NORMA Oficial Mexicana NOM-Z-5-1986, Dibujo Técnico-Rayados.

 

 

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

 

La Dirección General de Normas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 4o., 7o. inciso a), 23, 24 y demás relativos de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas; 9o. y 21 fracciones I y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, 4o. fracción X inciso a) del Acuerdo que adscribe unidades administrativas y delega facultades en los Subsecretarios, Oficial Mayor, Directores Generales y otros subalternos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, publicados estos dos últimos ordenamientos en el Diario Oficial de la Federación de 20 de agosto y 12 de septiembre de 1985, respectivamente, se expide la siguiente:

 

NORMA OFICIAL MEXICANA: NOM-Z-5-1986

 

DIBUJO TECNICO-RAYADOS (Esta Norma Cancela la: NOM-Z-5-1985)

 

1 OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION

 

Esta Norma Oficial Mexicana establece las características del rayado que se usa para identificar las áreas de los cortes o secciones en el dibujo técnico.

 

2 REFERENCIAS

 

Para la aplicación de esta Norma se deben consultar las siguientes Normas Oficiales Mexicanas vigentes:

 

NOM-Z-4    DIBUJO TECNICO-LINEAS

 

NOM-Z-6    DIBUJO TECNICO-CORTES Y SECCIONES

 

3 DEFINICION

 

3.1 Rayado

 

Para efectos de esta Norma el rayado se define como el conjunto de trazos separados por intervalos uniformes que marcan el área de una sección o de un corte.

 

4 ESPECIFICACIONES

 

4.1 Los rayados deben trazarse con líneas tipo B a un ángulo conveniente, de preferencia 45°, en relación a los principales contornos o líneas de simetría de corte o sección (figuras 1, 2 y 3)

 

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4.2 Las áreas separadas de una sección o corte del mismo componente se deben rayar en la misma forma.

 

4.3 El rayado de secciones o cortes de componentes contiguos se debe realizar con diferente dirección o diferentes espacios (figuras 4 y 5).

 

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4.3.1 El espacio entre líneas del rayado, debe elegirse en proporción al tamaño de las áreas rayadas procurando mantener el espacio mínimo de 0.7 milímetros.

 

4.4 En el caso de áreas grandes, el rayado puede limitarse a una zona que siga el contorno del área rayada (figura 5)

 

4.5 Si las secciones de la misma parte en planos paralelos se muestran lado por lado, el rayado debe ser idéntico, pero puede no ser convergente a lo largo de la línea divisoria entre las secciones si se considera que existe mayor claridad (figura 6)

 

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4.5.1 En el caso de cortes por un solo plano de una misma pieza cuyas superficies rayadas son contiguas, el rayado se traza sin considerar la línea de separación (figura 7).

 

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4.6 El rayado se debe interrumpir cuando es necesario colocar inscripciones en el área rayada (figura 8).

 

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4.7 El rayado de secciones delgadas puede sustituirse mostrándolas totalmente negras y entre secciones contiguas de este tipo debe dejarse un espacio mínimo de 0.7 milímetros (figuras 9 y 10).

 

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4.8 El rayado puede emplearse para indicar el tipo de material en las secciones o cortes usando diferentes rayados para indicar distintos materiales y el significado de estos rayados se debe definir claramente en el dibujo o por referencia a las normas que correspondan.

 

5 BIBLIOGRAFIA

 

Norma ISO-128.

 

Technical Drawings- General Principles of Presentation.

 

6 CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES

 

Esta Normas Oficial Mexicana concuerda con la Norma ISO-128 (ver inciso 5).

 

7 OBSERVANCIA OBLIGATORIA DE ESTA NORMA

 

De conformidad con el artículo 24 de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas los términos, expresiones, abreviaturas, símbolos y diagramas contenidos en la presente Norma deben emplearse en el uso de las medidas y en el lenguaje técnico industrial. Por consiguiente, para tales fines y atento lo dispuesto en el artículo 7o. inciso a) de la misma Ley, esta Norma es de carácter obligatorio.

 

México, D. F., a 11 de diciembre de 1986.- El Director General de Normas, Consuelo Sáez Pueyo.- Rúbrica.