RESOLUCION sobre incorporación de tierras al régimen ejidal, solicitada por vecinos del poblado denominado El Alamo, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Dgo. (Reg.-6359).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
VISTO para resolver en definitiva el expediente relativo a la incorporación de tierras al régimen ejidal, solicitada por vecinos del poblado denominado "EL ALAMO", ubicado en el Municipio de Tlahualilo, del Estado de Durango; y
RESULTANDO PRIMERO.- Mediante escrito de fecha 2 de octubre de 1984, un grupo de campesinos radicados en el poblado de que se trata, solicitaron al Delegado Agrario en el Estado, la incorporación al régimen ejidal de una superficie de 144-56-50 Has. que fue adquirida por ellos mismos, por no serles suficientes las tierras que actualmente poseen, para satisfacer sus necesidades agrarias. Turnada la solicitud a la Delegación Agraria en el Estado de Durango ésta inició el expediente respectivo, procediéndose a la ejecución de los trabajos técnicos e informativos.
RESULTANDO SEGUNDO.- Revisados los antecedentes y analizadas las constancias que obran en el expediente respectivo, se llegó al conocimiento de lo siguiente: Por Resolución Presidencial de fecha 30 de agosto de 1973, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre de 1973, se concedió al poblado en mención por concepto de nuevo centro de población ejidal, una superficie de 308-00-00 Has. de agostadero con porciones susceptibles de cultivo, habiéndose reservado tres parcelas de 20-00-00 Has. cada una para constituir la zona urbana, la parcela escolar y la unidad agrícola industrial para la mujer, respectivamente, y el resto se destinó para la explotación colectiva de 45 capacitados en materia agraria; habiéndose ejecutado dicha resolución el 11 de septiembre de 1974; y de los trabajos técnicos e informativos que se realizaron para resolver el presente expediente se desprende que por Asamblea General Extraordinaria de Ejidatarios de fecha 4 de febrero de 1986, los ejidatarios presentes acordaron y expresaron por unanimidad su voluntad de que el predio rústico denominado el "El Paraiso", con superficie de 144-56-50 Has. de temporal, fuera incorporado al régimen ejidal del poblado "El Alamo", Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango. Que el predio en mención una vez practicado el levantamiento topográfico respectivo y después de verificarse los rumbos y distancias, arrojó una superficie de 144-59-31 Has. esto es 00-02-81 Has. más que las amparadas por la escritura de propiedad, estando este excedente dentro de la tolerancia que permite el reglamento técnico en vigor; encontrándose dedicado dicho predio a la explotación agrícola, con cultivos de maíz y frijol por parte de los ejidatarios. Los Ejidatarios del poblado de que se trata, acreditaron su derecho de propiedad sobre el predio cuya incorporación al régimen ejidal solicitan, con la copia de la escritura pública número 36 de fecha 31 de enero de 1984, suscrita ante la fe del Notario Público No. 14 con ejercicio para el Distrito de Viesca, Estado de Coahuila, mediante la cual la C. Consuelo Flores de Arellano vende a los CC. Antonio Castro Urbina, Ezequiel Esparza Benavides, Francisco Rubio Ordaz, Manuel Castrellón Mendoza, Antonio Rodríguez Martínez, Jesús Flores Macías, Armando Castro Urbina, Juan Manual Lira Juárez, Francisco Mascorro Carrera, Isidro García García, Máximo Morales Herrera, Agustín Flores Palomino, Jesús Rubio Ordaz, Benjamín del Angel Reyes, Jesús Valenzuela Noriega, Arnulfo Molina Ramírez, Enrique Valenzuela Noriega y Javier Noriega Ríos, todos ellos ejidatarios del poblado que nos ocupa, el predio rústico denominado "El Paraíso", con superficie registral de 144-56-50 Has. ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, inscribiéndose este traslado de dominio en el Registro Público de la Propiedad del Distrito de Gómez Palacio, Durango, bajo el número 19547, tomo 66, libro uno de la Propiedad, con fecha 14 de junio de 1984, la vendedora acreditó su propiedad con escritura de compraventa inscrita el 8 de mayo de 1974 en el Registro Público de la Propiedad mencionado bajo el número 10799, tomo 59, libro uno de la Propiedad. En oficio 3550 de 27 de junio de 1986, el Delegado Agrario de la Comarca Lagunera emite su opinión favorable con lo solicitado y remite la documentación al Cuerpo ConsuItivo Agrario.
Con los elementos anteriores el Cuerpo Consultivo Agrario aprobó su dictamen en sesión celebrada el 9 de julio de 1986
CONSIDERANDO PRIMERO.- Que el procedimiento de incorporación de tierras al régimen ejidal, promovido por ejidatarios del poblado de que se trata, se encontró ajustado a lo que para estos casos preceptúa el artículo 241 de la Ley Federal de Reforma Agraria, toda vez que en el expediente consta documentación que acredita lo siguiente: que los ejidatarios del poblado en cita son propietarios del predio rústico denominado "El Paraíso", ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, con una superficie real de 144-59-31 Has. acreditándose de igual manera el origen de la propiedad del inmueble; que los ejidatarios solicitaron que la superficie antes aludida fuera incorporada al régimen ejidal de su poblado; que en Asamblea General Extraordinaria de Ejidatarios celebrada el 4 de febrero de 1986, éstos acordaron incorporar al régimen ejidal el predio de su propiedad; que se practicó el deslinde de la superficie del inmueble. En consecuencia, resulta evidente que no existe ningún vicio oculto, y además, al haber acreditado sus derechos de propiedad con escritura pública debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad correspondiente, queda de manifiesto la buena fe tanto de los ejidatarios como de la C. Consuelo Flores de Arellano, los primeros como compradores y la segunda como vendedora del predio cuya incorporación al régimen ejidal se solicita.
CONSIDERANDO SEGUNDO.- Que los terrenos propiedad de los ejidatarios del poblado de que se trata, son los que se señalan en el Resultando Segundo de la presente Resolución; que dadas las circunstancias que en el presente caso concurren, procede incorporar al régimen ejidal en favor de los vecinos del poblado denominado "El Alamo" Municipio de Tlahualilo, del Estado de Durango, con una superficie total de 144-59-31 Has. de temporal, que se tomarán del predio rústico denominado "El Paraíso", propiedad de los ejidatarios del núcleo gestor. Superficie que se destinará a la explotación colectiva de los ejidatarios que tengan sus derechos legalmente reconocidos al momento en que se ejecute la Resolución Presidencial que recaiga a este asunto, de acuerdo con lo que establece el artículo 130 de la Ley Federal de Reforma Agraria.
Por lo expuesto y de acuerdo con el imperativo que al ejecutivo a mi cargo impone la fracción X del artículo 27 Constitucional y con fundamento en los artículo 8o. fracción VII, 69, 130, 241, 304, 305 y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria, se resuelve.
PRIMERO.- Es procedente la acción de incorporación de tierras al régimen ejidal, promovida por los campesinos del poblado denominado "El Alamo", ubicado en el Municipio de Tlahualilo, del Estado de Durango.
SEGUNDO.- Se concede al poblado de referencia, por concepto de incorporación de tierras al régimen ejidal, una superficie total de 144-59-31 Has. (ciento cuarenta y cuatro hectáreas, cincuenta y nueve áreas, treinta y una centiáreas), de temporal, que se tomarán del predio rústico denominado "El Paraiso", propiedad d los ejidatarios del núcleo gestor, deberá ser localizada de acuerdo con el plano aprobado con todas sus acciones, usos, costumbres y servidumbres.
TERCERO.- En cuanto a la explotación y aprovechamiento de las tierras concedidas se estará a lo dispuesto por el artículo 138 de la Ley Federal de Reforma Agraria y a los reglamentos sobre la materia, instruyéndose ampliamente a los ejidatarios sobre sus obligaciones y derechos a este respecto.
CUARTO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango inscríbase en el Registro Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad correspondiente, la presente Resolución que concede incorporación de tierras al régimen ejidal, a los vecinos solicitantes del poblado denominado "El Alamo", ubicado en el Municipio de Tlahualilo, de la citada Entidad Federativa, para los efectos de ley; notifíquese y ejecútese.
Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, en México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y seis.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H..- Rúbrica.- Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, Rafael Rodríguez Barrera.- Rúbrica.