RESOLUCION sobre reconocimiento y titulación de bienes comunales del poblado Santiago Azajo, Municipio de Coeneo, Mich., (Registrada con el número 7863).

 

 

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.

 

VISTO para resolver en única instancia el expediente de reconocimiento y titulación de bienes comunales del poblado "SANTIAGO AZAJO", Municipio de Coeneo, de Estado de Michoacán; y

 

PRIMERO.- Por escrito de fecha 19 de marzo de 1954 vecinos del poblado de que se trata, solicitaron del Titular del Departamento de Asuntos Agrarios v Colonización, hoy Secretaría de la Reforma Agraria el reconocimiento y titulación de sus terrenos comunales la instancia se remitió a la Dirección General de Tierras y Aguas del citado Departamento, la que inició el expediente respectivo el 14 de mayo de 1954, registrado bajo el número 276.1/2223, publicándose la referida solicitud en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 27 de mayo de 1976 y en el "Diario Oficial" de la Federación el 1o. de abril de 1977; los representantes comunales fueron electos en su oportunidad y se procedió a la ejecución de los trabajos técnicos e informativos.

 

RESULTANDO SEGUNDO.- Terminados los trabajos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias que obran en el expediente relativo, se llegó al conocimiento de lo siguiente: la diligencia censal arrojó un total de 335 comuneros, dicha comunidad presentó los documentos con que la comunidad de que se trata, estima demostrar los derechos que lo asisten sobre las tierras pretendidas como bien comunal, consistentes en copia al carbón del título original, de cuyo análisis se deduce que los terrenos en cuestión fueron reconocidos a la comunidad de referencia, mediante decreto de composición de tierras, librado el 12 de noviembre de 1946, por don Marco Antonio Pérez. Juez Comisariado de Pátzcuaro, consta que la Oficina de Paleografía, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Reforma Agraria en fecha 29 de julio de 1954, consideró que no obstante que la comunidad aludida no exhibió los títulos originales, acreditó satisfactoriamente el derecho a la propiedad de los terrenos, con la copia certificada de los títulos respectivos expedida por el Jefe del Registro Público de la Propiedad y Director General de Notarías en Morelia, Michoacán, además ha venido poseyendo éstas con carácter comunal, en forma pacífica, pública y continua desde tiempo inmemorial por lo que se encuentra dentro de lo establecido por el Artículo 267 de la Ley Federal de Reforma Agraria, v de acuerdo con los trabajos técnicos realizados la superficie comunal abarca una extensión total de 3,016-00-00 Has., de terrenos en general oportunamente fueron citados y emplazados los núcleos colindantes; la comunidad de que se trata no tiene conflictos por límites con los poblados circunvecinos de acuerdo con las actas levantadas al efecto y las opiniones del Instituto Nacional Indigenista, de la Delegación Agraria y de la Dirección General de Bienes Comunales son en el sentido de que es procedente el reconocimiento y titulación de los terrenos comunales del poblado mencionado por haberse reunido los requisitos que señalan la Ley Federal de Reforma Agraria y el Reglamento respectivo.

 

Los 335 comuneros que arrojó el censo, son: Juan Sebastián 2.- Estanislao Sebastián, 3.- Cecilio Sebastián, 4.- Manuel Sosa, 5.- Procopio Sosa, 6.- Emigdio Sosa, 7.- Márgaro Ascensio, 8.- Sebastián Ascensio 9.- Trinidad Ascensio 10.- Francisco Pascual 11.- Silverio Sosa, 12.- Anastasio Sosa, 13.- Marcial Sosa 14.- Jerónimo Tomás, 15.- Maximino Sosa, 16.- Eugenio Téllez, 17.- Víctor Ascensio, 18.- Marcial Ascensio, 19.- Simón Téllez, 20.- J. Guadalupe Estrada, 21.- Macedonio Estrada, 22.- Raymundo Canuto, 23.- Pedro Ascensio 24.- Francisco Encarnación 25.- Hilario Jiménez. 26.- Benigno Jiménez, 27.- Vicente Pacheco, 28.- Ceferino Pacheco, 29.- Nicolás Cruz 30.- Silverio Canuto, 31.- Lorenzo Canuto 32.- Hipólito Campos, 33.- Francisco Campos, 34.- Benigno Canuto, 35.- Teresa González, 36.- Felipe Lintzun, 37.- Ignacio Canuto, 38.- Simón Canuto 39.- Félix Bautista. 40.- Francisco Bautista, 41.- J. Rosario Sosa 42.- Macario Sosa, 43.- Julio Santiago, 44.- J. Dolores Sosa 45.- Crescensio, Dimás, 46.- Jerónimo Paredes, 47.- Laureano Sintzun, 48.- Jacinto Esteban, 49.- Pedro Sintzun, 50.- Erasmo Sintzun.

 

51.- Isidoro Santiago, 52.- Juan Pascua;, 53.- J. Guadalupe Pascual 54.- Anastasio Pacheco 55.- Juan Pacheco 56.- Anastasio Sintzun, 57.- Agustín Pascual, 58.- Leonardo Pascual, 59.- Estanislao Pascual, 60.- Eusebio Pascual, 61.- Benigno Pascual, 62.- Anastasio Pascual, 63.- Ignacio Silva, 64.- Hilario Ramírez, 65.- Antonio Sosa, 66.- Eulogio Dimás ó7.- Bernabé Sangrero 68.- Pedro Tomás, 69.- Cirilo Esteban, 70.- Gregorio Ramírez 71.- Santiago Ramírez 72.- León Ramírez, 73.- Silviano Aguilar, 74.- Juan Tapia, 75.- Alejo Tapia, 76.- Pantaleón Ascencio, 77.- Santiago Jiménez, 78.- Timoteo Jiménez 79.- Isaías Jiménez, 80.- Francisco Jiménez, 81.- Pedro Jiménez, 82.- Gabino Jiménez, 83.- Moisés Bautista 84.- Juan A. Bautista, 85.- Luis Cecilio 86.- Máximo Ramírez 87.- Juan Alejo 88.- Plácido Alejo, 89.- Gorgonio Dimas, 90.- Eduardo Dimas, 91.- Gabino Sosa. 92.- J. Rosario Pacheco, 93.- Gilberto Tomás, 94.- Agapita Bautista, 95.- Santiago Pacheco 96.- Félix Pacheco 97.- J. Dolores Pacheco 98.- Pantaleón Paredes, 99.- Vidal Pacheco, 100.- Eusebio León.

 

101.- Narciso Dimas, 102.- Marcial Jacobo 103.- Martín Nieves, 104.- Rafael Baltazar, 105.- Bonifacio Cruz 106.- Miguel Felipe 107.- Francisco Dimas, 108.- Celestino Santiago, 109.- Juan Dimas, 110.- Jerónimo Jiménez, 111.- Ambrosio Torres, 112.- Felipe León, 113.- Pablo Montoya, 114.- Fausto Montoya, 115.- Santiago Tapia R. 116.- Miguel Teodoro 117.- Angel Pacheco, 118.- Santiago Pacheco D., 119.- Macedonio Jiménez, 120.- Julián Serrato, 121.- Adrián Serrato, 122.- Apolinar Serrato, 123.- Julián Sosa F., 124.- Agustín Sosa, 125.- Santiago Felipe, 126.- Pedro Sosa F., 127.- Adrián Sosa F. 128.- Rodrigo Santiago, 129.- Juárez Sosa F. 130.- Pedro Sosa G. 131.- Luis Sosa 132.- Félix Téllez S. 133.- Eduardo Sosa, 134.- Amador Sosa, 135.- Bartolo Serrato, 136.- Pedro Serrato, 137.- Adalberto Serrato, 138.- Melesio Sosa, 139.- J. Trinidad Sosa, 140.- Pedro Telles C., 141.- Pascual Jiménez, 142.- Francisco Miguel, 143.- Juan Jiménez, 144.- Maximino Tzintzun 145.- Juan Tzintzun, 146.- Marín Chaquis, 147.- Martín Chaquis, 148.- Juan Tapia, 149.- Alejo Tapia, 150.- Tomás Ramos.

 

151.- Norberto Felipe, 152.- Juan Felipe 153.- Alfredo Sosa 154.- Julián Sosa T. 155.- Leandro Lira, 156.- Gregorio Lira, 157.- Erasto Sosa, 158.- Narciso Telles 159.- Valentín Telles, 160.- Emiliano Telles, 161.- Primitivo Telles 162.- Anastasio González, 163.- Juan Tzintzun P., 164.- Antonio Sosa P., 165.- Magdalena Rodríguez, 166.- Fernando Telles, 167.- Pedro Tapia, 1O8.- Hilaria Tapia 169.- Emigdio Tapia 170.- Lorenzo Tornero, 171.- Florentino Tornero, 172.- Fernando Pérez, 173.- Ezequiel Pacheco 174.- Víctor Pacheco, 175.- Seferino Beltrán, 176.- Agustín Beltrán 177.- Teófilo Beltrán, 178.- Feliciano Valdez, 179.- Hilario Teodoro, 180.- J. Cruz Teodoro, 181.- Hipólito Díaz, 182.- Tomás Sosa, 183.- Santiago Telles D., 184.- Francisco Pérez 185.- Primitivo Pérez, 186.- Gregorio Ramos, 187.- Santiago Pérez A., 188.- Alberto Santiago 189.- Francisco Pacheco, 190.- Jacinto 9ánchez, 191.- J. Rosario Tapia, 192.- Cornelio Sosa, 193.- Albino Telles, 194.- Santiago Telles T., 195.- Lázaro Bautista, 196.- Antonio Bautista, 197.- Santiago Bautista T., 198.- Juan Bautista, 199.- Albino Bautista, 200.- Vidal Bautista.

 

201.- Santiago Bautista V., 202.- Lorenzo Nieves, 203.- J. Jesús Nieves 204.- Federico Senato, 205.- Víctor Bautista 206.- Francisco Bautista, 207.- Leonardo Dimas, 208.- Aureliano Dimas 209.- Hipólito Valdez, 210.- Maximino Valdés 211.- Juan Valdés, 212.- Pedro Aguilar, 213.- Porfirio Sagrero, 214.- Pedro Felipe, 215.- Esteban Ramírez. 216.- Bonifacio Felipe, 217.- Francisco Aguilar 218.- J. Jesús Aguilar 219.- J. Jesús Esteban, 220.- Eduardo Esteban 221.- Bruno Pacheco, 222.- Isidro Pacheco, 223.- Carlos Sarabia 224.- Juan Pacheco, 225.- Melitón Pacheco 226.- Pedro Esteban 227.- Timoteo Pacheco, 228.- Jerónimo Aguilar, 229.- Santiago Sosa, 230.- Arnulfo Pacheco, 231.- Merced Pérez 232.- Santiago Pacheco, 233.- Pedro Tapia, 234.- Graciano Tapia 235.- Tiburcio Valdez, 236.- Luis Pacheco, 237.- Agustín Tapia, 238.- Silverio Pacheco, 239.- Jesús León, 240.- Santiago León, 241.- Bonifacio León, 242.- Santiago Paredes 243.- Genaro Matías, 244.- Francisco González, 245.- Bernardino Paredes, 246.- Cayetano González 247.- Santiago González 248.- Maximino González, 249.- Santiago González, 250.- Francisco Bautista.

 

251.- Margarito Bautista, 252.- Inés Bautista, 153.- Benito Bautista 254.- Encarnación Medina. 255.- Pablo Medina 256.- Ciriaco Díaz, 257.- Luis Alejo, 258.- Amador Tapia, 259.- Luis Baltazar, 260.- Santiago Alejo G., 261.- Cenobio Jacobo 262.- Eusebio Alejo 263.- Nepomuceno Alojo, 264.- Bonifacio Alejo, 265.- Santiago Pacheco, 266.- Santiago Alejo C., 267.- Merced Felipe. 268.- Laureano Calderón, 269.- Pedro Pacheco, 270.- Adrián Pacheco, 271.- Gilberto Pacheco 272.- Francisco Alejo 273.- Santiago Pacheco A., 274.- Antonio Pacheco, 275.- Hilario Santiago 276.- Lorenzo Santiago, 277.- Eugenio Santiago, 278.- Leonardo Santiago, 279.- Saturnino Santiago 280.- Hipólito Santiago, 281.- Melesio Pacheco 282.- Estanislao Santiago J. 283.- Santiago Alejo José, 284.- León Alejo, 285.- Francisca Jiménez 286.- Santiago Sebastián 287.- Santiago Bautista, 288.- Lorenzo Bautista, 289.- Pánfilo Aguirre, 290.- Martín Aguirre, 291.- Felipe Serrato, 292.- Antonio Ramos 293.- Refugio Jiménez, 294.- Alfonso Ramírez, 295.- Gervacio Loza, 296.- Patricio Loza 297.- Santiago Loza, 298.- Juan Matías, 299.- Refugio Jiménez, 300.- Vicente Matías.

 

301.- Lorenzo Loza, 302.- Dámaso Calderón 303.- Samuel Calderón, 304.- Enrique Valdez 305.- Adolfo Matías, 306.- Feliciana Valdez, 307.- Pedro Jacobo, 308.- Víctor Jiménez 309.- Cirilo Loza 310.- Alfonso Loza, 311.- Vicente Sosa, 312.- Bartolo Calderón 313.- Pedro Dimas, 314.- Teodosio Sosa, 315.- Leandro Telles 316.- Epitacio Jiménez, 317.- Isaías Jiménez, 318.- Luis Jacobo, 319.- Felipe Telles, 320.- Santiago Cecilio, 321.- Celedonio Jacobo 322.- Mauro Jacobo, 323.- Rosario Francisco 324.- Martiniano Jacobo, 325.- Crescencio León 326.- Pedro León 327.- Cirilo Telles, 328.- Jesús Valdés, 329.- Santiago Pacheco; 330.- Agustín Telles, 331.- Antonio Canuto, 332.- Juan Barajas 333.- Emigdio Sosa, 334.- Federico Jiménez y 335.- Leonardo Cecilio.

 

Con los elementos anteriores el Cuerpo Consultivo Agrario emitió su dictamen el 24 de octubre de 1979 en el sentido de esta Resolución; y

 

CONSIDERANDO UNICO.- Que la comunidad de Santiago Azajo confronta problema de linderos con la comunidad denominada "Donaciano Ojeda", de 23-60-00 Has., con la cual colinda el núcleo que nos ocupa debido a la antigüedad que presentan los títulos de ambas comunidades, se excluye mencionada superficie para que se resuelva por la vía de conflicto, por tanto al número de que se trata le queda una superficie de 3,016-00 Has. terrenos que de hecho y por derecho les pertenece ya que los han venido poseyendo desde tiempo inmemorial, en forma continua, pacífica y pública, que es la resultante de la medición que se llevó a cabo y cuyas colindancias y linderos son los siguientes; partiendo del vértice I denominado CRUZ DE OCOTE formando un punto de trino con los terrenos del ejido definitivo de NAPIZARO, los terrenos comunales de San Andrés Tziróndaro y los de Santiago Azajo ; de donde siguiendo con un rumbo general NE, pasando por los vértice 2 3 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 18, 19, 20, y 21 y con una distancia aproximada de 2,400 metros, se llega al vértice 22, de donde con rumbo general NE pasando por las vértices 23, 24, 25, 26 27 y con una distancia de 810 metros, se lleva al vértice 28 mojonera de LAS RAJAS de donde con rumbo general NE pasando por los vértices 29, 30 y con una distancia de 180 metros, se llega 31 de donde con rumbo general NE y con una distancia aproximada de 350 metros, se llega al vértice 32 LA TIJERA; de donde con rumbo general NE pasando por los vértice 33 34, 35, 36, 37 y con una distancia aproximada de 770 metros, se llega al vértice 38 CERRITO CASCAJOSO de donde con rumbo general SE y una distancia aproximada de 740 metros se llega al vértice 39, de donde con rumbo general NE pasando por el vértice 40 y una distancia aproximada de 130 metros, se llega al vértice 41, de donde con rumbo general SE y una distancia aproximada de 65 metros se llega al vértice 42 mojonera del MADROMO GACHO, de donde con rumbo general SE pasando por los vértice 43, 44, 45, 46 y una distancia aproximada de 3 de 385 metros, se llega al vértice 47 mojonera de LOS LOBOS de donde con rumbo general NE pasando por el vértice 48 y una distancia aproximada de 430 metros, se llega al Vértice 49. LA TEPUZA, de donde con rumbo general NE pasando por los vértices 50, 51, 53, 54, 55 y una distancia aproximada de 730 metros, se llega al vértice 56 de donde con un rumbo general NE y una distancia aproximada de 340 metros, se llega al vértice 60 mojonera PIEDRA CHINA formando punto trino con los terrenos comunales de SAN ANDRES TZIRONDARO, los de SAN JERONIMO y los que se describen de donde con un rumbo general NE y una distancia aproximada de 130 metros, se llega al vértice 61 formando punto trino con los terrenos comunales de SAN JERONIMO, los comunales de SAN ANDRES TZIRONDARO y los que se describen, de donde con rumbo general NW y una distancia aproximada de 380 metros se llega al vértice 62 de donde con rumbo general NW y una distancia aproximada de 440 metros, se llega al vértice 64, de donde con rumbo general NW pasando por el vértice 66, formando punto trino con los terrenos comunales de SAN ANDRES TZIRONDARO los del ejido de SANTIAGO AZAJO, los que se describen de donde con rumbo general NW pasando por los vértices 67, 68 y una distancia aproximada de 690 metros se llega al vértice 69, de donde con rumbo NW y una distancia aproximada de 300 metros se llega al vértice 70 de donde con rumbo general NW y una distancia aproximada de 290 metros se llega al vértice 71, de donde con rumbo general NW pasando por los vértices 72, 73 y una distancia aproximada 560 metros, se llega al vértice 74, de donde con rumbo general NW pasando por los vértices 75, 76, 77, 78, 79, 80 y una distancia aproximada de 2,210 metros, se llega al vértice 81 formando punto trino con los ejidos de CAMANJA, los del ejido SANTIAGO AZAJO y los demás comunales que se describen de donde con rumbo general Sur franco pasando por el vértice 82 y una distancia aproximada de 260 metros, se llega al vértice 83 de donde con rumbo general SW pasando por los vértices 84, 85, 86, 87, 88, 89 y una distancia aproximada de 840 metros, se llega al vértice 90, de donde con rumbo general SW pasando por el vértice 84, 85, 86, 87, 88, 89, y una distancia aproximada de 840 metros, se llega al vértice 90, de donde con rumbo general SW pasando por el vértice 92 de donde con rumbo general SW y una distancia aproximada de 315 metros, se llega al vértice 93 de donde con rumbo general SW pasando por los vértices 94, 95, 96, 97, 98 y una distancia aproximada de 1,470 metros, se llega al vértice 99, de donde con rumbo general SW pasando por los vértices 100, 102, 102, 103, 104 y una distancia aproximada de 1,290 metros se llega al vértice 105, de donde con rumbo general NW pasando por los vértices 106, 107, 108, 109 y una distancia aproximada de 790 metros se llega al vértice 110 formando punto trino con los ejidos de COMANJA, el de CARATACUA, y los comunales que se describen de donde con rumbo general NW pasando por los vértices 111, 112, 113, 114 115, 116 y una distancia aproximada de 800 metros se llega al vértice 117, mojonera de PIEDRA CHICA, de donde con rumbo general SW y una distancia aproximada de 170 metros, se llega al vértice 118, de donde con rumbo general NW y una distancia aproximada de 60 metros, se llega al vértice 119 de donde con rumbo general SW pasando por el vértice 120 y una distancia aproximada de 240 metros, se llega al vértice 121, de donde con rumbo general SE pasando por el vértice 122, y una distancia aproximada de 110 metros, se llega al vértice 123, de donde con rumbo general SW y una distancia aproximada de 110 metros se llega al vértice 124, de donde con rumbo general SW pasando por los vértices 125, 126, 127, 128, y una distancia aproximada de 1,980 metros, se llega al vértice 129 mojonera LA TEPUZA, de donde con rumbo general Este franco pasando por los vértices 130 131 132 y una distancia aproximada de 920 metros, se llega al vértice 133, formando punto trino con los ejidos de CARATACUA, ZINCIRO y los comunales que se describen de donde con rumbo general Este franco pasando por el vértice 134 y una distancia aproximada, de 895 metros, se llega al vértice 135, CAPILLA DE LA CANDELARIA de donde con rumbo general SE pasando por los vértices 136, 137 138, 139, 110, 141 142, 143 144 145 146, 147 148, 149 150, 151, 152, 153, 154 155, 156, 157 158 159, 160 161, CERRO DEL, MAGUEY, 162 y una distancia aproximada de 3,540 metros, se llega al vértice 163, de donde con rumbo general SE pasando por los vértices 164 165, 166, 167, 168, 169, una distancia aproximada de 2,090 metros, se llega al vértice 1 CRUZ DE OCOTE, de donde dio principio la presente descripción.

 

Por lo expuesto y con apoyo en los artículos 356 al 365, 2o. y 4o, Transitorios y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria y Reglamento para la tramitación de los Expedientes de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales, se resuelve:

 

PRIMERO.- Se reconoce y titula correctamente a favor del poblado "SANTIAGO AZAJO", Municipio de Coeneo, del Estado de Michoacán, una superficie total de 3,016-00-00 Has. (TRES MIL DIECISEIS HECTAREAS), de terrenos en general cuyas colindancias y linderos quedaron descritos en la parte considerativa de esta resolución la cual servirá a la comunidad promovente como título de propiedad para todos los efectos legales.

 

La anterior superficie deberá ser localizada de acuerdo con el plano aprobado por la Secretaría de la Reforma Agraria.

 

SEGUNDO.- Se declara que los terrenos comunales que se reconocen y titulan son inalienables, imprescriptibles e inembargables y que sólo para garantizar el goce y disfrute de los mismos por parte de la comunidad a quien pertenecen se sujetarán las limitaciones y modalidades que la Ley Agraria en vigor establece para los terrenos ejidales.

 

TERCERO.- En cumplimiento a lo que dispone el artículo 365 de la Ley Federal de Reforma Agraria, la Secretaría de la Reforma Agraria dentro de los 120 días posteriores a la ejecución de esta resolución deberá efectuar los estudios y trabajos siguientes: Económico y social para el desarrollo rural y bienestar de la comunidad; los necesarios para resolver las dotaciones, complementarias, o la adquisición de bienes para satisfacer las necesidades de la comunidad; para la regularización de fondos legales y zonas de urbanización para el establecimiento de la parcela escolar y la unidad agrícola industrial para la mujer en los términos señalados por la Ley invocada; y acerca de la producción para determinar el porcentaje que dentro del límite legal les corresponda pagar como impuesto predial.

 

CUARTO.- Publíquese en el "Diario Oficial" de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán, e inscríbase en el Registro Agrario Nacional y con el Registro Público de la Propiedad correspondiente la presente resolución sobre reconocimiento y titulación de los terrenos comunales del poblado de "SANTIAGO AZAJO" Municipio de Coeneo de la citada Entidad Federativa, para los efectos de Ley; notifíquese y ejecútese.

 

Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, en México, Distrito Federal, a los diez díaz del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, José López Portillo.- Rúbrica.- Cúmplase. El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo Corro.- Rúbrica.

 

 


 

 

 

Día 14

 

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