta licitación el otorgamiento de un título de concesión (en adelante el “Título de Concesión”), por 30 años, otorgado al amparo de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento, para operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria Nacozari (en adelante la “Vía Corta”) y prestar el servicio público de transporte ferroviario que en ella opera, así como para prestar los servicios auxiliares en los términos, condiciones y rutas que se señalen en el Título de Concesión, el cual, en su caso, incluirá derechos de paso obligatorios para tramos determinados.

  La Vía Corta se integra en los términos siguientes:

  Línea “TA”, tramo Nogales-El Tajo, del kilómetro 0.500 al 302.000, con una longitud de 301.500 kilómetros.

  Línea “TB”, tramo del Río-Cananea, del kilómetro 0.000 al 16.031, con una longitud de 16.031 kilómetros.

  Línea “TC”, tramo Agua Prieta-Línea Divisoria, del kilómetro 0.000 al 2.780, con una longitud de 2.780 kilómetros.

  La totalidad de los tramos antes mencionados se encuentran ubicados dentro del Estado de Sonora y representan una longitud total de 320.311 kilómetros.

  Cuenta con tres estaciones: Esqueda, Cananea y Agua Prieta; y dos patios: Cananea y Agua Prieta.

  La integración definitiva de la Vía Corta será la que se establezca en el Título de Concesión respectivo.

  2. Requisitos para participar en la licitación

  Los interesados en participar deberán obtener la autorización de la Secretaría, para lo cual deberán: a) acreditar su capacidad jurídica, administrativa, técnica y financiera; b) constituir la garantía de seriedad de las proposiciones, y c) obligarse a guardar confidencialidad sobre la información que les sea proporcionada, en los términos siguientes:

  2.1. Autorización. Para solicitar autorización, los interesados deberán: a) presentar solicitud en el formato que para ese propósito les será proporcionado, y b) llenar un formulario (en lo sucesivo el “Formulario”) en el que se indique, entre otros aspectos, aquellas actividades cuya ejecución pretenda contratar con terceros y al que se deberá adjuntar una manifestación escrita, bajo protesta de decir verdad, de que los interesados actúan a nombre y por cuenta propia, así como los demás documentos que en dicho Formulario se requieran.

  Los interesados que conformen grupos deberán intervenir a través de un representante común con facultades suficientes para obligarlos en la forma y términos que se indican en las presentes bases, en el entendido de que, en caso de resultar ganadores y previamente al otorgamiento del Título de Concesión, deberán ceder los derechos de ganador a una sociedad mercantil mexicana, cuya estructura de capital, administrativa y de operación sea la misma conforme a la cual están autorizados para participar en la licitación.

  Los interesados deberán acreditar su capacidad técnica en los términos señalados en el Formulario, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 5.8.1.2. siguiente. El interesado, en su caso, deberá acreditar dicha capacidad mediante un convenio de asociación o carta compromiso que, a satisfacción de la Secretaría, asegure que el interesado o las personas con las que pretende contratar otorgarán conjunta o separadamente el apoyo técnico que requiera la Vía Corta.

  En caso de que el interesado se encuentre impedido temporalmente para presentar, en las fechas que en la presente Convocatoria y bases se señalan, las cartas y compromisos a que se alude en el párrafo anterior, se estará a lo dispuesto en el Formulario para este supuesto y en caso de reunir los requisitos que en el mismo se señalan, podrá ser autorizado en el entendido de que, de resultar ganador de la licitación, deberá presentar los convenios correspondientes antes de iniciar la operación de la Vía Corta. Los interesados que se encuentren en este supuesto, adicionalmente deberán contar con un capital contable mínimo de $30’000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.).

  Los interesados que hubieren sido autorizados para participar en otras licitaciones del proceso de apertura a la inversión en el Sistema Ferroviario Mexicano, sólo deberán presentar la solicitud a que se refiere el inciso a) del primer párrafo de este numeral; la información y documentación adicional que conforme al Formulario se solicite; confirmar por escrito que la información presentada para las otras licitaciones sigue siendo vigente o, en su caso, la actualización de la misma.

  2.1.1. El formato de solicitud de autorización y el Formulario estarán a disposición de los interesados, a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria, en las oficinas de la Dirección Corporativa de Proyectos Especiales de Ixe Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, Ixe Grupo Financiero, S.A. de C.V., institución que actúa como agente financiero del Gobierno Federal para la desincorporación de la Vía Corta (en adelante el “Agente Financiero”), en el domicilio señalado en el numeral 10.4. siguiente, quien los entregará a los interesados que así lo soliciten por escrito, y a más tardar en la fecha que se señala en el numeral 2.1.2. siguiente.

  2.1.2. Los interesados deberán presentar su solicitud de autorización y el Formulario junto con sus anexos en las oficinas del Agente Financiero, a más tardar el 28 de abril de 1999.

  La Secretaría podrá requerir aclaraciones o información adicional relacionada directamente con la contenida en el Formulario y sus anexos, así como sostener entrevistas con los interesados dentro de un plazo que vencerá el 3 de mayo de 1999. El interesado deberá remitir la información a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a que se le requiera, en caso de que no presente la información o documentación en dicho plazo, se le tendrá por desistido.

  2.1.3 La Secretaría calificará cada una de las solicitudes de autorización a fin de determinar si el interesado acredita su capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera y, previo conocimiento de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación, notificará a los interesados la resolución correspondiente a más tardar el 10 de mayo de 1999, mediante escrito firmado por el Secretario Técnico (en adelante el “Secretario Técnico”) del Comité de Reestructuración del Sistema Ferroviario Mexicano (en adelante el “Comité”).

  A más tardar el día 14 de mayo de 1999, los interesados deberán constituir la garantía de seriedad y asumir el compromiso de confidencialidad a que se refieren los numerales 2.2. y 2.3. siguientes, hecho lo cual, la Secretaría entregará al interesado dentro de los tres días hábiles siguientes, la constancia de autorización respectiva, que lo acreditará como Participante.

  No se otorgará la autorización a los interesados cuya solicitud: a) no se presente en términos del numeral 2.1.; b) no incluya la información o documentación solicitada; c) contenga información o documentación falsa o que carezca de validez jurídica; d) no acredite la personalidad jurídica y representación suficiente de quienes firmen cualquier documento en nombre y representación de los interesados; e) no acredite la capacidad técnica, administrativa o financiera; f) se presente extemporáneamente, o g) no constituya la garantía de seriedad a que se refiere el numeral 2.2. o no suscriba el convenio de confidencialidad señalado en el numeral 2.3. de estas bases.

  Asimismo, no se otorgará autorización a aquellos interesados que habiendo participado en otra licitación del proceso de apertura a la inversión en el Sistema Ferroviario Mexicano: a) hubieran sido descalificados por contravenir lo dispuesto en el numeral 4.4., o b) que habiendo resultado ganadores no hayan cubierto las contraprestaciones correspondientes en los términos establecidos en sus respectivas bases de licitación.

  Unicamente podrán ser modificados los términos y condiciones previstos en la autorización respectiva o transferirse los derechos que ella confiere, por acuerdo de la propia Secretaría, mismo que deberá solicitarse a más tardar el 7 de junio de 1999, con excepción del supuesto en que un Participante pretenda conformar un grupo con otros Participantes o integrar a un tercero, directa o indirectamente, como miembro del grupo Participante, en cuyo caso la solicitud respectiva deberá presentarse a la Secretaría a más tardar el 4 de junio de 1999.

  2.2. Garantía de seriedad. El monto de la garantía de seriedad será de $5’000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), misma que los interesados deberán cubrir en los términos siguientes:

  2.2.1. Para constituir la garantía de seriedad de las proposiciones, los interesados deberán celebrar un contrato de fideicomiso en garantía con Ixe Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, Ixe Grupo Financiero, en el que deberán afectar dinero en efectivo o bien, entregar al Agente Financiero carta de crédito expedida por institución de crédito a satisfacción de la Secretaría, pagadera a la vista, incondicional, irrevocable, confirmada y a beneficio de la Tesorería de la Federación.

  2.2.2. La garantía deberá constituirse en el plazo establecido en el segundo párrafo del numeral 2.1.3. anterior.

  2.2.3. La garantía así constituida, garantizará la seriedad de la participación, así como la obligación del Participante que resulte ganador, de efectuar el pago a que se refiere el numeral 8.2. y suscribir el Título de Concesión, en los términos y condiciones establecidos en estas bases.

  2.2.4. Los términos y condiciones del fideicomiso y de la carta de crédito quedarán sujetos a los modelos que proporcionará el Agente Financiero y que se encuentran a disposición de los interesados en el domicilio señalado en el numeral 10.4. siguiente, en el entendido de que, en todo caso, los rendimientos que devenguen los recursos afectos a los fideicomisos que se constituyan, serán devueltos a los Participantes.

  2.2.5. La garantía será devuelta:

  2.2.5.1. A los interesados que la hubieren constituido y no obtengan la autorización respectiva, la devolución se efectuará a los cinco días hábiles siguientes a que lo soliciten.

  2.2.5.2. A los Participantes que lo soliciten por escrito, en caso de modificarse los términos de las presentes bases conforme al numeral 11., la devolución se realizará a más tardar el quinto día hábil posterior a la solicitud.

  2.2.5.3. A los Participantes que manifiesten su deseo de no participar en la licitación, conforme al numeral 5.2. siguiente, la devolución se efectuará a más tardar el quinto día hábil siguiente a aquél en que se lleve a cabo la apertura de las propuestas técnicas.

  2.2.5.4. A los Participantes que hayan sido descalificados en términos de los numerales 6.2., 6.4., 6.6., 6.7. y 6.10., la devolución se hará a más tardar el decimosexto día hábil siguiente a aquél en que se notifique la descalificación.

  2.2.5.5. A los Participantes que hayan presentado proposiciones y se declare desierta la licitación de conformidad con los numerales 5.8.4. y 7.2.3., la devolución se hará a más tardar el decimosexto día hábil siguiente a aquél en que se haga la notificación prevista en el numeral respectivo.

  2.2.5.6. Al Participante Ganador, salvo que decida aplicar su importe al pago referido en el numeral 8.2., la devolución se hará al quinto día hábil siguiente a aquél en que se realice el pago.

  2.2.5.7. A los Participantes que hayan presentado proposiciones y no resulten ganadores, la devolución se efectuará a más tardar el quinto día hábil siguiente a aquél en que se realice dicho pago.

  2.2.5.8. A los Participantes que conformen grupos durante la licitación respecto del monto excedente al establecido en el numeral 2.2., la devolución se efectuará a más tardar el quinto día hábil posterior a la solicitud del Participante.

  2.3. Confidencialidad. Para documentar el compromiso de confidencialidad, el interesado deberá suscribir el convenio correspondiente en los términos y condiciones señalados en el formato que se entregará junto con el Formulario, dentro del término señalado en el segundo párrafo del numeral 2.1.3. que antecede.

  2.4. Los interesados que hayan cumplido con los requisitos señalados en este numeral 2. tendrán el carácter de “Participantes”, y la Secretaría procederá a registrarlos como tales.

  La Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación los nombres y datos relevantes de los Participantes.

  3. Derechos de los Participantes

  Los Participantes tendrán derecho a:

  3.1. Recibir la siguiente información:

  3.1.1. El prospecto descriptivo que contendrá información técnica, operativa y financiera de la Vía Corta.

  3.1.2. El instructivo para solicitar de la Comisión Federal de Competencia la opinión favorable para la intervención del Participante en este proceso.

  3.1.3. El proyecto de Título de Concesión relativo a la Vía Corta.

  La documentación señalada en los numerales 3.1.1. y 3.1.2. será entregada al Participante a partir del 29 de marzo de 1999 y la referida en el numeral 3.1.3. a partir del 14 de mayo de 1999 en el domicilio del Agente Financiero establecido para el efecto en el numeral 10.4. siguiente.

  3.2. Efectuar visitas a las instalaciones y a la vía férrea que será concesionada.

  3.2.1. Para tal efecto, será necesario que los Participantes indiquen por escrito al Agente Financiero, por cada visita que deseen realizar, tres fechas tentativas dentro del periodo comprendido entre el 29 de marzo y el 4 de junio de 1999, en que deseen efectuarlas, así como los datos de las personas que asistirían a las mismas. Podrán asistir hasta cinco representantes por cada Participante. El Agente Financiero podrá autorizar una asistencia mayor, en razón de la disponibilidad de espacio.

  3.2.2. Una vez presentadas las solicitudes de visita por los Participantes, el Agente Financiero establecerá, dentro del periodo antes indicado, un calendario de ellas y, a través de carta o facsímil, notificará a cada uno de los Participantes que haya solicitado una visita, la fecha y el horario asignado para la realización de la misma.

  3.2.3. Todas las visitas serán a cargo del Participante y conducidas por el Agente Financiero y por una persona designada por el Comité; de cada una se levantará una constancia, que incluirá la fecha y hora, así como los datos del Participante y de las demás personas que intervengan, la cual será firmada por los concurrentes, sin que la falta de este último requisito invalide tal documento.

  3.2.4. Ninguna de las actividades relacionadas con las visitas de los Participantes podrá tener como efecto la interrupción de la operación ferroviaria.

  3.3. Intervenir en sesiones con servidores públicos de la Secretaría, de Ferrocarriles Nacionales de México y de representantes del Agente Financiero.

  3.3.1. Las sesiones se llevarán a cabo dentro del periodo comprendido entre el 29 de marzo y el 4 de junio de 1999, en el domicilio y en el horario que indique el Agente Financiero. Podrán asistir hasta cinco representantes por cada Participante. El Agente Financiero podrá autorizar una asistencia mayor, en razón de la disponibilidad de espacio.

  3.3.2. Unicamente se contestarán las preguntas o aclararán las dudas que se vinculen directamente con la licitación o con la Vía Corta.

  Lo expresado por los servidores públicos durante las sesiones de entrevistas, no requerirá de confirmación por escrito.

  3.3.3. Ninguna aseveración o comentario de cualquier índole ni las opiniones expresadas en las sesiones aquí aludidas se considerarán como acuerdo de voluntades entre la Secretaría, Ferrocarriles Nacionales de México y los Participantes, y en ningún caso obligarán a la Secretaría o a Ferrocarriles Nacionales de México.

  3.4. Formular, por conducto del Agente Financiero y por escrito, preguntas relacionadas con la Vía Corta y la licitación. Este derecho podrá ser ejercido dentro de un periodo comprendido entre el 29 de marzo y el 4 de junio de 1999.

  El Comité, a través del Agente Financiero, dará a conocer por escrito a todos los representantes de los Participantes las preguntas así realizadas y sus respectivas respuestas, a más tardar el 8 de junio de 1999, sin revelar la identidad de los Participantes que las hayan realizado.

  3.5. Acceder a la sala de información.

  A través del Agente Financiero, se establecerá en el domicilio ubicado en avenida Jesús García 140, planta baja, colonia Buenavista, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06358, México, Distrito Federal; una sala de información en la que los Participantes podrán revisar la información y documentación relacionada con la situación administrativa y financiera de la Vía Corta, así como la relativa a sus operaciones, equipo, instalaciones y mercado, que en adición a la señalada en el numeral 3.1. anterior, la Secretaría ponga a su disposición.

  3.5.1. El acceso a la sala de información será dentro del periodo del 29 de marzo al 8 de junio de 1999. Los Participantes deberán informar al Agente Financiero las personas a las que se desea se permita el acceso a dicha sala. El Agente Financiero comunicará por escrito las fechas y los horarios en los que cada uno de los Participantes o las personas que éstos designen, podrán hacerlo, y entregará a cada Participante el manual de acceso al cuarto de datos, el cual establece las reglas a las que deberán ceñirse durante las visitas.

  3.5.2. La documentación disponible en la sala de información no podrá ser retirada, y únicamente podrá ser reproducida previa autorización por escrito del Agente Financiero, y se dará aviso al resto de los Participantes de que estará igualmente a su disposición.

  3.6. Intervenir en las sesiones de aclaraciones del proyecto de Título de Concesión.

  3.6.1. Las sesiones de aclaraciones se llevarán a cabo dentro del periodo comprendido entre el 18 de mayo y el 1 de junio de 1999, en las fechas, horarios y domicilios que al efecto indique el Agente Financiero. Podrán asistir hasta tres representantes por cada Participante. El Agente Financiero podrá autorizar una asistencia mayor en razón de la disponibilidad de espacio.

  La Secretaría podrá suspender dichas sesiones en razón de su duración, para su continuación dentro de las 24 horas naturales siguientes.

  3.6.2. Para dichas sesiones, serán aplicables las reglas contenidas en los numerales 3.3.2. y 3.3.3. anteriores.

  3.6.3. El Agente Financiero entregará a los Participantes, a más tardar el 4 de junio de 1999, el modelo definitivo del Título de Concesión, cuyo texto no será objeto de modificación o negociación posterior alguna.

  3.7. Presentar proposición para que se les otorgue el Título de Concesión de la Vía Corta, conforme a los términos señalados en el numeral 5. siguiente, siempre que el Participante de que se trate haya cumplido con los requisitos que al efecto se señalan en las presentes bases.

  4. Condiciones adicionales

  4.1. La inversión extranjera sólo podrá participar en el capital social de la persona moral a quien se le otorgue la concesión, en un porcentaje mayor al 49 por ciento, si cuenta con la autorización respectiva de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.

  4.2. En todo momento, los Participantes deberán observar las limitaciones a que se refiere la fracción XXIII del artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

  4.3. Los Participantes deberán dar aviso a la Comisión Federal de Competencia en términos de los artículos 21 de la Ley Federal de Competencia Económica y 77 de la Ley Federal de Derechos. La notificación deberá realizarse a más tardar el 17 de mayo de 1999, de conformidad con el instructivo señalado en el numeral 3.1.2. anterior, y en su oportunidad obtener opinión favorable de la misma para que, en caso de resultar ganadores, puedan obtener el Título de Concesión.

  4.4. Los Participantes que compiten entre sí, no deberán establecer, concertar o coordinar proposiciones o la abstención de la licitación, de conformidad con lo establecido en la fracción IV del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica, sin perjuicio de que los Participantes, durante el proceso y a más tardar el 7 de junio de 1999, podrán conformar grupos a efecto de presentar una sola proposición, en los términos del último párrafo del numeral 2.1.3. anterior. Al efecto deberán presentar una adecuación a la Comisión Federal de Competencia conforme al numeral 4.3. anterior.

  4.5. Los Participantes o sus representantes legales deberán asistir a una reunión con servidores públicos de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, un representante del despacho de auditores señalado en el numeral 10.1. y un fedatario público, la cual tendrá por objeto conocer las consideraciones de los Participantes respecto de los términos y condiciones conforme a los cuales se desarrolló el proceso, así como ratificar la información que haya servido de base para el otorgamiento de su respectiva autorización.

  El fedatario público levantará una fe de hechos en la que se hagan constar las preguntas y respuestas que efectuaron los citados servidores públicos y los Participantes.

  Dicha reunión se celebrará en forma individual con cada Participante, por lo menos con dos días de anticipación a la apertura de las propuestas económicas. A través del Agente Financiero se comunicará, con dos días de anticipación, el lugar, la fecha y hora en que se verificará cada una de las reuniones.

  5. Presentación de proposiciones

  5.1. La proposición de cada Participante se integrará de dos propuestas: una técnica y una económica, en los términos siguientes:

  5.1.1. Las propuestas se presentarán en original y dos copias, con estricto apego a los formatos correspondientes, los que se entregarán a los Participantes a partir del 4 de junio de 1999, en el domicilio del Agente Financiero. Todas las hojas del original deberán ser rubricadas en forma autógrafa por el Participante o su representante legal y debidamente foliadas. Tratándose de la propuesta técnica, las copias deberán estar certificadas por notario público.

  5.1.2. El original y cada una de las copias de las propuestas técnicas, deberán presentarse en sobres o paquetes. Tratándose de las propuestas económicas, el original y las dos copias respectivas, deberán integrarse dentro de un mismo sobre. En ambos casos los sobres o paquetes deberán presentarse cerrados de manera inviolable.

  5.1.3. En caso de discrepancia entre los documentos que integran los tres tantos en que se presentan las propuestas, se considerará válido el original de la misma. Para tal efecto, el Participante deberá marcar cada hoja del ejemplar correspondiente con la leyenda "original".

  5.2. Todos los Participantes estarán obligados a presentar sus sobres de proposición, aun cuando ya no tenga interés en continuar participando en la licitación. En este último caso, deberán incluir, tanto en el sobre de la propuesta técnica como en el de la económica, una comunicación escrita en la que expresen su deseo de retirarse de la misma.

  5.3. La presentación de la proposición implicará la obligación del Participante de cumplir con todos los términos y condiciones establecidos en la misma y con lo dispuesto en estas bases. El Participante que resulte ganador, quedará obligado, en caso de que no sea una persona moral mexicana, a cumplir con lo señalado en el numeral 5.4.5. siguiente y a firmar la versión definitiva del Título de Concesión.

  5.4. La propuesta técnica deberá contener:

  5.4.1. Un escrito en el que se haga constar la veracidad, actualidad y legalidad de toda la documentación e información presentadas por el Participante en cualquier etapa de la licitación; que se sujeta incondicionalmente a las presentes bases y su consentimiento expreso a los términos, contenido, forma y alcance del Título de Concesión y las contraprestaciones que en el mismo se establecen. Para estos efectos, el Participante acompañará el modelo definitivo de dicho documento debidamente rubricado y, en su caso, el documento que acredite la capacidad de su representante.

  5.4.2. Una relación de los socios que en caso de resultar ganador integrarán la persona moral a la que se le otorgará el Título de Concesión, así como el porcentaje de participación que tendrá cada uno de ellos en el capital social de dicha persona moral, estableciendo como compromiso que dicha participación no podrá modificarse, sin la aprobación de la Secretaría hasta la conclusión del proceso y deberá ser consistente con la que se proporcione a la Comisión Federal de Competencia, en los términos del numeral 4.3. anterior.

  5.4.3. El plan de negocios para la Vía Corta que deberá contar cuando menos, con las proyecciones económicas consideradas, las tarifas estimadas, los rendimientos esperados y el sustento de tales expectativas; la estrategia de desarrollo y capacitación de recursos humanos; sus programas de mantenimiento y de inversiones, así como la estrategia para satisfacer los compromisos de carácter social establecidos en el Título de Concesión.

  5.4.4. Acuse de recibo del escrito mediante el cual se dé aviso a la Comisión Federal de Competencia en términos del numeral 4.3. que antecede.

  5.4.5. El Participante que no se encuentre constituido como persona moral mexicana, en la propuesta técnica deberá presentar escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, asuma la obligación de que, en caso de que resulte ganador, cederá los derechos de ganador a una sociedad mercantil mexicana, en términos del segundo párrafo del numeral 2.1. anterior. En su caso, dicha persona moral mexicana deberá estar constituida dentro de los siete días hábiles siguientes a la notificación del fallo. El participante deberá exhibir con su propuesta técnica los estatutos sociales o el proyecto de los mismos, y el permiso de constitución respectivo expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores. En todo caso, sólo se otorgará concesión a una persona moral mexicana.

  Los documentos referidos en los numerales del 5.4.1. al 5.4.3. y 5.4.5. serán firmados por el Participante o su representante legal y presentados con estricto apego a los formatos que el Agente Financiero entregue.

  5.5. La propuesta económica deberá indicar que:

  5.5.1. Se trata de una postura en firme, incondicional y con carácter obligatorio para el Participante;

  5.5.2. Se refiere al Título de Concesión. La propuesta deberá indicar el monto ofrecido como aprovechamiento por el otorgamiento del Título de Concesión, mismo que deberá ser cierto, determinado y en moneda nacional.

  Asimismo, se deberá acompañar a su propuesta económica un escrito en el que bajo protesta de decir verdad, se ratifique que el Participante y sus integrantes actúan a nombre y por cuenta propia, y se manifieste la fuente y estructura de los recursos y financiamientos con los cuales cada uno de ellos, en caso de resultar ganadores, pretenden cubrir su oferta. Los Participantes deberán notificar por escrito a la Secretaría las modificaciones que efectúen respecto de la fuente y estructura de los recursos y financiamientos señalados.

  El documento que contenga la propuesta económica y el escrito antes señalado serán firmados por el Participante o su representante legal, y presentados con estricto apego a los formatos que el Agente Financiero entregue.

  5.6. Presentación de proposiciones.

  El acto de presentación de proposiciones será público y se llevará a cabo en los términos siguientes:

  5.6.1. El 10 de junio de 1999, a la hora y en el domicilio que al efecto comunique el Agente Financiero con cuando menos tres días de anticipación.

  Unicamente los Participantes que se hayan registrado podrán intervenir en el acto de presentación.

  5.6.2. A este acto concurrirán los Participantes o sus representantes legales, servidores públicos de la Secretaría, de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de Ferrocarriles Nacionales de México, así como el representante del Agente Financiero y del despacho de auditores señalado en el numeral 10.1. También concurrirán uno o varios fedatarios públicos, quienes darán fe de las proposiciones presentadas y de la documentación que las integre.

  5.6.3. Los sobres cerrados o paquetes que contengan las proposiciones serán firmados por los Participantes respectivos, por un fedatario público de los que concurran y por el Agente Financiero.

  5.6.4. Los sobres que contengan las propuestas económicas quedarán en custodia de un fedatario público, quien los depositará en una institución de banca múltiple.

  5.6.5. Asimismo, en dicho acto, un funcionario de la Secretaría entregará al fedatario público, en un sobre cerrado, el valor técnico de referencia. El sobre deberá ser firmado y sellado por el propio fedatario público, y se depositará junto con los sobres de las propuestas económicas.

  5.7. Apertura de las propuestas técnicas.

  Concluida la recepción de las proposiciones y en el mismo lugar a que se refiere el numeral 5.6. anterior, se llevará a cabo la apertura de las propuestas técnicas, en la que participarán las personas que se señalan en el numeral 5.6.2. que antecede, y se desarrollará conforme a lo siguiente:

  5.7.1. Al abrir las propuestas técnicas, un fedatario público dará fe de su recepción, verificará que las copias se encuentren certificadas y entregará al Participante una copia sellada que hará las veces de recibo.

  5.7.2. Una vez concluido el trámite antes señalado, la Secretaría, el Agente Financiero, un fedatario público y el Participante o su representante legal, verificarán que esté incluida toda la documentación que se menciona en el numeral 5.4. anterior.

  5.7.3. Se levantará un acta circunstanciada en la que se hará constar quiénes de los Participantes presentaron proposiciones, las propuestas técnicas que fueron descalificadas y las causas que la motivaron, así como quienes manifestaron su deseo de retirarse de la licitación. El acta será firmada por las personas indicadas en el numeral 5.6.2. anterior. A cada Participante se le entregará copia de dicha acta, en la inteligencia de que la omisión de cualquiera de las firmas no invalidará el contenido y los efectos de la misma.

  5.8. Evaluación de las propuestas técnicas.

  5.8.1. A partir de la fecha de apertura de las propuestas técnicas, la Secretaría, por conducto del Comité, procederá a evaluar las propuestas técnicas y descalificará aquellas que no sean viables o congruentes con los criterios siguientes:

  5.8.1.1. Que los planes de inversión consideren incrementos de eficiencia en el servicio ferroviario.

  5.8.1.2. Que los programas de operación promuevan la prestación de un servicio ferroviario seguro, competitivo y eficiente, y sean técnicamente factibles.

  5.8.1.3. La promoción de empleos productivos mediante programas de capacitación y adiestramiento.

  5.8.1.4. La viabilidad y confiabilidad de las proyecciones económicas y financieras para cada línea de negocio.

  5.8.1.5. La consistencia general del plan de negocios.

  5.8.2. Para la evaluación de las propuestas técnicas, y por conducto del Agente Financiero, la Secretaría podrá solicitar por escrito a los Participantes las aclaraciones que considere pertinentes respecto de los documentos e información presentada con la propuesta técnica hasta con tres días hábiles de anticipación al acto de apertura de las propuestas económicas. Los Participantes deberán responder a dicha solicitud en un lapso no mayor de dos días hábiles, contados a partir de la recepción de la misma.

  5.8.3. La Secretaría elaborará un dictamen previo con base en la evaluación anterior, mismo que se someterá a la consideración de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación.

  5.8.4. En el evento de que, a criterio de la Secretaría, ninguna de las propuestas técnicas cumplan con los principios fundamentales del proceso de reestructuración, con los requisitos de las presentes bases o con los criterios señalados en el numeral 5.8.1. anterior, se declarará desierta la licitación, sin que por ello se incurra en responsabilidad. La Secretaría notificará a los Participantes o sus representantes dicha resolución por escrito, por conducto del Secretario Técnico, a más tardar el 16 de junio de 1999, y serán devueltos, sin abrir, los sobres que contengan las propuestas económicas al decimosexto día hábil siguiente a la notificación respectiva. En consecuencia, no se llevaría a cabo el acto señalado en el numeral 5.9. siguiente.

  5.9. Apertura de las propuestas económicas.

  A más tardar el 17 de junio de 1999, en el lugar y hora que al efecto comunique el Agente Financiero con tres días de anticipación, se llevará a cabo el acto de apertura de las propuestas económicas de los Participantes que continúen en la licitación, en la que participarán las personas señaladas en el numeral 5.6.2., y se desarrollará en los siguientes términos:

  5.9.1. Se darán a conocer los Participantes cuyas propuestas técnicas hayan sido descalificadas, a quienes se les devolverá el sobre que contenga su propuesta económica, y se procederá a abrir las propuestas económicas de los demás Participantes. Un fedatario público certificará el contenido de las propuestas económicas, procederá a firmar cada una de las hojas que conformen la misma y entregará al Participante una copia que hará las veces del recibo respectivo. A continuación se dará lectura a los montos correspondientes a cada oferta y los representantes de la Secretaría, del Agente Financiero, del Participante que corresponda y de un fedatario público, verificarán que la propuesta económica se ajuste a lo dispuesto en estas bases.

  5.9.2. Una vez concluido el trámite indicado, el fedatario público abrirá el sobre que contiene el valor técnico de referencia al que alude el numeral 5.6.5. de estas bases, para certificar si las propuestas económicas son iguales o superiores a dicho valor y señalará este hecho sin mencionar el monto, salvo que el Comité, en el caso de presentarse una sola proposición resuelva que se dé a conocer el monto. A continuación el sobre que contenga el valor técnico de referencia se cerrará y sólo se abrirá para efectos de su integración al libro blanco, una vez concluido el proceso en su totalidad.

  El fedatario público hará constar lo señalado en este numeral y el anterior en el acta que levante con motivo de este acto.

  5.9.3. Adicionalmente, se levantará un acta circunstanciada en la que se hará constar los Participantes que hayan sido descalificados, así como las causas que lo motivaron, y quienes manifestaron su deseo de retirarse de la licitación. El acta será firmada por las autoridades y fedatarios indicados en el numeral 5.6.2., así como los Participantes que desearan hacerlo. A cada Participante se le entregará copia de dicha acta, en la inteligencia de que la omisión de cualquiera de las firmas no invalidará el contenido o los efectos de la misma.

  5.10. La recepción de la documentación e información presentadas por los Participantes a la apertura de cada una de las propuestas no implicará su aceptación por la Secretaría, ni el reconocimiento de su validez, ya que serán objeto de ulterior revisión y análisis. Por tanto, la Secretaría quedará facultada para descalificar posteriormente a los Participantes, si la documentación o información no es veraz o no reúne los requisitos legales y los demás requerimientos establecidos en las presentes bases. En este caso, se dará a conocer tal descalificación, tratándose de la propuesta técnica, en el acto de apertura de la propuesta económica, y respecto de la propuesta económica, a más tardar en el acto de emisión del fallo.

  6. Causales de descalificación

  Serán causales de descalificación las siguientes:

  6.1. La falta de validez jurídica o veracidad en los documentos, incluyendo las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad, o información que proporcionen los Participantes conforme a los Lineamientos, estas bases y el Formulario en cualquier etapa del proceso.

  6.2. La modificación de la información o documentación proporcionadas por los Participantes, en cualquier etapa de la licitación o la transmisión de cualesquiera de sus derechos como Participante, sin la previa autorización de la Secretaría.

  6.3. La sustracción no autorizada de documentación de la sala de información o la violación del convenio de confidencialidad señalado en el numeral 2.3. anterior.

  6.4. La presentación de propuestas condicionadas o parciales respecto del objeto de las presentes bases.

  6.5. La presentación extemporánea de proposiciones conforme al numeral 5.6. anterior.

  6.6. La presentación de propuestas que no se apeguen a los formatos respectivos o no incluyan la información y documentación solicitada en los mismos, si ello es fundamental para evaluarlas y emitir el fallo respectivo.

  6.7. La falta de viabilidad o congruencia de la propuesta técnica, de conformidad con los criterios señalados en el numeral 5.8.1. anterior.

  6.8. Contravenir lo señalado en el numeral 4.4. anterior.

  6.9. No asistir a la reunión señalada en el numeral 4.5. anterior.

  6.10. La objeción, en cualquier tiempo, de la Comisión Federal de Competencia, respecto de la participación del Participante, en términos de la Ley Federal de Competencia Económica.

  El Participante que sea descalificado por las causas señaladas en los numerales 6.1., 6.3., 6.5., 6.8. y 6.9. anteriores perderá, en beneficio del Gobierno Federal, la garantía que, para la seriedad de sus propuestas, hubiera constituido en los términos del numeral 2.2. que antecede.

  7. Fallo

  7.1. Una vez evaluada y aprobada por la Secretaría la propuesta técnica del o de los Participantes, el fallo se emitirá en favor de aquél que ofrezca el monto más alto por el aprovechamiento del Título de Concesión de la Vía Corta, siempre que éste asegure las mejores condiciones económicas para el estado.

  En consecuencia, ninguna otra condición u oferta serán consideradas para efectos de homologación de las ofertas económicas presentadas.

  7.2. Emisión del fallo y notificación.

  7.2.1. Una vez que se lleve a cabo la apertura de las propuestas económicas, la Secretaría realizará la homologación y recomendación de la propuesta ganadora, misma que someterá a la consideración de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación, la que resolverá en definitiva.

  7.2.2. La Secretaría, a través del Presidente del Comité notificará por escrito a los representantes de los Participantes la identidad de aquél que resulte ganador, dentro de los siete días hábiles siguientes a la fecha de apertura de las propuestas económicas.

  7.2.3. En el evento de que, a criterio de la Secretaría, las propuestas económicas no sean satisfactorias, la Secretaría se reserva el derecho de declarar desierta esta licitación sin que por ello incurra en responsabilidad alguna. La Secretaría notificará a los Participantes o sus representantes dicha resolución por escrito, a través del Secretario Técnico, en el plazo señalado en el numeral anterior.

  8. Otorgamiento del Título de Concesión, forma de pago y entrega de la Vía Corta

  8.1. Otorgamiento del Título de Concesión.

  La Secretaría otorgará el Título de Concesión a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que hubiere cubierto el Importe Total por el monto del aprovechamiento ofrecido por el Participante Ganador en términos del numeral 8.2. y de acuerdo con el modelo definitivo referido en el numeral 5.4.1.

  8.2. Forma de Pago y entrega de la Vía Corta.

  8.2.1. El Participante Ganador deberá pagar el importe relativo al aprovechamiento ofrecido por el Título de Concesión, más las contribuciones correspondientes (en adelante el “Importe Total”) en una sola exhibición a más tardar el 3 de agosto de 1999.

  8.2.2. El pago del Importe Total deberá efectuarlo el Participante Ganador directamente a la Tesorería de la Federación, mediante transferencia electrónica de fondos, en la cuenta que ésta indique, en moneda nacional o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, a más tardar a las doce horas de la fecha que corresponda. En el supuesto de que las operaciones mencionadas se realicen en dólares, el tipo de cambio y demás condiciones pertinentes serán las que se den a conocer durante la licitación. En ningún caso se aceptarán valores emitidos por el Gobierno Federal.

  En ningún caso el pago anticipado podrá tener como efecto la reducción del monto del aprovechamiento ofrecido.

  8.2.3. La diligencia de entrega-recepción de la Vía Corta se realizará siempre que se hubiera efectuado el pago del Importe Total, a más tardar el 16 de agosto de 1999.

  8.3. En el evento de que no se efectúe el pago del Importe Total dentro del plazo y términos mencionados en el numeral 8.2., la Secretaría no otorgará el Título de Concesión. El Participante Ganador perderá en beneficio del Gobierno Federal a título de pena convencional derivada del incumplimiento de sus obligaciones como Participante en esta licitación y a fin de resarcir al Gobierno Federal de los daños y perjuicios que dicho incumplimiento provoque, la garantía de seriedad a que se refiere el numeral 2.2. anterior.

  8.4. Si se presenta cualquiera de los supuestos previstos en el numeral 8.3. anterior, la Secretaría podrá declarar desierta la licitación o bien continuar el procedimiento sujeto a lo establecido en estas bases, excluyendo la postura del Participante Ganador. De no declararse desierta la licitación, se tendrán como proposiciones en firme las presentadas por el resto de los Participantes conforme al numeral 5., y la Secretaría deberá notificar, en su caso, y previa resolución de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación, la asignación correspondiente, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se haya incumplido con el pago de que se trate.

  9. Reclamaciones

  Sólo se aceptarán reclamaciones por pasivos en materia ecológica, en los términos y condiciones que establezca el Título de Concesión, así como por pasivos derivados de obligaciones fiscales o laborales, originados con anterioridad a la entrega-recepción de la Vía Corta, en cuyo caso, el plazo para presentar la reclamación será el mismo que la legislación en vigor a la fecha de firma del Título de Concesión, establezca para la prescripción o caducidad del derecho o acción base de la reclamación, según en el supuesto que se trate.

  10. Disposiciones generales

  10.1. La Secretaría contará con un despacho de auditores de reconocido prestigio, que audite cada una de las etapas de las licitaciones del proceso de reestructuración del Sistema Ferroviario Mexicano, así como para que participe en las entrevistas y reuniones previstas en las presentes bases, entre representantes de la Secretaría o de Ferrocarriles Nacionales de México y los Participantes de las licitaciones.

  10.2. Se efectuará una grabación o se levantará un acta de las entrevistas y reuniones previstas, en las presentes bases según lo requiera la naturaleza de las mismas. Las cintas o actas correspondientes quedarán bajo el resguardo de la Secretaría.

  10.3. Las actividades relacionadas con la solicitud y presentación de información y documentación al Agente Financiero deberán llevarse a cabo en días hábiles conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de las 10:00 a las 14:00 y de las 16:00 a las 19:00 horas.

  10.4. Salvo en los casos en que las presentes bases indiquen específicamente lo contrario, para todos los asuntos relativos a esta licitación y trámites necesarios, los Participantes deberán dirigirse al Agente Financiero, a la Dirección Corporativa de Proyectos Especiales en sus oficinas ubicadas en avenida Periférico Sur 314, colonia San Angel Tlacopac, código postal 01049, México, Distrito Federal, teléfono 01 51 74 22 31 y facsímil 01 51 74 22 39. En consecuencia, los interesados o Participantes deberán abstenerse de obtener información por medios distintos a los establecidos en las presentes bases.

  10.5. Sólo tendrán validez para los efectos de la presente licitación, la información escrita y los documentos que sean proporcionados por la Secretaría a los Participantes, a través del Agente Financiero, por lo que aquélla no reconocerá ninguna otra información, instrucciones, aclaraciones o documentos suministrados por terceros. Asimismo, la Secretaría sólo admitirá documentos o solicitudes cuando sean entregados o realizados a través del Agente Financiero y exista constancia escrita de ello.

  10.6. Los interesados y Participantes reconocen y aceptan por el hecho de participar en la presente licitación, que la información presentada por ellos será considerada como confidencial en tanto se incorpore a un expediente del proceso, copia del cual se entregará a las autoridades federales competentes y será del conocimiento público.

  10.7. Salvo que la Secretaría indique expresamente lo contrario durante la licitación, la información y los documentos que se requieran en el Formulario y en estas bases serán presentadas en español.

  10.8. Cuando los documentos o informaciones presentados, elaborados o firmados por los interesados o Participantes consignen cantidades en números y en letras, y haya diferencias entre ambas, prevalecerán en todo caso las expresadas con letra.

  10.9. En el caso de operaciones aritméticas o financieras que se incluyan en cualquier documento o información elaborada, presentada o firmada por el interesado o Participante, la cifra que se tomará en consideración será la del resultado total, aun cuando ésta no se halle correctamente soportada.

  11. Modificaciones

  11.1. Las presentes bases podrán ser modificadas por la Secretaría cuando menos con siete días naturales de anticipación a la fecha fijada para la recepción de las proposiciones, mediante su publicación con el mismo alcance y difusión que se dé a las presentes bases.

  11.2. En tal evento, los Participantes que no estén de acuerdo en continuar con la licitación podrán retirarse de la misma, sin que proceda reclamación alguna por cualquiera de las partes, dentro de un plazo de tres días hábiles, contados a partir de la publicación aludida y tendrán derecho a que les sea devuelta la garantía otorgada en términos del numeral 2.2. anterior.

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 22 de marzo de 1999.-El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité, Aarón Dychter Poltolarek.-Rúbrica.