EXTRACTO de las solicitudes de registro constitutivo de veinticinco entidades internas de la Diócesis de Papantla, A.R., como asociaciones religiosas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

  EXTRACTO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE VEINTICINCO ENTIDADES INTERNAS DE LA DIOCESIS DE PAPANTLA, A.R.

  En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto relativo a veinticinco solicitudes de registro constitutivo como asociación religiosa, de igual número de entidades internas de la DIOCESIS DE PAPANTLA, A.R., las cuales fueron presentadas a la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo por el Obispo Diocesano, Lorenzo Cárdenas Aregullin, en su carácter de representante legal cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:

  I.- Denominación: de conformidad con las propuestas contenidas en cada una de las solicitudes, la denominación de estas divisiones internas y sus representantes serán los siguientes:

  Denominación Representante
 1. Parroquia de San Rafael Arcángel de Teziutlán, Pue. Antonio Grajales y Lagunes
 2. Parroquia de Santiago Apóstol, Hueytamalco, Pue. Antonio Galván China
 3. Parroquia de la Asunción de María Santísima de Tlapacoyan, Ver. José del Carmen Sánchez y Gándara
 4. Parroquia del Sagrario de Teziutlán, Pue. Miguel Reyes Mendoza
 5. Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe Colonia del Progreso Municipio de Hueytamalco, Pue. Juan Mora Selvera
 6. Parroquia de San Antonio de Padua de Teziutlán, Pue. Juan José Sánchez Vidal
 7. Parroquia San José de Acateno, Pue. Efrén Verdín López
 8. Parroquia de San Francisco de Asís, Teziutlán, Pue. Luciano Hernández Barrientos
 9. Parroquia de San Juan Evangelista del Barrio de San Juan Acateno, Puebla Luis Lizardí Panduro
10. Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de Teziutlán, Pue. Fausto Leonel Meza Trejo
11. Parroquia de la Divina Providencia de Poza Rica, Ver. Lázaro Santiago Salazar
12. Parroquia de Cristo Rey Poza Rica, Ver. Pablo Gutiérrez Gómez
13. Parroquia del Espíritu Santo de Poza Rica, Ver. José Luis Ramos Jarillo
14. Parroquia de San Judas Tadeo de Poza Rica, Ver. Martín Salvador Ramírez Pacheco
15. Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de Poza Rica, Ver. Juan Núñez Fuentes
16. Cuasiparroquia de San Juan Bautista en Paso de Coyutla, Mpio. de Coyutla, Ver. Higinio Barragán Alvarez
17. Parroquia de Nuestra Señora de Lourdes de Coatzintla, Ver. Héctor Abraham Abril
18. Parroquia de Nuestra Señora de Fátima de Poza Rica, Ver. Ramón Reyes Piñón
19. Parroquia de San Martín de Porres de Poza Rica de Hidalgo, Ver. José González Magaña
20. Parroquia de María Inmaculada de Poza Rica, Ver. José Manuel Méndez Peña
21. Parroquia de Santiago Apóstol de Coatzintla, Ver. José de la Luz Silva Rodríguez
22. Parroquia de Nuestra Señora de la Merced de Poza Rica de Hgo., Ver. Andrés Román Quintal Ortiz
23. Parroquia Sagrado Corazón de Jesús, Cazones de Herrera, Ver. Arturo Benites Cobos
24. Parroquia del Sagrado Corazón de Jesús de Poza Rica, Ver. Juan Jaime Suárez Silva
25. Parroquia de María Auxiliadora de Poza Rica, Ver. Mario Jesús Serrato Martínez

  II.- Domicilio legal: el señalado en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes, todos comprendidos dentro de la jurisdicción eclesiástica de la Diócesis de Irapuato.

  III.- Relación de inmuebles: los señalados en el apartado respectivo de cada una de las solicitudes de registro.

  IV.- Cada una de las solicitantes de registro presentaron sus estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente:

  “La propagación de la verdad Evangélica en todo su territorio con pleno respeto a la libertad de conciencia de todos los hombres, así como la enseñanza y práctica de sus creencias, especialmente a través de la liturgia; la educación en todos los niveles y modalidades; la defensa y promoción de la cultura y de las tradiciones regionales, el apoyo y la asistencia individual y social del hombre en su dignidad y sus derechos fundamentales”.

  V.- Asociados: los relacionados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes de registro.

  VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  VII.- Ministros de culto: los señalados en el apartado respectivo de cada una de las solicitudes de registro.

  En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.

  Atentamente

  México, D.F., a 31 de octubre de 2006.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Alvaro Castro Estrada.- Rúbrica.