EXTRACTO de las solicitudes de registro constitutivo presentadas por siete entidades de Organización Autónoma dentro de la Religión Judía de México, A.R., como Asociaciones Religiosas.

 

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Asuntos Religiosos.

EXTRACTO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADAS POR SIETE ENTIDADES DE ORGANIZACION AUTONOMA DENTRO DE LA RELIGION JUDIA DE MEXICO, A.R.

Extracto de las solicitudes de registro constitutivo como Asociaciónes Religiosas  de siete entidades de Organización Autónoma dentro de la Religión Judía de México, A.R., presentadas a la Dirección General de Asuntos Religiosos, en los términos de los artículos 6o. y 7o., de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

  Fecha de recepción

  de las solicitudes:      1o. de julio de 1994.

  Agrupaciones:   Sociedad de Beneficencia Alianza Monte Sinaí, Comunidad Maguen David, Comunidad Ashkenazi de México, Comunidad Sefaradi, Beth Israel Community Center, Comunidad Israelita de Guadalajara, Centro Israelita de Monterrey.

  Representantes:        Carlos Grego Samra, Aarón Kirsch Kleiman y Miguel Kaska; Abraham Jasqui Amiga, Aarón Kirsch Kleiman, Miguel Kaska  y Alfredo Zonana; Israel Feldman Punsky, Aarón Kirsch Kleiman y Miguel Kaska; Mauricio Cohen Lombroso, Alberto Mascona Barouh, Aarón Kirsch Kleiman, Miguel Kaska y Max Sarfati Benezra; Manuel Wiener y Bercovich, Aarón Kirsch Kleiman y Miguel Kaska; Richard Isidoro Elías Pessah, José Buchwald Kolinsky, Aarón Kirsch Kleyman y Miguel Kaska; Pinjas Wapinsku Kleiman, Aarón Kirsch Kleiman y Miguel Kaska.

  Domicilio Legal:          de las 7 Entidades: Colima No. 220, Desp. 105, Col. Roma Sur, México, D.F.

Estatutos y otros requisitos: Con la solicitud se exhiben diversos documentos en los que se contienen las bases fundamentales de su doctrina, determinan a sus asociados y ministros de culto, a sus representantes, acreditan a ser entidades de Religión Judía en México y se detallan los demás datos necesarios para cumplir con los requisitos previstos en la Ley de la materia.

Bienes que aportan para cumplir con su objeto: En los respectivos anexos exhiben el listado de los bienes propiedad de la Nación destinados al culto público que están bajo su custodia y en su caso, el listado de bienes susceptibles de aportarse a su patrimonio.

Exhiben por separado el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

México, D.F., a 7 de julio de 1994.- El Director General de Asuntos Religiosos, Javier Urbina Soria.- Rúbrica.