CONVENIO que modifica los salarios del Contrato-Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Dirección General de Convenciones.- Contrato Ley.- Industria Hulera.
ASUNTO: Convenio.
En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las trece horas del día catorce de octubre de mil novecientos ochenta y siete, comparecieron ante los CC. Licenciados Arsenio Farell Cubillas, Secretario del Trabajo y Previsión Social, Manuel Gomezperalta Damirón, Subsecretario "A" del Ramo y Gerardo Guzmán Araujo, Director General de Convenciones de la misma Dependencia, por una parte los señores Sergio Pérez Tovar, Secretario General del Sindicato Unico de Trabajadores de la Compañía Hulera Good Year Oxo, Leonel Catalán Soto, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de General Popo, S.A., Miguel Angel Rojas López, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de Uniroyal, Sergio Pérez Tovar y Rubén Díaz, Secretario General el primero del Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Industria Hulera de la República Mexicana y el segundo, Secretario General de la Sección Tornel del mismo Sindicato, Antonio García Sánchez, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de Hulera "El Centenario", Rafael Gaona G., Secretario General del Sindicato de Empleados y Obreros de la Industria de la Transformación del Hule de la República Mexicana, Roberto Mendoza López, Secretario General del Sindicato Nacional Revolucionario de Trabajadores de la Compañía Hulera Euzkadi, Jesús García Lovera, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Gates Rubber de México, S.A., Raúl Cantero Sánchez y Leonardo Raymundo Sánchez, el primero como Secretario General y el segundo como Secretario del Interior del Sindicato de Trabajadores de la Fábrica West Rubber de México, S.A., Octavio Navarrete Sánchez, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Compañía Hulera "El Faro", S.A., todos ellos acompañados por sus Apoderados Jurídicos señores Licenciados Juan Manuel Calleja y Rubén González Mayén; y por la otra comparecen las empresas Cía. Hulera Good Year Oxo, S.A., Cía. Hulera Euzkadi, S.A., Uniroyal, S.A. de C.V., Cía. Hulera El Centenario, S.A., General Popo, S.A. de C.V., representadas por los señores Lic. Yanis Raptis, Ing. Fernando Lara Domínguez, Lic. Celedonio Ruiz Santana, Lic. Juan Luis Orendain Nieto, Ing. Oscar López Vernis y Lic. Bernardo Fernández, todos ellos acompañados por el Lic. Jorge A. de Regil, comparece igualmente por Cía. Hulera Tornel, S.A. de C.V., el Lic. Guillermo Villa y Lic. Luis Rubén Rizo Navarro, así como el Lic. Manuel Reguera Rodríguez quienes además representan a las empresas Cía. Hulera "El Aguila", S.A., Hules Banda, S.A. de C.V., Nacional de Hule Nova, S.A., Cía. Hulera Nacional del Centro, S.A., y dijeron:
Que después de diversas pláticas conciliatorias, celebradas ante esta Secretaría, los sindicatos y las empresas comparecientes han convenido con los sindicatos administradores del Contrato Ley en las fuentes de trabajo respectivas, el otorgamiento de un ajuste salarial a sus trabajadores equivalente al 22% (veintidós por ciento) sobre los salarios de cuota fija, a destajo o en cualquier otra modalidad de pago que exista en las empresas respectivas, a partir del primer turno del día dieciséis de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, convenio que ratifican en este acto y para el efecto de hacerlo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, señalan los sindicatos comparecientes al Lic. Juan Manuel Calleja y las empresas comparecientes a los señores Lic. Jorge A. de Regil, Lic. Manuel Limón Aguirre Berlanga y Lic. Manuel Reguera Rodríguez, solicitando las partes se ordene la remisión de copias autorizadas de estas actuaciones a los expedientes que esta Dirección lleva de cada una de las empresas mencionadas, mismas que están sujetas al Contrato Ley de la Industria de la Transformación del hule en Productos Manufacturados, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Las partes comparecientes se reconocen recíprocamente la personalidad con que comparecen en este acto, para todos los efectos legales y contractuales a que hubiere lugar y manifiestan bajo protesta de decir verdad que representan a más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de las empresas afectadas a la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados.
Asimismo las partes comparecientes solicitan de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ordene la publicación de este convenio en el Diario Oficial de la Federación, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Para Constancia se levanta el presente convenio, que después de leído y ratificado en sus términos, firman al margen los comparecientes y al calce los CC. Funcionarios que actúan.
El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Arsenio Farell Cubillas.- Rúbrica.- El Subsecretario "A" del Trabajo y Previsión Social, Manuel Gomezperalta Damirón.- Rúbrica.- El Director General de Convenciones, Gerardo Guzmán Araujo.- Rúbrica.