DÓLAR
20.8523
UDIS
6.700486
TIIE 28 DÍAS
4.2825%
TIIE 91 DÍAS
4.2525%
TIIE DE FONDEO
4.07%
Diario Oficial de la Federación
Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba, a propuesta de la Dirección Ejecutiva de Administración, la actualización de los niveles 2701 y 2715, en el tabulador de remuneraciones para las contrataciones bajo el régimen de honorarios permanentes, de conformidad con el Acuerdo INE/CG634/2020, por el que se aprobó el presupuesto para el Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2021.
organismos autonomos / INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Publicado el: 26-02-2021
Sección: unica
Edición: Vespertina
El documento incluye tablas que podrían no visualizarse correctamente.
Haga clic aquí para abrirlo en pantalla completa
En el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres u
objetos que no se muestran debido a la conversión a formato HTML, por
lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen
digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba, a propuesta de la Dirección Ejecutiva de Administración, la actualización de los niveles 2701 y 2715, en el tabulador de remuneraciones para las contrataciones bajo el régimen de honorarios permanentes, de conformidad con el Acuerdo INE/CG634/2020, por el que se aprobó el presupuesto para el Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2021.
organismos autonomos / INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Publicado el: 26-02-2021
Sección: unica
Edición: Vespertina
El documento incluye tablas que podrían no visualizarse correctamente.
Haga clic aquí para abrirlo en pantalla completa
El documento incluye tablas que podrían no visualizarse correctamente.
Haga clic aquí para abrirlo en pantalla completa
Haga clic aquí para abrirlo en pantalla completa
En el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres u
objetos que no se muestran debido a la conversión a formato HTML, por
lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen
digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.